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Actas 1 a 10 / Ir a Lista de Actas y Documentos relacionados

Presentación de la Edición Digital 2005

Es indudable el enorme valor interpretativo que ofrecen las actas de la Asamblea Nacional Constituyente que, entre el 15 de enero y el 7 de noviembre de 1949, elaboró la Constitución Política que nos rige en la actualidad. Las hilvanadas intervenciones de los representantes populares denotan un grado de cultura y preparación que 56 años después continúan generando admiración y respeto. Igual de admirable fue el trabajo titánico desplegado por las personas que tuvieron a su cargo la trascripción de las actas de esa prolífica Asamblea Constituyente. En el proceso de revisión de las cerca de un millón de palabras que componen estas actas en su versión digital, se corrigieron algunos errores evidentes de trascripción. Se asume la responsabilidad plena de esas correcciones, ya que se consideró que la inmensa mayoría de ellas eran producto de las dificultades y apuros que enfrentaron quienes preparaban las actas, y antes que repetir los errores de la versión impresa y hacerlos perdurar en la versión digital, se optó por asumir que viniendo de personas con el grado de lucidez que caracterizó a esa Constituyente, se les hacía mejor homenaje efectuando esos ajustes y corrigiendo nombres de autores y palabras que fonéticamente pudieron haber confundido a quienes taquigráficamente levantaban las minutas.

El lector podrá distinguir dentro de los símbolos [ ], algunos comentarios y concordancias que se hacen para facilitar el manejo de esta voluminosa información. En particular, cuando se discute un artículo, se indica el número que finalmente tuvo en la Constitución promulgada. Las notas de pie de página son las que contenía la versión oficial impresa, que en algunos casos llevan las siglas N. de la C., que corresponden a la Comisión que tuvo a su cargo la preparación de tres tomos con un total de 2000 páginas que vieron la luz en 1951, luego de una encomiable labor de edición.

Esperamos que esta información, librada ahora digitalmente al dominio público, contribuya a la mejor comprensión de nuestro texto constitucional. Se agradecerá la indicación de cualquier error que se encuentre en estos documentos y cualquier sugerencia para mejorar su presentación.

Rodolfo Saborío Valverde, abril de 2005

ACTA No. 1

Nº 1.- Acta de la sesión preparatoria de la instalación formal de la Asamblea Nacional Constituyente, celebrada en la ciudad de San José, a las catorce horas del quince de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, con asistencia de los señores: José Joaquín Jiménez Núñez, Marcial Rodríguez Conejo, Fernando Volio Sancho, Fernando Vargas Fernández, Edmundo Montealegre Echeverría, Fernando Baudrit Solera, Aquiles Bonilla Gutiérrez, Alberto Oreamuno Flores, Hernán Vargas Castro, Fernando Pinto Echeverría, Juan Trejos Quirós, Otón Acosta Jiménez, José María Zeledón Brenes, Andrés Vesalio Guzmán Calleja, Everardo Gómez Rojas, Ramón Arroyo Blanco, Luis Dobles Segreda, Gonzalo Ortiz Martín, Alejandro González Luján, Juan José Herrero Herrero, Luis Felipe González Flores, Manuel Antonio González Herrán, Juan Guido Matamoros, Andrés Brenes Mata, Enrique Montiel Gutiérrez, Rafael Sotela Bonilla, Nautilio Acosta Piepper, Mario Leiva Quirós, Joaquín Monge Ramírez, Gonzalo Solórzano González, Enrique Madrigal Jochs, Vicente Desanti León, Numa Ruiz Solórzano, Miguel Brenes Gutiérrez, Manuel Francisco Jiménez Ortiz, Fabio Baudrit González, Juan Rafael Arias Bonilla, Arturo Volio Jiménez, Celso Gamboa Rodríguez, Francisco Vargas Vargas, Rodrigo Facio Brenes, Fernando Fournier Acuña, Luis Alberto Monge Álvarez y Rogelio Valverde Vega, en su calidad de Diputados propietarios electos; y Ricardo Esquivel Fernández, Rodolfo Castaing Castro, Alberto Morúa Rivera, Jorge Rojas Espinosa, Álvaro Chacón Jinesta, José Antonio Castro Sibaja, Carlos Elizondo Cerdas, Rubén Venegas Mora, Edgar Rojas Vargas, Arnulfo Lee Cruz, Federico Salas Carvajal, Mario Alberto Jiménez Quesada, Manuel Antonio Lobo García, Carlos Monge Alfaro y Rafael Carrillo Echeverría, en su carácter de Diputados suplentes electos; unos y otros en virtud de sentencia dictada por el Supremo Tribunal de Elecciones a las diecisiete horas del día tres de enero de mil novecientos cuarenta y nueve. Estuvo ausente el señor José María Vargas Pacheco, Diputado propietario electo en virtud de la misma sentencia del Tribunal Supremo de Elecciones; y actuando como Directorio Provisional, los señores José Joaquín Jiménez Núñez, Miguel Brenes Gutiérrez y Rodrigo Facio Brenes, en virtud de lo prescrito en el decreto Nº 151 de la Junta Fundadora de la Segunda República de fecha 3 de setiembre de 1948.

Artículo 1º.- El señor Presidente pidió a los señores Diputados propietarios ocupar sus puestos, y a los suplentes correspondientes ocupar los de los propietarios ausentes, rogando a los otros suplentes abandonar el recinto. En ausencia del Diputado Vargas Pacheco, ocupó su lugar el suplente Esquivel Fernández.

Artículo 2º.- El señor Presidente declaró abierta la sesión preparatoria.

Artículo 3º.- El señor Presidente jura ante la Asamblea cumplir bien y fielmente su cargo de Diputado.

Artículo 4º.- El señor Presidente procede a juramentar, en grupos de diez, a los demás Diputados, haciendo ingresar también para recibirles el suyo a los Diputados suplentes que se hallan fuera del recinto. La fórmula empleada fue la siguiente: “¿Juráis cumplir bien y fielmente los deberes de vuestro cargo? Sí, juramos”.

Artículo 5º.- El Diputado VARGAS FERNANDEZ hizo moción para que el Directorio de la Asamblea Nacional Constituyente se componga de un Presidente, Primero y Segundo Vicepresidentes, Primero y Segundo Secretarios, Primero y Segundo Prosecretarios, y para que se vote en conjunto. Puesta a discusión, fue aprobada por unanimidad.

Artículo 6º.- El Diputado FOURNIER ACUÑA explicó la posición del Partido Social Demócrata en cuanto a la votación para elegir Directorio definitivo, y dijo que poco antes de iniciarse la sesión se habían reunido los Diputados de su partido con el objeto de determinar sus procedimientos en este caso concreto; y manifestó que se había acordado, en esa reunión, votar en forma íntegra por la papeleta compuesta por representantes del Partido Unión Nacional, por ser el grupo mayoritario, y porque estando el Directorio Integrado por miembros de ese partido, se logrará mayor eficiencia en la labor de la Asamblea, ya que dicho Directorio tendrá el respaldo de la mayoría parlamentaria; además, significa esta determinación, que el Partido Social Demócrata desea desprenderse de todo otro interés que no sea el que implica la resolución de los problemas sometidos a examen de la Asamblea. Luego el Licenciado Fournier leyó la papeleta por la que iban a votar los delegados del Partido Social Demócrata: Presidente, Licenciado don José María Vargas; Primer Vicepresidente, Licenciado don Fernando Volio Sancho; Segundo Vicepresidente, Licenciado don Fernando Baudrit Solera; Primer Secretario, don José María Zeledón Brenes; Segundo Secretario, Licenciado don Everardo Gómez Rojas; Primer Prosecretario, don Rafael Sotela; y Segundo Prosecretario, don Otón Acosta Jiménez.

Artículo 7º.- Se procedió a elegir al Directorio Definitivo de la Asamblea, en la forma y condiciones dichas en el anterior artículo, y al verificarse el escrutinio de los votos emitidos, se produce el siguiente resultado: votos emitidos 45. Para Presidente: Licenciado José María Vargas P., 45; para Primer Vicepresidente: Doctor Marcial Rodríguez, 37; Licenciado Fernando Volio, 5; Licenciado Fernando Baudrit, 1; Doctor Alberto Oreamuno, 1. Nulos, 1. Para Segundo Vicepresidente: Licenciado Fernando Volio, 33; Licenciado Fernando Baudrit, 1; Licenciado Celso Gamboa, 1. Nulos, 4. Para Primer Secretario: Licenciado Fernando Vargas, 33; don José María Zeledón, 4; Licenciado Celso Gamboa, 1; Licenciado Otón Acosta, 1; Licenciado Rodrigo Facio, 1. Nulos, 4. Para Segundo Secretario: Licenciado Gonzalo Ortiz, 33, Licenciado Everardo Gómez, 3. Nulos 1. Para Primer Prosecretario: Licenciado Enrique Montiel, 30; don Rafael Sotela, 4; Licenciado Vicente Desanti, 1; Profesor Luis Dobles Segreda, 1; Licenciado Joaquín Monge, 1; Licenciado Otón Acosta, 1; Licenciado Ramón arroyo, 1; Licenciado Rodrigo Facio, 1. Nulos, 5. Para Segundo Prosecretario: Licenciado Vicente Desanti, 32; Licenciado Fernando Baudrit, 1; don Numa Ruiz, 1; Licenciado Otón Acosta, 4; Licenciado Rodrigo Facio, 1. Nulos, 6. En consecuencia, la Mesa declaró electos a los siguientes señores: Licenciado José María Vargas, Presidente; Doctor Marcial Rodríguez, Primer Vicepresidente; Licenciado Fernando Volio, Segundo Vicepresidente; Licenciado Fernando Vargas, Primer Secretario; Licenciado Gonzalo Ortiz, Segundo Secretario; Licenciado Enrique Montiel, Primer Prosecretario; y Licenciado Vicente Desanti, Segundo Prosecretario.

Artículo 8º.- El Diputado FERNANDO VOLIO renunció del cargo de Segundo Vicepresidente. Dijo el Licenciado Volio: “Doy cumplidas gracias a los amigos que me honraron eligiéndome Segundo Vicepresidente de la Asamblea, y asimismo agradezco mucho los votos que emitieron a mi favor para distintas posiciones en el Directorio, los Diputados de la fracción Social Demócrata y otros señores representantes. Sin embargo, es mi resolución declinar, como en efecto lo hago, el señalado honor que significa mi elección, para consagrarme a las tareas de simple Diputado Constituyente. En el deseo de evitar conjeturas antojadizas, declaro que mi actitud no persigue el propósito de variar mi situación dentro de mi Partido, o sea el Unión Nacional. Que esa actitud tampoco modifica en absoluto mi adhesión personal y política al jefe de dicho Partido, don Otilio Ulate, ni mi aprecio por los compañeros Constituyentes”.

Artículo 9º.- Teniendo carácter irrevocable la renuncia del Licenciado Volio, la Mesa procedió a recibir una nueva votación exclusivamente para llenar la Segunda Vicepresidencia. Hecho el escrutinio, se obtuvo el siguiente resultado: don Edmundo Montealegre, 32 votos; Licenciado Fernando Baudrit, 5; Licenciado Otón Acosta, 5; don Juan Trejos, 1; don Andrés Brenes, 1; Licenciado Everardo Gómez, 1. En consecuencia, se declaró electo a don Edmundo Montealegre.

Artículo 10.- El Diputado JUAN JOSE HERRERO HERRERO hace moción “para que se guarde un minuto de silencio a la memoria del Doctor Carlos Luis Valverde Vega, eminente médico y cirujano, vilmente asesinado el 1º de marzo de 1948”; y los Diputados Fernando Baudrit, Fernando Volio, Fernando Fournier, Manuel A. González, Rafael Carrillo y Rodrigo Facio, miembros de la Comisión Redactora del Proyecto de Constitución Política, “para que se guarde un minuto de silencio como homenaje póstumo al abogado distinguido que tan valiosa cooperación diera a la labor de preparar el proyecto de Constitución que ahora va a ser base de discusión de esta Asamblea, y que tan heroicamente ofrendara su vida por los altos intereses de la Patria y la Libertad”. El Diputado VARGAS VARGAS hizo moción porque el homenaje fuera extensivo a todos los caídos en la lucha por la liberación nacional y la defensa de la patria. Habiendo aprobado la Asamblea dichas mociones, sus integrantes se ponen de pie y guardan un minuto de silencio.

Artículo 11.- Los Diputados Fournier, Baudrit, Monge, Valverde, Esquivel, Acosta, Brenes Andrés, Oreamuno, González Luis Felipe, Sotela, Arroyo, Guido, Madrigal, Solórzano, Zeledón, Desanti, Ruiz, Volio, Guzmán, Gómez, Herrero, Bonilla, Dobles, Monge Joaquín, Montiel, Acosta, Vargas Hernán, Vargas Vargas, González M. A., Facio, Vargas Fernando, Rodríguez y Leiva, hacen moción “para que se retire del Salón de Sesiones, inmediatamente, el retrato de Rafael Ángel Calderón”. El Diputado SOTELA sugirió retirar el retrato. Puesta a votación la primera moción, se le aprueba por 40 votos contra 5, habiendo votado en contra los Diputados Jiménez Ortiz, Arias Bonilla, Gamboa, Volio Jiménez y Trejos Quirós. El Directorio ordena a funcionarios administrativos de la Cámara proceder a retirar el retrato del señor Calderón, lo que se hace inmediatamente.

Artículo 12.- Se leyó por la Secretaría del Directorio una instancia del Comité Ejecutivo del Partido Unión Nacional, en el sentido de que se le otorgara permiso indefinido, para no asistir a las sesiones de la Asamblea, a su Presidente, Licenciado don José María Vargas, por impedírselo su estado de salud. Por unanimidad se aprueba concederle permiso por tiempo indefinido al Licenciado Vargas Pacheco.

Artículo 13.- Pidió la palabra el Diputado don JOSE MARIA ZELEDON, quien se dirigió a la juventud, haciéndole ver sus responsabilidades, y cómo se repite hoy la tarea de hace 39 años, cuando el país hubo de reemprender también su vida institucional. Aludió al retrato de Bolívar colocado en el recinto, diciendo que el espíritu del Libertador sigue presidiendo las luchas por la libertad.

A las 16 horas se levantó la sesión.- José J. Jiménez Núñez.- R. Facio .- F. Vargas V. Hernán Vargas C.- Ramón Arroyo B.- Fernando Volio.- Nautilio Acosta.- Enrique Montiel G.- A. Morúa.- Luis Dobles S.- Rodolfo Castaing.- A. González L.- Juan Trejos.- Juan José Herrero H.- Fernando Pinto.- Everardo Gómez.- A. V. Guzmán.- M. Leiva Quirós.- Gonzalo Solórzano.- E. Madrigal.- Juan Guido M.- Rafael Sotela.- Luis Felipe González.- Alberto Oreamuno.- Andrés Brenes.- Otón Acosta.- Ricardo Esquivel.- M. Rodríguez C.- Rogelio Valverde V.- Fernando Fournier.- Fernando Baudrit. S.- M. A. González H.- M. F. Jiménez.- Juan Rafael Arias.- Arturo Volio.- Fabio Baudrit G.- Celso Gamboa.- José María Zeledón.- G. Ortiz M.- C. Monge A.- Miguel Brenes G.- A. Chacón Jinesta.- C. Elizondo C.- Arnulfo Lee C.- Vicente Desanti L.- E. Rojas V.- Jorge Rojas.- Luis Alberto Monge A.- Edmundo Montealegre.- Mario Alberto Jiménez.- F. Vargas F.- Rubén Venegas.- R. Carrillo E.

ACTA No. 2

Nº 2.- Acta de la sesión de la Asamblea Nacional Constituyente, celebrada a las 14 horas del día 16 de enero de 1949. Concurrieron los representantes, Dr. Marcial Rodríguez Conejo, Vicepresidente en las funciones de Presidente; Fernando Vargas, primer Secretario; Licenciado Gonzalo Ortiz, segundo Secretario; Dr. José Joaquín Jiménez Núñez, Licenciado Fernando Volio Sancho, Edmundo Montealegre Echeverría, Licenciado Fernando Baudrit Solera, Aquiles Bonilla Gutiérrez, Dr. Alberto Oreamuno Flores, Hernán Vargas Castro, Dr. Fernando Pinto Echeverría, Juan Trejos Quirós, Licenciado Otón Acosta Jiménez, José María Zeledón Brenes, Dr. Andrés Vesalio Guzmán, Licenciado Everardo Gómez Rojas, Licenciado Ramón Arroyo Blanco, Profesor Luis Dobles Segreda, Alejandro González Luján, Juan José Herrero Herrero, Luis Felipe González Flores, Manuel Antonio González Herrán, Juan Guido Matamoros, Andrés Brenes Mata, Licenciado Enrique Montiel Gutiérrez, Rafael Sotela Bonilla, Nautilio Acosta Piepper, Licenciado Mario Leiva Quirós, Licenciado Joaquín Monge Ramírez, Licenciado Gonzalo Solórzano González, Enrique Madrigal Jochs, Licenciado Vicente Desanti León, Numa Ruiz Solórzano, Licenciado Miguel Brenes Gutiérrez, Licenciado Arturo Volio Jiménez, Licenciado Celso Gamboa Rodríguez, Licenciado Rodrigo Facio Brenes, Licenciado Fernando Fournier Acuña, Luis Alberto Monge Álvarez, Rogelio Valverde Vega, Dr. Francisco Vargas Vargas, todos Diputados propietarios y los Diputados suplentes, Licenciado Ricardo Esquivel Fernández, Licenciado Mario Alberto Jiménez Quesada, y Licenciado Manuel Antonio Lobo García.

Artículo 1º.- El señor Vicepresidente de la Asamblea Nacional Constituyente, la declara solemnemente instalada y abiertas sus sesiones. (1)

Artículo 2º.- El señor Presidente procedió al nombramiento de tres comisiones de Diputados para acompañar al recinto a los señores Miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante el gobierno de la República; a los señores Miembros del Alto Clero Nacional; y a los señores Miembros del Tribunal Supremo de Elecciones. Las Comisiones quedaron integradas así: Cuerpo Diplomático: Licenciado Miguel Brenes Gutiérrez y don Edmundo Montealegre; Alto Clero, Dr. Fernando Pinto Echeverría y Profesor Luis Felipe González Flores; Tribunal Supremo de Elecciones: Licenciado Arturo Volio y Licenciado Otón Acosta Jiménez.

Artículo 3º.- Se introdujo al recinto de sesiones el Pabellón Nacional, con las solemnidades de rigor.

Artículo 4º.- A continuación, el señor Presidente de la Asamblea, procedió al nombramiento de las siguientes Comisiones: Licenciado Fernando Baudrit y Profesor Luis Dobles Segreda, para acompañar su ingreso al recinto parlamentario al señor Presidente de la Junta Fundadora de la Segunda República, don José Figueres Ferrer; don Rafael Sotela y Licenciado don Fernando Fournier, para acompañar a los señores Miembros de la Junta de Gobierno; Licenciado don Fernando Volio y Licenciado don Everardo Gómez, para acompañar a los señores miembros de la Corte Suprema de Justicia.

Artículo 5º.- El Secretario procedió a dar lectura a la siguiente exposición de la Junta Fundadora de la Segunda República:

Asamblea Nacional Constituyente:

La Junta Fundadora de la Segunda República cumple con el grato deber de presentar respetuoso saludo a esta ilustre Asamblea, llamada a realizar la trascendental misión de dictar la nueva Constitución Política que ha de orientar, por causes de libertad y de derecho, la vida institucional de Costa Rica. Además de tarea tan importante, corresponde a ese Alto Cuerpo, como lo expresa el decreto de convocatoria a elecciones para Diputados Constituyentes, conocer exclusivamente de la solicitud que presentará la Junta para que se ratifique la elección del 8 de febrero de 1948, según la cual resultó electo don Otilio Ulate, Presidente de la República, por un período de cuatro años, así como de la ampliación del período de Gobierno de esta Junta por seis meses a partir del día 8 de noviembre próximo; de la solicitud que asimismo le presentará la Junta para que se ratifique la elección verificada por ella de los Magistrados que integran la Corte Suprema de Justicia, y de los demás asuntos que la Junta someta a su consideración. Derrocado el régimen bastardo que por el fraude y la violencia se había adueñado de los Poderes Políticos, y desaparecida, por la fuerza misma de los hechos, la estructura constitucional en que se había acuartelado la coalición Picado-Calderón-Mora, era preciso afrontar la indeclinable necesidad de reorganizar la República sobre bases de mayor amplitud y consistencia. Producto de ese requerimiento impostergable fue el pacto celebrado por los dos ciudadanos que, en aquellos momentos, eran los más calificados personeros de la soberanía popular don Otilio Ulate Blanco, electo Presidente de la República en los comicios de febrero último, pese a las artimañas del oficialismo, y don José Figueres Ferrer, quien con el ardoroso concurso de nuestro pueblo en su máxima pluralidad, había derrocado por medio de las armas a los detentadores del Poder. El pacto Ulate-Figueres reviste así una autoridad ética y jurídica enorme, que lo constituye en piedra angular de la reconstrucción de nuestra Democracia, de ahí la virtualidad irrefragable de las normas que ese documento consigna, como un todo indivisible que compromete la voluntad y el honor de cuantos pertenecemos a la comunidad costarricense. No creemos que levante objeción alguna nuestra solicitud para que se ratifique la elección de don Otilio Ulate como Presidente Constitucional de la República durante un período de cuatro años, que comenzará al expirar los poderes de la Junta. Los comicios efectuados el 8 de febrero de 1948 arrojaron una mayoría indiscutible en su favor, como a su tiempo lo declaró el Supremo Tribunal de Elecciones, no obstante los desafueros de todo género que para favorecer la candidatura de Rafael Ángel Calderón Guardia fueron cometidos por el elemento oficial y su aliado el comunismo. El pronunciamiento de nulidad hecho por un Congreso espurio, carece de todo valor ante la determinación de un pueblo expresada en las urnas del sufragio. Por otra parte, las libérrimas elecciones verificadas el 8 de diciembre último, han venido a ser una confirmación categórica del mandato que nuestra ciudadanía le confirió en febrero al señor Ulate. No de otra manera puede interpretarse la abrumadora mayoría de votos obtenida por los Partidos que antes habían compuesto la coalición oposicionista, y que, durante la última campaña electoral, sostuvieron su inquebrantable decisión de ratificar el resultado de las elecciones presidenciales verificadas el 8 de febrero de 1948. Al pedir, pues, que la Asamblea así lo proclame, no sólo cumple la Junta con una cláusula del Pacto, sino que rinde acatamiento a una decisión popular indeclinable. Al rodar por tierra el régimen corrupto que había pisoteado todos los atributos de la soberanía nacional, se produjo una situación de hecho, caracterizada por el derrumbamiento de la configuración jurídica que mantenía una apariencia de legalidad en la República. La propia Constitución Política, que en teoría consagraba los derechos y prerrogativas del pueblo, había dejado de existir desde mucho antes, y los principales usurpadores de la autoridad buscaron precipitado refugio en el extranjero. Los directores del movimiento de Liberación Nacional nos vimos obligados a encarar una situación de vacío institucional que requería la inmediata erección de un nuevo orden jurídico destinado a llenar los fines de utilidad social que condicionan la existencia del Estado. El acuerdo de los dos ciudadanos que encarnaban el espíritu de la Nueva República, condensado en el Pacto Ulate-Figueres de 1º de mayo de 1948, hizo posible la formación de un Gobierno que, representando la voluntad de la mayoría de los costarricenses, limpiara el país de todas las prácticas corrompidas instauradas por el régimen derrocado, sancionara a los responsables, y preparara el advenimiento de un nuevo orden constitucional. Las ruinas de orden moral y material que el gobierno caído dejara a su funesto paso, requerían poderes extraordinarios ejercidos durante un período que en el Pacto se fijó prudencialmente hasta en dos años. De ahí que se reconociera la necesidad de que la Junta de Gobierno dirigiera el país sin Congreso por todo el término de duración de su mandato, quedando así investida de las facultades discrecionales sin cuya vigorosa aplicación no sería dable realizar sus propósitos. No podíamos asumir la grave responsabilidad histórica que supone la restauración de las bases jurídicas y morales y materiales de un Gobierno, después del largo período de desenfreno administrativo y de la convulsión revolucionaria, sin estar seguros de que para tarea de tal monto nos fuera dado un lapso suficiente que nos permitiera cumplirla eficazmente. Creímos, al asumir el poder que ese lapso no podría ser menos de dos años y que las mismas razones que justificaban nuestro Gobierno de facto exigían un período semejante. La ardua experiencia administrativa de estos meses y el contacto con la tarea revolucionaria en toda su verdadera magnitud, han venido a confirmar nuestra convicción original, que es hoy tan profunda que juzgamos esencialmente inherente a la misión histórica a nosotros confiada, el lapso indicado para su cumplimiento. Se han producido públicamente algunas opiniones divergentes acerca de la posible actitud de la Asamblea frente a las implicaciones del Pacto en referencia con este punto. Con clara visión de estadista, el señor Ulate ha resuelto el caso, asentando, con la lealtad que le caracteriza, las siguientes conclusiones: “La Asamblea Constituyente que va a ser electa el 8 de diciembre, derivará los poderes de una convocatoria para elegirla que tuvo su origen en el pacto de que vengo hablando. (Pacto Ulate-Figueres). Sin ese Pacto, no habría existido la convocatoria ni iríamos a elegir constituyente el 8. La Junta le ha venido dando cumplimiento a su compromiso fijando la elección para el día preestablecido y dejando transcurrir la campaña en el ambiente de plena libertad electoral inherente al nuevo régimen político. Por mi parte me corresponde velar porque nuestro partido le dé estricto cumplimiento al compromiso que para él implica el pacto. Si acepté con mi firma que la Junta gobernara sin Congreso por un período de dieciocho meses prorrogable a dos años, no puedo propiciar, ni autorizar, ningún movimiento que, partiendo de nuestro lado, se dirija a imponerle a la Junta un Congreso o a que se transforme en Congreso la propia Asamblea Constituyente. Las bases en que se formuló la convocatoria a elecciones, no fueron objetadas por mí; y como el que calla otorga, acepté tácitamente que, una vez cumplida la misión específica que le está determinada, la Constituyente tiene que disolverse...” (Tomado de un discurso reproducido en “Diario de Costa Rica” el 1º de diciembre de 1948). La tesis del señor Presidente Electo, de tan altos quilates éticos, se ajusta, además, a la doctrina de aceptación universal en los países de organización democrática, de que los funcionarios públicos no tienen otras atribuciones que aquéllas que la ley creadora de su función les ha señalado. No ha dudado un solo momento la Junta de la legitimidad de los poderes que por la fuerza incontrastable de los acontecimientos se encuentra investida, y de la consiguiente validez de sus actos legislativos y administrativos. Aparte de que, según lo expusimos antes, el Pacto Ulate-Figueres refleja plenamente el sentir de la gran mayoría de nuestro pueblo, y que éste ha confirmado en diversas formas tales poderes, la existencia de los gobiernos de facto, y la validez de sus actos, se justifica por imperativo de orden práctico que se relacionan con la vida misma del Estado, él que no puede prescindir de autoridades que, en el momento en que por cualquier motivo falten los funcionarios electos o nombrados por métodos legales preestablecidos, sustenten y garanticen la suma de derechos y libertades que son patrimonio indispensable de los hombres civilizados. En el Derecho Público, tanto Internacional como Constitucional, no se discute hoy día la validez jurídica de los actos legislativos y administrativos emanados de un gobierno de facto. Simplemente se fijan las condiciones para que pueda considerarse establecido un gobierno de facto, atribuyéndole a los actos del que reúna tales condiciones la misma fuerza legal que se atribuye a los que realicen los gobiernos de jure. Los tratadistas de Derecho Internacional está acordes en que, para que pueda considerarse que existe un Gobierno de Facto, es necesario: a) Que el Gobierno insurreccional se haya sustituido totalmente al Gobierno Legítimo; b) Que haya asentimiento o pasividad general en el pueblo; c) Que el Gobierno insurreccional ejerza sus funciones pública y pacíficamente por un período sustancial de tiempo. En ese mismo sentido se han pronunciado numerosos fallos llamados a dirimir contiendas entre Estados originadas por la discrepancia de criterios en cuanto a gobiernos de facto. Entre ellos cabe citar el famoso laudo arbitral dictado por el Chief Justice de los Estados Unidos, Mr. William H. Taft, en el conflicto surgido entre Gran Bretaña y Costa Rica, a raíz de la nulidad de actos realizados por el Gobierno de los Tinoco. Dice así el Juez Taft, en el párrafo conducente: “Costa Rica alega insistentemente que el gobierno de los Tinoco no puede ser considerado un gobierno “de facto”, porque no fue establecido y mantenido de acuerdo con la constitución del año 1871. Sostener que un gobierno que se establece y mantiene una administración pacífica durante un período sustancial no se convierte en gobierno de facto si no obra conforme a una Constitución anterior, sería sostener que, según las reglas del Derecho Internacional, una revolución contraria a la ley fundamental del gobierno existente no puede establecer un nuevo gobierno. Esto no debe ser admitido como cierto. Hablar de una revolución creadora de un gobierno de facto, que se conforma con las limitaciones de la vieja constitución, es incurrir en una lamentable contradicción en los términos... El problema no es el de determinar si el nuevo gobierno asume el poder o conduce la administración bajo las limitaciones establecidas por el pueblo durante la época en que fue incubado el gobierno que aquél ha derrocado. El problema consiste en saber si este gobierno está realmente establecido en tal forma que todos los que están bajo su influencia han reconocido su control y que no hay ninguna fuerza opuesta que pretenda ser el verdadero gobierno”. Los autores de Derecho Constitucional insisten fundamentalmente en los requisitos de sustitución total del gobierno insurreccional al gobierno legítimo (o aparentemente legítimo), y de asentamiento, o por lo menos pasividad general del pueblo. (Westel W. Willoughby, The fundamental concepts of public law. 1931, pag. 377; Róger Bonnard. Précis de Droit Administratif. Paris 1935, pg. 219; Gaston Jéze, Rev. de Droit Public et de Science politique, 1930, pgs. 90, 142, 248; Léon Duguit, Traité de Droit Constitutionnel, Paris, 1925, Gabino Fraga, Derecho Administrativo, México 3ra. Ed. 1944 pág. 405). En cuanto a la práctica, existen numerosos fallos de nuestros Tribunales que confirman ese criterio, comenzando por el luminoso fallo dictado el 23 de agosto de 1890 por la Corte de Casación, integrada en aquél entonces por don Ramón Carranza, don Vicente Sáenz, don Alejandro Alvarado, don Ascensión Esquivel y don Cleto González Víquez que en sus primeros considerandos dijo: “1º.- Que al declarar que los acuerdos gubernativos de catorce de junio y diecisiete de julio de mil ochocientos sesenta y ocho, por las circunstancias anormales en que fueron emitidos, son verdaderas leyes obligatorias no obstante su forma, la sala sentenciadora se ha conformado a un principio de nuestro derecho público, que quiere que las leyes o acuerdos dictados por el Ejecutivo, cuando por voluntad o consentimiento del pueblo revestía el carácter de legislador, sean respetadas como leyes legítimamente emitidas. 2º.- Que sentar el principio contrario sería echar por tierra la primera de nuestras leyes, la Constitución de la República, que nacida de igual manera adolecería del mismo vicio de ilegitimidad; lo cual sería absurdo desde luego que sobre ella descansa hoy todo el edificio gubernativo del Estado. Ramón Carranza, Vicente Sáenz, A. Alvarado, Ascensión Esquivel, Cleto González Víquez, Cipriano Soto, Secretario”. Luis Recaséns Siches, uno de los más brillantes filósofos del Derecho contemporáneos, en su obra fundamental ‘Vida Humana, Sociedad y Derecho’, al estudiar el problema de la producción originaria del Derecho analiza el problema de la validez jurídica de los actos emanados de gobierno de facto en una forma magistral, que deseamos resumir en esta exposición: “Cuando la producción originaria del derecho dimana de la ruptura violenta del orden jurídico anterior, ya sea por revolución, por golpe de estado o por conquista, cuál es su fundamento?” “Surge la interrogación de por qué ha de admitirse que una ruptura violenta del orden jurídico pueda ser fuente de un nuevo derecho, cuando el principio de legalidad exige que el derecho sólo pueda reelaborarse y reformarse mediante los procedimientos conocidos en el orden jurídico vigente”. “Si examinados los hechos históricos, nos encontramos con que, de prevalecer estrictamente ese criterio de legalidad, no existiría en el mundo entero un solo orden jurídico, ya que en la vida de ninguna nación faltan las revoluciones y golpes de estado que hayan roto la continuidad jurídica”. “Aún admitiendo hipotéticamente dicho criterio de legalidad, el problema planteado por la aparición originaria del derecho quedaría insoluble, pues la cadena que une las sucesivas fases del desarrollo legítimo del derecho, ha de tener un principio, y este principio tendrá un primer eslabón o peldaño que no se apoyará en otros anteriores”. “En el fondo de la explicación y justificación de que tales hechos (de solución de continuidad en la historia jurídica) puedan crear con arreglo a determinadas condiciones nuevo derecho, late el sentido de certeza y seguridad, que es raíz vital del derecho”. “En efecto, una vez que se ha derrocado el ordenamiento jurídico anterior, queda la sociedad sin derecho, y entonces, la necesidad que crea este vacío es llenada por el nuevo orden jurídico que funda la revolución, el golpe de estado o la conquista. Y, desde un punto de vista estimativo, puede resultar preferible el nuevo orden jurídico surgido de ese acontecimiento violento, aunque no se le considere bueno, que la ausencia de todo orden jurídico, que implica la anarquía y la arbitrariedad”. “Claro que para que pueda registrarse una producción originaria de derecho son precisos esencialmente dos requisitos: 1º.- Que el nuevo producto posea los caracteres esenciales del concepto formal de la juridicidad, es decir que se trate de mandatos con forma jurídica y no de mandatos arbitrarios; y 2º.- Que la voluntad social predominante esté de acuerdo con el nuevo régimen, en virtud de una adhesión a él y no por el mero influjo aplastante de la fuerza bruta”. “La raíz de la vigencia de un sistema jurídico ha de consistir en una resultante de las voluntades que forman la textura social. El mando jurídico tiene a su disposición la mayor concentración de poder que hay en la sociedad, a fin de hacer cumplir inexorablemente sus preceptos. Pero su instalación como mando jurídico no se funda en ese hecho de poseer la fuerza pública material, sino en el apoyo de la opinión de los mandados”. “Esta adhesión de la opinión pública puede darse en muy diversos grados. Pero un mínimum de adhesión que represente la tranquila y normal aceptación de la mayor parte de las gentes, es siempre indispensable para que pueda decirse que ha nacido un nuevo régimen jurídico, porque de lo contrario nos hallaríamos tan sólo ante un mero fenómeno de brutalidad”. ““El nuevo régimen puede surgir apoyado desde el primer momento por la inmensa mayoría popular, o por una simple mayoría. Pero también puede suceder, y a menudo ocurre que el nuevo gobierno cuente tan solo con la conformidad pasiva de las gentes, sin ninguna devoción. Este sería el mínimum indispensable antes referido. La aceptación pasiva pero pacífica y normal -conformista- constituye un acatamiento sin identificación con lo que el nuevo régimen representa, inspirado en motivos distintos del entusiasmo, pensando, por ejemplo que sería peor vivir sin derecho”. “A la luz de la doctrina y jurisprudencia citadas, no cabe duda alguna de que el gobierno de la Junta, que contó desde un principio con el apoyo entusiasta de la mayoría ciudadana y que ha venido ejerciendo sus poderes con la aprobación expresa del Presidente Electo, constituye un gobierno de facto, cuyos actos legislativos, por reunir todas las condiciones de “mandatos de forma jurídica”, tienen plena validez legal. Sin embargo, al solicitar que se reconozca por esa Asamblea la legitimidad de los poderes legislativos de que está investida, quiere con ello rendir homenaje a la altísima categoría de la labor que a ese alto Cuerpo ha sido asignada, y que la Junta Fundadora de la Segunda República tiene plena seguridad de que será brillante y patrióticamente realizada por la Asamblea Nacional Constituyente. Al pedir también a la Asamblea la ratificación de la elección verificada por la Junta de los magistrados que integran la Corte Suprema de Justicia, no lo hace porque dude de su facultad jurídica para llevar a cabo tal nombramiento, sino como especial manifestación de respeto para las personas de tan dignos jueces, así como de consideración a la trascendencia y beneficio de las funciones que ejercen. Por lo expuesto, respetuosamente solicitamos de vosotros que, previamente al conocimiento del proyecto de Constitución que en su oportunidad os someteremos, tengáis a bien dar aprobación a los siguientes proyectos de resolución:

I.- Ratificáse la elección de don Otilio Ulate Blanco, como Presidente Constitucional de la República, según los sufragios obtenidos en las elecciones celebradas el 8 de febrero de 1948. El señor Ulate ocupará el poder por un período de cuatro años que comenzará a contarse a partir de la fecha en que expire el período de Gobierno de la Junta Fundadora de la Segunda República; II.- Prorrógase, hasta las 12 horas del día 8 de mayo de 1950, el período durante el cual la Junta Fundadora de la Segunda República ejercerá los Poderes que asumió el día 8 de mayo de 1948; III.- Ratifícase la elección verificada por la Junta Fundadora de la Segunda República de los Magistrados que integran la Corte Suprema de Justicia. VI.- Reconócese la plena validez jurídica de las facultades legislativas ejercidas por la Junta Fundadora de la Segunda República desde el 8 de mayo de 1948, hasta la fecha en que se instale el primer Poder Legislativo que se elija popularmente de conformidad con la Constitución que promulgue esta Asamblea.La Comisión que redactó el proyecto de Constitución, en uno de los artículos transitorios de ésta, dispone que la Junta ejercerá el Poder hasta el 8 de mayo de 1950. Creemos que de igual modo una vez que promulguéis la Constitución de la Segunda República, podrían ser agregadas a ésta, como artículos transitorios, las resoluciones que aquí os solicitamos.

San José, 15 de enero de 1949.- J. FIGUERES, Presidente.- F. Valverde, Ministro de Gobernación y Policía.- Benjamín Odio, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.- Gonzalo J. Facio, Ministro de Justicia y Gracia.- F. J. Orlich, Ministro de Obras Públicas.- U. Gámez Solano, Ministro de Educación Pública.- R. Blanco Cervantes, Ministro de Salubridad Pública.- Bruce Masís D., Ministro de Agricultura e Industrias.- E. Cardona Q., Ministro de Seguridad Pública.- Rev. Benjamín Núñez, Ministro de Trabajo y Previsión Social.- Daniel Oduber Q., Secretario General de la Junta.

Artículo 6º.- Se conoció de la ratificación de elección de don Otilio Ulate Blanco, como Presidente de la República. El señor representante Licenciado don Everardo Gómez Rojas, sometió a consideración de la Asamblea la siguiente moción:

LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

Considerando:

1º.- Que en las elecciones verificadas el día 8 de febrero de 1948 resultó electo Presidente Constitucional de la República don Otilio Ulate Blanco, según aparece del fallo pronunciado por el Tribunal Nacional Electoral a las 10 horas y 30 minutos del 28 de febrero de 1948. 2º.- Que aun cuando se pretendió anular dicha elección por una mayoría de veintisiete diputados que, olvidando el compromiso de honor que habían contraído, dictó el vergonzoso acuerdo de 1º de marzo de ese mismo año, es lo cierto que en la conciencia nacional se mantuvo incólume la convicción de que el resultado de la elección había favorecido al señor Ulate Blanco. 3º.- Que el resultado de las elecciones del 8 de diciembre último significa una ratificación plena al señor Ulate de la confianza y de la voluntad nacionales. 4º.- Que desaparecido el régimen nefasto que propició la burla del sufragio popular, es imperativo reconocer la absoluta legalidad de la elección del señor Ulate, y declarar la inexistencia e ineficacia del mencionado acuerdo de 1º de marzo de 1948. 5º.- Que el reconocimiento de la legalidad de esa elección, y la ratificación de la misma, es función que corresponde a la Asamblea Nacional Constituyente, según el Decreto-Ley de convocatoria, número 151 de 3 de setiembre de 1948.

DECRETA:

Artículo 1º.- Se declara inexistente y, en consecuencia, sin ningún valor ni efecto, la nulidad de la elección presidencial del 8 de febrero de 1948, decretada por el Congreso Constitucional el 1º de marzo del propio año; y con vista del resultado de esa votación y acatando el fallo pronunciado por el Tribunal Nacional Electoral a las 10 horas y 30 minutos del 28 del mismo mes de febrero, declárase constitucionalmente electo a don Otilio Ulate Blanco para ejercer la Presidencia de la República por un período de cuatro años.

Artículo 2º.- Como el período presidencial del señor Ulate fue modificado, en cuanto a su fecha de iniciación, por el Pacto de Honor suscrito el 1º de mayo de 1948 entre don José Figueres y don Otilio Ulate, dicho período comenzará el día en que el señor Ulate tome posesión de su alto cargo.

El Representante, Doctor ALBERTO OREAMUNO, presentó la siguiente moción de orden: “Que la votación para la ratificación del Presidente Electo don Otilio Ulate sea nominal”, moción que fue aprobada por gran mayoría. Fue sometida a votación la moción de don Everardo Gómez Rojas, con el siguiente resultado: dijeron Sí, los siguientes Diputados: Rodríguez Conejo, Vargas Fernández, Ortiz Martín, Jiménez Núñez, Volio Sancho, Montealegre Echeverría, Baudrit Solera, Bonilla Gutiérrez, Oreamuno Flores, Vargas Castro, Pinto Echeverría, Trejos Quirós, Acosta Jiménez, Zeledón Brenes, Guzmán Calleja, Gómez Rojas, Arroyo Blanco, Dobles Segreda, González Luján, Herrero Herrero, González Flores, González Herrán, Guido Matamoros, Brenes Mata, Montiel Gutiérrez, Sotela Bonilla, Acosta Piepper, Leiva Quirós, Monge Ramírez, Solórzano González, Madrigal Jochs, Desanti León, Ruiz Solórzano, Brenes Gutiérrez, Lobo García, Volio Jiménez, Gamboa Rodríguez, Facio Brenes, Fournier Acuña, Monge Álvarez, Valverde Vega, Esquivel Fernández.

El Representante JIMENEZ Quesada razonó su voto de la siguiente manera: “Voy a dar mi voto para que el señor don Otilio Ulate Blanco ocupe la Presidencia de la República, pero quiero razonar mi voto en el sentido de que no lo doy por la vía de la “ratificación de su elección”, según reza la orden del día. Considero que usar así el término “ratificación “significa quedar situados en un campo vulnerable a diferentes dudas jurídicas, las cuales, tanto como su análisis pueda ser considerado una simple discusión bizantina frente a las fuerzas que consuman la elección del señor Ulate Blanco para Presidente, no por eso dejarán de constituir también precedentes, o al menos serias objeciones que significarían fuerte quebrado a mi pura fe republicana. Por eso doy mi voto en el sentido de elegir pura y simplemente al señor Ulate Blanco para que sea inmediatamente Presidente de los costarricenses. Creo que éste habría sido el camino más conveniente que habría podido tomar la Asamblea. Es de la esencia medular de toda Asamblea Constituyente organizar la vida de un país, y por eso tiene amplísimas facultades para hacer una elección sin otra consideración legal, y solamente con el compromiso de acertar con una designación que interprete, hasta donde sea posible, la voluntad de la Nación. Al razonar en esta forma, dentro de la brevedad que me impone la solemnidad de una sesión protocolaria como es ésta, lo hago situándome en la doctrina constitucional sostenida por algunos autores que saben distinguir entre la legalidad y la legitimidad de un Gobierno. La totalidad de la Asamblea parece preocuparse al usar el término “ratificación”, de la legalidad de esta situación. Como dije antes, exactamente este es, a mi juicio, el mejor camino para dejar en pie una serie de dudas también de índole legal, entre las cuales no es la menor, por ejemplo, esa de que en la exposición de hoy, se diga de la ratificación de la elección que del señor Ulate hizo el pueblo para que fuese Presidente por cuatro años. Eso de los cuatro años es verdad, pero ese período fue bien delimitado por la respectiva convocatoria de elecciones, que conformaba la voluntad popular para un mandato que debía vencer el año 1952. Repito pues, que la legalidad es una condición en los Gobiernos, de forma, y que al efectuarse una ratificación se deja en pie una serie de dudas, apenas bonificadas por ser una mayoría tan bien intencionada y honorable quien las allana. Por eso yo prefiero tomar la vía de la legitimidad, que es solamente una cualidad de fondo, o sea la conformidad del acto con la opinión pública. Por eso yo pongo mi mano sobre mi conciencia, y nada más que por lo que a mí mismo me consta, por lo que yo he palpado, y porque deseo de todo corazón paz para Costa Rica, sin distingos de banderías políticas o ideológicas, voto por el señor Ulate Blanco para Presidente inmediato de todos los costarricenses”.

Artículo 7º.- Inmediatamente después de ratificada la elección de don Otilio Ulate Blanco, el señor Presidente Electo entró al Salón de Sesiones de la Asamblea, acompañado de sus delegados personales, don Mariano Sáenz y Licenciado don Mario Echandi Jiménez (1) , y de los Representantes, Licenciado don Rodrigo Facio y Doctor don Alberto Oreamuno Flores.

Artículo 8º.- El señor Presidente de la Junta Fundadora de la Segunda República, don José Figueres Ferrer, procedió a dar lectura a su Mensaje a la Asamblea Nacional Constituyente, que dice así:

Señores Constituyentes:

Hemos tenido que recorrer un largo camino para llegar hasta este recinto. Venimos a inclinarnos reverentes ante la augusta imagen de la Patria y a rendir nuestro respeto a los nobles Representantes del pueblo de Costa Rica que integran hoy la Asamblea Nacional Constituyente. Tras esa larga jornada de todo un pueblo, llegamos a este momento solemne con el espíritu purificado por los sufrimientos del pasado y con el corazón cargado de esperanza para lo porvenir.

Nos encontramos aquí reunidos con el objeto de definir nuestra situación política y de dar al país una nueva Constitución.

Los últimos ocho años constituyen un período anormal de nuestra historia Aunque los hechos ocurridos en dicho período son ampliamente conocidos de los costarricenses de hoy, debemos hacer una breve reseña de esos acontecimientos para legarla a la posteridad en este mensaje que ahora tenemos el honor de dirigiros.

Un régimen legalmente establecido en 1940 rompió la tradición gubernativa nacional, distinguiéndose desde el principio por su irrespeto a la Hacienda Pública, que fue convertida en negocio particular de las familias gobernantes. En 1942 el sentimiento público de desaprobación era tan fuerte, que el régimen se vio en la necesidad de entrar en alianza política con el Partido Comunista Internacional, entonces bien asentado en Costa Rica, para mantenerse en el Gobierno. Inmediatamente se hizo clara a los costarricenses la intención que tenía la nueva coalición de fuerzas políticas imperantes, de irrespetar también el derecho del sufragio popular y perpetuarse en el Poder. A ese efecto se trató de obtener de un Congreso disciplinado y sumiso, una reforma a nuestra Legislación Electoral que abriese los caminos del fraude. Esto trajo como resultado el primer gesto de protesta colectiva enérgica, señalándose así la primera de las fechas gloriosas de la presente Campaña de Liberación: el 15 de mayo de 1943. Tocaba a su fin el mandato legal de la administración y vino la campaña electoral llena de violencia y amargura. El ilustre ex-Presidente don León Cortés Castro fue candidato de la oposición, contando con las simpatías de todo un pueblo. Fue favorecido por una enorme mayoría de sufragantes en la trágica fecha del 13 de febrero de 1944. Sin embargo el régimen declaró electo a su propio candidato y lo instaló como Presidente marioneta para el cuatrenio 1944-1948. Hoy que el derecho electoral está restablecido en Costa Rica, y que por primera vez en muchos años se reúne en este recinto una Asamblea verdaderamente representativa, sería un hermoso desagravio póstumo al prócer desaparecido, y una justa satisfacción al sentimiento nacional, si este Cuerpo Constituyente se dignara declarar de modo oficial, durante el curso de sus deliberaciones, que el 13 de febrero de 1944 León Cortés Castro fue electo Presidente Constitucional de Costa Rica.

El segundo período de cuatro años del régimen ahora depuesto transcurrió en un ambiente de ilimitada agitación política y de constante protesta nacional. El 10 de febrero de 1946 se realizaron unas nuevas elecciones deshonestas, que permitieron al régimen seguir contando con un Congreso sumiso y servil. En señal de protesta los Diputados de la oposición se abstuvieron de asistir a las sesiones durante largo tiempo. En1947 vino la campaña electoral presidencial en la que fue jefe y candidato de la oposición don Otilio Ulate Blanco. El pueblo escéptico ya por las burlas anteriores concurrió, sin embargo, virilmente a esta lucha política, deseoso de agotar los recursos civiles para la restauración de sus libertades perdidas. Libróse la campaña en un clima de verdadera tormenta. Los hampones que el Gobierno llamaba autoridades, y las fuerzas de choque comunistas cometieron toda clase de atropellos imaginables, en un afán de amedrentar al pueblo e impedirle expresar su voluntad. A raíz de uno de los tantos atentados, que se perpetraron contra la ciudadanía de Cartago, se produjo la Huelga Nacional de Brazos Caídos que paralizó al país durante las últimas semanas de julio de 1947. El 2 de agosto millares de damas costarricenses fueron ultrajadas frente a la Casa Presidencial, marcándose con esto otra de las fechas negras de nuestra historia. Terminó la Huelga con la celebración de un pacto en que el Poder Ejecutivo, el candidato oficial, los militares y los Diputados, se comprometieron a respetar el fallo que sobre el resultado de las elecciones próximas vertiera el Tribunal Nacional Electoral. La oposición aceptó esa promesa, que no era sino la de cumplir con el deber, en aras de la paz que se veía crecientemente amenazada por el desarrollo de los acontecimientos. Celebráronse las elecciones y la fuerza numérica de la oposición se impuso a pesar de todos los fraudes y de todas las violencias. El señor Ulate obtuvo una mayoría de diez mil votos que era apenas una fracción de la que realmente existía a su favor en el electorado, pero que constituía un amplio margen de victoria, como fue oportunamente reconocido por la mayoría honorable del Tribunal Nacional Electoral. Vino entonces otro gigantesco atropello al derecho del sufragio el 1º de marzo de 1948, cuando veintisiete Diputados indignos de su investidura, arrebataron al señor Ulate Blanco la legítima credencial que le había sido concedida en las elecciones del 8 de febrero. El mismo 1º de marzo fue ametrallada la residencia del Doctor Carlos Luis Valverde, insigne ciudadano que cayó bajo las balas de aquel régimen de satrapía, y se convirtió en el primer mártir de la Guerra de Liberación Nacional. Estos acontecimientos fueron la chispa que encendió la guerra. Dos grandes verdades deben quedar claras ante la historia en relación con esta acción bélica. La primera es, que los costarricenses agotaron todos los medios pacíficos antes de recurrir a las armas en defensa de sus derechos. La segunda, menos conocida quizá es que la guerra tuvo una larga gestación, de casi seis años, durante la cual se prepararon simultáneamente los elementos bélicos y los planes constructivos que debían servir para edificar una nueva Costa Rica en caso de que llegara la hora de una hecatombe nacional. Desde el día que fue exilado del país el que hoy tiene el honor de hablaros, el 8 de julio de 1942, muchos ciudadanos comprendieron que la era de las libertades públicas había concluido en Costa Rica, y que probablemente no se conquistarían de nuevo sin recurrir a los más grandes sacrificios. Muy dura fue la transformación de gentes que siempre habían sido pacíficas, en guerreros potenciales. Así fue como se registraron brotes revolucionarios, a veces prematuros, pero siempre valientes y patrióticos, tales como el golpe que un grupo de caballeros y jóvenes arrojados intentaron desde la estación radioemisora Alma Tica. Mientras se desarrollaban las gloriosas campañas cívicas durante meses y años, un conjunto de hombres, a quienes ofrecían valioso aporte las decididas mujeres, creímos necesario ir preparando los medios para hacer efectiva, si las circunstancias lo demandaran, una promesa que se venía dando insistentemente a los costarricenses, de respaldar sus votos hasta con la acción armada. Esas circunstancias, se presentaron inevitablemente. Tuvimos que convocar al pueblo de Costa Rica a una dolorosa guerra civil, que hoy se llama con justicia la Guerra de Liberación Nacional.

Con el triunfo del Ejército Libertador, que era el triunfo de todo un pueblo en lucha contra la tiranía, se acabó de romper por completo el orden constitucional que sólo en apariencia venía manteniendo el régimen derrocado. Se produjo entonces un vacío jurídico, ya que el ordenamiento fundamental, del cual dimana la fuerza de todas las instituciones legales, había perdido su vigencia normal. Quedaba el hecho escueto de la soberanía popular sin instituciones jurídico-positivas a través de las cuales se pudiera ejercer esa soberanía en forma de gobierno de la Nación. Este fenómeno, por supuesto, no constituía una novedad en la historia política del mundo. En la vida de casi todas las naciones no han faltado golpes de estado o revoluciones que hayan roto la continuidad del orden constitucional y que hayan planteado ante los pueblos respectivos la necesidad de resolver, en forma inmediata, el problema de la ausencia de instituciones jurídicas para el ejercicio de la autoridad. En todas esas circunstancias la solución ha sido la misma: un grupo de hombres asume de hecho la representación popular, y con tal carácter establece un gobierno provisional. No podíamos proceder en otra forma nosotros, los que habíamos asumido la grave responsabilidad de levantarnos en armas contra un orden de cosas inaceptable para el pueblo de Costa Rica, si queríamos llevar hasta sus últimas consecuencias la liquidación de un régimen corrompido en todas sus arterias, antes de que surgiera el nuevo orden jurídico e institucional que debería sucederlo. Afortunadamente para la República, al triunfar la revolución había un ciudadano a quien la mayoría del pueblo había entregado un título indiscutible a asumir en su oportunidad la Primera Magistratura de la Nación. En don Otilio Ulate Blanco tenía el pueblo de Costa Rica su Presidente Electo. Gracias a esa condición, el señor Ulate Blanco podía ser considerado, a pesar de las extraordinarias circunstancias que mediaron entre su elección y el triunfo de la guerra civil, como el depositario de la voluntad popular. Creímos correcto contar con su aquiescencia para la solución que se debía dar a la situación nacional planteada. Esa aquiescencia nos fue otorgada con un alto espíritu patriótico, y con una profunda comprensión del momento histórico que vivía Costa Rica. Firmamos entonces el pacto Ulate-Figueres, que se ha venido cumpliendo fielmente, y que ha sido la guía de los sucesos políticos acaecidos desde entonces. Así fue como el 8 de mayo último un grupo de ciudadanos, que en una u otra forma habíamos estado en la lucha por la libertad de Costa Rica, nos constituimos en gobierno provisional, bajo el nombre de Junta Fundadora de la Segunda República. Fuimos honrados en aquel acto con la presencia de las Honorables Representaciones Diplomáticas acreditadas en nuestro país y recibimos la aprobación que en diversas formas nos manifestaba la ciudadanía.

La Junta Fundadora de la Segunda República se encontró ante dos tareas esenciales a realizar: Primera, afianzar el triunfo militar, devolviendo la seguridad a todos los habitantes del país y haciendo sanción contra todos los delincuentes que bajo el régimen derrocado habían cometido cualquier clase de crimen. Segunda, preparar el advenimiento de un nuevo orden que garantizara la vida institucional y las libertades cívicas, y promoviera a la vez el bienestar del mayor número. Todos nuestros esfuerzos se han dirigido a la realización de esas tareas fundamentales. Para el cumplimiento de la primera de estas faenas fue preciso proceder varias veces a detenciones de personas que por sus conocidos nexos con el régimen derrocado, siempre en actitud de contrarrevolución, podían ser un peligro para el afianzamiento de nuestro triunfo. Todavía en estas últimas semanas hemos tenido que venir de nuevo a la lucha armada. Unos cuantos dirigentes sin alma, del régimen derrocado, invadieron nuestro territorio por la frontera Norte, y tuvimos que aprestarnos a rechazarlos. Todo el país se puso en pie de guerra. Sufrimos diecisiete muertes muy valiosas, y sobre ese nuevo sacrificio quedó reafirmado el movimiento regenerador nacional. La sanción de los que se habían hecho en alguna forma culpables de atropello de los bienes del Estado o de la dignidad ciudadana nos exigió, como consecuencia necesaria de un período revolucionario, establecer tribunales especiales, integrados por hombres de absoluta probidad y sereno juicio, en cuyas manos puso la revolución esa parte de su programa tan importante como su aspecto militar. No llevar en ese plano la revolución, hubiera sido dejar incompleta la tarea que el pueblo y la historia nos habían encomendado. Hondamente preocupados por el restablecimiento de la legalidad, creímos necesario mantener provisionalmente el régimen de garantías individuales, sociales y nacionales que otorgaba la Constitución antigua, así como la vigencia de casi la totalidad del orden jurídico hasta entonces en vigor. También procedimos a darle al país un Poder Judicial, absolutamente independiente, e integrado por Magistrados de intachable probidad. Interpretando una aspiración jurídica y social costarricense, decidimos sustituir la Constitución que con muchas reformas nos venía rigiendo desde 1871 por una nueva, en la que se pudieran conjugar los principios esenciales de nuestra vida política con las modernas corrientes de pensamiento que han venido convirtiéndose en postulados fundamentales de las naciones. Dotar al país de una Carta Política que recogiera preocupaciones que se ha dado en llamar revolucionarias y que no son sino las propias del programa humano, llevadas a la organización social de los pueblos, tenía que ser la verdadera obra de fundar una Segunda República. Las aspiraciones comunes al pueblo de Costa Rica de libertad individual, de justicia social y bienestar económico para todos, tenían que cristalizarse en esa plataforma de la vida jurídica nacional. A una comisión técnica integrada por hombres de reconocida moralidad y capacidad jurídica y social, confió la Junta de Gobierno la delicada tarea de preparar el proyecto de Constitución de la Segunda República. Tuvieron los integrantes de esa Comisión la preocupación de consultar cuanto organismo o persona juzgaron capacitados para emitir opinión en tan difícil materia. Oportunamente procedimos a convocar al país a elecciones para la Asamblea Constituyente que hoy tenemos la satisfacción de inaugurar solemnemente. Si de alguna cosa podemos enorgullecernos por nuestra gestión administrativa, es por las recientes elecciones verificadas el 8 de diciembre, que en forma clara vinieron a decir al país que no se había derramado en vano la sangre por reconquistar el derecho electoral. Esta pronta inauguración de la Constituyente Nacional es testimonio de la sinceridad con que hemos querido devolver a Costa Rica su vida institucional, que había dejado el régimen anterior en total bancarrota. Las condiciones propicias en que se ha producido hoy la ratificación del mandato de don Otilio Ulate, son una nueva prueba de la buena fe con que pactaron, y de nuestro vehemente deseo de que vuelva el país a su republicanismo tradicional. Muy afortunado fue que los hombres que durante varios años planeamos en secreto una posible acción bélica, pensáramos en todo momento en las graves responsabilidades con ella conexas. La guerra y la post-guerra eran inseparables en nuestras mentes. No se podía ensangrentar al país si no era para darle una vida nueva. Las victorias militares por sí solas valen poco. Lo que sobre ellas se construye es lo que importa. La Guerra de Liberación Nacional no fue más (en los planes de largos años primero, y después en las ejecuciones) que un medio desagradable y primitivo de abrir el camino hacia la fundación de la Segunda República. Insistimos en que ni una cosa ni la otra, ni la guerra ni la paz, fueron improvisadas. Afirmamos también que ninguna de las dos fue concebida como un medio de satisfacer ambiciones o ansias de Poder. Un genuino espíritu de sacrificio prevaleció durante todo el planeamiento, y es muy satisfactorio sentir aún ahora, en el Poder, que los hombres de la revolución no están disfrutando de ninguna prebenda, y que siguen siendo víctimas de un espíritu de servicio público y humano que los lleva al abandono de su bienestar personal, en aras del bien general. Dentro de ese espíritu, y a nuestro entender, en cumplimiento de una aspiración nacional, es que estamos empeñados en fundar la Segunda República. Y a esta Asamblea venimos a pedir que proceda a dar las bases supremas jurídicas de esa nueva concepción nacional.

La Concepción de la Segunda República es una cosa sencilla, al alcance de todas las mentes de buena voluntad. Cuatro orientaciones principales la distinguen. Primera: restablecimiento de la moral. Segunda: introducción de la técnica en la administración, y eliminación de la politiquería. Tercera: progreso social sin comunismo. Cuarta: mayor conciencia de solidaridad con los otros pueblos del mundo, especialmente de América. Describiremos por separado estas cuatro aspiraciones de la Segunda República, reconociendo claramente que algunas de ellas no son más que orientaciones, y una simple colocación de bases. Las realizaciones correspondientes necesitarán un largo período de trabajo de todo el país.

La primera de estas orientaciones, el restablecimiento de la moral, es la única en que se puede ser radical. Demasiado tiempo han sufrido las democracias el irrespeto de los bienes del Estado por parte de los funcionarios públicos; el irrespeto al derecho electoral, cuyo ejercicio suele convertirse en una farsa; el irrespeto a la independencia judicial, que mina las bases mismas de la sociedad. No puede haber vida colectiva satisfactoria entre los hombres si los principios por que esa vida debe regirse son irrespetados precisamente por quienes llevan la misión de darles validez y fuerza. En esta materia se debe ser ilimitadamente estricto. Ni una sonrisa de condescendencia, ni un centavo mal habido, ni un voto burlado, ni la sombra de una insinuación a un juez. En todos esos aspectos tenemos conciencia de que la Junta Fundadora de la Segunda República se está conduciendo a la altura de las expectaciones nacionales, y de su enorme responsabilidad histórica. En cambio, tenemos el dolor de admitir que las circunstancias turbulentas en que gobernamos no han permitido mostrar siempre aquel alto grado deseable de respeto a la libertad individual, a la inviolabilidad de los hogares, al derecho de asociación de los ciudadanos, y a algunos otros derechos. Desgraciadamente la opinión pública, herida por los atropellos de los últimos ocho años, ha estimulado las flaquezas de algunas autoridades llevándolas a cometer abusos que la Junta de Gobierno reprueba. No nos queda más remedio, como gobernantes, que asumir nuestra parte de responsabilidad por esos hechos. Pero consideramos justo que esa responsabilidad sea compartida por esa opinión pública, que es quien verdaderamente manda en Costa Rica. Estamos haciendo lo posible porque esta época de anormalidad termine. Consideramos como una de las más pesadas cargas que la Patria nos ha impuesto, la de gobernar en este ambiente de pasiones encendidas. Esperamos que renazcan pronto la paz completa y la cordura, y que el Poder Público de Costa Rica vuelva a ser uno de los más respetuosos y respetados de la tierra.

Es la segunda aspiración de nuestro programa la introducción de un criterio técnico en la administración pública, contrapuesto a las normas puramente políticas que a menudo nos han regido. Semejante transformación es lenta y difícil. Nosotros estamos haciendo lo posible por dejarla principiada. Hemos tenido la suerte de encontrar una generación joven, amante del estudio y dispuesta a asumir responsabilidades. Ingenieros, economistas, médicos, abogados, especialistas de muy diversas ramas de la técnica, han llenado gran número de puestos de la administración pública y los están desempeñando con un criterio nuevo. Cualesquiera que sean sus limitaciones, nadie puede negar su sinceridad y su entusiasmo. Se está preparando así en el terreno mismo de la experiencia vivida, una generación idónea para el Gobierno del país, que será de valor inestimable para las administraciones venideras. Ojalá que ellos a su vez preparen a sus sucesores cuando llegue el momento, para que el país no tenga en el futuro que hacer improvisaciones en su vasto tren de funcionarios. No menospreciamos por otra parte, el aporte de madurez que puedan darnos en esta hora los hombres que han llevado a cabo otras luchas anteriores a las nuestras, demostrando la amplitud de sus capacidades y la solidez de sus principios. Obedece siempre nuestra actitud a un planeamiento general, modificado según las circunstancias. Dentro de ese planeamiento, creemos que es de la mayor importancia en nuestro tiempo el enriquecimiento del país, tanto para proporcionar mayor bienestar a sus moradores, como para sufragar el costo de una cultura colectiva superior. El país no puede enriquecerse de la noche a la mañana, ni solucionar rápidamente los problemas de un gran número de sus habitantes que viven en la estrechez, sólo la producción trae la abundancia. Sólo el ahorro nacional acumula la riqueza. Un análisis de nuestra economía nos ha revelado que hay unas cuantas fuerzas principales que deben encauzarse con miras de bienestar común, para que venga en el futuro un verdadero aumento de producción y de riqueza. Así es necesario un sistema bancario nacional que lleve a todos los rincones del país su espíritu de servicio público, no solamente facilitando créditos reproductivos, sino también captando los depósitos y estimulando los ahorros. Es necesario un sistema eléctrico nacional que lleve también a todas partes el bienestar que pueden proporcionar nuestras corrientes hidráulicas, y que impulse con espíritu social la grande y la pequeña industrias nacionales. Es necesario disminuir la cantidad de artículos elaborados en el exterior que consumimos, sin producir aquí lo equivalente en mercancías exportables para pagarlos. Es necesaria una organización nueva de nuestra agricultura, que rara vez ha alcanzado en el pasado a llenar las necesidades nacionales. Es necesario mejorar para nosotros las condiciones económicas en que opera aquí la Compañía Bananera de Costa Rica, que constituye un importante renglón en nuestra economía. Es necesaria la exploración petrolera, rápida y concienzuda, del territorio nacional. Esas son algunas de las principales preocupaciones de nuestro planeamiento para la producción de riqueza. Ese es uno de los aspectos de lo que nosotros llamamos la orientación técnica de la administración. Procúrase también dentro de esa orientación técnica, que las obras, las instituciones, y todos los esfuerzos gubernativos, se encaminen a satisfacer necesidades de carácter general y no particular, sin miras políticas superficiales. La técnica es nuestra aspiración, y esperamos que sea la guía de las administraciones futuras. La tercera orientación general de la Segunda República en el orden en que hoy las estamos exponiendo, es la que busca un progreso social que sea el fruto de las filosofías cristiana y democrática, y no de las tendencias ideológicas comunistas y dictatoriales que nosotros consideramos retrógradas. En eso tal vez nos separamos, por razón de la época en que vivimos, de los sentimientos conservadores y patriarcales que animaron a la primera República. La República de nuestros padres representada un adelanto sobre las estructuras más típicamente feudales de otros países. Su pensamiento económico, dentro de los resabios del pasado, podría decirse que era el liberalismo manchesteriano. Estímulo al instinto de lucro individual, que es el equivalente del instinto del individuo en la selva, y abandono de la economía a las fuerzas naturales, como se abandonan las corrientes de los ríos mientras no hay ingeniería, son las características del sistema liberal. Cuando intervienen en algo los sentimientos humanitarios, el sistema toma cierto aspecto patriarcal. En ese estado de cosas, el comunismo hace fácil presa de los menesterosos, de los descontentos, de los intelectuales, y constituye un excelente aliado para los políticos oportunistas. Eso pasó en Costa Rica. Contra esa alianza tuvimos que luchar. Para que no se repitan los efectos, debemos procurar que desaparezcan las causas, por larga y penosa que nos parezca la tarea transformadora. La economía moderna considera que el trabajo de las naciones puede ya producir suficiente bienestar para todos sus habitantes, si la producción se planea con miras generales. Esa tendencia científica hacia la disminución de la miseria y hacia el aumento del bienestar de todos, coincide con el espíritu cristiano de amor al prójimo que la humanidad ha aceptado como la mejor norma de conducta moral, y coincide también con el espíritu democrático de estimular la dignidad, que se considera como la mejor norma de conducta cívica. Todos estos sentimientos son gratos al corazón de los costarricenses, y cuanto más los generalicemos y más los ahondemos, mejor estaremos conduciendo a nuestro pueblo hacia el género de vida que todos amamos. El mal de la pobreza existe. Es imprescindible que le busquemos remedio. Pero en vez de un comunismo que encienda la lucha fratricida, queremos un espíritu social que nos una a todos en la lucha por la producción para todos. En vez de una mal entendida limosna patriarcal que humilla al pobre, queremos una actitud científica que tienda a enriquecerlo, y un concepto superior de justicia que lo dignifique.

La cuarta de las aspiraciones nuestras que venimos enumerando, ha sido la de ensanchar los círculos de contacto de nuestro pequeño país con el resto de América y del mundo, y de disminuir el aislamiento en que hemos vivido en el pasado, cuando los medios de comunicación eran más imperfectos. Nuestra Guerra de Liberación Nacional despertó enorme interés en los países hermanos. Nuestro movimiento de transformación hacia ese tipo de administración que llamamos la Segunda República está siendo observado en todas partes por hombres y mujeres que aspiran a una solución más o menos semejante de sus propios problemas, en esta época de conmoción social. Los malos hijos de la República que tanto daño nos hicieron desde adentro, están intentando ahora hacernos, todo el que pueden desde afuera, propalando embustes y desacreditando el país y a su Gobierno. Algunas gentes juzgan superficialmente nuestro movimiento como una lucha vulgar por el Poder, en donde un dirigente político trata simplemente de quitar a otro para subir él, y en donde el ejercicio de las elevadas magistraturas es una satisfacción de vanidades, en vez de ser el apostolado martiano que nosotros predicamos. El nombre de Costa Rica se menciona casi a diario en todos los periódicos del Continente. Hemos dejado de ser el rincón desconocido de la América Central que éramos hasta hace poco en los países grandes. En todas partes hay conciencia de que aquí se está llevando a cabo un movimiento importante, aunque ese movimiento se juzgue en las más diversas maneras, según las informaciones de que se disponga o la propaganda a que se esté sujeto. Se está creando la conciencia, en el interior y en el extranjero, de que un país pequeño puede contribuir eficazmente con ejemplos morales a la causa del mejoramiento estructural de las sociedades humanas. Nuestro gobierno se da cuenta del papel que la Providencia ha querido que desempeñemos en América, y procura en todas sus relaciones con otros países, y con los grandes organismos internacionales, comportarse a la altura de lo que de nosotros se espera. Nos complace anunciar este propósito nuestro en presencia de los Honorables representantes Diplomáticos acreditados en el país, que hoy honran esta Asamblea con su presencia. Creemos cumplir con un deber de justicia al expresar una vez más y en esta oportunidad solemne, la gratitud que el pueblo de Costa Rica guarda para el Honorable Cuerpo Diplomático en general, y para aquellos de sus Miembros muy ilustres que en medio de la azarosa lucha civil prestaron toda su asistencia a nuestra Patria, a fin de apresurar la hora de la paz basada en la justicia.

Señores Constituyentes:

Hemos narrado sucintamente la historia de los acontecimientos que condujeron a la fundación de la Segunda República. Hemos descrito las principales aspiraciones de esa nueva estructura nacional. Debemos ahora pediros que procedáis al desempeño de la sagrada misión que os ha sido encomendada con la altura que os caracteriza, y con vuestros corazones libres de las pequeñas pasiones políticas del momento. Para el cumplimiento de esa tarea ponemos en vuestras manos un instrumento que ha costado mucho conquistar: la libertad. Esperamos que sabréis usarla. En nombre de los mártires de toda la campaña os rogamos, nobles Padres de la Patria, que en todo momento tengáis presente solamente el interés general de ese pueblo que tanto espera de todos nosotros. Dios y la Patria os observan. Si en vuestros pechos quedare algún resabio de humana pequeñez, desechadlo al llegar a este recinto. Aquí sólo grandeza debe haber. La hora de inaugurar la Constituyente ha llegado. Los héroes caídos os dicen: “¡La puerta está abierta, pasad!”.

Artículo 9º.- El señor Presidente Electo, don Otilio Ulate Blanco, pronunció el siguiente discurso:

Señor Presidente de la Junta Fundadora de la Segunda República, Señor Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, Señor Presidente del Poder Judicial, Excmos. Señores Embajadores y Ministros Plenipotenciarios y Honorables Señores Encargados de Negocios, Excmo. Señor Arzobispo, Señores Ministros, Miembros de la Junta de Gobierno, Señores Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Señores Miembros del Tribunal Supremo de Elecciones, Señores Diputados Constituyentes:

He pedido al señor Presidente de la Asamblea que me permita dar rienda suelta a mi emoción y a mi agradecimiento, que estoy tratando de que no se arrimen al orgullo, porque no se me esconde, para mi enseñanza, que la hora del triunfo es también la del peligro para los hombres que no alcancen a hacer vencer la humildad sobre la soberbia, y que tengan como logro propio lo alcanzado, sin acordarse de que el mayor contingente a la obra común suele darlo generosamente la gran masa oscura y abnegada que se queda en el olvido, la indiferencia y la pobreza. Mi agradecimiento por la declaración que aquí ha sido hecha, en acatamiento a la voluntad popular, lleva implícito el testimonio de mi respeto a la Asamblea y de personal consideración a cada uno de sus miembros. El día es de júbilo y pasará a ser memorable. La instalación de esta Convención significa que el pueblo costarricense vuelve a encontrarse consigo mismo, en los caminos de la historia, después de ser sometido o pruebas que pusieron en evidencia su magnífica calidad humana y revelaron que no sólo no padecía de insuficiencia moral sino que, de generación en generación, ha ido acrecentando sus virtudes. Los señores Diputados Constituyentes tienen sus poderes del más limpio origen, obtenidos en elecciones que han honrado por igual a los gobernantes y a los gobernados. Este origen y la calidad de ciudadanos ilustres de quienes tienen en sus manos la tarea que comienza, no permiten esperar que de este recinto, juntando estrechamente lo moral a lo jurídico, saldrá para todos los costarricenses una Carta, con sustancia de perennidad y que, habiendo contado con el concurso de la promisoria vanguardia ideológica y con el caudal de muchas e invaluables experiencias, por esa razón y por plasmada en el dolor, la meditación y la sabiduría, nos librarán del desamparo jurídico en que estuvimos por años angustiosos y, devolviéndonos la seguridad colectiva y la individual y la estabilidad política, contribuirá -amplío aquí un concepto ajeno-, a que cada uno sienta garantizada su libertad, garantizada su justicia y garantizado su pan. La nuestra es una nación de trabajadores que durante varios años no han podido trabajar. La violencia los dejó sin paz y los apartó de su trabajo en tanto que dejaba desolados sus hogares. Volver al trabajo, bajo un régimen de libertad, con el espíritu tranquilo, es una aspiración y es una premiosa necesidad. Para lograrlo ha dado los primeros pasos la Honorable Junta de Gobierno, en la cual me complazco en reconocer un desvelado afán al servicio de la Patria y el propósito -que compartimos todos-, de que el país se sienta seguro de que no irá a la deriva por entre aguas tormentosas. El máximo exponente del presente régimen político a quien los combates lo elevaron a la Magistratura, dio pruebas de que hizo tales combates no por otro motivo que el que quería ser un ciudadano libre y que lo fuesen también sus compatriotas. Volveremos a trabajar en paz y al amparo de la ley. Tenemos que apagar los odios y que encender las esperanzas. Estamos en el remate del proceso político más largo, más difícil y más laborioso de nuestra vida republicana. Los costarricenses tenemos larga y provechosa experiencia de la espera y lo que vamos ganando hasta ahora se completará con la consolidación definitiva de las instituciones. En Costa Rica se volverán a complacer sus hijos, nutridos con los jugos de sus suelos. Me satisface decir este mensaje de fe ante las eminentes personalidades que con distintas y altísimas representaciones honran este acto. Reincorporándose nuestro país al concierto de los pueblos libres y a la unidad espiritual de América, a América y al mundo les ofrece el concurso de su retorno a la vida democrática. No podrá haber unidad espiritual del Continente si no prevalece la democracia. En la comunidad americana se proyectan necesariamente, para el bien o para el mal, para la democracia o para la dictadura, los movimientos que se operan en cada uno de los pueblos del Continente. Nuestro movimiento se lo entregamos a América como una colaboración y como una ofrenda, al mismo tiempo que expresamos nuestros votos por la paz y por el bienestar de todos los pueblos de la tierra, señaladamente aquéllos que nos honran en el trato internacional y que están aquí tan dignamente representados. Permítaseme agregar un recuerdo a la memoria de todos los que han muerto al servicio de la República”.

Artículo 10.- Se despidió el Pabellón Nacional con el ceremonial acostumbrado.

Artículo 11.- El señor Vicepresidente comunica que a continuación se pasará a la Iglesia Metropolitana, donde se oficiará un Te-Deum, ofrecido por el señor Arzobispo, Monseñor Sanabria.

A las 17 horas se levantó la sesión.- Marcial Rodríguez C., Presidente. Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario. F. Vargas V.- Fernando Volio.- José J. Jiménez Núñez.- Hernán Vargas C. Ramón Arroyo B.- Nautilio Acosta.- Enrique Montiel G.- Luis Dobles S.- A. V. Guzmán.- Rodolfo Castaing.- A. González L.- Juan Trejos.- Fernando Pinto.- Juan José Herrero H.- Everardo Gómez.- M. Leiva Quirós.- Juan Guido M.- E. Madrigal.- Rafael Sotela.- Alberto Oreamuno.- Luis Felipe González. Andrés Brenes.- Otón Acosta.- Ricardo Esquivel.- Fernando Fournier. R. Facio.- Rogelio Valverde V.- Fernando Baudrit S.- M. A. González H. Arturo Volio.- Celso Gamboa.- José María Zeledón.- Miguel Brenes G.- C. Monge A.- A. Chacón Jinesta.- Arnulfo Lee C.- C. Elizondo C.- Vicente Desanti L..- E. Rojas V.- Jorge Rojas.- Luis Alberto Monge a.- Edmundo Montealegre. Mario Alberto Jiménez.- Rubén Venegas.- A. Morúa.- Gonzalo Solórzano. M. Ant. Lobo.

ANEXO (1)

San José, 13 de enero de 1949.

Señor Lic. Don José María Vargas, Presidente del Directorio Provisional de la Asamblea Nacional Constituyente, Pte.

Muy respetado señor Presidente:

Conforme al decreto Nº 287 de la Junta Fundadora de la Segunda República, fechado el 7 de diciembre de 1948, estoy facultado para designar dos representantes que, con el carácter de delegados personales, asistan a los debates de la Asamblea Constituyente, pudiendo hacer uso de la palabra pero sin el derecho de voto. Tengo el honor de poner en su conocimiento que he designado como delegados para el ejercicio de esas funciones a los señores Licenciados Mario Echandi Jiménez y Mariano Sáenz Soto. Con sentimientos de mi más distinguida consideración, soy de Usted muy atento servidor y afectísimo amigo,

(f) Otilio Ulate

ACTA No. 3

Nº 3.- Acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las catorce horas del día dieciocho de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la presidencia del Dr. Marcial Rodríguez. Presentes los señores Diputados: Vargas Fernández, Ortiz Martín, Sotela, Acosta Jiménez, Vargas Vargas, Solórzano, Guido, Dobles Segreda, Fournier, Monge Ramírez, Trejos Quirós, Vargas Castro, Bonilla, Jiménez Ortiz, Madrigal, Desanti, Monge Alfaro, Volio Sancho, Baudrit Solera, Facio, Guzmán, Esquivel Fernández, Pinto, Jiménez Núñez, Arias, Acosta Piepper, Arroyo Blanco, Baudrit González, Zeledón, Herrero, Oreamuno, Gómez rojas, Lobo García, Leiva, Valverde Vega, González Flores, Volio Jiménez, y el Delegado Personal del Presidente Electo, Licenciado Mario Echandi Jiménez.

Artículo 1º.- Se leyó el acta de la sesión preparatoria. El diputado Gamboa Rodríguez manifestó que hubo un error por parte de la Secretaría al tomar la votación que se refería a la moción para quitar del recinto parlamentario el retrato de Rafael Ángel Calderón, por cuanto él -Gamboa-, sí estuvo de acuerdo con la moción. Por tanto rogó que así constara en el acta. El Diputado Facio, que fungió como Secretario del Directorio provisional, contestó al Representante Gamboa Rodríguez leyendo la siguiente exposición, firmada por sus otros compañeros de directorio:

San José, 18 de enero de 1949.

Señor Lic. Rodrigo Facio. S. M.

En respuesta a su pregunta verbal de hoy, con mucho gusto hago constar que yo, en mi calidad de Secretario del Directorio provisional de la Asamblea Nacional Constituyente y estando ocupando la Mesa en la Sesión Preparatoria, celebrada el sábado 15 de enero último, no ví que el señor Diputado Celso Gamboa Rodríguez se pusiera de pie cuando la Mesa puso a votación el retiro del Salón de Sesiones del retrato del ex-Presidente Calderón Guardia. Debo agregar que a la salida de dicha sesión y cuando en un corrillo se decía que el señor Gamboa había votado en contra de la mencionada moción, éste afirmó haber votado a favor, y me pidió decírselo así a usted, para que quedara constando en el acta, lo que yo hice, habiendo contestado usted que por haber tenido la Mesa la impresión de que el voto había sido en contra, es decir que el señor Gamboa se había quedado sentado, le parecía necesario una nota escrita de dicho señor, donde pidiese expresamente que su voto se tuviese por positivo. De usted atentamente, Miguel Brenes G.

En mi calidad de Presidente del Directorio provisional hago constar que tampoco vi al señor Gamboa que se pusiera de pie al votarse el retiro del retrato del Dr. Calderón, del Salón de Sesiones.

Atentamente, José Joaquín Jiménez Núñez.

El Representante ACOSTA JIMENEZ manifestó que en el acta se omitió el nombramiento de la Comisión encargada de la redacción del Proyecto de Reglamento Interior de la Asamblea, integrada por los señores Enrique Madrigal, Gonzalo Solórzano, Juan Guido y Profesor Luis Dobles Segreda. Con estas modificaciones se aprobó el acta de la sesión preparatoria.

Artículo 2º.- Se leyó el acta de la sesión inaugural de la Asamblea, celebrada el 16 de enero último. El Diputado VOLIO SANCHO presentó una moción en el sentido de que se omitiese, por estar escritos y ser del conocimiento de la Asamblea, la lectura de la Exposición de Motivos de la Junta Fundadora de la Segunda República y los discursos de don José Figueres y don Otilio Ulate. Sometida a votación la moción del Diputado Volio Sancho, fue aprobada por unanimidad. Sin otra modificación, se aprobó el acta.

Artículo 3º.- Se dio lectura a la correspondencia recibida:

a) Carta del Licenciado don José María Vargas Pacheco, Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, por medio de la que agradece profundamente el honor que se le ha otorgado al nombrársele por unanimidad Presidente de este Alto Cuerpo. (1)

b) Telegrama de la señora Carmen Vargas de Núñez, de San Joaquín, rogando por el buen éxito de las labores de la Constituyente.

Artículo 4º.- Los señores miembros de la Comisión Redactora del Proyecto de Reglamento Interior de la Asamblea, Enrique Madrigal, Gonzalo Solórzano, Juan Guido y Profesor Luis Dobles Segreda, someten a la consideración de los señores Representantes el proyecto mencionado, que se publicó en el Alcance Nº 13 a “La Gaceta” oficial, fecha 18 de enero de 1949. Se leyeron el Proyecto de Reglamento y el dictamen de la Comisión respectiva, integrada por los Representantes Licenciado Fabio Baudrit, Licenciado Rogelio Valverde y Licenciado Otón Acosta, quienes se permiten recomendar el Proyecto de Reglamento como base de discusión, sin perjuicio de formularle en el curso de los debates las objeciones que se crean pertinentes.

Artículo 5º.- El Representante OREAMUNO FLORES presentó la siguiente moción: “Que se dispensen al dictamen de la Comisión los trámites de publicación y espera, y se entre a conocer hoy del Proyecto de Reglamento Interno”. El Representante Arroyo se manifestó en desacuerdo con la moción, porque estima que debe darse tiempo para estudiar bien el Reglamento. El Diputado González Herrán pidió que se modificara la moción en el sentido de que se entrara a conocer de la discusión del Reglamento en la sesión de mañana, armonizando de esta manera las opiniones vertidas. Aceptada la modificación por el Diputado Oreamuno, se aprobó por unanimidad. (2)

Artículo 6º.- El Directorio sometió a la consideración de la Asamblea la fijación de la hora de las sesiones, por cuanto en el Proyecto de Reglamento se estipula que empezarán a las dos de la tarde. El Representante VOLIO SANCHO estima que esta hora es inoportuna, y que debe empezarse más tarde. ESQUIVEL FERNANDEZ opina que la hora más adecuada es la de las dieciséis horas. El Diputado HERRERO, alegando que las cuatro de la tarde es una hora muy inoportuna para los que viven fuera de San José, cree más conveniente iniciar las sesiones a las quince horas. El Secretario VARGAS FERNANDEZ propuso que se anunciara la hora de la sesión de mañana 19 de enero, y que luego, durante la discusión del Reglamento, se señalara la hora definitiva para dar comienzo a las sesiones. En consecuencia, se aprobó por unanimidad celebrar la sesión próxima a las tres de la tarde, y dejar para después la fijación de la hora definitiva de las sesiones. A las tres y media de la tarde se cerró la sesión.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

ANEXO

San José, 17 de enero de 1949.

Asamblea Nacional Constituyente.

Señores Diputados:

Con el nombramiento para Presidente de esa Magna Asamblea, me habéis otorgado el más alto honor cívico que en este momento se puede conferir a un ciudadano. Ese nombramiento, además, fue hecho por unanimidad. Ello me produce una indecible gratitud sólo comparable al gran pesar por mi incapacidad actual para el trabajo y mí falta de aptitudes para corresponder como es debido a tan altísima distinción. Al manifestaros mi profundo reconocimiento, pienso que vosotros, ciudadanos esclarecidos, varones esforzados e inteligentes, haréis lo mejor para nuestras instituciones republicanas, lo que Dios y la Patria os premiarán. Respetuosamente soy de vosotros muy devoto servidor,

José María Vargas Pacheco

ACTA No. 4

Nº 4.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente el diecinueve de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, a las tres hora y treinta minutos de la tarde, bajo la presidencia del Doctor Marcial Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz Martín, Secretarios; Vargas Vargas, Vargas Castro, Volio Sancho, Herrero, Ruiz, Dobles Segreda, González Flores, Guido, Madrigal Jochs, Desanti, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Brenes Mata, Jiménez Ortiz, Arias Bonilla, Volio Jiménez, Trejos Quirós, Pinto Echeverría, Monge Ramírez, Esquivel Fernández, Jiménez Núñez, Solórzano, Arroyo, Gamboa, González Luján, Baudrit González, Gómez Rojas, Zeledón Brenes, Oreamuno, Baudrit Solera, Montiel, Leiva, González Herrán, Facio; y los suplentes Monge Alfaro y Lobo García.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Lectura de la correspondencia:

a) Carta del Concejo Municipal de Orotina a la Asamblea Nacional Constituyente, solicitando muy respetuosamente a este alto organismo la inclusión en la nueva Carta Magna de la autonomía del régimen municipal.

Artículo 3º.- El señor Presidente pone en conocimiento de la Asamblea la sensible noticia del fallecimiento del Diputado suplente, Profesor don Federico Salas Carvajal, ocurrido esta mañana en San Ramón. Como fue imposible la asistencia de la Asamblea a los funerales del compañero fallecido, el señor Presidente rogó al Diputado Valverde Vega para que en representación de la Cámara, concurriera al entierro. Posteriormente sometió a la aprobación de la Asamblea los nombres de los Representantes Valverde Vega y Monge Ramírez para que expresaran a los parientes del compañero fallecido el pésame de la Asamblea.

Artículo 4º.- Se pasó a la discusión del Proyecto de Reglamento Interno de la Asamblea. La Secretaría ruega, a los que han presentado mociones de reforma sobre cualquier punto del Reglamento, recordarlo conforme vaya leyéndose el Proyecto, ya que son numerosas las que se han presentado y se podría omitir la lectura de alguna. Se pasó a la discusión del artículo 1º, del Capítulo I, que trata del Directorio. Como no se presentó ninguna moción sobre este artículo, se aprobó la redacción original. En consecuencia, dicho artículo se leerá: “Artículo 1º.- El Directorio de la Asamblea se compone de un Presidente y dos Secretarios, con la denominación de 1º y 2º”.

Artículo 5º.- Se pasó al artículo 2º del mismo capítulo. El Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ presentó moción en el sentido de suprimir el término 1º y 2º incluido en el paréntesis, y se aprobó. El artículo 2º del Capítulo I se leerá: “Habrá también dos Vicepresidentes y dos Prosecretarios que reemplazarán, respectivamente en sus faltas temporales, al Presidente y Secretarios; en ausencia de los Vicepresidentes, presidirá el Primer Secretario, y en ese mismo orden serán suplidos todos los miembros del Directorio, en sus faltas temporales”.

Artículo 6º.- Se pasó a la discusión del artículo 3º del mismo Capítulo I. Los Representantes Madrigal Jochs, Montiel y Guido presentaron la siguiente moción, para que este artículo quede redactado así: “El Directorio definitivo de esta Asamblea Nacional Constituyente actuará por todo el tiempo que dure la misma”. El Diputado ESQUIVEL propone un cambio en la redacción, y que se diga: “El Directorio definitivo de esta Asamblea Nacional Constituyente actuará por todo el tiempo que esté reunida la misma. El Representante Guido propone que, en lugar de “reunida la misma”, se redacte: “por todo el tiempo que sesione la misma”. ORTIZ MARTIN para que se diga, en lugar de “sesione”, el término “reunida”; VOLIO SANCHO propone la fórmula siguiente: “El Directorio definitivo de esta Asamblea Nacional Constituyente actuará por todo el tiempo mientras la Asamblea no se disuelva”. El Representante ORTIZ no se manifestó de acuerdo con el término disolver, que puede prestarse a diversas interpretaciones, ya que podría existir disolución de hecho y no de derecho. ESQUIVEL FERNANDEZ se mostró solidario con las palabras del Diputado Ortiz y propone, en lugar de la redacción anterior, la siguiente: “Mientras la Asamblea no clausure sus sesiones”. Los autores de la moción aceptan la modificación propuesta por Esquivel Fernández. El Representante ACOSTA JIMENEZ manifestó que, en su concepto, sobra el término “definitivo “dado al Directorio, pues se entiende que no será provisional. VARGAS FERNANDEZ cree que la fórmula original de la moción es buena, con sólo cambiar la redacción en la forma siguiente: “El Directorio definitivo de esta Asamblea Nacional Constituyente actuará por todo el tiempo que esté sesionando la misma”. Dobles Segreda propone la fórmula siguiente: “El Directorio durará mientras dure la Asamblea”. El Diputado ARROYO sí cree que es necesario el término “definitivo “en la redacción final, y deberá decirse: “El Directorio definitivo durará lo que dure la Asamblea”. El Diputado GAMBOA RODRIGUEZ considera que el artículo en discusión no tienen razón de ser, pues se entiende que mientras esté reunida la Asamblea tendrá que actuar el Directorio: SOLORZANO propone un nuevo cambio de redacción y opina que deberá leerse: “El término de duración del Directorio será el mismo de la Asamblea”. No cree necesario el término definitivo, pues hay en el Proyecto un Capítulo II que habla expresamente del Directorio Provisional. El Representante MADRIGAL, de acuerdo con los otros dos autores de la moción original, acepta la fórmula propuesta por Solórzano. El Diputado VOLIO SANCHO hace uso de la palabra para manifestar que, en su opinión, se está perdiendo el tiempo en minucias de redacción, cuando hay muchos asuntos de vital interés que la Asamblea deberá conocer. Propone a la Mesa una fórmula distinta para encarrilar la discusión del Reglamento, que consiste en la lectura de los diferentes artículos tal y como se ha venido haciendo, con la diferencia de que las objeciones fundamentales, de fondo, serán discutidas y votadas. En cuanto a las diferencias de simple redacción, que no afectan medularmente al Reglamento, deberán ser corregidas por una comisión especial nombrada por la cámara. El Diputado ARROYO estima que, lejos de ganarse tiempo con esta fórmula, se pierde lamentablemente. Por eso está con el sistema que se ha venido empleando. Tampoco el Diputado ORTIZ está de acuerdo con la moción de VOLIO SANCHO, ya que es muy difícil poder discernir cuáles son las objeciones fundamentales y cuáles las elementales, de simple redacción, pues el Reglamento es un conjunto de reglas. El Presidente somete a votación la moción de Volio Sancho, la cual es desechada. Agotada la discusión en torno al artículo 3º del Capítulo I, se acuerda la siguiente redacción del mismo, propuesta por el Diputado Solórzano y aceptada por los autores de la moción original: “El término de duración del Directorio será el mismo de la Asamblea”.

Artículo 7º.- Se aprobó la redacción original del artículo 4º, incisos 1) y 2) del Capítulo I del Proyecto de Reglamento. En consecuencia, se leerá:

“Artículo 4º.- Son atribuciones del Directorio:

1) Cuidar del orden interior, económico y administrativo; y 2) Nombrar y remover libremente a los empleados que se necesiten para el buen servicio de la Asamblea y su Secretaría”.

Artículo 8º.- Se pasó a la discusión del Capítulo II del Proyecto de Reglamento. El Representante ESQUIVEL FERNANDEZ propone que se aprueben en conjunto los distintos artículos de este Capítulo, por tratarse de hechos consumados. Pero en vista de que existe una moción del Diputado Montiel referente al artículo 6º, inciso 4), que cambia la redacción original por la siguiente: “Presidir y dirigir la elección del Directorio definitivo, si para ello hubiere por lo menos la concurrencia de las dos terceras parte de los miembros de la Asamblea”. La segunda moción se refiere al artículo 7º del mismo Capítulo, y dice así: “Para que se agregue después de la palabra presente: “por lo menos”. El Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ ruega a los autores de las dos mociones, retirarlas, para abreviar la discusión, propuesta que aceptan los Representantes Montiel, Guido y Madrigal. El Representante VOLIO SANCHO, aun cuando estima que todo el Capítulo II se refiere a hechos pasados, cree que debe cambiarse la redacción del artículo 8º, por cuanto se comete una grave equivocación, ya que actualmente no existe Poder Ejecutivo ni Poder Judicial. De lo que se trata es de la Junta Fundadora de la Segunda República y de la Corte Suprema de Justicia. La moción de Volio Sancho es aprobada. En consecuencia, el mencionado artículo se leerá: “La instalación y apertura de las sesiones, lo mismo que la elección del Directorio, se comunicará a la Junta Fundadora de la Segunda República y a la Corte Suprema de Justicia”. Los otros artículos e incisos del Capítulo II se aprueban en su redacción original.

Artículo 9º.- Se pasó luego a la discusión del Capítulo III, que se refiere al Presidente. Se aprueban, tal y como aparecen en el Proyecto de Reglamento, los incisos 1), 2) y 3). Referente al inciso 4) del mismo Capítulo, se leyó la siguiente moción de los Diputados Montiel, Guido y Madrigal: “Conceder la palabra a los Diputados por el orden en que la pidan, salvo que se trate de moción de orden, en cuyo caso se concederá la palabra al solicitante inmediatamente”. El Representante ARROYO estima que es más lógico incluir este inciso en el Capítulo referente a las atribuciones de los Diputados y no del Presidente. El Representante VOLIO SANCHO, por el contrario, cree que es el Directorio el llamado a conceder el uso de la palabra, tal y como está en la moción de Montiel, Madrigal y Guido. El Diputado DOBLES SEGREDA piensa que la redacción de la moción se puede corregir para evitar algunas repeticiones, lo que aceptan los autores de la misma. GONZALEZ HERRAN manifiesta que el término “inmediatamente“ puede dar cabida a torcidas interpretaciones, por lo que propone la siguiente redacción: “Conceder la palabra a los Diputados por el orden en que la pidan, salvo que se trate de moción de orden, en cuyo caso se le concederá al solicitante inmediatamente o después que hubiere terminado en el uso de la palabra quien en ese momento la tuviere”. VARGAS FERNANDEZ opina que se puede suprimir la “o “antepuesta al término “después”, según la redacción dada por el Representante González Herrán. MADRIGAL y DOBLES SEGREDA manifiestan que no debe suprimirse esa proposición, por cuanto se puede presentar el caso de interrumpir un orador, cuando su discurso se alargue demasiado o cuando el Diputado se está desviando del tema en discusión. El Representante VARGAS FERNANDEZ manifiesta que a un Diputado no se le puede cortar su discurso y que, en su concepto, la moción de orden es para interrumpir un debate y no a un diputado. MONTIEL, GUIDO y ARROYO están con la tesis expuesta por Vargas Fernández. El Diputado VARGAS VARGAS hace uso de la palabra para manifestarse en desacuerdo con la tesis del Profesor Dobles Segreda, pues un Representante, al deber su elección al pueblo, está con el derecho de hablar cuantas veces quiera y nunca se le podrá impedir que continúe su discurso. Es cierto que se le puede llamar la atención a un Diputado si falta al respeto a la Asamblea u ofende con sus palabras, pero no prohibirle continuar en el uso de la palabra. ORTIZ MARTIN opina que la moción de orden no significa la interrupción del discurso de un diputado, o la restricción del uso de la palabra a los señores Representantes, sino una cuestión de prelación para hablar antes de los que la hayan pedido. VARGAS CASTRO pide que se suprima la “o “para evitar que se alargue la discusión innecesaria. Sometida a votación la moción de los señores Montiel, Guido y Madrigal, con las modificaciones del Representante González Herrán, es desechada. El Diputado VARGAS FERNANDEZ pide que se vote la moción redactada en la forma siguiente: “Conceder la palabra a los Diputados conforme la soliciten, salvo que se trate de moción de orden, en cuyo caso se le concederá al solicitante inmediatamente después que hubiere terminado en el uso de la palabra quien en ese momento la tuviere”. La fórmula propuesta anteriormente es aprobada.

Artículo 10.- El Diputado VOLIO SANCHO modifica la redacción original del inciso 2) del artículo 9º, en la siguiente forma: “Nombrar las Comisiones a que se refiere el artículo 16”, ya que el Proyecto habla en su artículo 15 de una Comisión Especial elegida por la Asamblea, la que dictaminará sobre el Proyecto de Constitución Política que habrá de someterse a la consideración de la misma. Sometida a votación la moción del Represente Volio, es aprobada. En consecuencia, el inciso 2) del artículo 9º quedará redactado en la forma propuesta por el Diputado Volio Sancho.

Artículo 11.- Se aprueba la redacción original del inciso 5) del artículo 9º.

Artículo 12.- La Mesa somete a la discusión el inciso 6) del artículo 9º. El Representante ACOSTA JIMENEZ propone un cambio en la redacción: “Conceder licencia a los Diputados para dejar de asistir a las sesiones por justa causa, hasta por tres días en cada mes”. VARGAS CASTRO manifiesta que el lapso de tres días es impropio, pues hay que pensar en los Diputados que viven lejos de San José, en la provincia del Guanacaste, por ejemplo, y pide al señor Acosta Jiménez que amplíe el término a cinco días, lo que acepta este último. El Diputado ORTIZ piensa que cinco días es demasiado, que tres es un buen margen de tolerancia para dejar de asistir a las sesiones durante el mes. HERRERO también se manifiesta de acuerdo con los tres días, pues -dice-, se ha presentado a la Mesa una moción para no sesionar los sábados. MADRIGAL pide que se vote primero la redacción del inciso y luego lo referente al término de permiso. ORTIZ contesta que no se puede votar un artículo suprimiéndole una palabra que es su propia esencia. El Presidente somete a votación la moción del Diputado Acosta, con la modificación sugerida por el Representante Vargas Castro, la cual es desechada. Luego se vota la redacción original del inciso 6), sugerida al principio por el Diputado Acosta, la que es aprobada. En consecuencia, el inciso 6) del artículo 9º se leerá: “Conceder licencia a los Diputados para dejar de asistir a las sesiones por justa causa, hasta por tres días en cada mes”.

Artículo 13.- Son aprobados los incisos 7) y 8) del artículo 9º, tal y como están redactados en el Proyecto original.

Artículo 14.- Se pasó luego a la discusión del inciso 9) del artículo 9º. EL Diputado HERRERO manifestó que en su opinión este inciso debería pasar a las atribuciones del Directorio y no del Presidente. Sugiere entonces que se traslade como inciso 3) del artículo 4º. El Diputado ACOSTA JIMENEZ está en desacuerdo con esta modificación, pues estima que el cambio significa considerar incapaz al Presidente para ordenar el desalojamiento de las barras cuando se promuevan escándalos. El Diputado ORTIZ tampoco está de acuerdo con la tesis del Representante Herrero, pues estima que el Presidente, como director de los debates parlamentarios, es el llamado a ordenar lo que manda el mencionado inciso. Sometida por la Mesa a votación la moción del Diputado Herrero, es desechada. En consecuencia, el inciso 9) del artículo 9º, en su redacción original, estará incluido en las atribuciones del Presidente y no en las del Directorio, como proponía el Diputado Herrero.

Artículo 15.- Se aprobó la redacción original del inciso 10) del artículo 9º.

Artículo 16.- Se pasó a la discusión del inciso 11) del artículo 9º. El Diputado VARGAS FERNANDEZ propone la siguiente moción: “Siempre que un Diputado solicitare permiso por escrito para no asistir a una o más sesiones, llamar al suplente que deba sustituirlo. Si después de veinte minutos de iniciada la sesión permaneciere vacante el asiento de un Diputado sin licencia para no asistir, podrá ser ocupado por el respectivo suplente por el resto de la sesión. En este caso la dieta corresponderá al Diputado suplente”. El Representante HERRERO hace uso de la palabra para manifestar que, en su concepto, el mencionado inciso consta de tres partes diferentes: a) la que se refiere a cuando un diputado ha solicitado permiso para no asistir a una o más sesiones; b) la que se refiere al término después de iniciada la sesión para que el suplente sea llamado a suplir la falta del propietario; y c) la que se refiere a la dieta. Con respecto a la primera y a la tercera partes, está de acuerdo con lo señalado en el texto original del mencionado inciso. Difiere en la parte segunda, pues estima que a un Diputado suplente, una vez ocupado su puesto, no se le puede desalojar del recinto por ningún concepto. Tampoco está de acuerdo con el plazo fijado de media hora para que haga su ingreso al Salón el suplente. Si al final de la lectura del acta no se ha presentado el Diputado propietario, entonces el Presidente podrá llamar al respectivo suplente. El Representante ARROYO defiende el derecho de lo suplentes a ocupar su curul, sin perjuicio de que puedan ser desalojados, una vez presentes los propietarios. Además, la dieta debe corresponder al suplente si ha asistido a la sesión. El Representante VARGAS VARGAS manifiesta que en cuanto a la dieta es cuestión de que el Reglamento lo disponga, pero que sí no está de acuerdo con la tesis de que el suplente no puede ser desalojado de su asiento, una vez que el propietario haya ingresado al recinto. Se refiere el Diputado Vargas al caso personal suyo, sin suplente, debido a maniobras no muy claras que se esgrimieron contra su partido a la hora de señalar los Diputados electos. El propietario tiene siempre el derecho de ocupar su asiento, aunque haya llegado tarde a la sesión. El Representante ARROYO vuelve a intervenir en el debate para defender la posición de los Diputados suplentes. El Diputado ORTIZ manifiesta que lo de la dieta es cuestión disciplinaria, pero que no debe impedirse la entrada del propietario al recinto parlamentario. Está bien que se le castigue asignándole la dieta al suplente, pero que no se le prohíba asistir a las sesiones porque haya llegado tarde, ya que son muchas las razones que podrían impedirle al Diputado asistir a su debido tiempo a las sesiones. El Diputado ARROYO insiste en que es injusto desalojar a un suplente del recinto, lo que significa una ofensa. VARGAS FERNANDEZ también vuelve a defender el derecho de los suplentes de ocupar sus puestos por todo el término de las sesiones, si los propietarios han llegado después de la hora reglamentaria. El Representante ORTIZ se refiere a los conceptos emitidos por el señor Arroyo y propone la tesis de que los suplentes podrán permanecer en el Salón, a la llegada de sus respectivos propietarios, con voz pero no con el derecho del voto. El Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ hace uso de la palabra para manifestar que no desea que sus palabras se interpreten propias de su caso personal, ya que él ocupa una curul por ausencia del Diputado Vargas Pacheco. Sin embargo, esto no lo inhibe para apoyar la tesis del Diputado Vargas Fernández, de que es injusto hacer abandonar a un suplente el recinto parlamentario. El Representante ARROYO se manifiesta nuevamente en defensa de los derechos del suplente a ocupar por el término de la sesión su lugar, ya que es tan Diputado como el propietario. El Diputado SOLORZANO presenta una moción en el sentido de que no podrá ser desalojado el suplente de su puesto, devengando la dieta correspondiente. HERRERO, aunque está de acuerdo con el derecho del suplente a ocupar su curul, manifiesta de nuevo su opinión en el sentido de que el suplente ingresará al Salón de Sesiones una vez terminada de leer el acta. El Diputado LEIVA estima que el asunto está lo suficientemente discutido y que debe votarse la moción de Vargas Fernández. En consecuencia, se vota la moción del Diputado Vargas Fernández, con la enmienda en cuanto a la hora- enmienda que acepta el autor de la moción-. Se aprueba la moción del Representante Vargas Fernández. Así, pues, el inciso 11) del artículo 9º se leerá: “Siempre que un Diputado solicitase permiso por escrito para no asistir a una o más sesiones, llamar al suplente que deba sustituirlo. a) Si después de media hora de iniciada la sesión permaneciere vacante el asiento de un Diputado sin licencia para no asistir, podrá ser ocupado por el respectivo suplente por el resto de la sesión. En este caso, la dieta corresponderá al Diputado suplente”.

A las dieciocho horas terminó la sesión.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

ACTA No. 5

Nº 5.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las quince horas y media del día veinte de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la presidencia del Dr. Marcial Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz Martín, Secretarios; Volio Sancho, Herrero, Ruiz, Vargas Vargas, Vargas Castro, Guido, Madrigal Jochs, Monge Ramírez, Acosta Piepper, Acosta Jiménez, Arroyo, González Flores, Jiménez Ortiz, Arias, Montiel, Jiménez Núñez, Volio Jiménez, Desanti, Esquivel, Baudrit González, Baudrit Solera, Dobles Segreda, González Luján, Zeledón, Brenes Mata, Leiva, Trejos, Gómez Rojas, Fournier, González Herrán, Gamboa, Guzmán, Facio, Valverde Vega, Pinto Echeverría, y los suplentes Monge Alfaro, Elizondo, Morúa, Chacón Jinesta y Castaing.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Lectura de la correspondencia.

a) Carta de la Cámara de Diputados de la Argentina solicitando el intercambio de informaciones legislativas. b) Telegrama del Diputado Edmundo Montealegre pidiendo se le dispense de asistir a las sesiones de esta semana por encontrarse enfermo.

Artículo 3º.- El Diputado MONGE RAMIREZ presentó la siguiente moción: “Revisión del acuerdo tomado según el artículo 12 que consta en el acta de la sesión aprobada hoy, en cuanto se refiere a la aceptación por la Asamblea del inciso 8º del artículo 9º del Reglamento, con el objeto de que se apruebe la moción que presenta para que ese referido inciso 8º o sus conceptos, se sitúen entre los deberes de los Diputados según enumeración del artículo 13 del Reglamento. Leyéndose ese inciso, que sería el 6º, así: “No hacer uso de alusiones injuriosas, ni de cualquier otro modo de faltar al respeto debido al decoro de la Asamblea”. El Representante Ortiz manifestóse en desacuerdo con la moción del Diputado Monge Ramírez. El Representante HERRERO dio su voto de aprobación a la moción de Monge Ramírez. La mesa sometió a votación la moción del Representante Monge Ramírez, la cual fue desechada.

Artículo 4º.- El Diputado VARGAS CASTRO hizo uso de la palabra para referirse a conceptos emitidos por el Dr. Vargas Vargas en la sesión anterior, cuando éste dijo que maniobras no muy claras por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, (*) le habían impedido obtener un suplente, y hace moción para que la Asamblea solicite de aquel alto organismo una exposición en la forma cómo fueron distribuidas las plazas de suplentes. El Diputado Dr. VARGAS se refirió a lo manifestado por el Representante Vargas Castro, diciendo que si se había referido a maniobras no muy claras por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, lo había hecho trayendo un ejemplo, una referencia, pero no con el deseo de traer a la Cámara discusiones de carácter político. “Si no protesté a su debido tiempo, expresó el Dr. Vargas, fue porque Costa Rica tenía planteado un grave conflicto con Nicaragua y para mi la suerte de la Patria estaba por sobre la suerte mía o de un suplente”. El Diputado VARGAS CASTRO dijo que la Asamblea no podía pasar por alto un cargo como éste cuando se está tratando de regenerar la vida política del país y pidió que la Asamblea se pronunciara en este asunto, para que luego no se diga que a un partido político se le había arrebatado una curul. El Representante ZELEDON apoyó calurosamente la moción del Diputado Vargas Castro, ya que es necesario que todos los actos de la Asamblea tengan la transparencia que el país exige en estos momentos. El Representante ARROYO manifestó que en su opinión no creía que se trataba de maniobras no muy claras de parte del Tribunal Supremo de Elecciones, sino más bien de interpretación que este Cuerpo dio al artículo 162 del Código Electoral, vigente; digo esto porque yo fui uno de los abogados que manifestó al Dr. Vargas el derecho que tenía su partido a la plaza de un suplente. Y si se suprime la palabra maniobra, votaré la propuesta”. Sometida a votación la moción del Diputado Vargas Castro, fue desechada.

Artículo 5º.- A continuación se entró a conocer la moción presentada por el Representante Zeledón Brenes, que dice así: “Para que el decreto de esta Asamblea referente a la confirmación de la elección de don Otilio Ulate, como Presidente de la República, quedando insubsistente la resolución parlamentaria que anuló el fallo del Tribunal Nacional Electoral que esa elección había declarado, sea adicionado con una excitativa a la Corte Suprema de Justicia a fin de que se inicien los procedimientos respectivos en la investigación del posible crimen que en conexión con la actitud de aquel Congreso trató de cometerse, eliminando al señor Ulate para dar carácter legal a la proclamación de Calderón Guardia”. El Representante ZELEDON BRENES, autor de la moción para que la Asamblea ordenara la investigación de los sucesos del 1º de marzo, se dirigió a la Cámara en los términos siguientes:

“Me permito venir a interrumpir la interesante sesión de la Asamblea, para presentar una moción, la que se me ha ocurrido al leer el Decreto de la Asamblea que confirma la elección de don Otilio Ulate y condena la actitud asumida por el Congreso del 1º de marzo. Si 27 Diputados, faltando al honor empeñado en un pacto que puso fin a la Huelga de Brazos Caídos, anularon la elección legítima de don Otilio, para entronizar a Calderón Guardia, y si la Asamblea creyó que tal acto era vituperable, significa esto que el Congreso del 1º de marzo se puso al margen de la ley al atentar contra la ley misma. Por otra parte, existe una sospecha dolorosísima, -sospecha que debe investigarse-, y es que el Congreso del 1º de marzo, integrado por una mayoría adicta incondicionalmente al régimen, esperaba la noticia del asesinato de don Otilio Ulate, para dar legalidad al nombramiento de Calderón Guardia. Desde un principio se sospechó afinidad entre los 27 Diputados que anularon la elección del 8 de febrero, y los facinerosos que asaltaron la residencia del Dr. Carlos Luis Valverde para cometer uno de los más horrendos crímenes que recuerda nuestra historia. Los que asaltaron la casa del llorado Dr. Valverde iban en busca de don Otilio Ulate con el fin de ultimarlo. Parece que los 27 Diputados conocían esta ruin maniobra, pues impacientes esperaban la noticia de la muerte del candidato victorioso, para legalizar el decreto de anulatoria de las elecciones, por la muerte de Ulate. Estas cosas no es posible que permanezcan en el misterio; es necesario, imperativo, aclararlas. Las posibles conexiones entre los 27 Diputados y los asesinos del Dr. Valverde deben investigarse para sentar las responsabilidades del caso. Ahora que el país está en un proceso de moralización, no es posible pasar por alto un hecho de la magnitud del perpetrado el 1º de marzo. Y esta actitud mía al pedir sanción no es de hoy. Cuando me tocó participar en las deliberaciones legislativas del año 1929 también mi voz se alzó para condenar actos que me parecía bochornosos. Fiel a la línea de conducta que me he trazado, no podré permitir que actos como los del 1º de marzo no sean lo suficientemente investigados para señalar a los culpables. Para terminar, señores Diputados, no debemos olvidar que la piedad es amorosa, que la misericordia es encantadora, pero que es más noble y más fecunda la justicia. Y justicia es lo que vengo a clamar ante esta Honorable Asamblea Constituyente”.

El Diputado VARGAS CASTRO manifestó que iba a dar el voto a la moción del representante Zeledón, pero creía que en el texto derogado de la Constitución del 71 había un artículo especial que proclamaba la irresponsabilidad de los Diputados, por sus opiniones vertidas en la Cámara. El representante Acosta Jiménez, aunque de acuerdo con la moción presentada, no lo está en lo que se refiere a la forma y propone la siguiente moción, también firmada por los Diputados Esquivel Fernández y Fournier Acuña: “Para que se adicione la moción del Sr. Diputado Zeledón Brenes en el sentido de crear una Comisión Técnica de abogados para otorgarles el indispensable carácter legal”, lo que fue aceptado por el autor de la moción. El Representante ARIAS BONILLA pide al Diputado Zeledón modificar su moción en el sentido de que fuese una comisión especial nombrada por la Mesa, la que dictaminara, previamente al conocimiento de la moción por la Asamblea. Aunque en un principio el Diputado Zeledón aceptó la sugerencia del representante Arias Bonilla, luego decidió no introducir esa modificación en su moción. Sobre la moción del Diputado Zeledón Brenes se suscitaron acalorados debates en los que participaron los representantes Vargas Castro, Acosta Jiménez, Fournier, Arroyo, Vargas Fernández, Esquivel Zeledón, Monge Ramírez, Gamboa, Volio Sancho, Solórzano, Leiva, Arias Bonilla, Valverde, Zeledón, Chacón Jinesta, y Facio. Las versiones taquigrafiadas de estos discursos las transcribimos al pie del acta.

El Diputado ARROYO expresó: “Aunque en principio estoy de acuerdo con la moción presentada, estimo que no es a la Asamblea Constituyente a quien corresponde la investigación de los hechos del 1º de marzo, ni sancionar a los 27 Diputados, sino a la Junta Fundadora de la Segunda República, pues ésta desde que inició sus labores, tomó en sus manos la tarea de moralizar la República. Si la Junta no ha investigado los hechos del Congreso que anuló la elección legítima de don Otilio Ulate, no veo por qué sea la Asamblea Constituyente, la que realice labores que no le corresponden. Esta actitud me parece impropia de una Asamblea Constituyente, pues hay muchos asuntos de vital interés que deben ser tratados. Hay un Proyecto de Constitución que estudiar. Por estas y muchas otras razones creo que la Asamblea no debe asumir funciones que no le corresponden; cuando se trata de funciones específicas del Ministerio Público”. Luego hizo uso de la palabra el Diputado Esquivel Fernández: “Atendiendo al espíritu de la moción del compañero Zeledón Brenes, no estoy de acuerdo con las objeciones de carácter legal señaladas por algunos compañeros. No es posible asentar la irresponsabilidad de los Diputados cuando éstos asesinaron a la República a la par que asesinaban al Dr. Carlos Luis Valverde. La decencia nacional exige sanción contra los 27 delincuentes culpables de toda la sangre derramada en Costa Rica en los últimos meses. Estoy con la tesis del señor Acosta Jiménez, de que se nombre una comisión de abogados para que redacte formalmente la moción del Diputado Zeledón Brenes, y para que nos diga cuál es la forma más adecuada de llevar adelante la idea. Tampoco estoy de acuerdo con los conceptos emitidos por el Diputado Arroyo Blanco, de que no corresponde a la Asamblea ordenar la investigación de los hechos vituperables del 1º de marzo. Esta Asamblea representa la voz del pueblo de Costa Rica, y el pueblo de Costa Rica está exigiendo sanción contra los 27 criminales que perpetraron el asesinato de la República; nos corresponde a nosotros dar esta paso trascendental”.

La Mesa dió por suficientemente discutida la moción del Representante Zeledón y la sometió a votación. Antes se aprobó una moción del Diputado Arroyo en el sentido de que la votación fuese nominal. En consecuencia se procedió a votar nominalmente la moción del Diputado Zeledón Brenes, con el aditamento agregado por los Diputados Acosta Jiménez, Esquivel Fernández y Fournier Acuña, que dice así: “Para que el Decreto de esta Asamblea referente a la confirmación de la elección de don Otilio Ulate como Presidente de la República quedando insubsistente la resolución parlamentaria que anuló el fallo del Tribunal Nacional Electoral que esa elección había declarado, sea adicionado con una excitativa a quien corresponda, a fin de que se inicien los procedimientos respectivos en la investigación del posible crimen que en conexión con la actitud de aquel Congreso trató de cometerse eliminando al señor Ulate para dar carácter legal a la proclamación de Calderón Guardia. Y para que se nombre una comisión técnica de abogados para otorgarle el indispensable carácter legal”. Dijeron sí los siguientes Diputados: Vargas Vargas, Vargas Castro, Acosta Piepper, Monge Ramírez, Montiel, Jiménez Núñez, Zeledón, Baudrit Solera, Fournier, Facio, Monge Alfaro, Valverde Vega, Esquivel, Acosta Jiménez, Brenes Mata, Elizondo, González Flores, Morúa, Guido, Madrigal, Solórzano, Dobles Segreda, Castaing, González Luján, Trejos, Pinto, Herrero, Gómez Rojas, Guzmán, Volio Sancho, Leiva, Ruiz, Desanti, Rodríguez Conejo, Ortiz Martín. Dijeron no: Arroyo Blanco, quien razonó su voto en la siguiente manera: “Voto negativamente la moción por considerar que la Constitución de 1871 consagraba una irresponsabilidad para los Diputados por sus votos y opiniones en la Cámara y es precisamente una de las irresponsabilidades que la Constitución prevé, lo que trata de sancionar, o de pedir se sancione, la moción del señor Zeledón Brenes. Por otro lado considero que la Asamblea Constituyente no tiene facultades para entrar a conocer de ese asunto ni tiene tiempo en este momento para hacerlo”. Lobo García, no; GAMBOA RODRIGUEZ razonó su voto negativo así: “Mi voto es negativo a la moción planteada. Ella se encamina a preparar acción incriminatoria contra los 27 Diputados que el día 1º de marzo del año próximo pasado anularon las elecciones del 8 de febrero del mismo año, y bajo ese punto de vista juzgo que carece de fundamento constitucional. Nuestra Carta Política de 1871, que era la vigente a la fecha del pretendido hecho delictuoso, consagraba la absoluta irresponsabilidad de los Diputados por razón de sus votos y opiniones en el seno de la Cámara. Este principio, que es tradicional en la mayoría de la Constituciones Políticas de la mayoría de los países democráticos, tiende a colocar al Diputado fuera del alcance de las represalias, de cualquier orden que éstas sean, como con motivo de las opiniones y votos que emitan en el cumplimiento de su función. Si se tratara de una sanción moral mi voto sería favorable, pues considero que al irrespetar el pacto y negarse a acatar la voluntad de la mayoría del pueblo costarricense que estaba por la elección de don Otilio Ulate Blanco, para Presidente de la República, esos Diputados son realmente responsables de la tragedia vivida por el país. Por otra parte, juzgo con sobrado fundamento jurídico, que la Asamblea Nacional Constituyente tiene tan sólo funciones legislativas de orden constitucional y no judiciales, y que admitir esto último -verdadera herejía jurídica- conduciría a la admisión de la moción planteada. Amén de lo expuesto considero que si de sancionar se trata, habría que traer a juicio a aquellos Diputados que ratificaron la elección del Licenciado Teodoro Picado Michalsky para Presidente de la República, pues las elecciones del 13 de febrero de 1944 constituyen en la historia política del país la burla más sangrienta contra la voluntad popular y la institución del sufragio. Una Cámara que como ésta, cuenta en su seno con más de un representante que batió palmas cuando la elección del Licenciado Picado, aprobando en esa forma el delito electoral perpetrado, una Cámara así, digo, carece de respaldo para propiciar o apoyar mociones, que como la del comentario, tiende a sancionar un delito contra el sufragio popular”. Baudrit González, no; ROJAS VARGAS, quien sustituyó al Diputado Volio Jiménez, que se retiró, razonó su voto así: “Yo, señores Diputados, razonaré mi voto en la siguiente forma: “Estoy de acuerdo con la moción del Diputado Zeledón en su esencia o más bien en su espíritu. Pero desde el punto de vista de su forma, de su procedimiento, no lo estoy. En consecuencia voto negativamente”. ARIAS BONILLA razonó su voto negativo expresando que a su juicio la moción del Sr. Zeledón debe ser pasada previamente a estudio de una comisión y que será después de ese procedimiento que corresponderá entrar a considerarla y votarla. JIMENEZ ORTIZ, no, y razonó su voto así: “Niego mi voto porque es prematuro votar el asunto de fondo, sin conocer el dictamen de la Comisión prevista. Estoy de acuerdo en el nombramiento de dicha comisión”. González Herrán, no, manifestándose por su aprobación en cuanto a lo moral y no a lo legal. CHACON JINESTA razonó su voto así: “He condenado con todas las fuerzas de mi espíritu la actitud asumida por los 27 Diputados que el 1º de marzo de 1948 anularon la elección popular de don Otilio Ulate para Presidente de la República. Esa condenatoria quedó manifiesta cuando fui a pelear con la Revolución que tuvo origen en ese pronunciamiento del Congreso de aquel entonces. Si la moción en discusión pidiera que se impusiera una sanción moral a aquellos 27 hombres sin honor que no supieron respetar su firma, mi voto sería afirmativo, pero como en esa moción se pide que se inicien los procedimientos para imponer la sanción legal correspondiente, por el posible delito cometido, a las 27 personas dichas, mi voto es negativo, ya que considero que no se puede responsabilizar legalmente a quienes estaban protegidos por el Fuero Constitucional respecto a la opiniones y votos que emitieran en su carácter de Diputados, al decirlo expresamente así la Constitución vigente en aquel entonces”. VARGAS FERNANDEZ razonó su voto negativo de la siguiente manera: “Estoy enteramente de acuerdo en todo aquello que implique sanción moral contra los autores del abominable hecho cometido en el Congreso Constitucional el primero de marzo de 1948. No me opongo a que se hagan las investigaciones necesarias para dilucidar todo lo que haya en relación con el asesinato cometido en ese mismo día. No estoy de acuerdo, en cambio, en que se pida sanción legal contra los 27 Diputados que votaron por la nulidad de las elecciones celebradas el 8 de febrero, por dos razones fundamentales: 1) Porque la actitud de los 27 Diputados, espernible hasta donde más, no puede ser objeto de sanciones legales, ya que en la época en que se produjo se hallaba vigente la Constitución del 71, en la que se garantiza en forma absoluta la irresponsabilidad de los diputados por las opiniones y votos que emitieran durante las sesiones, y 2) porque siendo ésta una Asamblea para dictar una nueva Carta Fundamental y existiendo en el proyecto correspondiente igual precepto que protegerá a los miembros de futuros congresos, precepto que muy seguramente, acogerá este Cuerpo, resultaría una inconsecuencia inexplicable, que esta Asamblea prohíje el desconocimiento del mismo canon constitucional de la Carta Magna de 1871”. En consecuencia por 35 votos afirmativos contra 10 negativos, fue aprobada la moción del Diputado Zeledón Brenes.

Quedando en el uso de la palabra el Diputado Vargas Vargas, a las dieciséis horas y media terminó la sesión.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

ACTA No. 6

Nº 6.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente a las quince horas y media del día veintiuno de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la presidencia del Dr. Marcial Rodríguez, Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz Martín, Secretarios; Volio Sancho, Ruiz, Arias Bonilla, Vargas Vargas, Vargas Castro, Esquivel Fernández, Arroyo, Leiva, Valverde, Baudrit González, Baudrit Solera, Jiménez Ortiz, Jiménez Núñez, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Gamboa, Madrigal Jochs, González Flores, Herrero, Gómez, Guzmán, Desanti, Sotela, Guido, Oreamuno, Brenes Mata, Zeledón Brenes, Dobles Segreda, González Luján, Trejos, Pinto, González Herrán, Montiel, Fournier, Facio, Solórzano, y los Suplentes Monge Alfaro, Chacón Jinesta, Lobo García, Castaing, Jiménez, Quesada y Morúa.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Se dió lectura a la correspondencia.

a) Carta del señor Ministro de Gobernación, don Fernando Valverde Vega, comunicando a la Asamblea que el Proyecto de Constitución será sometido a consideración de esta Cámara el próximo miércoles 26 del mes en curso. (1)

b) Carta del señor Ministro de Gobernación, don Fernando Valverde Vega, solicitando de la Asamblea la formulación del presupuesto definitivo, de acuerdo con una disposición de la Junta de Gobierno.

Artículo 3º.- El Presidente procedió al nombramiento de la Comisión de juristas, que habrá de dictaminar sobre la moción del Diputado Zeledón Brenes, aprobada en la última sesión, quedando integrada así: Licenciado Ricardo Esquivel, Licenciado Otón Acosta Jiménez y Licenciado Fernando Fournier Acuña.

Artículo 4º.- Al iniciarse la discusión del presupuesto de la Asamblea, el representante Ortiz propone un receso de diez minutos, para que los señores Diputados cambien impresiones y presenten a la Mesa las mociones del caso. El Diputado VARGAS FERNANDEZ manifiesta que la Cámara conocerá de las dotaciones de los señores representantes únicamente, pues es al Directorio a quien corresponde fijar el presupuesto del personal Administrativo. Sometida a votación la moción del representante Ortiz, es aprobada entrando en receso la Asamblea, para el objeto dicho.

Artículo 5º.- Reanudada la sesión, la Mesa procedió a la lectura de las mociones presentadas.

a) Moción de los Diputados: Gómez, Oreamuno, Herrero, Baudrit Solera, González Flores y Trejos: “Para que las dotaciones de los señores Diputados se fijen en ¢1,200.00, las de los secretarios en ¢1,500.00 y la del Presidente en ¢1,700.00, mensuales. A los suplentes ¢600.00 mensuales. A los Diputados de provincias se les cubrirá gastos de traslado y si deben fijar aquí su residencia, ¢300.00 más al mes”. b) “Para que los sueldos de los Diputados Propietarios se fijen en ¢1,500.00 mensuales; en ¢2,000.00 el sueldo de cada Secretario y en ¢2,500.00 el sueldo del Presidente; y que el sueldo de los Suplentes se fije en ¢600.00 mensuales, más las dietas que les correspondan por ausencia de los propietarios, a razón de ¢75.00 por sesión, y siempre que el sueldo total de los Suplentes más las dietas devengadas no suban de ¢1,500.00 al mes”. La moción la suscriben los Diputados Esquivel, Volio Sancho, Guzmán, Leiva, Ruiz, Desanti, Arroyo, Castaing, González Luján, Acosta Piepper y Fournier. c) Moción de los señores Diputados Facio, Monge Alfaro y Vargas Castro: “Diputados propietarios ¢1,200.00; aquellos que vengan de provincias se les reconocerá viático y aquellos que fije su domicilio en San José, gastos de permanencia. Suplentes ¢300.00 mensuales, más gastos de viático y permanencia: Secretario, ¢1,700.00; Presidente, ¢2,000.00”. d) Moción de los señores Diputados Jiménez Núñez, Pinto y Acosta Jiménez, “para que la Junta de Gobierno fije los sueldos de los Diputados. El Directorio simplemente indicará a la Junta la suma que se requiera para el personal interno”.

Las cuatro mociones anteriormente citadas fueron objeto de larga discusión en la que participaron los representantes Acosta Jiménez, Facio, Zeledón, Monge Alfaro, Sotela, Arroyo, González Herrán, Vargas Castro, Morúa, Volio Sancho, Rojas Vargas, quien sustituyó al Diputado Jiménez Ortiz, que se retiró de la sesión, Solórzano, Arias Bonilla, Baudrit Solera y Vargas Fernández, cuyas versiones taquigrafiadas fueron tomadas y aparecen al pie del acta. El Diputado MORUA presentó una moción de orden para que la Mesa alterara el orden de presentación de las mociones, con el objeto de entrar a considerar primero la moción que remite a la Junta de Gobierno la facultad de fijar los sueldos de los Diputados. Sometida a votación la moción de orden del Diputado Morúa, es aprobada. En consecuencia, la mesa somete a votación la moción presentada por los Representantes Jiménez Núñez, Pinto y Acosta Jiménez, la cual es aprobada. Las otras tres mociones no fueron consideradas, por cuanto se aprobó que fuera la Junta de Gobierno la que fijara los sueldos de los Diputados. El Directorio simplemente indicará, a la Junta la suma que requiere para el personal interno.

Artículo 6º.- Se acordó que mañana sábado 22 de enero no haya sesión. (2)

A las diecisiete horas y media se levantó la sesión.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

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Discursos de los señores representantes Facio, Monge Alfaro, Sotela, González Herrán, Volio Sancho, Vargas Fernández, Solórzano, Zeledón, Arroyo, Vargas Castro, Rojas Vargas, Arias Bonilla, Acosta Jiménez y Baudrit Solera.

Diputado FACIO BRENES: “Yo estaría de acuerdo en que se remitiera a la Junta de Gobierno la facultad de fijar los sueldos de los Diputados, Sin embargo en el caso de que no prosperara esta tesis, quisiera que se le prestara mucho cuidado a asunto tan importante y delicado. Pienso que debe servir de base para la fijación de los sueldos de los Diputados los que tuvo el Congreso hasta su desaparición, es decir ¢900.00 al mes para cada Representante. Este sueldo podría fijarse a los Diputados cuando la Asamblea estuviese en receso y ¢1,200.00 durante el período de sesiones. Si somos nosotros los que vamos a fijarnos los sueldos, me parece que debemos ceñirnos a la práctica ordinaria del Congreso; ahora bien, si pensamos en los sueldos elevados de que gozan muchos funcionarios públicos en la actualidad, las dotaciones de los Diputados podrían ser de ¢1,500.00 al mes o mucho más, pero no debemos olvidar que los ojos del país están sobre lo que nosotros decidamos. Yo comprendo que hay algunos casos especiales, por ejemplo compañeros que viven lejos de San José, a los cuales deben cubrírseles viáticos y gastos de permanencia en San José, en el caso de que se radiquen en esta ciudad. Pero si se trata de nosotros los que vivimos en la capital, me parece feo aumentarnos los sueldos con respecto a lo que ganaban los Diputados del Congreso último. Ruego, pues, que se tomen en cuenta estas consideraciones para no dar ante el país impresiones desagradables”.

Diputado MONGE ALFARO: “Yo quiero pedir una vez más que sea la Asamblea Constituyente la que fije los sueldos en una forma realista pero prudente. Puede fijarse a los propietarios un sueldo de ¢1,200.00 al mes; para los Secretarios ¢1,700.00, tomando en cuenta el excesivo trabajo que les corresponde, y para el Presidente un sueldo de ¢2,000.00. Para los suplentes creemos que un sueldo de ¢300.00 es suficiente, pero como hay algunos que viven en provincias, deben tomarse en cuenta, además del sueldo anterior, los gastos de viáticos y de permanencia”.

Diputado SOTELA BONILLA: “A veces con ironía, a veces con seriedad, se nos llama Padres de la Patria. De ahí que todos los que en esta hora formamos parte de la Asamblea Constituyente, debemos dar ejemplo de modestia. Tal vez será porque nunca he ambicionado mucho dinero, que me parece que ¢1,200.00 al mes sería magnífico sueldo, aunque reconozco que a los Diputados de provincia se debe ayudar en algunos de sus gastos. Corrientemente hablamos de sacrificarnos por la patria. Muy pocas veces se lleva a la práctica este ideal de sacrificio. Es por eso que estimo que debemos dar ejemplo de sacrificio, ahora que la patria atraviesa por serias dificultades económicas. Por eso estoy de acuerdo con la moción que fija los sueldos de los Diputados propietarios en ¢1,200.00; y asignándoles a los suplentes un sueldo no menor de ¢600.00”.

Diputado GONZALEZ HERRAN: “En un principio estuve de acuerdo con la moción que fijaba los sueldos en ¢1,500.00, pero me parece mejor la idea de los otros compañeros de remitir a la Junta de Gobierno la facultad de estimar los sueldos de los Diputados. Esta Asamblea no tiene conocimientos exactos sobre las posibilidades del erario público. Por eso daré mi voto a la moción para que sea la Junta de Gobierno la que nos señale los sueldos”.

Diputado VOLIO SANCHO: “Señores Diputados: yo firmé una de las mociones presentadas a la mesa. Pero leyendo el Decreto de Convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente, encuentro que ahí la Junta de Gobierno se asigna la facultad de fijar los sueldos de los Diputados, para mayor aclaración leo el Decreto de Convocatoria publicado en “La Gaceta” del 3 de setiembre de 1948 (el Representante Volio Sancho da lectura al Decreto de Convocatoria aparecido en la mencionada Gaceta). Me parece que siendo tan claro el Decreto de Convocatoria en lo concerniente a la fijación de los sueldos, debemos aprobar la moción para que sean la propia Junta de Gobierno la que señale las dotaciones de los Constituyentes”.

Diputado VARGAS FERNANDEZ: “Yo voy a dar con mucho gusto mi voto a la moción propuesta a fin de que sea la Junta de Gobierno la que fije los sueldos de los Diputados. Pero deseo que quede bien claro que si actúo en esta forma es por delicadeza, aunque estoy firmemente seguro que la Asamblea Constituyente puede perfectamente fijar los sueldos de los Diputados”.

Diputado SOLORZANO: “Voy a referirme a los conceptos emitidos por el Diputado Volio Sancho. No estoy de acuerdo con la tesis de que en virtud del Decreto de Convocatoria, no le esté permitido a la Asamblea fijar los sueldos de los Diputados. Por el contrario pienso que es a la Asamblea a quien corresponde hacer la fijación de las dotaciones de los Constituyentes”.

Diputado VOLIO SANCHO: “A lo que me referí fue al Decreto de Convocatoria, publicado en “La Gaceta” del 3 de setiembre, por medio del cual la Junta de Gobierno se asignó la facultad de fijar los sueldos de los Diputados. Este acto de la Junta tiene valor de un precepto de ley, en virtud de la facultad que posee la Junta para legislar. Ahora bien, si no ha habido por parte de la Junta Fundadora de la Segunda República otro decreto posterior que anule al de la convocatoria, nosotros debemos atenernos a lo estipulado por la Junta de Gobierno. Yo desearía que el Diputado Solórzano me informara si la Junta ha dictado algún nuevo decreto sobre eso, pues lo único que hay sobre el particular es una nota del señor Ministro de Gobernación, que nos pide que seamos nosotros los que procedamos a la fijación de los sueldos”.

Diputado SOLORZANO: “Tal vez mis palabras anteriores no fueron claras. Yo no puedo decir si hay o no decreto posterior de la Junta que modifique al de convocatoria por el cual la Junta se otorgaba la facultad de fijar los sueldos a los Diputados, pues yo no soy “La Gaceta” ni tengo los conocimientos del compañero Volio Sancho. Si la Junta ha acordado que sea la Asamblea la que fije los sueldos que habremos de devengar, no veo por qué razón nosotros remitimos a la Junta la facultad de señalar las dotaciones de los Diputados. Mi voto será pues en el sentido de que es a la Asamblea a quien corresponde proceder a la fijación de las dotaciones de los constituyentes”.

Diputado ZELEDON BRENES: “Señores Representantes: considero que la Asamblea entra en estos momentos en el sendero más espinoso de su trayectoria. El trabajo de los representantes del pueblo debiera ser ad-honórem, pero después hube de rectificar este criterio, pues si se acepta el procedimiento de que los Diputados devengarán salario alguno, las puertas del Congreso permanecerían cerradas para elementos pobres y preparados, que necesitan devengar un sueldo que les permita vivir. Sería muy recomendable que la Asamblea diera un ejemplo saludable al país, fijando a los señores Diputados sueldos razonables, cerrando los ojos a los elevados sueldos que otros funcionarios del Estado devengan en los actuales momentos. Creo que la moción que fija las dotaciones de los Constituyentes en ¢1,200.00 al mes, es la más justa, la más equitativa, que se puede votar sin que el rubor cubra nuestro rostro. Yo daré a esta moción mi voto. En cuanto a los sueldos de los suplentes debe hacerse una modificación, pues hay que reconocerles gastos de viático y de permanencia en San José. Cuando actúen reemplazando a un propietario, los suplentes ganarán las dietas correspondientes”.

Diputado ARROYO BLANCO: “Yo creo que la discusión acerca de los sueldos de los Diputados debe dejarse para una reunión privada, cambiando pareceres con el objeto de adoptar un solo criterio, que luego la Asamblea apruebe. Dejo a la consideración de mis compañeros esta idea. Además la orden del día no contemplaba la discusión del presupuesto”.

Diputado VARGAS CASTRO: “La situación económica del Erario es bastante seria, por lo que no estoy con la moción que fija los sueldos de los Diputados en ¢1,500.00. La Asamblea debe proceder en este asunto con mucha cautela, para evitar luego críticas que el pueblo ha enderezado contra ciertos funcionarios que devengan sueldos demasiado altos. No me parece discutir más el presupuesto. Nos ahorraríamos tiempo si aceptáramos los sueldos que nos ha fijado la Junta de Gobierno. En cuanto a la idea expresada por el compañero Arroyo, no me parece bien. Sugiero, para el caso de que no prospere mi criterio anterior, enviar a la Junta de Gobierno las otras mociones para que se forme un elemento de juicio y pueda fijar con justicia las dotaciones de los Diputados”.

Diputado ROJAS VARGAS: “Creo que en el pensamiento de ninguno de mis compañeros existe la posibilidad de considerar un asunto de carácter económico por parte de la Asamblea. No podemos fijarnos nosotros mismos los sueldos, por cuanto no podemos ser juez y parte simultáneamente. En principio estoy con la tesis de que sea la Junta de Gobierno la que fije los sueldos de los Diputados, pero no estoy con que se envíen las mociones presentadas, pues esto implicaría violentar el criterio de los Miembros de la Junta. Tampoco debiéramos dejar que la Junta fije los sueldos, pues esto podría implicar que nosotros nos estamos plegando incondicionalmente a las decisiones de la Junta. Sin embargo, sugiero que nos dirijamos a la Junta diciéndole que nosotros no queremos conocer este problema tan delicado, pero que el criterio de esta Asamblea es el de restricción, es decir, que los sueldos sean lo más bajo posibles. Para mí es suficiente honor el haber sido postulado por el pueblo para ocupar una curul en esta trascendental Asamblea. Yo me considero suficientemente pagado con este honor tan singular”.

Diputado ZELEDON BRENES: “La contradicción que parece existir entre la convocatoria y la nota del señor Ministro de Gobernación, se resuelve si pensamos que la Junta de Gobierno trató de enmendar un error cometido al fijar de antemano los sueldos de los Diputados, ya que esto podría interpretarse como un acto de subordinación de la Asamblea con respecto de la Junta. Debemos aplaudir esta determinación de la Junta de que sea la propia Asamblea la que señale los sueldos de los Constituyentes, lo cual ha venido a poner término a una posible mala interpretación. El Ministerio de Gobernación ha tenido la gentileza de dirigirse a nosotros demandándonos nuestro propio criterio con respecto a las dotaciones que habremos de devengar. Insisto en que la moción que me parece más indicada es la que fija los sueldos en ¢1,200.00”.

Diputado ARIAS BONILLA: “Expreso mi voto negativo que remite a la Junta de Gobierno la facultad de fijar los sueldos de los Diputados. La Asamblea no debe declinar sus atribuciones en otro poder. Se me ha informado que los sueldos acordados por la Junta son los mismos que los de la moción del Diputado Oreamuno y otros. Si esto es cierto, ruego que se me diga cuál es la suma fijada por la Junta o hay que dirigirse a la Oficina de Presupuesto solicitando este dato”.

Diputado ACOSTA JIMENEZ: “Señores Diputados: al principio creí que a la Asamblea le correspondía fijar los sueldos de los Constituyentes. Pero luego, al saber que se había presentado una moción para que fuese la Junta de Gobierno la que señalara los sueldos, cambié de parecer. Lo que me parece más lógico es remitir a la Junta la facultad de fijar las dotaciones que ganarán los señores Diputados. Por eso daré mi voto con mucho gusto a la moción para que este asunto lo resuelva la propia Junta”.

Diputado BAUDRIT SOLERA: “Yo no daré mi voto a la moción que remite a la Junta la facultad de fijar los sueldos de los Diputados, porque considero que la Asamblea es la llamada a pronunciarse en este sentido. En cuanto a las palabras del compañero Arias Bonilla, debo manifestarle que la Junta de Gobierno fijó en ¢1,200.00 al mes los sueldos de los Diputados”.

ANEXO

San José, 21 de enero de 1949.

Señores Secretario de la Asamblea Nacional Constituyente.

Palacio Nacional

Señores Secretarios:

Por el digno medio de ustedes, tengo la honra de comunicar a la Asamblea Nacional, que con motivo de la pasada emergencia hubo de postergarse, por parte de la Junta de Gobierno, el estudio del proyecto de la Constitución, pero que éste será sometido a conocimiento de la Asamblea el próximo miércoles 26 del mes en curso. Reitero a los señores Secretarios el testimonio de mi estima y consideración.

(f.) Fernando Valverde Vega, Ministro de Gobernación y Policía

ACTA No. 7

Nº 7.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las quince horas y media del día veinticuatro de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del doctor Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz, Secretarios; Herrero, González Flores, Vargas Castro, Montiel, Acosta Piepper, Valverde, González Luján, Volio Jiménez, Esquivel, Jiménez Ortiz, Baudrit Solera, Baudrit González, Trejos, Volio Sancho, Jiménez Núñez, Arroyo, González Herrán, Vargas Vargas, Guzmán, Sotela, Zeledón, Dobles Segreda, Solórzano, Arias Bonilla, Brenes Mata, Fournier, Acosta Jiménez, Guido, Oreamuno, Leiva, Facio, Gamboa, Madrigal, Pinto, Gómez, y los suplentes Monge Alfaro, Jiménez Quesada, Castaing, Morúa, Elizondo y Rojas Vargas.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- El Representante ZELEDON BRENES presentó la siguiente moción “Para solicitar muy atentamente la revisión del artículo del acta que acaba de leerse, relativo a la fijación de sueldos de los miembros de la Asamblea Constituyente”. “Votar la revisión de un acuerdo (manifestó el Diputado Zeledón), significa una gran amplitud de criterio, ya que los argumentos son reconsiderados y la decisión confirmada o desechada. En lo que a mi se refiere, prometo votar todas las mociones de revisión que aquí se presenten, aún de los acuerdos a los cuales he dado yo mi voto. Pido a mis compañeros de Cámara que me acompañen en esta revisión del acuerdo que remite a la Junta de Gobierno la facultad de fijar los sueldos de los Diputados”. Sometida a votación la moción del Representante Zeledón fue desechada.

Artículo 3º.- Los Diputados Volio Sancho, Baudrit Solera, Vargas Castro, Herrero, González Luján, Fournier, Esquivel, Valverde, Vargas Vargas, Guzmán, Sotela, Arroyo y Leiva, presentaron la siguiente moción: “Para que, si fueren varios los asuntos incluidos en el orden del día, se dediquen las dos horas siguientes a la aprobación definitiva del acta, en cada sesión a discutir, el proyecto del Reglamento Interno de la Asamblea”. Sometida a votación la moción anteriormente citada, fue aprobada. En consecuencia, la Mesa manifestó a los señores Diputados que se continuaría la revisión del proyecto del Reglamento Interno de la Asamblea.

Artículo 4º.- Se continuó en la revisión del capítulo tercero del proyecto del Reglamento. El Diputado VARGAS FERNANDEZ presentó la siguiente moción: “Para agregar un inciso al artículo 9º, que diga: 12) “Si llegada la hora reglamentaria para iniciar la sesión, no hubiere quórum con Diputados propietarios, llamar a los suplentes que corresponden y que sean estrictamente necesarios para formarlo”. Pues muy bien puede ocurrir que a la hora reglamentaria para iniciar la sesión el número de Diputados propietarios presentes, no sea suficiente para llenar el quórum, por lo que el Presidente podría llamar a los Diputados suplentes. El Diputado HERRERO manifestó, que en su concepto, la moción del compañero Vargas rozaba con el artículo 22 del proyecto del Reglamento. El Representante ARROYO expresó que él era de la misma opinión del señor Herrero y le parecía más lógico que la moción del Diputado Vargas Fernández se incluyera en el capítulo 7º, relativo a las sesiones, y no dentro de las facultades del Presidente. El Representante VARGAS FERNANDEZ manifestó al Diputado Herrero que no existe pugna en la moción por él presentada y el artículo 22. El Representante HERRERO insistió en que había que variar el artículo citado para aceptar la moción de Vargas Fernández. Sometida a votación la moción del Representante Vargas Fernández, fue desechada.

Artículo 5º.- Se aprobó, tal y como aparece en la redacción original el artículo 10, capítulo 3º del proyecto del Reglamento, que dice: “Los Vicepresidentes tendrán estas mismas atribuciones cuando sustituyan al Presidente”.

Artículo 6º.- Se pasó a la discusión del artículo 4º. Se aprobaron los incisos 1), 2), 3), 4) y 5), tal y como aparecen en su redacción original. El Diputado ESQUIVEL propuso la siguiente moción, que cambia la redacción original del inciso 6) del artículo 11, en esta forma: “Informar a la Asamblea respecto a los puntos sobre los cuales ha de recaer la votación”. Sometida a votación la moción del Representante Esquivel, fue aprobada. Se aprobaron los incisos 7) y 8) del mismo artículo 11, tal y como aparecen en su redacción original. El Representante GAMBOA, presentó una moción referente al inciso 9), artículo 11, para suprimir del mismo la palabra demás, ya que la redacción original es un poco confusa y pareciera que las actas fueran disposiciones de la Asamblea, cuando no lo son. El Diputado SOTELA sugiere al autor de la moción, cambiar el verbo autorizar por firmar. El Representante ORTIZ manifestóse en desacuerdo por el cambio propuesto por el señor Sotela, pues entiende que autorizar significa responsabilizarse de las actas; firmar el acta es simplemente un hecho secundario. Sotela propone entonces que se diga autorizar con su firma, a lo que contesta Gamboa que esto implica redundancia innecesaria. Sometida a votación la moción del Diputado Gamboa, fue aprobada. En consecuencia, el inciso 9) del artículo 11, se leerá: “Autorizar, junto con el Presidente, las actas y disposiciones de la Asamblea”. Se discutió el inciso 10) del mismo artículo. Los Representantes Guzmán, Acosta Jiménez y Esquivel, propusieron una variación en la redacción original del inciso 10) en esta forma: “Anotar las faltas de asistencia de los Diputados y empleados subalternos, expedir y firmar la lista de servicios para el pago de los emolumentos y de los gastos de Oficina acordados por la Asamblea”. El Representante GUIDO manifestó que en su opinión el Presidente puede ordenar gastos de Oficina sin necesidad de acudir a la Asamblea, lo que significa pérdida de tiempo en la tramitación de los asuntos. Así es que hace la moción para que se manifieste claramente que el Directorio podrá autorizar gastos de Oficina y otros emolumentos. El Diputado ESQUIVEL expresó que en su concepto, esta cuestión se había resuelto en el inciso 10) del artículo 9, sobre las atribuciones del Presidente. El Diputado VARGAS FERNANDEZ manifestó que era importante meditar bien lo que señalaba el señor Guido, pues según la práctica establecida en los anteriores Congresos, el Directorio estaba en derecho de autorizar gastos, informando simplemente a la Cámara acerca de estos gastos. El Representante DOBLES dijo que se podría solucionar satisfactoriamente el asunto en discusión, agregando que los gastos podrán ser acordados por la Asamblea o por el Directorio. El Representante ARIAS BONILLA se manifestó en desacuerdo con este cambio en la redacción original del inciso 10), ya que la Asamblea da su presupuesto, y es la que ordena todos los gastos de Oficina. El Directorio se limita simplemente a cumplir lo acordado por la Cámara. En cuanto a los Gastos Extraordinarios, existe una Partida de Eventuales en el Presupuesto. El Representante BAUDRIT SOLERA se manifestó de acuerdo con las palabras del señor Arias Bonilla, ya que es la Asamblea la que dicta su propio presupuesto, al cual debe ceñirse el Directorio. Ante las palabras de los Representantes Arias Bonilla y Baudrit Solera, el señor Guido gustoso retiró su moción.

El Representante BAUDRIT GONZALEZ expresó que existe una repetición en los incisos 10), del artículo 9º y el 10) del artículo 11. Por lo tanto, este último inciso sólo debería referirse a la falta de asistencia de los Diputados. Sometida a votación la moción de los Representantes Guzmán, Acosta y Esquivel, fue aprobada. En consecuencia, el inciso 10) del artículo 11, se leerá: “Anotar las faltas de asistencia de los Diputados y empleados subalternos, expedir y firmar la lista de servicios para el pago de los emolumentos y de los gastos de Oficina acordados en la Asamblea”. Se aprobó el inciso 11) en su redacción original, que dice: “Redactar los decretos-acuerdos y resoluciones que emita la Asamblea”. Se aprobó el artículo 12, tal y como aparece en el proyecto del Reglamento.

Artículo 7º.- Se aprobó en su forma original, el inciso 2) del artículo en discusión. Se pasó a la discusión del artículo 13. El Representante MADRIGAL propone la siguiente moción que se refiere al inciso 3) del artículo 13 y que dice: “No abandonar definitivamente su puesto durante la sesión sin permiso del Presidente”. El Diputado SOTELA se manifestó en desacuerdo con la moción del compañero Madrigal, pues, si bien es cierto que todos los señores Constituyentes son personas honorables y serias, tal vez podría ocurrir que un Diputado se ausentara de la sesión y regresara por ejemplo diez minutos antes de terminar la misma. Sometida a votación la moción del señor Madrigal, fue desechada. El Representante GAMBOA propuso la siguiente moción, referente al inciso 2) del artículo 13, que dice así: “Dar su voto cuando esté presente en la votación de un asunto, salvo caso de excusa o impedimento acogido por la Asamblea”. El Representante ARROYO se manifestó totalmente en desacuerdo con la moción del señor Gamboa, por cuanto al Diputado no le está permitido abstenerse de votar en determinados asuntos, máxime que a la Constituyente se ha venido sin compromisos políticos de antemano. El Diputado GAMBOA contestó al señor Arroyo manifestándole que la Asamblea no sólo va a conocer del proyecto de Constitución Política, sino que se le someterán varios asuntos diferentes, como, por ejemplo, el contrato con la United Fruit Company, etc. Este fue el origen de mi moción. El Diputado ORTIZ MARTIN se manifestó en un todo de acuerdo con las palabras del señor Arroyo, pues los miembros de la Asamblea Constituyente tienen el deber y la obligación de conocer y votar todos los asuntos sometidos a la consideración de este elevado Cuerpo. “Me parece (dijo el señor Ortiz), que es malo el procedimiento y pésimo el precedente si nosotros vamos a excusar de su voto a los señores Diputados. El pueblo no nos mandó aquí a excusarnos, sino a resolver asuntos de trascendental importancia”. Sometida a votación la moción del señor Gamboa, fue desechada. Se aprobaron en su forma original los incisos 4) y 5) del artículo 13.

Artículo 8º.- Se pasó a la discusión del artículo 14 del proyecto del Reglamento, que se refiere a las atribuciones de los Diputados. Los Representantes Acosta Jiménez y Baudrit González, presentaron la siguiente moción referente al inciso 1) del mencionado artículo, y que dice: “Pedir y obtener del Presidente la palabra las veces que lo estime pertinente”. Sometida a votación la moción anterior, fue aprobada.

El Representante JIMENEZ QUESADA presentó la siguiente moción referente al inciso 1) del artículo 13 y que dice: “Asistir a las sesiones”, la cual fue aprobada.

El Diputado ARROYO presentó la siguiente moción, referente al inciso 2) del artículo 14 y que dice así: “Los acuerdos y demás disposiciones aprobadas, pero aún no emitidas por la Asamblea, podrán reverse una sola vez y a solicitud de uno o más Diputados, siempre que se pida a más tardar en la sesión siguiente, después de la lectura y aprobación del acta. Para que una moción de revisión prospere, requerirá por lo menos los votos de las dos terceras partes de los Diputados presentes”.

El origen de mi moción, manifestó el señor Arroyo, es que revisando el proyecto de reglamento, me encuentro que en ningún artículo se habla del término que señala el inciso 2) del artículo 14. El Representante GAMBOA expresó que en su concepto, esta discusión era innecesaria pues se resolvía refiriéndose al texto del artículo 44 del viejo Reglamento del Congreso. El Representante VARGAS FERNANDEZ se refirió a la moción del señor Arroyo, para que en ella se agregara que las mociones de revisión sólo podrán prosperar si obtienen las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea, pues parece que esa era la práctica reglamentaria a la que se ceñían los anteriores Congresos. El Diputado VOLIO JIMENEZ hizo uso de la palabra para manifestar que en su concepto, éste sí era un asunto grave, pues si para emitir un acuerdo, declaratoria o revisión, bastaría también sólo simple mayoría. Las cosas se deshacen como se hacen. No debe de ninguna manera estorbarse la revisión, cuyo objeto fundamental es volver a discutir lo aprobado, meditar nuevamente sobre hechos que tal vez fueron aprobados a la ligera. El Representante ARROYO expresó que las revisiones frecuentes, implicaban pérdida de tiempo. “Ahora bien, si dos terceras partes de los miembros de la Asamblea se manifiestan de acuerdo con la revisión, es porque se trata de un asunto de suma importancia. No estoy de acuerdo con la tesis del señor Volio, por cuanto no existe limitación alguna en el uso de la palabra por parte de los señores Diputados, por lo que las mociones presentadas pueden ser suficientemente discutidas y los Representantes podrán intervenir en los debates cuantas veces quieran”. El Diputado Arroyo estuvo de acuerdo en dividir su moción en dos partes para votarla de esta manera. En consecuencia, se sometió a votación la primera parte de la moción del señor Arroyo, la cual fue aprobada. El señor JIMENEZ QUESADA apoya la tesis del señor Volio Jiménez porque debe darse amplia libertad en el sentido inglés. En lo que se refiere a la segunda parte de la moción, el Diputado GAMBOA se manifestó en un todo de acuerdo con la tesis del señor Volio, pues en estos casos debe procederse con amplitud. El Representante Arroyo, ante las objeciones expresadas por el señor Volio Jiménez, decide retirar esta segunda parte de su moción. En consecuencia, el inciso 2) del artículo 14, se leerá así: “Los acuerdos y demás disposiciones aprobadas, pero aún no emitidas por la Asamblea, podrán reverse una sola vez y a solicitud de uno o más Diputados, siempre que se pida, a más tardar en la sesión siguiente, después de la lectura y aprobación del acta”.

Fueron aprobados los incisos 3) y 4), en la forma original del mismo artículo. El señor ARROYO propuso una modificación del inciso 5), en esta forma: “Hacer las mociones que crean oportunas, las cuales deberán ser presentadas por escrito”. La moción del Diputado Arroyo fue aprobada.

El Representante BAUDRIT GONZALEZ propuso que se agregara un inciso 6) al artículo 14, que diga así: “Proveerse de una libreta, credencial o identificación oficialmente refrendada por el Directorio”. La moción del señor Baudrit González se aprobó.

A las dieciséis horas terminó la sesión.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

ACTA No. 8

Nº 8.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las quince horas y treinta minutos del día veinticinco de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Doctor Marcial Rodríguez. Presentes los señores Diputados: Leiva, Ruiz, Valverde, Herrero, Volio Sancho, Volio Jiménez, Brenes Mata, Facio, Esquivel, Baudrit González, Baudrit Solera, Arias, Guido, Vargas Castro, Vargas Vargas, Vargas Fernández, Arroyo, Montiel, Dobles, Pinto, González Luján, González Flores, González Herrán, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Ortiz, Sotela, Jiménez Núñez, Jiménez Ortiz, Zeledón, Gamboa, Solórzano, Madrigal, Trejos, Gómez, Guzmán, Monge Ramírez y los suplentes Castaing, Jiménez Quesada, Monge Alfaro, Rojas Espinosa, Morúa, Elizondo y Rojas Vargas.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- El representante VOLIO SANCHO presentó la siguiente moción de revisión: “Para revisar el acuerdo de la sesión anterior, que aprobó la redacción propuesta por el señor Arroyo en cuanto al inciso 2), artículo 14 del Proyecto de Reglamento. “Al pedir la revisión de este acuerdo -manifestó el Diputado Volio Sancho-, lo hago por considerarlo perjudicial a la deliberación de la Asamblea, ya que según la redacción original aprobada se estipula que los decretos, acuerdos o resoluciones de la Asamblea sólo podrán reverse una vez. Si aceptamos esta tesis a la hora del estudio del proyecto de Constitución Política que en breve será sometido a nuestra consideración, tropezaremos con serias dificultades, ya que en muchas ocasiones tendremos que volver atrás, para rever varias veces una misma disposición aprobada. La revisión que pido, es para suprimir la expresión “por una sola vez”, que aparece en la redacción del inciso aprobado”.

El Diputado GONZALEZ HERRAN, aunque se manifestó en principio de acuerdo con la moción de revisión planteada por el señor Volio Sancho, expresó que en su concepto debería hacerse una distinción entre el Proyecto de Constitución Política, que en breve discutirá la Asamblea, y los otros asuntos que le serán sometidos. “La tesis manifestada por el señor Volio la acepto siempre y cuando se refiera a la discusión solamente del Proyecto de Constitución Política”.

El Diputado ARIAS BONILLA se manifestó de acuerdo con la tesis del señor Volio Sancho. “Propongo que el mismo Representante Volio redacte este artículo con el objeto de que armonice con el artículo 44 que se refiere a las discusiones de la Cámara”. El Diputado Arroyo expresó que no estaba de acuerdo con la moción de revisión planteada por el señor Volio Sancho, por cuanto el artículo 29 del Proyecto de Reglamento deja la posibilidad de sugerir cualquier reforma que se considere necesaria en el momento de votar definitivamente el Proyecto de Reglamento. La Mesa sometió a votación la moción de revisión del Representante Volio Sancho, la cual fue aprobada.

El Diputado VOLIO SANCHO volvió a hacer uso de la palabra para defender su tesis ya que el debate sobre la misma quedó abierto al aprobarse la moción de revisión. En torno a este asunto se suscitaron largas discusiones, en las que participaron los Representantes: Volio Sancho, González Herrán, Leiva, Arroyo, Volio Jiménez, Arias y Baudrit Solera, cuyas versiones taquigráficas aparecen al pie del acta. Antes de someterse a votación la moción planteada por el Diputado Volio Sancho, éste aceptó una modificación de la misma, en el sentido de que el Directorio nombrara una Comisión especial, para proponer una nueva redacción, del inciso 2), artículo 14 del Proyecto de Reglamento, que tome en cuenta las ideas expuestas por los señores Representantes al respecto y sugiera la mejor redacción de otras disposiciones conexas. Sometida a votación, la moción del señor Volio Sancho, con las modificaciones anteriormente anotadas, se aprobó. En consecuencia, el Directorio procedió al nombramiento de esa comisión la cual quedó integrada en la siguiente forma: Volio Sancho, Arias Bonilla, González Herrán, Arroyo y Baudrit Solera.

Artículo 3º.- El Representante GONZALEZ HERRAN planteó revisión del inciso 3), artículo 14, aprobado en la sesión anterior con el objeto de suprimir del mismo, la expresión “en ejercicio de sus atribuciones. “Sometida a votación la moción de revisión planteada por el señor González Herrán, fue aprobada. Para obviar la discusión el Diputado GONZALEZ HERRAN propone que en lugar de atribuciones se diga funciones. Puesta a votación la moción de éste, fue aprobada. En consecuencia el inciso 3), artículo 14 del Proyecto de Reglamento, se leerá: “Llamar al orden al Presidente, cada vez que en el ejercicio de sus funciones se separe de las disposiciones de este Reglamento”.

Artículo 4º.- El Representante PINTO ECHEVERRIA presentó la siguiente moción: “Aumentar un Capítulo después del 5º que se titule ‘Los suplentes’. Artículo 15.- Son deberes de los suplentes: 1) Asistir a las sesiones sin voz ni voto. 2) Reemplazar a los propietarios en sus ausencias. “El objeto de mi moción, expresó el Doctor Pinto, es sumar al trabajo de la Asamblea, el criterio de los señores suplentes, que tengan los mismos deberes que los Diputados, que si no asisten a las sesiones, se les rebaje su sueldo, tal y como se hace con los propietarios”. La moción del señor Pinto provocó una larga discusión, en la que participaron los Representantes Ortiz, Volio Sancho, González Herrán, Esquivel, Arroyo, Solórzano, Zeledón y Morúa, cuyas versiones taquigráficas aparecen al pie del acta.

Sometida a votación la moción del Diputado Pinto, fue aprobada.

Artículo 5º.- El Representante CHACON JINESTA propuso la siguiente moción: “Que al artículo 15 propuesto por el Doctor Fernando Pinto, se agregue un inciso 3) que diga: “Los Diputados suplentes que hayan propuesto una moción en la sesión en que esté actuando como propietario, si aquella no llega a ser votada en la sesión en que se propuso, tendrán derecho a hacer uso de la palabra, aunque no sustituyan a un propietario, en todas las siguientes sesiones en que se discuta su moción hasta que sea definitivamente votada”.

Puesta a votación la moción del Diputado Chacón Jinesta, fue aprobada.

Artículo 6º.- El Diputado ARROYO BLANCO propuso la siguiente moción para que se agregue un inciso 5) que diga: Artículo 16: “Los suplentes obligados a asistir a todas las sesiones, ganarán sueldo igual a los Diputados propietarios”.

El Representante VARGAS CASTRO manifestó que no se puede obligar a los suplentes a asistir a las sesiones, sin saber qué sueldo se les va a fijar. “¿Cómo obligar por ejemplo, a don Rubén Venegas, de Guanacaste, o al señor Lee, de Puntarenas, a asistir a sesiones? Me parece una desconsideración la que estamos cometiendo con estos señores”. El Diputado SOLORZANO expresó que no iba a dar su voto a la moción de Arroyo, por cuanto estaba en contradicción con lo acordado por la Asamblea acerca de los sueldos de los Diputados, pues se remitió a la Junta de Gobierno la facultad de fijar los mismos. El Representante HERRERO dijo que si a los suplentes se les exigía asistir a todas las sesiones, deberían devengar los mismos sueldos que los propietarios. La moción del señor Arroyo fue objeto, además, de largas intervenciones de los Representantes Jiménez Quesada, Sotela, Rojas Espinosa, Ruiz, Herrero, Leiva, Pinto y Chacón Jinesta, cuyas versiones taquigráficas aparecen al pie del acta.

Puesta a votación la moción del señor Arroyo, fue desechada.

Artículo 7º.- El Representante SOLORZANO presentó la siguiente moción: “Considerando que el ex-Presidente Licenciado don León Cortés Castro fue el primer hombre público que logró aglutinar en un solo haz de voluntades a los ciudadanos costarricenses que luchaban por el derrumbamiento del régimen recientemente depuesto, con miras a devolver a Costa Rica su vida institucional democrática; Que el Licenciado Cortés halló la muerte prematura en su afán patriótico de dignificar a la República y que legó a sus conciudadanos una opinión pública suficientemente fortalecida y con propósitos inquebrantables de llevar hasta el sacrificio de sus ansias de renovación nacional; Que el propio Presidente de la Junta Fundadora de la Segunda República don José Figueres, reconoció en su mensaje a esta Asamblea Nacional Constituyente que era de justicia realizar un homenaje póstumo de desagravio a la memoria del gran Caudillo desaparecido. Siendo así que en la conciencia de la gran mayoría de los costarricenses está la evidencia de que el Licenciado Cortés Castro fue popularmente electo Presidente de Costa Rica el 13 de febrero de 1944, y que el mandato que el pueblo le dió en esa fecha, le fue burlado por el gobierno de entonces mediante el fraude y la violencia; Que las excelsas virtudes cívicas de ese ex-Presidente lo hacen acreedor al Benemeritazgo, el máximo honor que la ciudadanía de Costa Rica confiere a sus hombres distinguidos, Por tanto, LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE ACUERDA: Formular atenta excitativa a la Junta Fundadora de la Segunda República, para que se declare al ilustre ex-Presidente don León Cortés Castro, “Benemérito de la Patria”.

El autor de la moción anterior, se dirigió a sus compañeros en la siguiente forma: “Señores Diputados: Tengo el honor de presentar la moción que acaba de ser leída por el señor Secretario. Creo haber interpretado en ella, los sentimientos de la gran mayoría del pueblo costarricense, que vió en León Cortés Castro al gran caudillo que se enfrentó por primera vez contra el régimen que acaba de caer. Yo pongo a la atención de esta ilustre Cámara esa moción, con la esperanza de que sabrá hacer justicia, aunque tarde, a la memoria del ilustre ciudadano León Cortés Castro”.

A las seis de la tarde terminó la sesión quedando en uso de la palabra el Representante Sotela Bonilla.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

DISCURSOS sobre la Revisión

Diputado VOLIO SANCHO.- Señores Diputados: abierto como queda el debate en relación a la moción presentada por mí, quiero referirme rápidamente a lo dicho por el compañero González Herrán. En todo asunto que vaya a discutir la Asamblea, yo pido la más absoluta libertad, máxime si se trata del proyecto de Constitución Política. Es cierto que todas las otras materias que deberá conocer la Cámara no tienen la importancia de esta última, pero aún así, tratándose de asuntos de importancia secundaria, cabe la más amplia libertad de discusión, sin cerrar, de una manera absoluta, la puerta para que los Diputados pidan la revisión de lo acordado cuando lo estimaren pertinente. Es muy natural que los otros asuntos que no sean los referentes a la Constitución no tienen la misma importancia que ésta, pero siempre es necesario que exista la más absoluta libertad para que un asunto, cualquiera que éste sea, pueda ser revisado por la Asamblea las veces necesarias. En cuanto a las palabras del compañero Arroyo referentes al artículo 29 del proyecto de Reglamento, no existe contradicción alguna, ya que ésta disposición se refiere a que una vez aprobado el Proyecto de Constitución se pasa a una Comisión Coordinadora para que haga las enmiendas del caso y las correcciones necesarias, Este es un trabajo importante, el que no tuvimos tiempo de hacer los miembros de la Comisión Redactora del Proyecto de la Constitución. Creo -repito que de acuerdo con este criterio sustentado por mí, deben presentarse a la Asamblea todos los asuntos y discutirlos cuantas veces sea necesario, por lo que estimo conveniente suprimir la restricción que existe para pedir la revisión.

Diputado GONZALEZ HERRAN.- Yo soy del mismo criterio que el expresado por el compañero Volio Sancho referente a la libertad que debe existir en el seno de la Asamblea, para pedir la revisión de los acuerdos o resoluciones de la misma pero esa libertad debe restringirse únicamente al Proyecto de Constitución, pues en esta materia muchísimas veces tendremos que volver hacia atrás, antes de aprobar en definitiva el articulado, pero no todos los asuntos tienen el mismo carácter que éste. Si dejamos abierta la puerta para que la Asamblea pida revisión a cada rato, entonces los acuerdos nunca quedarán firmes, lo que no puede ser. La Asamblea debe dar sus acuerdos en una forma estable. Por eso, yo hago la diferencia entre el Proyecto de Constitución y los otros asuntos que deba conocer la Asamblea. En el primer caso, debe de existir la más absoluta libertad de revisión. En el segundo, de alguna manera hay que hacer para que los acuerdos, decretos o resoluciones de la Asamblea queden firmes al ser aprobados por la Cámara.

Diputado LEIVA.- Yo he encontrado que el Proyecto de Reglamento es sumamente restrictivo en lo que se refiere a la revisión. Por eso estoy de acuerdo con las ideas del señor Volio, al mismo tiempo que acojo la diferencia establecida por el compañero González Herrán, en cuanto a que en la discusión del Proyecto de Constitución Política, debe haber la mayor amplitud y libertad posibles. Para resolver esta cuestión, yo estaría de acuerdo con la sugerencia del estimable compañero Arias Bonilla, en el sentido de que se autorizara al señor Volio la redacción del capítulo referente al derecho de revisión.

Diputado VOLIO SANCHO.- Debo decir a mis compañeros que estaría de acuerdo en que todo este asunto del derecho de revisión pase, no a mí, sino a una Comisión Especial nombrada por el Directorio, para que en la próxima sesión proponga a la Cámara una fórmula que aceptemos todos. Agradezco la confianza que se me ha demostrado al pensar que yo debería formar parte de esa Comisión, pero como soy el autor de la moción, estimo que no debo formar parte de la misma.

Diputado ARIAS BONILLA.- Yo estoy de acuerdo con las ideas sustentadas por el señor Volio Sancho, pues nos va a ocurrir a menudo que en muchas ocasiones tengamos que volver atrás para rever un acuerdo o una resolución de la Asamblea. Por eso insisto en que se encargue al propio señor Volio la redacción definitiva de este asunto, para que en la próxima sesión nos presente él la nueva fórmula, que armonice bien con el artículo 44, que se refiere a las discusiones de la Cámara.

Diputado BAUDRIT SOLERA.- Señores Diputados: el Proyecto de Reglamento estaba bien claro en su forma original, pues en el inciso 2) del artículo 14 se dice que los Diputados tienen el derecho a pedir la revisión de las declaratorias, resoluciones y acuerdos de la Asamblea. Luego el artículo 43 determina la forma en que se puede pedir la revisión de una ley ya aprobada. Sin embargo, creo que este asunto puede pasar a una Comisión Especial para que someta a la consideración de la Asamblea una nueva fórmula que recoja las opiniones expresadas aquí. En cuanto al proyecto de Constitución, una vez aprobado éste, pasará a una Comisión Coordinadora, que le dará los últimos toques. Luego, cuando esta Comisión someta a conocimiento de la Cámara el Proyecto tal y como ha quedado, entonces los señores Diputados tendrán oportunidad de hacer uso del derecho de revisión.

DISCURSOS sobre la Moción del Doctor Pinto, referente a los Suplentes.

Diputado VOLIO SANCHO.- Señores Diputados: a mí me parece muy bien la moción presentada por el Doctor Pinto para agregar un nuevo capítulo sobre los suplentes, pero creo que deberían de hacerse diferencias entre los suplentes que viven en la Meseta Central y los que viven, por ejemplo, en las provincias de Guanacaste y Puntarenas, pues no veo la forma de exigir a estos últimos asistir a todas las sesiones. Yo creo que la idea del Doctor Pinto es muy buena y valdría la pena considerarla, pues viene a establecer una innovación en este capítulo sobre los suplentes. Creo que bien podríamos establecer una disposición de carácter facultativo, para que los suplentes puedan asistir a las sesiones, aún sin sustituir a un propietario, sin voz ni voto, para que de esta manera se compenetren de las labores de la Asamblea. Y cuando se tratara de conocer algún asunto de importancia, llamarlos. Sin embargo, repito, esto debe ser facultativo, es decir, que los suplentes vengan cuando ellos así lo estimen conveniente, sin forzarlos. En cuanto a los suplentes que viven cerca, estoy seguro que ellos vendrán casi todos los días.

Diputado GONZALEZ HERRAN.- El Doctor Pinto se basa en el hecho de que los suplentes tienen sueldo fijo y que no se justifica que lo devenguen sin asistir a las sesiones. Yo comprendo muy bien que para los que viven en la Meseta Central no significa un gran sacrificio asistir diariamente a las sesiones, pero para los que viven lejos sí representa un gran sacrificio estar presentes en todas las sesiones. Por eso yo le daría el voto a la moción del Doctor Pinto, si éste la odificara en el sentido de que los suplentes de provincia asistirán a las sesiones, cuando fueran llamados por el Directorio. Hay que considerar a los que viven en Limón, o en el Guanacaste. Yo apoyaría con mucho gusto la moción del Doctor Pinto si se tomara en cuenta esta consideración.

Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ.- Señores Diputados: me parece también muy interesante la moción presentada por el Doctor Pinto. Pero nos olvidamos que la Asamblea ha sido electa por escala nacional y no provincial por lo que resultaría difícil señalar cuáles son los suplentes de provincia y cuales los de la Meseta Central. Yo daría mi voto a la moción en la forma original, sin esas modificaciones o diferencias entre suplentes de la Meseta y de las provincias. Si obligamos a venir a algunos, no podemos hacer salvedades con los que viven en Puntarenas y Guanacaste, por ejemplo. Como el objeto principal que persigue la moción en debate es que los suplentes se sumen a las labores de la Asamblea, le daré mi voto tal y como se ha presentado.

Diputado SOLORZANO GONZALEZ.- Me parece muy atinada y necesaria la moción del Doctor Pinto. Pero si nosotros obligamos a los suplentes a asistir y les buscamos un campo dentro del recinto, debemos también otorgarles el uso de la palabra, porque de lo contrario harían un papel muy parecido al de las barras, y esto no sería justo porque entre los suplentes hay algunos que tendrán interés en dar a conocer sus opiniones en bien de la Nación. Ruego, pues, que se haga la reforma del caso, para que si se obliga a los suplentes a asistir a las sesiones se les conceda los respectivos derechos.

Diputado ORTIZ MARTIN.- Creo que para aunar los distintos pareceres que se han expuesto aquí esta tarde, lo conveniente sería que en la moción del Doctor Pinto se dijera que los suplentes estarán obligados de asistir por lo menos durante veinte días al mes. En cuanto a lo que dice el Diputado Solórzano me parece muy grave, pues el pueblo eligió a 45 Constituyentes como sus Representantes, y nosotros de ninguna manera podemos alterar el número de Diputados dentro del recinto con el derecho de la palabra. El Decreto de Convocatoria de la Asamblea señala muy claramente el número de personas que integrarán la Constituyente. En cuanto a la situación de los señores suplentes que viven en Puntarenas y Guanacaste, creo que podría acordarse que sólo serían llamados cuando se traten de asuntos urgentes que requieren su presencia, y pido al Doctor Pinto que considere este caso. Advierto que la moción me gusta, pues los propósitos que persigue son sanos y no deseo que por causa de mi voto no vaya a prosperar esta moción; pido, pues, al estimable compañero Pinto, que agregue en su moción una frase que diga “salvo los que viven en las provincias de Puntarenas y Guanacaste”, para que, en esta forma, darle mi voto.

Diputado ARROYO BLANCO.- Aunque en principio me gusta la moción del Doctor Pinto, sugiero a éste que la modifique en el sentido de que los suplentes estarán en la obligación de asistir por lo menos a la tercera parte de las sesiones durante el mes y que el Directorio se sirva designar a los suplentes las sesiones a las que están obligados a concurrir.

Diputado ZELEDON BRENES.- Simplemente para decir que voy a votar íntegramente la moción del Doctor Pinto, por considerarla saludable y beneficiosa para las futuras labores de la Asamblea. De ninguna manera se justifica la existencia de “botellas”, uno de los cánceres del viejo régimen. Ahora bien, si vamos a exigir a los suplentes asistir a todas las sesiones, lógicamente debemos equiparar los sueldos de éstos al de los propietarios. Si así se hicieran las cosas, pues no habría ningún inconveniente en exigir a los suplentes asistir al igual que los propietarios. Por otra parte, si los suplentes asisten a las sesiones estarán al día de los asuntos que se discutan en la Asamblea y en cualquier oportunidad que les tocara intervenir estarían lo suficientemente preparados.

Diputado MORUA RIVERA.- Señores Diputados: yo creo que se ha hecho una confusión. Si queremos exigir que los suplentes asistan a las sesiones, pues debemos asignarles un buen sueldo y gastos de viático y permanencia, pues de otra manera harían un papel desagradable si permanecen en el recinto sin voz ni voto. Si no se les fija un asiento en el salón de sesiones, yo no veo la forma en que irán a estar compenetrados de los problemas que se discuten en la Cámara. Me parece que las cosas estaban bien como antes; que los suplentes ocupen el lugar de un propietario, en las faltas de éste. Y para suplir las faltas temporales de los propietarios, creo que con los suplentes de la Meseta es suficiente. En cuanto a los sueldos, acaso los señores suplentes no tienen los mismos gastos y obligaciones que los propietarios.

DISCURSOS sobre la moción del Diputado Arroyo Blanco referente a los Suplentes.

Diputado JIMENEZ QUESADA.- Señores Diputados: Yo le di mi voto a la moción del señor Doctor Pinto, pero he de confesar que la encuentro de un tono bastante áspero para los suplentes. Creo que se está hablando de los suplentes sin que nadie se haya tomado la pena de meditar aquí en lo que realmente es un suplente. Me parece que vamos a tener que recomenzar por crear lo que yo me voy a permitir llamar la “Teoría del Suplente. “Lo lógico sería pensar primeramente, a lo menos en teoría, que si un individuo es electo suplente es porque intrínsecamente reúne las mismas buenas condiciones humanas que un propietario al cual pueda eventualmente reemplazar y debemos evitar maltratar a una serie de muchachos idóneos que han venido aquí con mucho entusiasmo a colaborar en esta tarea, para algunos tan trascendental, de crear una nueva Constitución y no se les debe desalentar. Yo no digo esto porque yo mismo sea también suplente, puesto que mi caso es muy distinto. Primeramente yo pertenezco a una fracción minoritaria y los de ella nos manejamos con una perfecta camaradería. Además yo no tengo en todo esto ni el más mínimo interés personal, yo tomo este asunto muy deportivamente, pues ni me abruma la trascendencia de mis tareas de Constituyente ya que no soy de los que creen en la enormísima importancia de estar fabricando constituciones a la dernière, ni tampoco me ha traído aquí ningún interés económico pues podría demostrar cuánto me perjudico económicamente, por estar aquí. Mi buena contribución a la Constituyente terminó cuando nuestro improvisado partido logró situar aquí este equipo (señala los del grupo del Constitucional) que con excepción del presente, yo estoy seguro merecerán por sus cualidades parlamentarias y otras, el aprecio definitivo de todos ustedes y pese al recelo con que se nos ha visto, pues aunque hemos advertido en todos los tonos que nuestro norte no es la política, hasta conspiradores placenteramente nos llamaron. Mi satisfacción consiste en haber contribuido pues, en algo a que este equipo venga a colaborar técnicamente a las labores constituyentes. Pero otra cosa son los buenos muchachos que integran las suplencias de los otros partidos. Algunos de ellos son muy jóvenes y con mucho entusiasmo para colaborar y no merecen que sean tratados ni siquiera en forma áspera. Debemos considerar de que por si eso de ser suplente es una función bastante cajetera, pues el suplente fluctúa entre degenerar siendo una botella como le preocupa al Doctor Pinto, o bien en ser un señor que está en acecho y para ver si pesca una oportunidad, y eso a nadie le gusta. Yo por eso le rogaría al señor Pinto que modifique su moción en el sentido de que todo este asunto pase a una comisión para que con más calma piense en eso que gráficamente he llamado la teoría del suplente, puesto que parecen estar todos tan desprevenidos en cuanto a esta moción. Entonces será más difícil fijarles a los suplentes sus atribuciones. Yo encuentro ilógico el orden en que está formulada la moción del señor Pinto, porque en realidad la primera función natural del suplente es suplir y en orden a ello, venir a la Cámara para ver si tiene que suplir. Es una cuestión de forma o de orden lógico si se quiere pero creo que vale la pena considerar. Para suprimir asperezas.

Diputado SOTELA BONILLA.- Señores, no voy a referirme al asunto de los sueldos de los Suplentes, en la forma como lo propone la moción del compañero Arroyo, sino quiero comentar la conversación que en forma tan simpática nos ha hecho el señor Jiménez Quesada. En cuanto a sus palabras sobre el “equipo” que forma el Partido Constitucional, debo decirle que en la Asamblea no hay grupos, sino un solo “equipo”, integrado por magníficos ciudadanos cuyo propósito fundamental es el de servir a la buena marcha de la República.

Diputado ROJAS ESPINOSA.- Señores Diputados: la idea que sugiere la moción del Doctor Pinto es magnífica, pues persigue integrar los suplentes al trabajo de la Asamblea, pero no debemos apartarnos del papel que le toca desempeñar a los suplentes. El Diputado suplente desde que aceptó su postulación como tal, sabía que iba a sustituir en sus faltas temporales a los propietarios, pero nada más. En lo que se refiere a los sueldos, me permito recordar que aquí venimos a prestar nuestra humilde colaboración, sin que el dinero nos haya movido en forma alguna. Por encima de los intereses económicos, por encima del sueldo, está lo que nos ha traído al seno de esta Asamblea: dar a Costa Rica una buena Constitución, que sea base del progreso y del bienestar futuros de nuestra patria. Yo considero que ante esta tarea fundamental, el suplente no deberá de estar pensando en si va a ganar más o si va a ganar menos. Por mi parte, aunque no soy un potentado ni nada por el estilo, estoy dispuesto a concurrir a la Asamblea siempre y cuando lo estime conveniente a los intereses del país.

Diputado RUIZ SOLORZANO.- Señores Diputados: hace unos momentos voté gustoso una moción del Doctor Pinto, la cual pide que se llame a estas sesiones a los Diputados suplentes. Pero al escuchar las objeciones del compañero Ortiz, me han entrado ciertas dudas al respecto, al pensar que vamos a obligar a asistir a los suplentes que viven en lugares lejanos del país, ocasionándoles de esta manera una serie de gastos. Si a estos suplentes se les va a exigir la asistencia regular, debemos pensar en pagarles sus gastos de permanencia y viáticos o, de otra manera, obligarlos a asistir durante dos o tres sesiones a la semana a los que viven en Guanacaste y Puntarenas.

Diputado LEIVA.- En cuanto a la moción en sí del señor Arroyo, siento manifestar que no le daré mi voto en la forma como se ha presentado. No podemos equiparar los sueldos de los suplentes a los de los propietarios, pues entonces el presupuesto de la Asamblea se va a ir a las nubes. Por todo lo que aquí se ha dicho respecto a los suplentes, creo que este asunto debería de estudiarse mejor, pasándolo a manos de una Comisión Especial para que informe a la Asamblea.

Diputado PINTO ECHEVERRIA.- A mí me parece que no es necesario continuar en esta discusión, si más o menos todos estamos de acuerdo en lo beneficioso que es para la Asamblea obligar a asistir a los suplentes. Pero, desgraciadamente, las cosas están tomando por otro camino y se habla de los sueldos que habrán de devengar los suplentes, cuando aún no sabemos nosotros la cuantía de nuestras propias dotaciones, pues se acordó remitir a la Junta de Gobierno la facultad de fijar los sueldos de los Diputados.

El Diputado CHACON JINESTA.- Señores Diputados: Yo quiero hacer una ligera referencia a la moción del compañero Arroyo, la que agradezco en mi calidad de suplente. Pero si ocurre que los propietarios, que son siempre la mayoría, se abstienen de aprobar la cuestión de los sueldos, nosotros, entonces, vamos a quedar en una situación muy difícil, por lo que pido al estimable compañero Ramón Arroyo, que retire su moción. En el caso de que la moción no se retire, ruego se me permita el derecho de no votar, por las razones apuntadas.

ACTA No. 9

Nº 9.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las quince horas y media del día veintiséis de enero de 1949, bajo la presidencia del Doctor Marcial Rodríguez. Presentes lo señores Diputados: Vargas Fernández y Ortiz, Secretarios: Jiménez Núñez, Trejos, Vargas Castro, Vargas Vargas, Herrero, Monge Ramírez, Madrigal, Montiel, Pinto, Dobles, González Flores, González Herrán, González Luján, Valverde, Desanti, Baudrit González, Baudrit Solera, Sotela, Acosta Piepper, Jiménez Ortiz, Fournier, Esquivel, Arias, Acosta Jiménez, Gómez, Volio Sancho, Volio Jiménez, Ruiz, Guido, Leiva, Gamboa, Montealegre, Oreamuno, Solórzano, Arroyo, Zeledón, Guzmán, Brenes Mata, Facio, y los suplentes Jiménez Quesada, Castaing y Monge Alfaro.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el Acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- El Representante HERRERO planteó moción de revisión sobre el Capítulo VI, que se refiere a los suplentes, y que fue aprobado en la sesión pasada. “Aunque yo le dí mi voto a la moción del compañero Pinto (expresó el Diputado Herrero) creo que se hace necesaria una revisión de la misma. Lo acostumbrado era que los suplentes vinieran a las sesiones irregularmente o cuando se les llamara por parte del Directorio”. Sometida a votación la moción de revisión del Representante Herrero, fue aprobada. El mismo Diputado Herrero presentó la siguiente moción: “para que se nombre una comisión que fije los deberes y los derechos de los suplentes, en un capítulo aparte. Posponiéndose la discusión de este asunto. “La Mesa manifiesta que se ha planteado también una moción de orden. Y tiene la duda de si hay que darle primacía a la moción del señor Herrero, que se desprende de la revisión acordada o si se entra a conocer la de orden y desea saber cuál es el criterio de la Asamblea: si se conoce primero de la moción del Representante Herrero o la de orden. El Diputado VOLIO JIMENEZ manifestó que debería darse preferencia a la moción del señor Herrero, pues se trata de un asunto aprobado en la sesión pasada. El Representante ORTIZ expresó que la revisión está primero, por cuanto es parte del Acta. El Diputado ESQUIVEL, refiriéndose a las palabras del compañero Ortiz, manifestó que la revisión era una cosa muy distinta del Acta. De tal modo, debe conocerse primero la moción de orden y luego la de fondo de la revisión planteada. El Presidente propone que los Diputados que desean conocer primero la moción del Representante Herrero, que se sirvan manifestarlo poniéndose de pie. La mayoría de la Asamblea acordó que se diera primero trámite a la moción del Diputado Herrero.

El Representante ARROYO se manifestó de acuerdo con esta moción, por cuanto consideraba que en la aprobación de la ponencia del Doctor Pinto se había obrado con ligereza, ya que se había variado fundamentalmente la práctica parlamentaria seguida en todos los Congresos anteriores. Expresó el Diputado Arroyo que no se les puede exigir a los suplentes asistir a todas las sesiones, a no ser que devengaran los mismos sueldos que los propietarios. “Por otra parte, se establecieron deberes para los suplentes y no se establecieron los respectivos derechos. Por eso me parece muy oportuna la moción del compañero Herrero a la que le daré mi voto con mucho gusto”. El Diputado LEIVA, aunque simpatiza con la moción en debate, expresó que en el proyecto del Doctor Pinto había un principio básico, pues no se justifica de ninguna manera que alguien devengue un sueldo sin asistir a las labores de la Asamblea. “Por eso voté la moción del Representante Pinto y propongo esta otra: Los suplentes que tuvieren su domicilio en las provincias de Puntarenas y Guanacaste, estarán obligados a concurrir solamente la tercera parte del mes”.

El Diputado VARGAS FERNANDEZ expresó que iba a votar la moción de Herrero, pero siempre que a la comisión propuesta en la misma, se le fije un plazo prudencial para que vierta el respectivo dictamen. El Diputado Herrero aceptó la sugerencia del compañero Vargas Fernández y autoriza al Directorio para que fije el plazo que estime necesario. El señor Presidente, en consecuencia, fijó el plazo en 2 días, para que la comisión que se va a nombrar vierta su dictamen. El Representante Pinto se manifestó en desacuerdo con el nombramiento de la Comisión, por cuanto la mayoría estaba de acuerdo en lo beneficioso que significaba para las labores de la Asamblea, la obligación de que los suplentes asistieran regularmente a las sesiones. El Representante VOLIO SANCHO, refiriéndose a las palabras del Diputado Vargas Fernández, expresó que el nombramiento de comisiones especiales para dictaminar sobre determinado asunto, no era una mala práctica. “Antes por el contrario, en muchos asuntos se requiere el estudio de una comisión, para evitarle a la Asamblea discusiones estériles y demasiado largas, pues en el seno de una comisión se puede discutir con más calma”. “Creo que el sistema es bueno, siempre y cuando se les fije a las comisiones un plazo determinado para dictaminar”. Sometida a votación la moción del Representante Herrero, fue aprobada. En consecuencia, el Directorio procedió al nombramiento de la comisión, la cual quedó integrada por los Representantes Pinto, Leiva y Valverde Vega.

Artículo 3º.- Se pasó luego a conocer la moción de orden presentada por los Diputados Madrigal, Desanti, Montiel, González Luján, Dobles, González Flores, Monge Ramírez, Herrero, Gómez, Ruiz, Vargas Castro, Montealegre González Herrán, Morúa, Guido, Baudrit Solera, Oreamuno, Arroyo, Chacón Jinesta, Elizondo, Castaing, Castro Sibaja, Rojas Vargas, que dice así: “Los suscritos, Diputados de la Asamblea Nacional Constituyente, formulamos la siguiente moción de orden: “Para variar la Orden del Día a efecto de que la Asamblea entre a conocer de inmediato, después de aprobada el Acta, de la siguiente moción:

1)- La Asamblea Nacional Constituyente conocerá exclusivamente y por ahora de la aprobación del Reglamento Interno de la Asamblea.

2)-Una vez aprobado el Reglamento Interno, la Asamblea entrará a conocer, de modo exclusivo, el proyecto de Constitución Política de la República.

3)-Es entendido, sin embargo, que la Asamblea podrá y deberá conocer de otros asuntos distintos a los señalados en los párrafos primero y segundo de esta moción, siempre y cuando tales asuntos sean presentados con la firma de por lo menos la mayoría absoluta de los miembros que integran la Asamblea Nacional Constituyente.

Esta moción suscitó acalorado debate en los que participaron los Representantes Jiménez Ortiz, Arroyo, Gamboa, Monge Alfaro, Volio Jiménez, Montealegre, Monge Ramírez, Sotela, Baudrit Solera, Acosta Jiménez, Volio Sancho, González, Herrán, Jiménez Quesada y Arias Bonilla, cuyas versiones taquigráficas de los discursos aparecen al pie del Acta.

El Representante GUIDO, ante el cariz tomado por la discusión, propuso la moción de orden para suspender las sesiones por cinco minutos, a fin de que los proponentes de la moción en debate, cambiaran pareceres y suprimieran el párrafo tercero que había originado el debate. Puesta a votación la moción de orden del señor Guido fue desechada.

El Representante GOMEZ propuso una moción de orden para que se dividiera a la moción debatida en tres partes y se votará así. El Diputado Madrigal se opuso a que se votara la moción en partes, como lo propuso el señor Gómez, sino íntegramente. El Representante Monge Ramírez tampoco se manifestó de acuerdo en dividir la moción para votarla. La Mesa puso a votación de los Representantes que suscribieron la moción, si ésta se votaba completa o si se le suprimía el párrafo tercero, con el siguiente resultado: Madrigal, Monge Ramírez, Esquivel, Ruiz y Vargas Castro, estuvieron de acuerdo en que se votará completa la moción. Los Representantes Montiel, Dobles, Desanti, González Luján, González Flores, Herrero, Gómez, González Herrán, Baudrit Solera, Oreamuno, Arroyo, Brenes Mata y Castaing, porque se suprimiera el párrafo tercero de la moción. El Diputado Montealegre manifestó que votaría la moción dividida en tres partes distintas. En consecuencia la Mesa puso a votación los párrafos primero y segundo de la moción, y que dicen:

1) La Asamblea Nacional Constituyente conocerá exclusivamente y por ahora de la aprobación del Reglamento Interno de la Asamblea. 2) Una vez aprobado el Reglamento Interno, la Asamblea entrará a conocer de modo exclusivo, del proyecto de Constitución Política de la República. Los cuales fueron aprobados. El Directorio puso a votación el párrafo tercero, el cual fue desechado.

Artículo 4º.- Se continuó en la discusión del Capítulo VI del proyecto de Reglamento Interno. La Secretaría leyó las siguientes mociones presentadas referentes al artículo 15 del capítulo anterior. Moción del Representante Baudrit Solera, para que en el Artículo 15, en vez de “en su sesión inicial “se diga “oportunamente”. Moción del Diputado Vargas Fernández para que el Artículo 15 se lea así: “La Asamblea, oportunamente, elegirá las comisiones que juzgue convenientes, integradas por tres Diputados cada una a fin de que dentro del plazo de 15 días dictaminen sobre las diferentes materias del proyecto de Constitución”. Moción del Diputado Volio Sancho. “Artículo 15. La Asamblea elegirá cinco Comisiones Especiales integradas por cinco Diputados Constituyentes cada una, para que dentro del término de quince días dictaminen en forma general sobre las siguientes respectivas materias del proyecto de Constitución Política sometidas a la consideración de la Asamblea por la Junta Fundadora de la Segunda República:

Primera Comisión: Preámbulo. Principios generales. La nacionalidad. Los Extranjeros. Derechos y deberes políticos. (La ciudadanía. El sufragio El Tribunal Supremo de Elecciones). Segunda Comisión: Derechos y Deberes Individuales. (La Libertad. La Seguridad Personal. La Seguridad Jurídica. La Religión. La Propiedad Privada.) Tercera Comisión: Derechos y deberes Sociales. (La Familia. La Cultura. El Trabajo. La Salud Pública y la Seguridad Social. La Economía y la Propiedad del Estado. Garantías de los Derechos Constitucionales.) Cuarta Comisión: El Poder Judicial. El Poder Legislativo. El Poder Ejecutivo. El Régimen Municipal. Quinta Comisión: El Presupuesto Nacional. La Contraloría General de la República. Las Instituciones Autónomas. El Servicio Civil, Reformas Constitucionales. Disposiciones Transitorias.

El Diputado VOLIO SANCHO, en vista de la hora avanzada, propuso a la Mesa que se suspendiera la sesión y que se dejara para mañana la discusión de las mociones presentadas referentes al Artículo 15 del proyecto del Reglamento Interno. En consecuencia, el Presidente suspendió la sesión a las seis de la tarde. Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

DISCURSOS pronunciados por los Representantes Jiménez Ortiz, Arroyo Blanco, Gamboa, Monge Alfaro, Volio Jiménez, Sotela, Baudrit Solera, Acosta Jiménez, Volio Sancho y Arias Bonilla:

Diputado JIMENEZ ORTIZ.- Señores Diputados: yo creo que nos hemos demorado mucho y llevado muy lento el trabajo que nos corresponde. En el público existe cierta extrañeza por todo esto. Nosotros sí podemos disculparnos, porque sabemos que hemos estado dedicando todo el tiempo a la discusión del reglamento, que servirá de base a las futuras discusiones de la Asamblea. Aunque comprendo muy bien esto, debo decir que yo he venido a la Asamblea a colaborar en la redacción de la nueva Carta Magna, que el país está necesitando con urgencia. Por esta razón no he tomado parte hasta ahora en ningún debate, pero si creo conveniente intervenir hoy porque no puedo de ninguna manera dejar pasar por alto ese tercer punto de la moción presentada por un gran sector de la Cámara. No puedo dejar pasar por alto este punto - repito - porque considero que es antidemocrático, encaminado a impedir la libre manifestación de las minorías. Si esto era censurable en los viejos Congresos, con más razón es condenable que suceda en el seno de esta Asamblea. Yo protesto por este tercer punto de la moción en debate y quiero que así conste en el acta.

Diputado ARROYO BLANCO.- Yo fui uno de los firmantes de la moción que tanto ha afectado al Licenciado Jiménez Ortiz, pues en varias ocasiones he manifestado públicamente que la Asamblea se entretiene en muchas cosas sin trascendencia, perdiéndose, de esta manera, el tiempo. La discusión del Proyecto de Reglamento nos ha llevado muchos días. Al paso que vamos no veo cuando la Cámara tendrá su reglamento ya aprobado. Por otra parte, si hemos venido a esta Asamblea ha sido para darle al país la nueva Constitución que tanto necesita. El pueblo nos envió aquí para que cumpliéramos esa tarea. Sin embargo nos hemos enfrascado en discusiones sin importancia, cuando hay asuntos que exigen inmediata resolución. Por estas razones fue que yo firmé la moción para que la Asamblea sólo conociera, primero, del Proyecto de Reglamento, y luego, una vez aprobado éste, pasara de inmediato al estudio de la Constitución. Este fue el sentido de nuestra moción. Ahora bien: si una mayoría está de acuerdo en someter a la consideración de la Asamblea otros asuntos, entonces debemos abordarlos, pues una mayoría lo exige. Pero esto no significa de ninguna manera que nosotros estemos sentando una práctica antidemocrática, ni estamos atentando contra los derechos de nadie. El señor Jiménez Ortiz sabe muy bien que siempre he defendido en el seno de la Asamblea las cosas que me han parecido justas. Creo que he demostrado muchas veces mi apego a los principios democráticos. Si la finalidad de la moción hubiera sido la que deduce el señor Jiménez Ortiz, tenga seguridad éste que yo no hubiese suscrito esta moción.

Diputado GAMBOA RODRIGUEZ.- Yo creo que con el párrafo tercero de la moción presentada por los señores Diputados, lo que se pretende es pasar por encima de las minorías parlamentarias, pues de otra manera no me lo explico. Quiero decir también que las palabras dichas por el Licenciado Jiménez Ortiz son muy ciertas y, por lo tanto, yo no daré mi voto a esa moción en la forma como se ha presentado.

Diputado MONGE ALFARO.- Señores Diputados: yo sí le voy a dar mi voto a la moción del señor Herrero, pero como en la sesión de hoy algunos constituyentes han vertido críticas a posibles procedimientos que seguirá esta Asamblea, es bueno que desde ahora vayamos poniendo los puntos sobre las íes. Es cierto que si se estableciera en esta Asamblea como práctica que sólo mediante una mayoría de diputados pueden resolverse los asuntos, la crítica, entonces, si tendría razón de ser. Pero creo que la moción presentada por el estimable grupo de Representantes no ofende por ningún lado a nadie y mucho menos persigue atropellar a las minorías, si es qué las hay, sino que la moción tiende a dar término a las discusiones del Proyecto de Reglamento, para que la Asamblea entre lo más pronto posible al estudio del proyecto de Constitución Política, que es una tarea fundamental de la que está pendiente el país. Es por esta razón que yo voy a dar gustoso mi voto a la moción en debate, porque creo que tanto los compañeros de mi Partido, como los del Unión Nacional, no han tenido en mente atropellar el derecho de las minorías. Yo estimo que la protesta del señor Jiménez Ortiz no cabe aquí, sobre todo tratándose de mociones que persiguen el único fin de entrar al estudio, lo más rápidamente posible, del Proyecto de Constitución Política.

Diputado JIMENEZ ORTIZ.- Señores Diputados: voy a referirme a algunos conceptos dichos aquí. Si los del grupo nuestro no han presentado ninguna moción, ni participado en los debates, es porque desde el principio decidimos que sólo nos ocuparíamos del estudio de la Constitución. Lo que yo estoy defendiendo son los principios democráticos que nos asisten para condenar y rechazar el tercer párrafo de la moción, el que consideramos atentatorio contra el derecho de las minorías. A los señores Constituyentes les consta que no he abierto la boca ni participado en ninguna discusión pero no puedo pasar por alto ese tercer párrafo de la moción en debate. Aunque creo en la lealtad de la mayoría, no voy a permitir que se establezca una práctica anti-democrática.

Diputado VOLIO JIMENEZ.- Señores Diputados: es un principio elemental que todo cuerpo debe ante todo dictar su propio reglamento. Y cualquier asamblea o grupo de personas lo primero que debe hacer, antes de comenzar sus labores, es dictar sus reglamentos. En ese sentido nosotros vamos a votar y a expeditar todo lo relacionado con el reglamento interno de nuestras discusiones. Urge, y esto no es hacer política, que cuanto antes tengamos lista la Constitución Política, para que el país se normalice. Ahora bien, dichas estas palabras preliminares, quiero referirme a la moción en debate. En cuanto a los dos primeros puntos estoy perfectamente de acuerdo, ya que sólo tienden a aligerar nuestras labores, haciéndolas más eficientes. En cuanto al tercero, francamente no cabe, pues aún no sabemos si la Constituyente va a asumir la soberanía nacional como le corresponde hacerlo.

Tal vez nos hemos demorado mucho en la promulgación del Reglamento, porque nos hemos puesto muy suspicaces. A mí me parece que bien podría haberse adoptado el viejo reglamento del Congreso, hecho por personas doctas, con las modificaciones del caso, lo que nos hubiera ahorrado tiempo. Pero si continuamos como hemos venido, revisando palabra por palabra, coma por coma, nunca vamos a terminar. Por esta razón es que estoy con los dos primeros puntos de la moción, pero de ninguna manera puedo aceptar el tercero que va directamente contra los derechos de las minorías.

Diputado RAFAEL SOTELA.- Señores Diputados: me hace sentirme reconfortdo la discusión que hemos estado escuchando. Ya hemos oído las palabras de las minorías, si es que las hay en esta Cámara donde todos estamos laborando por el bienestar de la Patria, exaltando las virtudes de las mayorías y los de la mayoría exaltando las virtudes de la minoría. Es realmente satisfactorio oír las palabras del compañero Monge Alfaro, por la forma patriótica en que las ha dicho. Sin embargo, no estoy de acuerdo en aceptar esa moción en la forma como se ha presentado, ya que parece que el párrafo tercero atenta contra la libre expresión de las minorías. Yo creo que bien podríamos suprimir ese párrafo tercero para no herir los sentimientos de estimables compañeros. Suprimiendo ese párrafo creo yo que se eliminarán las dificultades.

Diputado BAUDRIT SOLERA.- No podría dejar de pasar la ocasión de explicar mi pensamiento con relación a la moción que ha provocado este debate. Estoy de acuerdo con las explicaciones del señor Arroyo, pues nosotros los firmantes de esa moción lo único que deseamos es que nos ocupemos bien pronto del estudio del Proyecto de Constitución Política, pero hemos dejado la puerta abierta para que la mayoría de la Asamblea, y no la de un Partido, decida cuando ésta puede conocer de otros asuntos, que requieran el pronunciamiento de la Cámara. El único fin que perseguíamos nosotros al presentar la moción en referencia, era dar un poco de orden a las deliberaciones de la Asamblea, para que ésta conociera primero del proyecto de Reglamento y una vez aprobado éste, el Proyecto de Constitución, para evitar de esta manera las críticas que se han lanzado contra nosotros de que estamos perdiendo el tiempo, enfrascándonos en discusiones ajenas al propósito que nos trajo a esta Asamblea.

Diputado ACOSTA JIMENEZ.- Señores Diputados: quiero expresar que yo no le voy a dar mi voto a esa moción, a menos que se suprimiera de la misma el tercer párrafo. Eso de asegurar que a los 45 Diputados que formamos la Asamblea, sólo nos anima un propósito, una comunidad de intereses, que en el seno de la Cámara no existen diferencias de partido o ideológicas, eso es un error, pues los partidos representan ciertas tendencias económico-sociales bien definidas. Aquí sí hay minorías, y hasta un solo Representante de un partido, pues la política es una cuestión de fuerzas. Yo creo que aunque el espíritu de los que firmaron esa moción no era atropellar a las minorías, en los representantes de estas minorías sí puede existir esta impresión, por lo que sería más conveniente que los firmantes de la moción supriman o cambien la redacción del párrafo tercero, y entonces gustosamente la daré mi voto a la moción.

Diputado VOLIO SANCHO.- Señores Diputados: yo no firmé la moción que se está discutiendo, porque no tuve oportunidad de conocerla previamente. Sin embargo, la habría suscrito con mucho gusto, aún con ese párrafo tercero, porque sé muy bien que la moción no va contra los derechos de nadie, ni que va a establecer una práctica anti-democrática. De ahí que los cargos que se han lanzado contra la moción en debate, no tienen ningún fundamento. Hay, además, un hecho significativo. Según el artículo 25 del Proyecto de reglamento, para alterar el orden del día se requiere el voto de dos tercios de la Cámara. Si se suprime o modifica el párrafo tercero de la moción, tendríamos también que reformar el artículo 25, para ser justos. Como estimo que la moción no tiene nada de malo ni atenta contra los derechos de nadie, yo le daré mi voto tal y como se ha presentado a consideración de la Asamblea, ya que nosotros de ninguna manera debemos dejar la puerta cerrada para que la Cámara conozca de otros asuntos que le sean dados a conocer.

Diputado ARIAS BONILLA.- Señores Diputados: creo que este es el momento para decir cuatro palabras, en el sentido de que si la Asamblea, pese a lo que aquí se ha dicho por algunos Diputados, es un cuerpo político, el que habla es un hombre enteramente apolítico, ya que me aparté de la política hace unos ocho o nueve años. Desligado por completo de la política si he venido a esta Asamblea, ha sido por la bondad de un grupo de costarricenses que creyó que yo podría aportar algo a la promulgación del nuevo texto constitucional. Pero quiero declarar, sin ambages de ninguna clase, que no me domina ninguna pasión política, que no me mueve otro interés más que el de servir a Costa Rica. Yo no tengo odios ni perjuicios contra nadie, sino que he puesto el corazón al servicio de la patria, que se encuentra ahora en situación muy difícil. Desde este punto de vista, señores, me he sentido muy honrado de ser nombrado miembro de la Asamblea, pues realmente me he dado cuenta de que existe gran camaradería en el seno de este elevado cuerpo. Cuando he oído las palabras de los señores Arroyo y Acosta, a quienes guía un alto espíritu patriótico, yo no puedo pensar otra cosa sino que estoy entre compañeros que quieren el bien de la patria. Y ahora, referente a la moción en debate, estoy de acuerdo en cuanto a los párrafos 1º y 2º, pues una vez aprobado el reglamento, se pasará a estudio del Proyecto de Constitución Política. En cuanto al tercero, no lo votaré, no porque piense que ha habido una mayoría que pretende usurpar los derechos de una minoría, sino porque creo que ese tercer punto no está de acuerdo con los anteriores. Si se dice que la Asamblea sólo conocerá en primer término del Reglamento y luego de la Constitución, yo no veo la razón para incluir un tercer punto que señale que la Asamblea conocerá de otros asuntos, cuando así lo decida la mayoría. En la forma como está presentada la moción, el tercer párrafo contradice a los dos primeros, razón por la cual no votaré la moción en la forma presentada. Yo creo que la función primordial de la Constituyente es dar, lo más pronto posible, el nuevo texto constitucional, sin meterse a la discusión de otros asuntos.

Diputado JIMENEZ ORTIZ.- Señores Diputados: pido perdón por hacer uso de la palabra nuevamente, pues quiero que mis palabras queden bien claras. Ya dije que había reconocido con mucho gusto lealtad en la mayoría. Si no hubiese estado seguro de la altura moral que iba a predominar en la Constituyente no hubiese aceptado la postulación de mi nombre en un Partido. Si yo no hubiera tenido ese concepto, no estaría en estos momentos formando parte de la Asamblea. Para llegar a la Asamblea he creído en la lealtad de los demás. Estas no son palabras de ocasión, sino que ayer mismo conversando con el señor Sotela le hablaba de mi complacencia de estar rodeado de tan dignos y patriotas compañeros. Porque aquí no deben privar los intereses políticos, sino los intereses nacionales, ya que el país necesita urgentemente una Constitución que nos lleve bien pronto a la plena normalidad.

ACTA No. 10

Nº 10.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las quince horas y media del día veintisiete de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la presidencia del Dr. Marcial Rodríguez. Presentes los Diputados Vargas Fernández y Ortiz, Secretarios; Madrigal, Jiménez Ortiz, Vargas Vargas, Guido, Vargas Castro, Herrero, Arroyo, Sotela, Arias, Brenes Gutiérrez, Pinto, Acosta Piepper, González Herrán, González Luján, Desanti, Solórzano, Montiel, Leiva, Volio Sancho, Volio Jiménez, Valverde, Baudrit González, Baudrit Solera, Gómez, Jiménez Núñez, Esquivel, Facio, Fournier, Ruiz, Zeledón, Oreamuno, Monge Ramírez, Dobles, Trejos, Guzmán, Montealegre, Gamboa y los suplentes Morúa, Monge Alfaro, Castaing, Chacón Jinesta y Rojas Vargas.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Los Secretarios introducen al salón de sesiones al señor Ministro de Economía, Licenciado Alberto Martén. El diputado ORTIZ, por encargo de la presidencia, dio el saludo de bienvenida al señor Ministro en los siguientes términos: “Señores Diputados. Me encarga el señor Presidente que en nombre de la Asamblea Nacional Constituyente, dé la bienvenida a este recinto al señor Ministro de Economía, Licenciado Alberto Martén Chavarría, quien no tuvo ocasión, por estar ausente del país, de asistir a la sesión inaugural. Nos es muy grata la visita que valoramos en su verdadero significado, que es el manifiesto afán de colaboración en la grandiosa obra de hacer la Constitución Política que tiene el irrestricto apoyo de la Junta Fundadora de la Segunda República, a la que pertenece el señor Martén. Creemos en que cuando la discusión de los asuntos económicos que comprende el Proyecto de Constitución sean debatidos, contemos con la presencia del señor Ministro de Economía, para que aúne sus esfuerzos a los nuestros, para que la Carta Fundamental que merece Costa Rica, que tanto ha demostrado su apego a las instituciones, responda a las necesidades jurídicas que han de ser base de la civilidad, que conduzca al pueblo a un mayor bienestar social y económico a que es acreedor después de haber padecido tanto por su libertad”. Luego hizo uso de la palabra el Ministro Martén, para referirse al motivo por el cual se encontraba en el recinto de la Asamblea. Dijo el Licenciado Martén Chavarría: “Señor Presidente, señores Representantes: solicité el honor de ser recibido en este recinto, con el objeto de presentar mis respetos a la representación nacional. Considero que entre los sacrificios y servicios que tuve que hacer en el exterior para contribuir en algo a la paz de Costa Rica, ninguno fue mayor que haber sido privado de acudir, con el resto de mis compañeros de la Junta, a la solemne inauguración de la Asamblea. Yo puse un cable al señor Presidente haciendo mis votos más fervorosos por el éxito de sus labores, y presentando mis respetos a esta Honorable Asamblea”. Una vez que el Ministro Martén presentó su saludo a la Asamblea fue nuevamente acompañado por los Secretarios, cuando abandonó el recinto parlamentario.

Artículo 3º.- El Representante SOLORZANO manifestó que tenía planteada una moción de revisión sobre el acuerdo aprobado en la sesión de ayer, referente a que la Asamblea no conozca otros asuntos más que los relacionados con el Reglamento Interno y el Proyecto de Constitución. “Sin embargo, parece que existe el criterio, entre algunos señores Diputados, de que el artículo 25 del Proyecto de Reglamento Interno permite el conocimiento de otros asuntos, mediante la variación del orden del día. Por eso pido a mis compañeros una interpretación de este artículo: si la variación del orden del día se refiere exclusivamente a asuntos relacionados con el Reglamento y el Proyecto de Constitución, o, si por el contrario, se pueden incluir asuntos de otra naturaleza. Hago pues, moción, en el sentido de pedir a la Asamblea una interpretación clara y terminante del artículo 25”. El Diputado VARGAS FERNANDEZ contestó al señor Solórzano, que la Mesa daría curso a su moción cuando se discutiera el mencionado artículo, pues de otra manera se variaría el orden seguido en la discusión de los diversos artículos del Proyecto de Reglamento Interno. El Diputado SOLORZANO presentó entonces moción para que se alterara el procedimiento seguido en la discusión del Proyecto de Reglamento Interno, y se entrara a conocer inmediatamente de la interpretación del artículo 25. Puesta a votación la moción del Representante Solórzano, fue desechada. El Diputado SOLORZANO presentó entonces moción de revisión del acuerdo tomado en la sesión de ayer para que esta Asamblea conozca exclusivamente de los Proyectos de Reglamento Interno y de Constitución Política. “Si la revisión es acogida favorablemente, mociono en el sentido de que se agregue al referido acuerdo el párrafo siguiente: “Podrá conocerse, no obstante, de asuntos de otra naturaleza de las indicadas, cuando una simple mayoría de la Asamblea esté de acuerdo en que esos asuntos sean sometidos a debate”. El autor de la moción expresó que en su opinión el párrafo tercero desechado en la sesión anterior, era deficiente, pues no debería restringirse tanto a la Asamblea el conocimiento de otros asuntos de vital interés para el país. Puesta a votación la revisión, se desechó.

Artículo 4º.- Se continuó en la discusión del Proyecto de Reglamento Interno. Se conoció la moción planteada por el Diputado VOLIO SANCHO, sobre el artículo quince que había sido leída en la sesión anterior. La discusión del mencionado artículo provocó un interesante debate en el que participaron los Representantes Volio Sancho, Vargas Castro, González Herrán, Baudrit Solera, Ortiz, Vargas Fernández, Sotela, Arroyo y Volio Jiménez, cuyas versiones taquigráficas aparecen al pie del acta. El Diputado Volio Sancho estuvo de acuerdo en retirar su moción planteada, para dar cabida a la del Representante Vargas Fernández, también sobre el artículo quince en discusión, que dice así: “La Asamblea oportunamente elegirá la o las comisiones que juzgue convenientes, integradas por lo menos por tres Diputados cada una, a fin de que dentro del plazo máximo de quince días dictaminen sobre el Proyecto de Constitución”. Puesta a votación la moción anteriormente citada, se desechó. El Diputado ARROYO presentó la siguiente moción, referente también al artículo quince: “La Asamblea, el día que se recibiere El Proyecto de Constitución Política para su discusión, nombrará una Comisión especial integrada por cinco Diputados, a fin de que, dentro del término de quince días, dictamine en forma general sobre el Proyecto”. El Representante Gamboa expresó la duda de que la Junta de Gobierno podría no enviar el Proyecto de Constitución o tardar mucho en someterlo a la consideración de la Asamblea. El Representante Arroyo le contestó que la Asamblea tenía la facultad de dirigirse a la Junta solicitándole el envío a la mayor brevedad, del Proyecto de Constitución. El Diputado ORTIZ informó que en la conversación que el Directorio había tenido con el Ministro de Gobernación, éste les informó que la Junta de Gobierno está estudiando el mencionado Proyecto mañana, tarde y noche, con el objeto de remitirlo a la Asamblea a más tardar la próxima semana. Puesta a votación la moción del Representante Arroyo, fue aprobada.

Artículo 5º.- Se discutió el artículo 16 del Proyecto de Reglamento. El Diputado ARROYO presentó moción para que las Comisiones informaran en un plazo no mayor de tres días, con el objeto de acelerar el trabajo de la Asamblea. El diputado HERRERO expresó que el plazo de tres días es demasiado corto para que las Comisiones rindan sus dictámenes. Puesta a votación la moción del Representante Arroyo, fue desechada. En consecuencia, se aprobó la redacción original del artículo 16 del Proyecto de Reglamento.

Artículo 6º.- El Representante VOLIO SANCHO presentó a la Mesa el dictamen de la Comisión nombrada para redactar lo relativo al ejercicio del recurso de revisión de las disposiciones de la Asamblea. Se acordó publicar este dictamen en “LA GACETA”. (“La Gaceta” Nº 23 de 29 de enero de 1949)

Artículo 7º.- Fueron aprobados los artículos 17 y 18, en su redacción original del Proyecto de Reglamento.

Artículo 8º.- El Diputado VARGAS FERNANDEZ propuso que al artículo 19 se cambiara el término “La Asamblea”, por el de Directorio. En consecuencia el artículo 19 se leerá así: “Las Comisiones presentarán un solo dictamen cuando la opinión de todos sus miembros fuere uniforme. Si alguno de ellos discordare, extenderá el suyo por separado. En este caso se discutirá en primer lugar el dictamen de la mayoría y solamente cuando éste fuere desechado, se someterá a discusión el de la minoría; sin embargo, será siempre previamente leído este último. Si ambos fueren desechados o estuvieren en desacuerdo todos los miembros de la Comisión, el Directorio designará dos Diputados más para que, agregados a la misma comisión, emitan nuevos dictámenes”.

Artículo 9º.- Se pasó a la discusión del artículo 20; el Representante VOLIO SANCHO propuso que a este artículo se agregara el párrafo siguiente: “Por una mayoría de dos tercios de votos presentes, podrán ser dispensados los trámites de publicación y espera, salvo que se trate del dictamen sobre el Proyecto de Constitución Política”. El Diputado FOURNIER expresó que retiraba su moción presentada a la Mesa, ya que se refería al mismo caso contemplado en la moción del señor Volio. El Diputado MONGE RAMIREZ manifestó que no iba a votar la moción, por cuanto estimaba que la dispensa de los trámites de publicación y espera había sido un recurso frecuente en los Congresos anteriores, con el objeto de ocultar a la opinión pública maniobras politiqueras. Sometida a votación la moción del Diputado Volio Sancho, fue aprobada. En, consecuencia el artículo 20 del Proyecto de Reglamento se leerá así: “Ningún dictamen será leído, ni se pondrá en discusión, sin que hayan transcurrido, por lo menos, dos días hábiles de publicado en el Diario Oficial. El dictamen sobre el Proyecto de Constitución se discutirá una vez publicado en el Diario Oficial, en la oportunidad en que diga la propia Asamblea. Por una mayoría de dos tercios de votos presentes, podrán ser dispensados los trámites de publicación y espera, salvo que se trate del dictamen sobre el Proyecto de Constitución Política”.

Artículo 10.- Se pasó a la discusión del capítulo sétimo del Proyecto de Reglamento, referente a sesiones. Se aprobó en su redacción original el artículo 21. Sobre el artículo 22 se presentó la siguiente moción, suscrita por los Diputados Herrero, Gómez, Dobles, Volio Sancho, Castaing, Ruiz, Desanti, Montiel, Esquivel, Acosta Jiménez, Monge Ramírez, González Flores, Leiva, Trejos y González Luján: “Las sesiones deberán comenzar a las quince horas y tendrán lugar todos los días hábiles excepto los sábados. En cuanto all resto del artículo fue aprobado en su forma original. En consecuencia, el artículo 22 se leerá así: “Las sesiones deberán comenzar a las quince horas y tendrán lugar todos los días hábiles excepto los sábados. Si treinta minutos después de la hora dicha no hubiere podido completarse el quórum para efectuar la sesión, deberá posponerse ésta para el día siguiente. La secretaría tomará la nómina de los Diputados presentes, a fin de que sea acreditada su asistencia para los efectos del artículo 43”.

Artículo 11.- Se pasó a la discusión del artículo 23 del Reglamento. El Diputado VOLIO SANCHO presentó una moción para agregar al artículo 23 un párrafo final que diga: “Por mayoría de votos presentes podrá dispensarse la lectura de documentos extensos incluidos en el acta, siempre que fueren ya del conocimiento de la Asamblea, por haberse leído en el seno de la misma o publicado en el Diario Oficial con anterioridad”. Puesta a votación la moción del Diputado Volio Sancho, fue aprobada.

Artículo 12.- Se aprobó, en su redacción original, el artículo 24 de Proyecto de Reglamento.

Artículo 13.- Se procedió a la discusión del artículo 25. El Diputado SOLORZANO presentó moción en el sentido de que la orden del día podría variarse, por simple mayoría de votos. La moción del Representante Solórzano provocó un largo debate, en el que participaron los Representantes Volio Jiménez, Arroyo, Monge Ramírez, Vargas Vargas, Jiménez Ortiz, Esquivel, Baudrit Solera, Fournier Acuña, Ortiz, González Herrán y Zeledón. Las versiones taquigráficas aparecen al pie del acta. Sometida a votación la moción del Representante Solórzano, fue aprobada. En consecuencia, el artículo 25 del Proyecto de Reglamento se leerá así: “La orden del día, que deberán formar los Secretarios, no podrá ser alterada sino por razones de urgencia, y en virtud de moción aprobada por la mayoría de votos presentes”.

A las seis y treinta minutos de la tarde se terminó la sesión.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

DISCURSOS sobre el artículo 25 del Proyecto de Reglamento.

Diputado VOLIO JIMENEZ.- Siento mucho que en la intervención mía sobre los derechos que nos asisten a las minorías, no me hice entender lo suficiente. Son dos cosas bien distintas la revisión de un asunto aprobado en la sesión anterior, que se necesite modificar, con la alteración del orden del día. Hay que suponer que sólo por cuestiones de urgencia se puede alterar el orden del día, pues esto significa que la Cámara alterará su plan de trabajo, entrando a conocer de otros asuntos no señalados previamente. Por ejemplo, se puede presentar el caso de que la vecina del Norte, Nicaragua, quiera firmar con Costa Rica un Tratado de Paz, que debe de ir a conocimiento de la Asamblea. Pues bien, para un asunto de esta trascendencia, que amerita discusión en el seno de la Cámara, el orden del día debe variarse, pues es seguro que más de los dos tercios de la Asamblea votará la alteración del plan de trabajo adoptado. Pero sólo para asuntos que revistan urgencia o gravedad es que debe variarse el orden del día. De ahí que en el artículo 25 los señores encargados de redactar el Proyecto de Reglamento hayan establecido que el orden del día sólo podrá alterarse mediante el voto de los dos tercios de los Diputados que forman la Asamblea. Pero si vamos adoptar el sistema de que podrá ser variada mediante voto de la simple mayoría, entonces podría ocurrirnos que otros asuntos venga a interrumpir el curso de las labores de la Cámara. El país necesita cuanto antes volver a la plena normalidad constitucional. Si dejamos la puerta abierta para que se introduzcan a la Asamblea otros asuntos que no sean los de la promulgación, cuanto antes de la nueva Carta Magna, bien nos puede pasar que nos llevemos más de un año en nuestras deliberaciones.

Diputado ARROYO.- Yo voy a votar la moción del compañero Solórzano que propone la alteración del orden del día por el acuerdo de la simple mayoría, para ceñirme al criterio que seguí en la sesión de ayer, al retirar una moción que parecía ir contra los derechos de las minorías. Si ayer actué en esa forma hoy no puedo contradecirme, pues la moción del señor Solórzano tiende a dar más amplitud democrática a un artículo del Reglamento, que señala los dos tercios de los votos para alterar el orden del día. Lo que sí me extraña es la actitud del Licenciado Volio Jiménez. Si ayer se manifestó en desacuerdo con una moción, que según él iba dirigida contra los grupos minoritarios de la Cámara, lógicamente hoy debería estar de acuerdo con la moción del señor Solórzano, pues si la salsa es buena para el ganso también es buena para la gansa. Si ayer habló el señor Volio de los derechos de las minorías, hoy se pronuncia, en cambio, por el sistema de que sólo mediante una mayoría de los dos tercios se puede alterar el orden del día. No hay similitud entre la conducta seguida ayer por el estimable compañero y la tesis que hoy trata de defender.

Diputado MONGE RAMIREZ.- Yo voy a votar también la moción del compañero Solórzano. En cuanto a las palabras del Licenciado Volio Jiménez, debo decirle que casi tiene la obligación de aprobar la moción en debate, si quiere ser leal al criterio expresado ayer. Si nosotros tuvimos la gentileza de retirar una moción, la que, según don Arturo Volio, iba dirigida contra los derechos de las minorías, ahora le corresponde a éste corresponder en igual forma, aprobando la modificación del artículo 25 que propone el señor Solórzano.

Diputado VARGAS VARGAS.- Yo voté ayer con mucha conciencia por las minorías. Lo hice conscientemente, como siempre hago todas las cosas. Por eso me sorprendió mucho, una vez en la calle, oír decir que el Partido Unión Nacional había sido derrotado. Al oír esto, lo consideré como un elogio para este Partido, el cual, a pesar de contar con una inmensa mayoría en la Cámara, retiró una moción para no afectar la libre expresión a que tienen derecho las minorías. Este fue un gesto digno de elogio. Sin embargo, como las mayorías muchas veces se equivocan, yo propondría al compañero Solórzano que modificara su moción en el sentido de que el orden del día se puede variar mediante el voto de un tercio de la Asamblea.

Diputado Jiménez Ortiz.- Es muy penoso insistir en estos debates a esta hora, pero sí quiero marcar bien la diferencia entre lo que se está discutiendo hoy y lo que se discutió en la sesión de ayer. Porque se trata de dos cosas muy diferentes, como lo manifestó el amigo Volio Jiménez, entre la variación del orden del día y el hecho de que la Cámara para conocer de otros asuntos que no fueran el Proyecto de Reglamento y la Constitución se necesitará una mayoría, como la moción de ayer lo proponía. Si esta moción hubiese prosperado, para que la Cámara conociese de cualquier asunto se necesitaba de antemano contar con el voto de la mayoría, lo que significaba un atentado contra los derechos de las minorías. Por ahora, en cambio, la situación es bien distinta. Si la Asamblea desea alterar el orden del día, es necesario que los dos tercios así lo acuerden, sin que antes haya habido pliegos con las firmas de la mayoría.

Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ.- Yo fui uno de los firmantes de la moción que ayer desató la tempestad en el seno de esta Asamblea. Cuando firmé la moción, nunca pensé que iba destinada a coartar o a restringir la libertad de expresión de las minorías. Si los argumentos aducidos ayer por el señor Volio Jiménez fueron buenos, de ninguna manera esos mismos argumentos pueden ser hoy malos. Si ayer, apegado a mi espíritu democrático accedí a retirar la moción, hoy, siguiendo esa misma línea de conducta, votaré con mucho gusto la moción del compañero Solórzano, que deja abierta la puerta para que una simple mayoría decida cuándo se puede alterar el orden del día, para dar cabida a otros asuntos de interés para la Asamblea o que se sometan al conocimiento de ésta.

Diputado BAUDRIT SOLERA.- Ayer dije que el párrafo tercero de la moción desechada y que provocó tan acalorado debate, era inocuo, por lo que no le di mi voto. Para confirmar mi actuación de ayer, hoy daré con mucho gusto mi voto a la moción del Diputado Solórzano, para que por simple mayoría se pueda alterar el orden del día.

Diputado FOURNIER ACUÑA.- Ayer, francamente, yo no ví el peligro que la moción desechada luego, significaba para los derechos de las minorías. Sin embargo, en vista de las palabras dichas aquí, opté por retirar mi firma de la moción. Pero para ser fiel a esa manera de pensar, hoy debo darle mi voto a la moción del Diputado Solórzano, ya que viene a armonizar y a dar amplitud a lo acordado ayer. Limitar el derecho de alteración del orden del día, significaría dar un veto a lo aprobado ayer. Por eso votaré la moción del compañero Solórzano.

Diputado ORTIZ MARTIN.- Estoy de acuerdo con la moción del Representante Solórzano, pues nosotros de ninguna manera debemos cerrar absolutamente las puertas para que la Asamblea conozca de los asuntos que se sometan a su consideración, además del Proyecto de Constitución Política.

Diputado GONZALEZ HERRAN.- Como en las democracias son las mayorías las que mandan y la moción del compañero Solórzano contempla que sólo mediante el acuerdo de una simple mayoría se puede alterar el orden del día con mucho gusto le daré mi voto. Si ayer una mayoría acordó que la Asamblea no conocería otros asuntos que no fueran el Reglamento y el Proyecto de Constitución, ¿por qué hoy una mayoría no puede acordar que el orden del día se pueda variar mediante el voto de la mayoría?

DISCURSOS sobre el artículo 15 del Proyecto del Reglamento referente a la Comisión Dictaminadora sobre el Proyecto de Constitución Política.

Diputado VOLIO SANCHO.- Señores Diputados: como miembro que fui de la Comisión Redactora del Proyecto de Reglamento, se ha tratado de considerar si debe nombrarse una o más comisiones para conocer y presentar a la Asamblea un dictamen, lo más completo posible, acerca del proyecto de Constitución Política, que pronto será sometido a la consideración de la Cámara. Estimamos que la labor de esa Comisión Dictaminadora tenía que ser de valor positivo, que no tuviera simple aspecto de ritual o de simple formalidad como para que la Asamblea pudiese entrar a conocer de ese dictamen. Para tales labores pensamos que podría disponerse de un mes, pero pensando mejor y a fin de que la Asamblea pudiera conocer lo más pronto posible ese dictamen, me pareció conveniente que fuera una sola Comisión. Luego cambié de criterio y sigo creyendo que una sola comisión no está capacitada para un trabajo de tal magnitud, como es el proyecto de Constitución Política. Creo que debe subdividirse el trabajo, para que resulte lo más acabado posible. Es mi parecer ahora, repito, sean cinco Comisiones Especiales las que estudien el Proyecto de Constitución para informar sobre el mismo a la Asamblea. He tratado de agrupar las diferentes materias dentro de la mayor afinidad posible y estimo que ese plan es el mejor y estoy dispuesto a discutir sobre la conveniencia de adoptarlo. Algunos piensan que con este plan se podría alterar la unidad en el trabajo, pero he agregado a mi moción un párrafo en el sentido de que las cinco Comisiones que se nombren, se reúnan a discutir en común, para presentar a la Asamblea un dictamen uniforme. Estoy seguro que de integrarse esas Comisiones, el trabajo sería más eficiente, pues muy bien podría subdividirse de acuerdo con las materias o los capítulos de que consta el Proyecto de Constitución Política.

Diputado VARGAS CASTRO.- Señores Diputados: De acuerdo con la exposición que hizo nuestro compañero Volio Sancho, la Comisión Redactora del Proyecto de Reglamento consideró conveniente nombrar una sola Comisión y no varias para que dictaminasen sobre el Proyecto de Constitución Política. Yo siento mucho no compartir el criterio del estimable compañero, porque yo entiendo que el Proyecto va a ser discutido artículo por artículo, por lo que no veo la necesidad de que se nombren cinco comisiones. Con una es suficiente y así ganaríamos tiempo, pues de lo contrario, si se nombran cinco comisiones, la Asamblea tendría que entrar por largo período de receso. Yo soy de la opinión de que se nombre, como dije anteriormente, una sola comisión para que dictamine en forma general sobre el Proyecto de Constitución.

Diputado GONZALEZ HERRAN.- Señores Diputados: No hay duda de que esto es un asunto importante, de mucha trascendencia. Creo que una comisión bien integrada, haría una buena labor. Por eso le daré mi voto a esa moción. En este asunto necesitamos serenidad, pues nos encontramos frente a una situación difícil. No queremos discusiones armónicas; lo mejor es que el estudio sea completo; pero los días pasan, el país nos vigila y nos exige trabajar, ya que la promulgación de la Carta Magna es impostergable. Si se nombraran varias comisiones, se perdería mucho tiempo en dar los dictámenes correspondientes y desgraciadamente tenemos que limitarnos a un tiempo necesario, no con la experiencia debida. Cuando en el año 1880, el General Guardia reunió a una Constituyente para modificar la Constitución del año 71, la Asamblea acordó como texto de discusión la Carta Magna del año 59. En esa época se designó a una sola Comisión Especial a la que se le diera cuatro o cinco días para completar su informe. No escapará al criterio de todos, que dicho informe se concretó a decir que el proyecto era bueno, no conociendo del fondo del asunto ya que el tiempo no les permitió hacerlo. Movido por la curiosidad busqué datos sobre la materia y me encontré conque en España, en el año 31, se hicieron cosas notables, cuando a una Comisión presidida por el eminente jurisconsulto don Ángel Osorio y Gallardo se le encomendó la redacción de un proyecto de Constitución Política. Sin embargo, al discutirse este proyecto por una Asamblea Constituyente, ésta se encontró ante el problema de introducir enmiendas al proyecto. Puestas las cosas así y no siendo yo el autorizado, no sé qué sería lo mejor: si en vista de la brevedad del tiempo nombrar una sola Comisión, o si, por el contrario, se integran varias Comisiones para que estudien el proyecto de Constitución Política, o si es mejor aceptar el plan del compañero Vargas Castro, de que la Asamblea se dedique a estudiar artículo por artículo del Proyecto. Por eso pido a los Representantes con mejores atributos para esto que los míos, digan cuál es el camino a seguir.

Diputado BAUDRIT SOLERA.- Como fui uno de los que tuvieron que conocer de este asunto, en mi calidad de miembro de la Comisión Redactora de la Constitución, cuando llegó el momento oportuno, se discutió sobre los distintos caminos, llegando a la conclusión de que lo mejor era la integración de una sola Comisión formada por nueve Representantes. Para iniciar nuestras labores señalamos como base de discusión la Constitución del año 71 y así fue como se trajo al seno de la Comisión Redactora este anteproyecto. Pues bien, qué va a hacer del Proyecto de Constitución ahora: pasa a cinco Comisiones, según dice, y luego discutiremos artículo por artículo o el informe global; me temo que 15 días no bastarán para que esas Comisiones rindan sus dictámenes. Pensando mejor, creo que la Asamblea debe conocer cuanto antes el dictamen sobre el Proyecto de Constitución Política, por lo tanto, una sola comisión bastaría para tal objeto. Como el tiempo es muy limitado para que esa Comisión informe, creo lo más prudente, que el dictamen se haga en forma general, no artículo por artículo del proyecto, pues esto sería interminable y de ningún provecho, dada la variedad del contenido. Por eso insisto en que el dictamen de la Comisión que se nombre para conocer del Proyecto de Constitución Política, ha de ser vertido en forma general.

Diputado ORTIZ.- Señores Diputados: Yo no estoy ni porque se nombre una Comisión Dictaminadora, como se propone el compañero Baudrit Solera, ni por el nombramiento de cinco Comisiones, porque no me parece que la Asamblea deba entrar en receso por quince días. Yo creo que la Constitución debe votarse artículo por artículo, para lo cual ya todos los señores Diputados deberían estar preparados.

Diputado VARGAS FERNANDEZ.- Me parece que el señor Ortiz no tiene razón, ya que es necesario que el Proyecto de Constitución Política pase previamente a conocimiento de una o más Comisiones. Si para una ley corriente se exige el trámite de que pase primero a una Comisión, para que ésta rinda un informe o dictamen sobre la misma, con más razón debemos ceñirnos a esta práctica ahora que la Asamblea va a discutir nada menos que sobre el Proyecto de Constitución Política. Como hay urgencia de aprobar el Reglamento, creo que bien podríamos decir, en este artículo, que se nombrarán la o las Comisiones para dictaminar sobre el Proyecto de Constitución Política, sin determinar el número de Diputados que integrarán estas Comisiones. En este sentido la moción. En cuanto al plazo creo que el término de quince días es el curso para que la Asamblea conozca el dictamen o los dictámenes sobre el Proyecto de Constitución.

Diputado SOTELA BONILLA.- Dice el compañero González Herrán que no tiene atributos para opinar sobre este asunto, y si lo dice quien gallardamente ostenta su título de abogado, ¿qué puede pensar este profano? Sin embargo, quiero expresar mi pensamiento. Me parece de por demás decir que debemos trabajar. Comisiones y más Comisiones no proceden, en eso se nos va el tiempo. Y si es que tenemos que someternos al Reglamento que ordena el nombramiento de una Comisión Dictaminadora, así debemos hacerlo. Pero de ninguna manera podemos atrasar por más tiempo nuestra labor. Si el Proyecto de Constitución va a ser discutido artículo por artículo, no veo qué valor pueda tener el nombramiento de una o más Comisiones, máxime que el proyecto fue redactado por hombres doctos y conocedores de los problemas constitucionales.

Diputado ARROYO.- Quiero manifestar que no me gusta ninguna de las dos mociones. La del señor Vargas Castro lo que hace es alargar la discusión; y la del señor Volio, por cuanto al nombrar varias Comisiones se pierde forzosamente la unidad u orientación filosófica, que estoy seguro imprimieron al Proyecto de Constitución Política los señores miembros de la Comisión Redactora. Siempre he creído que el dictamen sobre un asunto cualquiera sirve para orientar las discusiones de la Cámara, si vamos a nombrar varias Comisiones, lejos de orientarnos traeríamos confusión. Ahora bien, si se nombrase una sola Comisión, ésta lo más que puede rendir es un dictamen en forma general, pues el Proyecto de Constitución consta de más de 200 artículos.

Diputado VOLIO JIMENEZ.- Los señores miembros de la Comisión Redactora creen conveniente presentar previamente al Proyecto de Constitución, una exposición de motivos, es decir, una explicación de la teoría jurídica que adoptaron y de la orientación filosófica que le imprimieron al mencionado proyecto. Posiblemente la Junta de Gobierno, al someter a consideración de la Asamblea el Proyecto de Constitución, enviará también un dictamen o informe del mismo. Lo justo es, entonces, que la Asamblea elija una Comisión de su seno para que estudie el Proyecto y vierta su propio dictamen. Por lo tanto, yo no le daré mi voto a la moción del señor Volio Sancho, porque me parece mejor la idea de nombrar una sola Comisión Dictaminadora, tal y como lo propusieron los señores encargados de redactar el Proyecto de Reglamento.


1 Ver en Alcance a “La Gaceta” Nº 13, de 18 de enero de 1949 el respectivo decreto, visible también en el Apéndice.

1 Ver anexa a esta Acta, carta del Sr. Ulate de 13 de enero de 1949, dirigida al Presidente del Directorio Provisional, designando sus delegados a los debates de la Asamblea.

1 La correspondencia de la Constituyente pudo ser objeto de un apéndice especial, pero la Comisión ha creído mejor seleccionar las comunicaciones más indispensables y anexarlas a las respectivas actas.

1 Ver Anexo.

2 El proyecto del Reglamento aparece en el Alcance de “La Gaceta” Nº 13 de 18 de enero de 1949.

* En el acta anterior no se hizo figurar ninguna alusión al Tribunal Supremo de Elecciones en el discurso del Diputado Vargas Vargas.

1 Ver Anexo.

2 En el acta original este acuerdo respecto a no sesionar el sábado no forma un artículo especial, en consecuencia no hay en ella un artículo 6º.

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