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Presentación de la Edición Digital 2005

Es indudable el enorme valor interpretativo que ofrecen las actas de la Asamblea Nacional Constituyente que, entre el 15 de enero y el 7 de noviembre de 1949, elaboró la Constitución Política que nos rige en la actualidad. Las hilvanadas intervenciones de los representantes populares denotan un grado de cultura y preparación que 56 años después continúan generando admiración y respeto. Igual de admirable fue el trabajo titánico desplegado por las personas que tuvieron a su cargo la trascripción de las actas de esa prolífica Asamblea Constituyente. En el proceso de revisión de las cerca de un millón de palabras que componen estas actas en su versión digital, se corrigieron algunos errores evidentes de trascripción. Se asume la responsabilidad plena de esas correcciones, ya que se consideró que la inmensa mayoría de ellas eran producto de las dificultades y apuros que enfrentaron quienes preparaban las actas, y antes que repetir los errores de la versión impresa y hacerlos perdurar en la versión digital, se optó por asumir que viniendo de personas con el grado de lucidez que caracterizó a esa Constituyente, se les hacía mejor homenaje efectuando esos ajustes y corrigiendo nombres de autores y palabras que fonéticamente pudieron haber confundido a quienes taquigráficamente levantaban las minutas.

El lector podrá distinguir dentro de los símbolos [ ], algunos comentarios y concordancias que se hacen para facilitar el manejo de esta voluminosa información. En particular, cuando se discute un artículo, se indica el número que finalmente tuvo en la Constitución promulgada. Las notas de pie de página son las que contenía la versión oficial impresa, que en algunos casos llevan las siglas N. de la C., que corresponden a la Comisión que tuvo a su cargo la preparación de tres tomos con un total de 2000 páginas que vieron la luz en 1951, luego de una encomiable labor de edición.

Esperamos que esta información, librada ahora digitalmente al dominio público, contribuya a la mejor comprensión de nuestro texto constitucional. Se agradecerá la indicación de cualquier error que se encuentre en estos documentos y cualquier sugerencia para mejorar su presentación.

Rodolfo Saborío Valverde, abril de 2005

ACTA No. 81

No. 81.- Octogésima primera acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente a las catorce horas y media del día dos de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Dr. Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Arroyo, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Gutiérrez, Brenes Mata, Desanti, Dobles, Esquivel, Facio, Gamboa, Gómez, González Flores, González Herrán, González Luján, Guido, Herrero, Jiménez Núñez, Jiménez Ortiz, Leiva, Madrigal, Monge Álvarez, Monge Ramírez, Montealegre, Montiel, Oreamuno, Ruiz, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón y los suplentes, Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja y Rojas Vargas.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Se dió lectura a una carta del señor Luis Alberto López, por medio de la cual propone una fórmula para el pago de las deudas políticas por parte del Estado.

Artículo 3º.- El Representante MONTEALEGRE presentó moción para que se revea el último párrafo del artículo 135, el cual se suprimirá.

El Diputado ESQUIVEL expresó que votaría la revisión planteada, ya que la completa autonomía municipal, tal y como la propone el artículo 135, ha dado en Costa Rica los más desastrosos resultados. Indicó que aún estaban frescos los abusos cometidos en el manejo de los fondos comunales por algunas municipalidades, por lo que debería idearse un sistema más acorde con la realidad nacional. No se puede otorgar esa autonomía en una forma absoluta, máxime si se tienen en cuenta las amargas experiencias del pasado.

Sometida a votación la revisión, fue aprobada.

El Diputado JIMENEZ ORTIZ declaró que su voto es contrario a lo acordado ayer por la Asamblea, en relación con la autonomía municipal, otorgada en la forma que se otorgó. Dijo que esa disposición no había tenido el estudio necesario, ya que se trata de un asunto complejo y difícil. La autonomía significa un cambio radical en el régimen municipal que ha vivido el país, así como representa un cambio fundamental en la actual legislación municipal. Añadió que la autonomía debería ser otorgada poco a poco. Lo más prudente es que esa autonomía la otorgue gradualmente la Asamblea. En ese sentido presentó una nueva fórmula para su discusión, que dice así: “Facúltase al Poder Legislativo para otorgar a las municipalidades de cabeceras de provincias y a aquellos cantones que por su número de habitantes o por la importancia de sus rentas lo ameriten, la autonomía administrativa mediante una ley orgánica que regule todo el régimen municipal y que contemple un sistema de presupuesto y control en términos similares a los que rigen para el gobierno nacional”. Luego explicó brevemente los alcances de su moción. Señaló las diferencias que existen entre la autonomía absoluta y la administrativa. También criticó la inclusión del concepto “Las Municipalidades son órganos de la soberanía nacional”, incluido en la moción aprobada del señor Leiva, de cuyo concepto se pide la supresión. Ese concepto -dijo- puede implicar la idea de que los cantones son omnipotentes en relación con los derechos de su jurisdicción. Agregó que era necesario que existiera un funcionario de enlace entre el gobierno nacional y el municipal, para la buena armonía de ambos. Terminó diciendo que procedía en forma absolutamente doctrinaria, con el único deseo de que los principios de la nueva Constitución sean practicables y operantes.

El Representante ARROYO expresó que existía una contradicción entre el párrafo 2º y el 3º de la moción aprobada del señor Leiva. El hecho de que se haya acordado que las municipalidades son órganos de la soberanía nacional, autónomos, impide que elementos de otros Poderes participen en el gobierno municipal.

El Diputado LEIVA aclaró que la autonomía otorgada a las municipalidades no es absoluta, sino relativa, pues están sometidas a cierto tutelaje por parte del Estado. Los presupuestos de las corporaciones municipales estarán sometidos a la fiscalización de la Contraloría General de la República. Añadió que lo ideal sería que cada cantón tuviera un Intendente, pero que esto no es posible pues existen muchas municipalidades pobres y pequeñas que no podrán pagar un funcionario de esta categoría. Lo importante es que en la nueva Constitución quede consagrada la autonomía del régimen municipal. De aprobarse la moción del señor Jiménez Ortiz, lo mejor es que las cosas queden como estaban en la Constitución del 71.

El Diputado MONGE RAMIREZ defendió la tesis de la autonomía municipal. Dijo que se debía desligar a las municipalidades -como cuerpos elegidos por el pueblo- de las influencias del Poder Ejecutivo. Ese es el objetivo que se persigue. Es necesario acabar con esa influencia perniciosa del Ejecutivo en la marcha de las corporaciones municipales. A menudo sucede que el Ejecutivo Municipal, de nombramiento del Poder Ejecutivo, obstruye constantemente la labor municipal. Observó luego que en los cantones pequeños era más fácil controlar el manejo e inversión de los fondos comunales, que en las ciudades grandes. En los pueblos se sabe si las municipalidades trabajan bien o mal. Agregó que la autonomía no era absoluta, pues siempre las municipalidades estarán sujetas a ciertos controles en la preparación de sus presupuestos, por medio de la Inspección General de Municipalidades.

El Diputado ZELEDON dijo que la autonomía otorgada al régimen municipal no era absoluta, como no hay nada absoluto en este mundo. Todo tiene sus limitaciones. ¿No se dice, por ejemplo, que la Asamblea Legislativa es el poder autónomo y soberano por excelencia? Sin embargo las resoluciones de la Asamblea están sujetas al veto por parte del Ejecutivo, además de otras limitaciones. Expresó que el régimen municipal ha sido la fuente de la Democracia, pero que ha ido decayendo paulatinamente. Para que vuelva a ser lo que fue, es necesario otorgarle la plena autonomía. Censuró el argumento de los que dicen que no estamos preparados para dar la completa autonomía al régimen municipal. En Costa Rica nunca hemos estado preparados para las innovaciones. Sin embargo, ese argumento no tiene ninguna validez. Añadió que los errores y desmanes cometidos en otras épocas por algunas municipalidades, se pueden equiparar a los cometidos por el gobierno nacional. Estos errores no se debieron a la autonomía, sino a la falta de sanción para aquellos funcionarios que procedieron deshonestamente. Concluyó afirmando que apoyaba decididamente la autonomía municipal.

El Diputado BAUDRIT GONZALEZ (*) defendió la tesis de la autonomía municipal ¿Qué se le objeta a la misma? -preguntó- ¿Alguien en la Asamblea o en el país la objeta? No. ¿Cuál es el temor que existe para concederla? Se dice que los dineros municipales se esfumarían, pero con autonomía o sin autonomía municipal esto ocurrirá mientras los hombres sean irresponsables o deshonestos. Pero no es cierto que a las municipalidades se les esté dando libertad absoluta para disponer del manejo de los fondos comunales. Al contrario, hay una moción presentada para que los presupuestos municipales sean aprobados y fiscalizados por la Contraloría General de la República. Además, se aprobó ya que la Asamblea Legislativa es la llamada a autorizar los impuestos municipales. Agregó que lo que se pretendía era alejar a las municipalidades lo más posible de la influencia decisiva del Ejecutivo. ¿Cómo es posible que un gobierno comunal no sea autónomo? Si se deja en manos de la Asamblea Legislativa a facultad para otorgar la autonomía administrativa de las municipalidades en una forma gradual, ocurrirá que la misma Asamblea que ha concedido autonomía a una municipalidad, puede muy bien luego -por razones políticas-, suprimirla; y eso sin hablar de lo ilógico de recomendar a un Poder cosas que entran en sus atribuciones. Lo más conveniente es elevar a la categoría de precepto constitucional la autonomía del régimen municipal para alejarla de los vaivenes políticos.

El Diputado GONZALEZ HERRAN dijo que la autonomía de que van a gozar las municipalidades no es absoluta, como tampoco es absoluta la soberanía de la propia Asamblea Legislativa, a la que se le imponen ciertas restricciones. Las Municipalidades también van a tener sus limitaciones. No se está pretendiendo que las municipalidades se gobiernen como moros sin señor, sino que se está consignando el principio que las municipalidades son delegación directa del pueblo y que para la buena administración de las mismas están sometidas a las restricciones necesarias.

El Representante VOLIO JIMENEZ explicó que la duda y la confusión habían venido por la inclusión del término “soberanía”. Muy bien podría soslayarse el debate si ese concepto se suprimiera y se dijera tan solo que “las corporaciones municipales son órganos autónomos, de elección popular”.

Advirtió el señor BAUDRIT SOLERA que de seguro el señor Leiva no tendría inconveniente en suprimir de su moción el término “soberanía” antes de votar la revisión, si eso fuera posible. La Mesa declaró que no lo era por estar aprobada tal moción con aquel concepto. Agregó entonces el señor Baudrit Solera que si el señor Leiva aceptada su sugestión, que se votara en contra la revisión ahora y que el término “soberanía” se suprimiera, cuando, al conocerse el informe de la comisión coordinadora, haya de nuevo ocasión para revisar. El señor Leiva se manifestó de acuerdo con lo pedido por el señor Baudrit Solera.

Sometida a votación la moción del señor Montealegre, para que se suprimiera el párrafo último del artículo 135, fue desechada.

El Representante GONZALEZ HERRAN presentó moción de revisión para que en el transitorio aprobado en la sesión anterior se dijera que las municipalidades que se elijan en las próximas elecciones, tomarán posesión de sus cargos el 1º de diciembre, y no el 8 de noviembre. El proponente de la moción anterior explicó que el propósito de la misma era el de dar al Tribunal Supremo de Elecciones el tiempo indispensable para escrutar los votos emitidos. Lo más urgente es que los votos para Vicepresidente y Diputados sean escrutados antes del 8 de noviembre. Los munícipes pueden esperar unas cuantas semanas más. Si se establece que el Tribunal Supremo de Elecciones tenga que hacer la declaratoria de elección de los Vicepresidentes, Diputados y Munícipes, para el 8 de noviembre le será casi imposible hacerlo. El Diputado ESQUIVEL manifestó que votaría con mucho gusto la moción del compañero González Herrán, pero lo asaltaba una duda, que pasó a exponer. Como es sabido, los actuales Concejos Municipales son organismos de facto, ya que fueron nombrados por el poder de facto. Si el 8 de noviembre el país entra de lleno a la normalidad constitucional, ¿es posible que se admita esa coexistencia de sistemas durante un mes, es decir, organismos de derecho a la par de organismos de hecho? El Diputado GONZALEZ HERRAN aclaró que, al promulgarse la Constitución, esos organismos de facto deberán someterse a todas las reglas constitucionales y legales.

Se aprobó la revisión, así como la moción de fondo. En consecuencia, el Transitorio del artículo 136 se leerá así: “Transitorio. Para los efectos de las elecciones que habrán de verificarse en el corriente año, se elegirá en cada cantón el mismo número de Regidores que componen actualmente los Concejos Administrativos Municipales. Los Regidores que se elijan en dicha oportunidad tomarán posesión de sus cargos el 1º de diciembre próximo entrante y durarán en el ejercicio de sus funciones hasta el 8 de noviembre de 1953. Los que fueren electos en este año, durarán en sus cargos hasta el 30 de junio de 1958”.

Fue aprobada la siguiente moción suscrita por los Diputados Monge Alfaro, Brenes Mata, Ortiz, Valverde, Esquivel y Monge Álvarez:

“Todas las municipalidades contarán con los síndicos propietarios y suplentes que correspondan al número de distritos del respectivo cantón. Estos Síndicos representarán a sus distritos, con voz pero sin voto”. [172]

Se discutió luego la siguiente moción suscrita por los mismos proponentes de la anterior: “Exceptúanse de las disposiciones contenidas en este título la ciudad de San José, y zonas adyacentes que determine la Asamblea Legislativa para constituir el Distrito Nacional en la forma que la ley indique. Transitorio.- Lo dispuesto en el artículo precedente entrará en vigencia en la fecha que disponga la Asamblea Legislativa”.

El Diputado ZELEDON expresó que el punto era de suma importancia, por lo que la moción debería publicarse previamente en el Diario Oficial. En ese sentido presentó una moción de orden, que fue combatida por el Diputado ESQUIVEL, quien manifestó que ningún Representante podría ignorar la moción en debate, por cuanto desde el día anterior se distribuyó una copia de la misma a cada uno de los miembros de la Cámara. Agregó que la moción tan solo pretendía dejar abierta la posibilidad constitucional para que en el futuro se llegue a crear el Distrito Nacional, después de un maduro estudio y largo debate por parte de la Asamblea Legislativa. Por la publicación de la moción también se pronunció el señor Baudrit González. El Diputado ORTIZ explicó brevemente los alcances de la moción anterior, que solo persigue abrir una oportunidad para que en el futuro, se erija a la ciudad de San José en distrito nacional si así lo demanda la conveniencia general del país. La moción debe ser debatida, no en el seno de la Constituyente, sino cuando la Asamblea Legislativa conozca de la misma. San José por razón de su crecimiento en área y en población, va teniendo problemas que difieren de los de otras localidades. Su mismo progreso, y mayor presupuesto le ha permitido crear departamentos técnicos como el de Ingeniería y el Económico de gran provecho para la comunidad, pero que no puede desenvolverse bien por las limitaciones que le imponen municipalidades pequeñas, incapaces económicamente y que sin embargo, en la realidad son barriadas de la capital, que gozan de la mayor libertad para manejarse sin los controles de la técnica que no pueden pagar. Una serie de razones que oportunamente podrían exponerse dan la razón a dejar abierta la posibilidad de convertir a la capital en un distrito nacional.

El Diputado ZELEDON explicó que la publicación de una moción no se hace exclusivamente para que la conozcan los señores Representantes, sino para que se entere la opinión pública. El Diputado HERRERO manifestó que no votaría ahora ni después la moción propuesta para que la ciudad de San José se erija en Distrito Nacional, lo que vendría a perjudicar a las otras provincias. También estuvo de acuerdo en la publicación previa de la moción. El Diputado MORUA expresó que la moción en sí era una invitación para que la próxima Asamblea Legislativa conozca de inmediato acerca de la creación del Distrito Nacional.

Sometida a votación la moción de orden del señor Zeledón, fue aprobada.

Los Representantes Baudrit Solera, Gómez y Castro Sibaja presentaron moción para agregar un artículo final al título así:

“Las Municipalidades formularán sus presupuestos ordinarios y extraordinarios, que requieren la aprobación de la Contraloría General de la República para entrar en vigencia y que además quedan sujetos a la fiscalización superior de ese organismo”. [175]

Puesta a votación la moción anterior, fue aprobada.

Artículo 4º.- Se pasó luego a discutir la moción del Representante VOLIO SANCHO, cuya discusión, por acuerdo de la Cámara, se había pospuesto hasta tanto no fuera publicada en el Diario Oficial. La moción es para agregar al capítulo referente al sufragio, con el número que le corresponda, un artículo que digas así:

“Todos los ciudadanos tienen derecho a agruparse en partidos para intervenir en la política nacional.

Sin embargo, se prohíbe la formación o el funcionamiento de partidos que, por sus programas ideológicos, medios de acción, o vinculaciones internacionales, tiendan a destruir los fundamentos de la organización democrática de Costa Rica, o que atenten contra la soberanía del país, todo a juicio del Tribunal Supremo de Elecciones”. [98]s

El autor de la moción anterior defendió la moción en discurso que se transcribe íntegro al pie del acta.

Se aprobó una moción de orden suscrita por los Representantes Acosta Jiménez, González Flores, Oreamuno y Brenes Mata para que la votación de la moción del señor Volio Sancho fuera nominal.

El Representante ARROYO razonó su voto negativo a la moción en debate. Dijo que no podía aceptar la moción del señor Volio Sancho, por cuanto atentaba contra el principio de la irrestricta libertad, que debe imperar en todo régimen verdaderamente democrático. Añadió que las ideas sólo se han de combatir con ideas dentro de una democracia. En la Constitución no puede incluirse otro medio de combatir las ideas de los partidos totalitarios, a no ser con ideas. Se ha venido luchando por el fortalecimiento de la Democracia en Costa Rica, pero ahora se pretende incluir en la nueva Constitución un principio que va contra aquélla. Indicó que creía que el régimen democrático es el mejor, por cuanto garantiza la libertad y la dignidad humanas, pero que de ninguna manera puede afirmarse que es el único. No sólo está el comunismo frente a la Democracia, sino que se le vienen a cerrar las puertas a otros partidos para que expresen sus propias ideas. A la formación de partidos dentro de una democracia debe dársele toda amplitud y garantías. Lo que se debe hacer es controlar la propaganda subversiva de los partidos que atenten contra los principios democráticos, en la forma más adecuada. Terminó diciendo que el fantasma del comunismo estaba llevando a la Asamblea a un desvió peligroso de los principios democráticos, dándole a la nueva Constitución un sesgo antidemocrático.

Por avanzada la hora el señor Presidente terminó la sesión a las 6.45 de la noche, habiendo quedado en el uso de la palabra el Diputado Acosta Jiménez.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

DISCURSO pronunciado por el señor Diputado Licenciado Fernando Volio Sancho.

Señores Diputados: Con la sinceridad que procura una arraigada convicción, pienso que el sistema que hemos forjado para la institución del sufragio y la estructura misma de la nueva Carta, quedarían falseados por su base si no estableciéramos en el texto constitucional disposiciones encaminadas a impedir que Partidos de tendencias antidemocráticas destruyan, precisamente lo que con tanto afán estamos construyendo.

Creo asimismo, señores Diputados, que los Partidos no pueden sustraerse a la acción reguladora y vigilante de la ley, por ser de gran trascendencia la misión que ellos cumplen. “La vida del Estado democrático se cimenta sobre el sistema de Partidos”, -dice Harold Laski en su obra “El Estado Moderno”.- Los Partidos según, anota ese autor, no sólo facilitan las bases para que la ciudadanía se pronuncie respecto de los negocios públicos, sino que también les toca ejercer la función moderadora que a veces es necesaria para reprimir excesos en el seno de las Asambleas Legislativas. Para mí, los Partidos son o deben ser los genuinos voceros de la opinión nacional y los medios indispensables para que el electorado haga sentir en las urnas y fuera de ellas sus determinaciones soberanas.

Nuestro autorizado constitucionalista, don Elías Leiva Quirós, expresa que los Partidos políticos son “los órganos de la opinión pública que influyen más directamente en la organización del Estado”. La importancia que tienen, en realidad, es de suyo evidente: su función orientadora hace de ellos los verdaderos guías del pensamiento de la Nación y les permite, en un momento dado, convertir en realizaciones concretas los anhelos populares.

Ahora bien, si todo esto y mucho más significan los Partidos, es claro, es razonable que su acción haya de desenvolverse dentro del marco de la ley, en todo cuanto pudiera socavar la firmeza del orden social y la integridad de las instituciones republicanas del país.

A ello tiende justamente la moción que estamos discutiendo. A preservar en suma, los fundamentos de la organización democrática de Costa Rica.

El Proyecto de Constitución de mil novecientos cuarenta y nueve, contiene una disposición dirigida al mismo propósito, para realizar el cual proscribe de nuestras contiendas electorales a los Partidos que “por sus programas, medios de acción, vinculaciones o antecedentes se opongan al régimen de gobierno representativo democrático de la República, o que atenten contra la soberanía nacional”, (Art. 121). Como se ve, esa regla es quizá muy amplia, peligrosamente amplia y por lo mismo podría prestarse a abusos en perjuicio de determinadas agrupaciones políticas cuya actuación sí sea conveniente o saludable para nuestra vida institucional, so pretexto de que tales agrupaciones se oponen al régimen de gobierno o a la soberanía del país. De ahí que yo procurase rodear de mayores garantías a los Partidos, de modo que solamente se prohíban la organización y el funcionamiento de los que tiendan a destruir los fundamentos de la organización democrática nacional, o que atenten contra la soberanía de nuestra Patria.

¿Cuáles son esos fundamentos? Entre ellos tenemos la forma republicana de gobierno, la elección popular de mandatarios responsables, el imperio de la voluntad de las mayorías, expresada en los comicios, el régimen de las libertades humanas, la independencia política de que ha de gozar la República para regir sus destinos sin interferencia de poderes extraños, las instituciones de la familia y de la propiedad privada -condicionada esta última al supremo interés social- y, en general, todas aquellas características de una organización que ampare la personalidad y dignidad del hombre y le permita a éste realizar los fines de su existencia, en el orden moral y material.

¿Y cuáles son los Partidos que en forma abierta, clara e indudable están en pugna con esos fundamentos del régimen democrático? Son, como lo sabemos muy bien, los partidos extremistas, totalitarios, de izquierda o de derecha. En este momento de la historia de la humanidad, nos hallamos empeñados en una lucha decisiva, entre la democracia y el totalitarismo, lucha que tuvo sus comienzos desde el punto y hora en que Alemania e Italia arrastradas por ambiciones insensatas, se lanzaron a la conquista mundial para imponerles a las demás naciones las ideologías fascista y nazista, con el señuelo de que los hombres y los pueblos sojuzgados iban a disfrutar de una felicidad inasequible bajo cualquier otro orden social o político.

Vino después la Segunda Guerra Mundial, que enfrentó a los países del Eje totalitario con las democracias de Europa y América. Choque brutal, sangriento, de encontradas ideologías y tendencias. Sacrificios ilímites, sostenidos solamente por el coraje y la decisión de los pueblos libres que no querían caer bajo la opresión ominosa del totalitarismo. Gloriosos campeones de esa gesta fueron Roosevelt y Churchill, ciudadanos del mundo.

Churchill, sobre todo, ganó la admiración de los siglos como paladín de la libertad, por su genio dinámico, por su idealismo tenaz y constructivo.

Estos grandes conductores de la humanidad no sólo pusieron por obra esfuerzos inauditos para sostener la guerra y llevarla a término victoriosamente sino que a la vez, con visión de estadistas geniales, se empeñaron desde entonces en exterminar de raíz las doctrinas del fascismo italiano y del nazismo alemán, a fin de librar a las generaciones futuras, de las terribles pruebas a que se veía sometida la infortunada generación actual, en todo el haz de la tierra, por culpa de las naciones totalitarias y conquistadoras.

Desde entonces, el mundo tuvo la certeza del peligro que representaban, para nuestra civilización, aquellas funestas ideologías y, ganada la Guerra, comenzó a ponerse en guardia contra otro peligro tan grave como ese o quizás mayor: el del comunismo soviético. Rusia -lo dijo un gran observador sagaz- fue durante la Guerra el enemigo emboscador de las democracias, de tal manera que, al terminar la tremenda conflagración, tuvimos al fin la evidencia de ese hecho y la evidencia también de la necesidad de defendernos de la infiltración de las disolventes doctrinas marxistas, acometida febrilmente por Rusia a fin de llevar a cabo la empresa dominadora en que fracasaran los países del Eje. Y para defendernos de esa infiltración ideológica, pareció indispensable desde un principio defendernos de algo que con razón podía considerarse como el caballo de Troya de las democracias: el Partido político de estructura u orientación comunista o extremista.

La acción internacional en ese sentido se aceleró en América desde mil novecientos cuarenta y cinco, y aquí en Costa Rica tuvo sus primeras manifestaciones a mediados del año mil novecientos cuarenta y seis, al votarse entusiastamente, en la gran Convención Nacional del Partido Demócrata efectuada el cinco de junio de ese año, la ponencia contra el comunismo, presentada por el gran periodista don Sergio Carballo. Dice así, en lo conducente, esa ponencia de trascendental significación para la política que tres años más tarde puso por obra, al asumir el Poder, en lo que se refiere al comunismo, la Oposición Nacional, uno de cuyos altos exponentes era aquel Partido:

“I.- El Partido Demócrata declara su inquebrantable fe en la Democracia y su decisión firme, absoluta e irrevocable, de luchar, con todas las fuerzas de que dispone, en todos los tiempos y en todos los frentes, por el ejercicio efectivo de las libertades humanas.

IV.- El Partido Demócrata es fundamentalmente nacional y repudia toda vinculación o supeditación a organizaciones extranjeras, considerando anti-patriótica la convivencia con organismos o Partidos Internacionales.

V.- No por ser un Partido netamente nacional, sin vinculaciones internacionales deja de sentir la preocupación por la suerte de los regímenes democráticos y por los países que no gozan de libertad sino que están sojuzgados por sistemas totalitarios. Y aunque la proyección de su repudio no pueda llegar a influir en la definitiva consagración mundial de la Democracia, todo el aliento de su voluntad está al lado de los pueblos oprimidos y hace los votos más fervientes por la liberación de todos los hombres.

VI.- Estando muy dividida la política mundial en dos tendencias antagónicas: democracia y totalitarismo, la democracia representada por las potencias occidentales y el totalitarismo en la Unión Soviética y sus zonas de influencia, el Partido Demócrata se pone resueltamente del lado de los países que luchan por el mantenimiento de la libertad. Concretamente declara su repudio más absoluto al régimen soviético y a sus procedimientos encaminados a propagarlo, aún en América, como si éste no fuere el continente de la libertad.

VII.- En la lucha contra la propagación de ideas contrarias a la Democracia, en el empeño por impedir que la humanidad y en especial el continente americano sean arrastrados a satélites soviéticos, Costa Rica ha de ofrecer a las potencias occidentales, o sea a los Estados Unidos y a la Gran Bretaña, el concurso de la fuerza moral del pueblo costarricense, y si es necesario, la sangre misma de este pueblo que no desea vivir sino en un régimen de libertad.

VIII.- Consecuentemente con esta resolución, el Partido Demócrata declara que combatirá en todos sus reductos al comunismo costarricense, cualquiera que sea el nombre que adopte, pues además de considerarlo autor y cómplice de graves males nacionales, lo tiene por una avanzada de la política soviética de invasión, y por la vanguardia del ejército comunista, evidente quinta-columna de las fuerzas del mal, que tratan de implantar en el mundo el régimen totalitario, negación absoluta de las libertades humanas”.

Con mi voz y mi voto apoyé resueltamente esa proposición condenatoria del comunismo internacional y doméstico, cuyos fundamentos han venido a confirmar ampliamente hechos que todos conocemos, ocurridos aquí y en el resto del mundo.

La Oposición Nacional no cejó en su patriótico afán de batir al comunismo, no obstante las adversas condiciones de entonces, también por motivos de todos conocidos. En mil novecientos cuarenta y siete, el Congreso Constitucional recibió invitación nada menos que del Representante Parnell Thomas, Presidente del Comité de Actividades Anti-americanas del Congreso de los Estados Unidos, para acreditar Delegados a la Conferencia que ese año iba a celebrarse en algún punto de América, posiblemente en Panamá, para tomar una decisión contra las actividades del comunismo internacional en el Hemisferio Occidental. El Presidente de nuestra Cámara Legislativa nos pidió a todos los Diputados que expusiéramos nuestros pareceres al respecto. Llegada que fue la invitación a mis manos, hube de manifestarle al Licenciado Fonseca Chamier, con la franqueza que acostumbro, que desde luego el Congreso de Costa Rica debía hacerse representar en la anunciada Conferencia, pero que los únicos Diputados autorizados moralmente para llevar esa representación, éramos los integrantes del bloque oposicionista, ya que también éramos los únicos que en forma resuelta habíamos combatido y estábamos enfrentados aún al comunismo en el país. Dicha actitud me valió, es claro, las más acres censuras de los compañeros caldero-comunistas del Congreso y de otros sectores de la opinión nacional, de evidente filiación comunista, pero al propio tiempo fue alentador para mí recibir, del seno de aquel Congreso y de otros sectores, efusivas felicitaciones, entre las cuales guardo una muy apreciada: la del distinguido intelectual y compañero de ahora, Licenciado don Rodrigo Facio.

Infortunadamente, no tomó cuerpo esta vez la iniciativa de Parnell Thomas, pero en Costa Rica seguimos los demócratas bajo la preocupación de hacer algo por cerrarle el paso al avance de la ideología y sistemas comunistas. Consecuentemente con ese propósito, cuya realización se perfilaba como una necesidad nacional, los Diputados oposicionistas nos dirigimos por escrito, con fecha veintisiete de octubre de mil novecientos cuarenta y siete, a quien ejercía la Presidencia de la República, pidiéndole al señor Picado que enviase al Congreso -reunido a la sazón en sesiones extraordinarias- un proyecto de ley por nosotros redactado, declarando contrarios a los intereses y principios básicos constitucionales de la República las actividades del Partido comunista Vanguardia Popular, con las severas consecuencias que allí establecíamos para el caso de violarse las disposiciones de la ley que llegara a dictarse, inclusive la de erigir en delito de traición a la Patria la propaganda y otros actos comunistas. El memorial lo suscribíamos veintiún Diputados, entre ellos varios que hoy integran esta Asamblea, los señores Rodríguez, Conejo, Herrero, Vargas Fernández, y Valverde Vega. Huelga decir que don Teodoro Picado se negó a prohijar nuestro proyecto, frustrándose así la posibilidad de haber luchado en la Cámara por una hermosa tesis democrática y cara a cara con los Representantes comunistas, que eran cinco o seis, y con sus aliados los calderonistas, que constituían por sí solos una mayoría considerable.

Vino el año mil novecientos cuarenta y ocho, en que tuvo lugar la Novena Conferencia Panamericana en Bogotá. En esa oportunidad, se quiso darle efectividad a una de los conclusiones del Acta de Chapultepec, encaminada a la preservación de los principios democráticos, y al efecto, después de una amplia deliberación, se dictó la Declaración sobre la Defensa de la Democracia en América, cuyo texto es el siguiente: “Las Repúblicas Americanas representadas en la Novena Conferencia, considerando que la presente situación mundial exige urgentes medidas para salvaguardar la paz y defender el respeto mutuo de los Estados prohibiendo las tácticas de hegemonía totalitaria incompatibles con la tradición de los países americanos, e impedir que los agentes al servicio del comunismo internacional o de cualquier totalitarismo, pretendan desvirtuar la auténtica y libre voluntad de los pueblos de este hemisferio, declaran: que por su naturaleza antidemocrática y por sus tendencias intervencionistas, la acción política del comunismo internacional o de cualquier totalitarismo, es incompatible con el precepto de libertad americana, que reposa sobre los postulados indiscutibles de los derechos y la dignidad del hombre, persona y soberanía de la Nación como del Estado. Reiterar la fe que los pueblos del nuevo Mundo han puesto en el ideal y la realidad de la Democracia, bajo cuya protección debemos lograr la justicia social; ofrecer a todos la creciente oportunidad de gozar de los beneficios espirituales y materiales que constituyen la garantía de la civilización y la herencia de la humanidad. Condenar en nombre del derecho de las naciones la injerencia de un país extranjero en la vida de las Repúblicas del continente americano, resolviendo:

1º.- Reafirmar la decisión de mantener y promover una efectiva política social y económica destinada a elevar el nivel de vida de sus pueblos, y el convencimiento de que sólo bajo el sistema fundado sobre las garantías de las libertades esenciales y los derechos de la persona humana, es posible alcanzar esa meta.

2º.- Condenar los métodos de cualquier sistema que tienda a reprimir los derechos y libertades políticas y civiles, y en particular la acción del comunismo internacional o de cualquier otro totalitarismo.

3º.- Tomar dentro de los respectivos territorios y de acuerdo con sus preceptos constitucionales, las medidas necesarias para impedir y eliminar las actividades dirigidas, ayudadas o instigadas por los gobiernos, las organizaciones o los individuos extranjeros que tienda a subvertir sus instituciones mediante la violencia, promover desorden en su vida política interna o entorpecer mediante la presión, propaganda subversiva o en cualquiera otra forma, el ejercicio del libre y soberano derecho de sus pueblos a gobernarse de acuerdo con sus aspiraciones democráticas; y

4º.- Efectuar un completo intercambio de informaciones acerca de las precitadas actividades que puedan realizarse en sus respectivas jurisdicciones”.

La declaración que he leído, es como habréis de notarlo, terminante y clara, aunque quizás adolezca de la omisión de medidas específicas para eliminar en el continente americano la ideología comunista. No obstante, por las opiniones de algunos Delegados que asistieron a la Conferencia de Bogotá, es innegable que el propósito al condenar el comunismo y toda clase de totalitarismo, fue el de proscribir de América esos sistemas y doctrinas, por las vías que cada país considerase más adecuadas a ese fin. El Delegado de Colombia, Arango Vélez, dijo al respecto: “América cuenta ahora con la letra de una declaración categórica que confiere valor continental a su voluntad de ser democrática indefinidamente, sin embargo, esa letra preciosa podría convertirse en letra muerta o pergamino de academia, si no se le da espíritu, con lo cual se entiende decir que no solamente conviene proveerla de aquella doctrina y aquellos elementos de interpretación de que aún carece, sino de llevarla, en especial al corazón mismo de los pueblos americanos, con todo el calor de las preocupaciones que encierra y con todo su valor histórico”... Y agregó el distinguido estadista: “Mi propósito es invitar a los americanos más calificados para que no se conformen con leer desganadamente la admonición, el consejo y la orden de la Novena Conferencia, sobre defensa de la democracia en el Continente, sino que la recojan y hagan suya, y le den la fuerza de su convencimiento y de sus razones, la hagan vital, la desplieguen como una bandera, y la propaguen hasta encender el fuego en los labios, movilizar el entusiasmo de los creyentes y reconquistar, si fuere posible, a los cada semana menos numerosos desertores de la idea nobilísima”.

Es significativo observar, señores Diputados, que mientras los Delegados americanos deliberaban en Bogotá sobre la posición de los pueblos ante el peligro rojo y totalitario en general, los quinta-columnistas soviéticos le dieron a América y al mundo un espectáculo en extremo repugnante y bochornoso, al lanzarse las turbas, azuzadas por aquellos, a la obra de matanza, pillaje y destrucción más terribles y mejor organizada de que se tiene memoria. La furia satánica de las muchedumbres, en cosa de pocas horas, segó la vida de casi dos mil personas y ocasionó pérdidas materiales por varios centenares de millones.

Fue un verdadero “puscht “comunista, al estilo de lo llevado a cabo por los rojos al imponer por el terror su dominación en Polonia, Hungría, Rumania, Checoslovaquia y otros países de la Europa Occidental. Se vió en la preparación y desarrollo de tan salvaje atentado, el genio del mal de que sólo son capaces los cabecillas del comunismo internacional. Como dato curioso, pudo observarse que los saqueos de las turbas, planeados metódicamente, comenzaron por los negocios de ferretería y similares, para proveerse la canalla de armas contundentes con las cuales poder romper las puertas y ventanas de los establecimientos de otras clases, los de comestibles primeramente, luego los que expedían artículos de uso diario, las joyerías y tiendas de lujo y por último, aquellos en donde había licor, del cual se saciaron los forajidos, en asquerosa orgía, cuando hubieron terminado su obra de destrucción. Con razón pudo decirse que lo ocurrido en Bogotá era propiamente el Pearl Harbor sudamericano, la abortada tentativa de Rusia para plantar en tierras de América -tierras de libertades- una amenazadora punta de lanza moscovita.

Comentando tan deplorables actos de desenfreno, expresa el conocido periodista y ex-Vicepresidente del Perú, don Rafael Larco Herrera en su obra “Por la Ruta de la Confederación Americana “: “Bogotá ha visto arder sus iglesias y edificios públicos, los centros industriales y los almacenes de provisiones, los hoteles y las imprentas, pero ha logrado salvar incólumes sus reservas morales y sus propósitos de sincero americanismo... El comunismo, peste político-social de esta nueva hora histórica, no ha podido anotarse una victoria más porque el alma de los americanos, el espíritu de los que han heredado las cualidades de los creadores de la libertad y de la democracia en las tierras maravillosas del nuevo Mundo, se mantiene erguido y resuelto a la defensa de la integridad territorial. El nuevo Pearl Harbor urdido por la mente diabólica del comunismo intrigante, con la cooperación de una masa ignorante de sus verdaderos anhelos e intereses, pasa a ser en adelante y para el objeto de la defensa de América, una severa lección que deben aprender nuestros países... ante el peligro que de nuevo gravita sobre el mundo...”.

Los grandes diarios sudamericanos, “La Nación” de Buenos Aires, “El Comercio” de Lima y otros más, se pronunciaron entonces sobre los alcances de la infiltración comunista en América, y acerca de la necesidad de que todos los países representados en la Conferencia de Bogotá, se determinen a seguir adelante en su lucha contra el comunismo, a fin de lograr la supervivencia de las instituciones democráticas en este continente y en el mundo.

Señores Diputados: Costa Rica debe sumarse fervorosamente a la obra americana de preservación democrática, especialmente por su posición geográfica en el centro del nuevo Mundo, a donde habrá de converger lo más crudo de la guerra en el caso, no improbable, de un conflicto armado entre Oriente y Occidente.

Adivino que mi proposición va a combatirse con el socorrido argumento de que restringe la libertad de asociación y otras libertades. Muy inquietante es la disyuntiva, pero nos abocaríamos al suicidio, a nuestra propia destrucción, si por la fuerza de las circunstancias no limitáramos la libertad de atentar contra la propia libertad. El señor Nathaniel Davis, quien hasta hace poco sirvió la Embajada de los Estados Unidos en Costa Rica, decía lo siguiente en su Conferencia sobre el significado de la libertad, reproducida por nuestra prensa diaria: “La libertad absoluta de cada individuo es imposible y probablemente indeseable. Hay un punto donde la libertad mía tiene que ser limitada por la libertad de otro, ya que ese otro tiene los mimos derechos que yo, y los derechos de ambos merecen protección. El problema del hombre público consiste en encontrar, en el campo de la libertad política, social y económica, ese punto donde se oponen los derechos de los individuos. Una libertad irrestricta no sería libertad verdadera sino el caos”... El conferencista, después de explicar cómo las fuerzas de la naturaleza, si no son controladas, son susceptibles de causar inmensos daños, y cómo esas fuerzas, sujetas por las leyes de la física, se convierten en agentes del bienestar humano, agregaba: “Lo mismo sucede en el campo de las leyes morales. Los grandes principios de la libertad individual, de la voluntad libre y de la soberanía nacional e internacional, construida de acuerdo con los reconocidos principios morales, se convierten en una fuerza impulsadora del bienestar y del progreso humano”.

Aún bajo el régimen anticuado y rezagado en la marcha evolutiva de las ideas, que en esta como en otras materias consagraba la Constitución de mil ochocientos setenta y uno -cuyos autores no tuvieron ni siquiera lejana sospecha de los problemas sociales y políticos que agitan hoy al mundo- bien pudo haberse dictado una disposición prohibitiva de la naturaleza de la que propone establecer la moción mía en debate, por la sencilla razón de que no es lógico que los constituyentes del setenta y uno quisieran dejar en la Carta que elaboraron, el germen de la propia ruina de la misma y de toda la estructura fundamental del país. Con mayor razón puede esta Asamblea, captando las preocupaciones de la hora de ahora, adoptar una medida como aquélla que responde a una elemental previsión urgida por amargas experiencias recientes y por la incertidumbre del futuro, preñado de negros vaticinios.

Para mí, que he rendido siempre tan devoto culto a la libertad, es doloroso pero ineludible recomendar que se cercene una de las libertades de mayor precio para los costarricenses: la libertad de asociación política, pero estamos ante un gravísimo dilema: o la democracia o el totalitarismo, o la vida o la muerte, o la libertad irrestricta o la tiranía evidente; o fortalecemos nuestro sistema institucional, o dejamos que se derrumbe estrepitosamente, al embate de oscuras fuerzas negativas que pugnan por precipitarnos en el abismo comunista, en donde todo es dolor, abyección y miseria.

ACTA No. 82

No. 82.- Octogésima segunda acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las catorce horas del día tres de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Doctor Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz, Secretarios; Arias Bonilla, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Arroyo, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Mata, Desanti, Dobles, Esquivel, Facio, Gamboa, Gómez, González Flores, González Herrán, González Luján, Guido, Herrero, Jiménez Núñez, Leiva, Madrigal, Monge Álvarez, Montealegre, Montiel, Oreamuno, Ruiz, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón y los suplentes, Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja, Elizondo, Rojas Vargas, Jiménez Quesada, Lobo y Monge Alfaro.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Por unanimidad se acordó prolongarle el permiso al Diputado don Rafael Sotela por dos meses más, por encontrarse enfermo.

Artículo 3º.- Se continuó en la discusión de la moción del señor Volio Sancho, respecto a prohibiciones para aquellos partidos que, por sus procedimientos, programas y vinculaciones internacionales, atenten contra los principios democráticos o contra la soberanía nacional.

El Representante ACOSTA JIMENEZ expresó que votaría favorablemente la moción en debate porque al hacerlo satisfacía sus más arraigadas convicciones democráticas y cumplía además, con el mandato popular que lo trajo a la Cámara, cual es el de echar las bases del régimen democrático y republicano, que el país anhela. Añadió que ante la tesis filosófica de la moción, cabía preguntarse si el comunismo significaba una violación clara, palpable y rotunda del régimen democrático. La filosofía marxista supone una negación definitiva de la filosofía democrática. El señor Acosta analizó brevemente los alcances de los postulados filosóficos del marxismo, tanto en el campo económico como político, para llegar a la anterior conclusión. Dijo luego que la democracia garantiza todos los derechos y todas las libertades. La única libertad que no puede garantizar es la libertad de abolir la propia libertad. Los partidos comunistas alientan tesis francamente antidemocráticas. En caso de un conflicto entre las Democracias Occidentales y Rusia, los partidos comunistas se pondrán del lado del Soviet, tal y como lo han declarado recientemente los líderes comunistas Foster, de los Estados Unidos; Thorez, de Francia y Togliatti, de Italia. Por otra parte, en la Rusia del Soviet sólo existe un partido. Existen millares de esclavos. El régimen comunista no puede en ninguna forma ser democrático. El mismo Bakunin declaró que en política todos los medios son válidos con tal de lograr los fines que persiguen, ya que la revolución los santifica. Indicó después que los partidos comunistas de todo el mundo no son nacionales, sino que responden ciegamente a las consignas de Moscú, reciben órdenes directas de Rusia. En mil novecientos cuarenta y dos, después de circunstancias especiales, obedeciendo órdenes de Moscú, todos los partidos comunistas se cambiaron de nombre, acercándose a los gobiernos que antes habían calificado de burgueses. El caso de Vanguardia Popular en Costa Rica, es claro al respecto. Se disolvió aparentemente -por exigencias del momento- la Tercera Internacional, pero una vez terminada la guerra con las potencias del Eje, volvió a renacer bajo el nombre de Oficina de Divulgación Ideológica de Belgrado o Cominform. El partido comunista de Costa Rica, por medio de su órgano oficial, “Trabajo”, se adhirió al Cominform, al igual que los otros partidos comunistas del mundo. En una democracia -agregó- se garantiza la seguridad individual y el fuero inalienable del hombre, contrariamente a lo que sucede en una dictadura, como la que impera en Rusia. En una Democracia se garantiza el funcionamiento de los más diversos Partidos. En una Democracia el gobierno puede cambiar, mediante el censo de un determinado partido político, pero la forma de Estado permanece siempre idéntica. En un régimen democrático la comunidad es la que manda; el gobierno es el mandatario; existen los derechos de los ciudadanos que el poder público no puede revocar. Por el contrario en una dictadura -como en Rusia- no existe más que un partido: el comunista. No puede considerarse como un régimen democrático. De ahí, que no podamos alentar el funcionamiento de partidos de extracción totalitaria, que trabajan amparados a una libertad que destruirán en el momento propicio. La democracia tiene la obligación de impedir que partidos políticos atenten contra la diafanidad democrática que a todos nos cobija. Observó que actualmente la democracia occidental está enfrentada, en una lucha a muerte, contra la Rusia comunista. El régimen democrático se encuentra en el dilema más serio de su larga trayectoria. O la democracia o el totalitarismo. O la libertad o la esclavitud. Terminó diciendo que la moción del señor Volio Sancho viene a plasmar un anhelo del pueblo costarricense, para que el régimen democrático que se está creando perdure por muchos años.

El Representante MONGE ALFARO manifestó que era cierto que la moción en debate es producto de un anhelo de que la Democracia costarricense se desenvuelva sin cortapisas, en una forma que beneficie a todos. Además, reconoció su sana y bien intencionada inspiración. Sin embargo -dijo- tal y como está planteada no la votaré, porque no creo conveniente que en una Constitución se estipulen prohibiciones absolutas de carácter casi totalitario. Prohibiciones como la de la moción del señor Volio Sancho son perjudiciales, porque hoy pueden tener como objetivo principal detener a un determinado movimiento político que va contra la Democracia, pero esa misma prohibición puede volverse mañana contra un partido de estructura democrática que se encuentre en minoría. Citó el caso del Partido Demócrata, del que fue jefe don León Cortés, al que se pretendió declararlo fuera de ley, acusándolo de nazista. Agregó que la moción va dirigida fundamentalmente contra el partido comunista, pero se olvida que el comunismo es una manifestación de la sociedad contemporánea. El comunismo representa un problema humano, que las democracias occidentales no han podido resolver aún. De ahí que se ha creído necesario proceder a la revisión misma de los fundamentos sobre los que ha descansado la Democracia. Por eso -dijo- hemos venido a plantear al seno de esta Asamblea una serie de tesis nuevas, costarricenses, encaminadas a fortalecer la Democracia para hacerla capaz de enfrentarse contra sus enemigos. Sin embargo, los problemas planteados por el comunismo no se pueden resolver mediante prohibiciones. Mientras no se resuelvan satisfactoriamente las grandes necesidades de nuestras mayorías, el comunismo logrará subsistir. Añadió que la prohibición iba encaminada contra el comunismo, no por su ideología, sino por sus métodos y procedimientos. Pero la Democracia bien puede defenderse de esos procedimientos, si sabe organizarse bien, si los dirigentes políticos comprenden y se acercan al pueblo, a veces exento de justicia. Lo que cabría es dejar a los futuros gobiernos un asidero constitucional para que mañana, frente a determinadas circunstancias puedan declarar fuera de ley al partido comunista, pero no establecer una prohibición absoluta como la propuesta. Indicó que la democracia se robustecía por la controversia, por la pugna de los diferentes partidos. Al proscribir a un partido determinado, quién sabe si se debilita, pues se elimina un frente de lucha. Hoy mismo la existencia de los partidos comunistas es lo que nos ha hecho constatar una serie de problemas e injusticias sociales. Es necesario, muchas veces, tener un enemigo enfrente para alcanzar un mayor plano de perfectibilidad. La mejor defensa de la Democracia, antes que establecer una prohibición absoluta y rígida, estriba en su propia organización. De pasar la moción del señor Volio, le estamos prohibiendo a un grupo de ciudadanos que se asocien libremente, cuando en una Democracia tienen libertad todos los partidos para existir. Concluyó diciendo que lo aconsejable era dejar a los gobiernos del futuro la posibilidad de [que bajo] determinadas circunstancias, la Asamblea Legislativa puede adoptar las medidas del caso a fin de defender la Democracia, cuando ésta se encuentre amenazada de muerte, en peligro inminente.

El Representante ESQUIVEL razonó su voto afirmativo a la moción en debate en los términos siguientes:

Señores Diputados: Muy brevemente, porque ya otros distinguidos compañeros lo han hecho con mejores capacidades, voy a razonar mi voto afirmativo a la moción del Licenciado Volio Sancho, que ha provocado este debate. Se ha afirmado en este recinto que de aprobarse la iniciativa en cuestión se lesionarían los conceptos de libertad política y saldrían maltrechos los principios democráticos que deben presidir la formación de partidos políticos. No comparto yo esas opiniones. Porque el primer deber de una Democracia es el de estructurar un sistema que le asegure la supervivencia y por ende, el cumplimiento de sus fines primordiales. Si para asegurar la existencia del régimen democrático es necesario desplazar de los organismos políticos o administrativos aquellos elementos que buscan la destrucción del régimen, no puede en buena tesis culparse de ello a la democracia, que no hace otra cosa que cumplir su deber elemental de defenderse y de sobrevivir. Dentro de un orden lógico de ideas es inaceptable el criterio de que la democracia deba alentar en su propio seno y nutrir con su propia savia a los partidos políticos de corte totalitario que tienden, precisamente, a destruir el sistema democrático y a suplantarlo con su nefasta organización político-económica. Afirmar eso, a base de un sentido lírico y absoluto de la libertad humana, es nada menos que negar a las democracias el derecho de propia defensa, y entregarlas atadas de pies y manos a las iras vesánicas de sus enemigos eternos. Dentro del concepto moderno de la relatividad de los derechos hay que aceptar que aún la libertad humana está subordinada al interés superior de la defensa social. Y del mismo modo que las acciones individuales de índole dañosa, que agravian el interés social, son susceptibles de punición, las actuaciones colectivas de partidos o de agrupaciones cuyos fines sean anti-sociales, o que sustenten ideales contrarios al régimen democrático o a la organización republicana, caen ineludiblemente dentro de la órbita de las defensas que haya establecido la colectividad para asegurar su propia existencia y el cumplimiento de sus fines superiores.

Dentro de ese criterio debemos situar a los partidos totalitarios, y especialmente al comunismo. Los comunistas, que propenden a la abolición del régimen democrático, que intentan establecer idearios radicales y exóticos dentro de la organización política y económica del mundo, no pueden estar protegidos por los principios ni por las instituciones democráticas cuya destrucción pretenden. Sería absurdo invocar en beneficio de los enemigos jurados del régimen democrático, las ventajas y la protección que ese régimen brinda a los que lo apoyan y sostienen. Sería pueril de parte de los que estamos colocados en una posición absolutamente anti-comunista, acoger la tesis de que los enemigos de la libertad y de la democracia puedan encontrar dentro de los postulados de una Constitución que pretende justamente asegurar el disfrute de esa libertad y el normal desenvolvimiento de esa democracia, una garantía para sus actividades subversivas, un elemento de protección para sus teorías anti-democráticas, una aceptación de sus postulados repudiables.

Las democracias del mundo han aprendido ya, después de las duras experiencias de este siglo, que deben tomar las medidas necesarias a efecto de proteger su existencia contra los embates constantes del abominable comunismo, y de todos los credos políticos de características totalitarias. Abandonando, por ineficaz, la idea de que la libertad de credo político es intocable, y acogiendo sin reservas el criterio, eminentemente práctico y moderno, de que esa libertad no puede llegar hasta propiciar o permitir el desarrollo de partidos totalitarios y anti-democráticos que pongan en peligro la estabilidad misma del Estado, las democracias americanas, para citar un ejemplo cercano, acordaron en las conferencias de México y de Bogotá medidas adecuadas para proteger su existencia contra los avances comunistas. Ya antes, en 1901, la República Francesa había dictado la Ley de primero de julio de ese año, cuyo artículo tercero establece que “toda asociación fundada en una causa o en vista de un objeto ilícito, contrario a las leyes o a las buenas costumbres, o que tenga como fin atentar contra la integridad del territorio nacional y la forma republicana de gobierno, es nula y no produce efecto alguno”. Y la Constitución de la República del Uruguay, en su artículo setenta, inciso sétimo, castiga con la pena de suspensión de la ciudadanía al que forme parte de organizaciones sociales o políticas que, por medio de la violencia, tiendan a destruir las bases fundamentales de la nacionalidad.

Hoy día, pues, no se discute el derecho del Estado para tomar todas las medidas que aseguren su existencia y que tiendan a la eliminación de los partidos totalitarios como factores políticos activos. La experiencia costarricense, tan cercana, tan dolorosa, tan vergonzosa, nos está diciendo a las claras que debemos acoger todas aquellas medidas que tiendan a evitar, en el futuro, la repetición de los hechos abominables que tuvimos que presenciar los costarricenses durante las presidencias de los Calderones y de los Picados, cuando las pandillas de facinerosos comunistas sembraban el terror en el ánimo ciudadano, y oprimían y perseguían a los que anhelábamos la destrucción de esos regímenes de oprobio. Yo estoy seguro de que la Cámara hará patente, mediante una nutrida votación a favor de la iniciativa del Licenciado Volio Sancho, su determinación de que los partidos totalitarios no puedan volver a sumir al país en el caos y en la vergüenza, y fijará claramente, nítidamente su voluntad de que la eliminación, en los futuros torneos cívicos, de esos enemigos de la Patria se incorpore a la Constitución que estamos dictando, para darle a esa prohibición una augusta y altiva perpetuidad.

El Representante señor FACIO BRENES razonó su voto negativo a la moción del Diputado Volio Sancho, en los términos siguientes:

Señores Diputados: Voy a permitirme dividir en tres el problema planteado por la moción del compañero Licenciado Volio Sancho: ¿existe un peligro efectivo para la democracia de parte del comunismo? ¿Es lícita y doctrinariamente posible la defensa de la democracia? Y en caso de ser afirmativa la respuesta a esta segunda pregunta: ¿Cuál es el más indicado procedimiento de defensa? En cuanto al primer punto ya nos ha informado aquí el compañero Licenciado Acosta, en forma concreta y documentada, sobre lo que el comunismo representa como amenaza deliberada contra las instituciones libres y la soberanía nacional. Bastaría con recordar las manifestaciones de Thorez en Francia, de Togliatti en Italia, de Pollit en Inglaterra, de Foster en los Estados Unidos, y de Lombardo Toledano en México, en el sentido de que en caso de una guerra de sus países con la Unión Soviética, sus grupos estarían con ésta última, y que los elementos comunistas de cada uno de esos países recibirían como un ejército de liberación nacional al Ejército Rojo, caso de que éste llegara a sus fronteras, bastaría con ello, digo, para darse cuenta de que los partidos comunistas de todo el mundo no son más que engranajes de esa vasta conspiración de hegemonía mundial que encuentra su fuente en el Kremlin. La experiencia costarricense en materia de comunismo está también suficientemente fresca para que sea necesario argumentar mucho en el sentido de que los camaradas criollos también responden al mandato de Moscú y que, tanto sus doctrinas como sus medios de acción están dirigidos francamente en el sentido de arruinar el régimen democrático y de sustituirlo por la dictadura del Partido Comunista como partido oficial y único. Además, lo que se ha dado en llamar la “guerra fría”, ese conjunto de episodios, dramáticos alguno de ellos, como por ejemplo, el bloqueo de Berlín, nos están diciendo que el mundo está separado en dos campos tajantemente separados, y que, minuto a minuto, las democracias de un lado, y el comunismo de otro, están tratando de mejorar sus posiciones económicas y estratégicas para la lucha que en definitiva habrá de producirse entre ellos. De la guerra fría puede pasarse en cualquier momento a la guerra efectiva, y en ese momento se acentuará el peligro que para el frente doméstico de la democracia representan los fanáticos movimientos comunistas nacionales. Así, pues, nadie duda, nadie puede dudar que el comunismo, representado por Rusia, y por sus satélites, y por los partidos comunistas nacionales, implica el más serio reto que hayan tenido nunca por soportar la democracia y la libertad. Siendo ello así, ¿puede la democracia defenderse del peligro, más concretamente, puede la democracia tomar cursos de acción defensiva sin faltar por ello a los principios de libertad y tolerancia que son base y fundamento? A este respecto, yo deseo insistir con un poco de cuidado, porque está muy generalizada la creencia de que la democracia no puede recurrir a ciertos actos defensivos sin ser infiel a sus propias creencias, de que la democracia, por serlo, debe soportar paciente y resignadamente los ataques de todos aquellos que emplean sus libertades para terminar con ella. Esa es una razón falsa, eso es un sofisma, esa es una peligrosísima ilusión. Hará cosa de diez o quince días emitió la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos un fallo que ha causado revuelo en ese país, al conocer de la acusación contra un agitador fascista que, en el año mil novecientos cuarenta y seis y en la ciudad de Chicago, excitó en tal forma a su auditorio contra la democracia y la libertad americana, que se produjo un principio de batalla campal, con piedras, botellas y otros objetos, entre los seguidores del demagogo y los norteamericanos que reaccionaron contra aquel burdo ataque. La policía hubo de intervenir, y sólo así se evitó que aquello se convirtiera en una verdadera guerra callejera, quien sabe con qué resultados en cuanto a vidas y pérdidas materiales. Dos tribunales de Illinois confirmaron la condenatoria del agitador, pero la semana pasada la Corte Suprema de Justicia, por una mayoría de un voto, lo absolvió, alegando el principio de libertad de expresión. Pero lo que más resonancia ha tenido en los círculos forenses y judiciales y, en general, en la opinión pública norteamericana, ha sido el duro e inconforme voto salvado del Magistrado Jackson, el mismo que representó a los Estados Unidos en los Tribunales de Nuremberg. Jackson planteó en su voto el dilema de la democracia contemporánea: ¿cómo conservar sus libertades fundamentales sin entregarlas al servicio de los enemigos de esas libertades? Advirtió el Magistrado que si se continuaba fallando asuntos tan relacionados con la estabilidad política del país en la forma en que la mayoría de sus compañeros lo había hecho, ocurriría lo que dice el viejo proverbio, de que quienes caminan mirando sólo a las estrellas, se exponen a hundirse en el pozo que tienen bajo sus pies. Consideró que la Corte había ido demasiado lejos interpretando en la forma en que lo había hecho la libertad de expresión y concluyó: “Existe el peligro de que si la Corte no atempera su lógica doctrinaria con un poco de sabiduría práctica, los derechos constitucionales del hombre y del ciudadano se convertirán en un pacto suicida”. Allí queda muy bien expresado el problema: la democracia no tiene por qué suicidarse cruzándose de brazos cuando se la ataca. El problema ha sido analizado por no pocos tratadistas y pensadores, y me encuentro con que uno de los que con mayor claridad y buen fruto lo ha hecho es el Profesor argentino Sebastián Soler, de cuya obra “Ley, Historia y Libertad”, me permito leer algunos párrafos: “Siempre en la historia de las revoluciones políticas, los revolucionarios han sabido que en su fracaso estaba comprometida su cabeza. A nadie se le ocurría, como revolucionario, invocar las propias formas del Estado combatido, como defensas teóricas posibles de la revolución. El Estado liberal es el único que ha alentado la esperanza de revolucionarios gratuitos, y aún pagados por el Estado mismo para que sean revolucionarios. Los ha alentado en forma tal, que cuando han sido de hecho interrumpidos en su actividad, han protestado siempre, no en nombre de su propia concepción, sino en nombre de los principios liberales del Estado que pensaban destruir. Invocar la libertad de la Constitución para negar la Constitución, es una pretensión ridícula de hacer revoluciones con seguro de vida. Por su parte, los liberales que creen que esa invocación es posible y respetable, se asientan sobre una verdadera ingenuidad teórica. Estos conciben al Estado liberal como un Estado que puede defenderse contra todo menos contra la libertad, lo cual es desconocer lo que es derecho y lo que es libertad. Para derrocar la Constitución no puede invocarse ni aún la aparente norma que consagra el pretendido derecho de resistencia a la opresión. La única libertad que el derecho puede contener es la libertad jurídica... Y la libertad jurídica vale, mientras vale la Constitución, este es el principio supremo, cuya subsistencia es lo que da valor y sentido a toda la estructura de los derechos y libertades. Así como en un Estado monárquico de derecho divino no es posible negar de hecho el origen divino del rey, así en un Estado liberal no es posible negar la libertad misma... Es preciso reafirmar la idea de que la libertad natural no entra de rondón dentro del sistema jurídico, sino que debe asumir la forma de un bien jurídico, y que en esto no se diferencia de los demás bienes jurídicos sino, solamente, por su jerarquía”. A mi modesto juicio, lo que Soler desea expresar con la última frase es que la libertad natural, la libertad que le corresponde al hombre en cuanto tal hombre, en cuanto ser dotado de conciencia y voluntad, esa libertad no puede ser introducida al derecho; lo que el Derecho hace es establecer, reconocer y garantizar ciertas expresiones de esa libertad; la libertad natural se queda por fuera del derecho como una realidad anterior a él; la libertad jurídica, en consecuencia, es un bien jurídico como la propiedad, la seguridad, el honor, etc., etc., que como tal bien jurídico merece y exige la protección del sistema jurídico que lo reconoció tal. “El derecho constituye los bienes jurídicos, continúa Soler, y su específica función es defendernos”. Y más adelante agrega el mismo autor: “Las constituciones suelen prever, para casos extraordinarios, cierta limitación de las facultades privadas. El error está en creer que pasadas esas circunstancias, los períodos de paz son homogéneos y que en el mundo no pasa nada. No; la historia es un fluir continuo, y no hay fórmula abstracta que pueda servir para marcar rumbos definitivos”. Y echando de menos toda esa labor de organización más justa de las relaciones de los hombres a que acaba de aludir en su intervención el compañero Profesor Monge Alfaro, agrega: “El Estado liberal, viviendo en paz se ha quedado atrás en sus posibilidades. Se ha quedado atrás en el reconocimiento de valores personales en una enorme cantidad de hombres que viven perseguidos por la más estrecha necesidad económica; se ha quedado atrás en el bochornoso espectáculo que ofrecen enormes masas de población caídas en la condición de Heimatlosen [apátridas, marginados], a pesar de los convenios internacionales; se ha quedado atrás en materia de educación, manteniendo poblaciones enteras fuera de participación en la cultura y permitiendo que sean fanatizadas por prédicas incontroladas de formas idolátricas de religión, mientras la educación técnicamente impartida y las formas espiritualizadas de la cultura se mantienen como artículos de lujo en los grandes centros poblados... Pero lo grave es que el Estado Liberal se ha quedado rezagado en la comprensión del problema de la libertad y ha permanecido indiferente y tolerante en presencia de la aparición de nuevas formas de revoluciones políticas, cuyo slogan es “muera la libertad”. Tal vez los liberales de viejo cuño han pensado que el grito es absurdo, pues la libertad no muere nunca. Pero estaban en error. El “ennemi mution”[¿?] que grita contra la libertad, no destruirá, por cierto, la libertad misma; pero sí puede destruir las formas jurídicas que constituyen su reflejo... Nadie puede creer que el Estado Liberal se organice sobre un sistema de leyes puestas al servicio de su autodestrucción... En el fondo de todo ello, yace la idea según la cual la democracia es una forma política que vive sola, a pesar de esos momentáneos desvíos. Si en cambio se sintiera la libertad política como un concepto histórico forjado continuamente en la lucha de todos los días, se comprendería mejor la función de los verdaderos liberales y el significado del adagio inglés que dice: “the price of liberty is eternal vigilance”. He insistido tanto en este punto porque deseo que quede bien claro mi pensamiento al respecto: yo estimo que la democracia no sólo tiene el derecho, sino que tiene la obligación de defenderse; yo estimo que la democracia no se niega, sino que más bien se afirma cuando les niega o les limita el empleo de sus libertades fundamentales a quienes desean usarlas sólo para terminar con ella; yo creo, en una palabra, que es lícita doctrinariamente hablando: la auto-defensa de los regímenes democráticos. Yo no deseo que aparezcamos los demócratas, ante los totalitarios de un color o de otro, como estúpidos puritanos dispuestos a hacernos víctimas de nuestras propias virtudes, sino como enérgicos y lógicos adalides del ideal libertario en la organización de las relaciones humanas.

Contesto, entonces afirmativamente el segundo punto, y me desplazo al tercero para preguntarme cuál ha de ser el procedimiento de defensa. Será una norma de prohibición general, tal cual la ofrece la moción del compañero Licenciado Volio Sancho. Yo creo francamente que no, por varias razones. Porque una fórmula así de amplia ofrece posibilidades de abuso para perseguir injustamente, por motivos políticos del momento, a este o al otro partido. Porque de lo que se trata es de adelantarse a un peligro concreto: el del comunismo, y para hacerlo se acude a una fórmula indeterminada que puede ir mucho más allá de la reacción contra el comunismo. Porque el comunismo es una amenaza transitoria -cuando las democracias se impongan en definitiva sobre Rusia, ya sea política, ya sea militarmente, las posibilidades quintacolumnistas de los movimientos comunistas nacionales se debilitarán sustancialmente- y parece inadecuado tratar un asunto transitorio mediante una fórmula que de manera permanente quede incorporada a nuestra Constitución. Porque el principio prohibicionista, negativo, rompe la filosofía democrática y libertaria general de lo que será la nueva Constitución Política de Costa Rica, porque, en fin, a igual norma han echado mano regímenes que no se recomiendan como democráticos. El compañero Licenciado Esquivel nos citó el caso de Uruguay, e hizo muy bien en escoger ese caso, porque el Uruguay es posiblemente el paradigma de la democracia en América y nadie podría tachar sus instituciones de antidemocráticas ni mucho menos. Pero ha de notarse que la prohibición que contiene la carta uruguaya es indirecta. En efecto, su artículo setenta, inciso sétimo, reza así: “La ciudadanía se suspende por formar parte de organizaciones sociales o políticas que, por medio de la violencia, tiendan a destruir las bases fundamentales de la nacionalidad”. No es una prohibición concreta la que allí se plantea. Y es cierto que algunos otros países libres contienen disposiciones parecidas: el Brasil, en su artículo ciento cuarenta y uno; el Ecuador, en el ciento ochenta y ocho; Cuba, en el treinta y siete; Guatemala, en el treinta y dos, y Panamá, en el ciento tres. Pero no lo es menos que también la contienen el Perú, Nicaragua y la República Dominicana, tres dictaduras sórdidas de nuestra América. Cómo olvidar, por ejemplo, lo que dice el artículo cincuenta y tres de la Constitución peruana sobre que “el Estado no reconoce la existencia legal de los partidos de organización internacional”, no es más que un instrumento casuístico para poner fuera de la ley al partido de las mayorías populares, al Aprismo mil veces perseguido por los militarotes de su país, y cuyo noble jefe Víctor Raúl Haya de la Torre se encuentra hoy acorralado en la Embajada de Colombia en Lima, sin que haya sido posible que los mandones con charreteras de la Junta Militar le hayan permitido hasta el presente dirigirse al extranjero. Yo no sé si será una debilidad mía; admito que lo sea; confieso que esas debilidades no deben influenciar una labor constituyente como en la que estamos; pero sin embargo me crispa el pensar que la nueva Constitución de Costa Rica, conseguida después de tan ardua lucha por la libertad, por la libertad para todos los costarricenses, contenga un principio igual al que contienen las constituciones de algunas de las más sórdidas tiranías de nuestra América. Sobre todo si, como yo lo creo, el objetivo que con tal principio se busca, puede conseguirse por otros medios más seguros y adecuados. En efecto, yo creo que podría adoptarse, en vez de la fórmula general de carácter prohibitivo que propone el Licenciado Volio Sancho, una fórmula de orden positivo en que se dijera, por ejemplo, que todas las instituciones del país están al servicio de la libertad y de la democracia, y que le dejara así, asidero a los futuros gobiernos de Costa Rica para limitar o excluir de la vida política al comunismo en caso de evidente necesidad, en caso de notoria traición a la patria, en caso de sabotaje rojo contra la democracia y la libertad. Porque, y eso deseo que quede bien claro: yo no quiero que los futuros gobiernos costarricenses queden inermes ante la agresión totalitaria ni que, para acudir a la defensa de la libertad, haya de echarse mano a expedientes que pudieran ser tachados de inconstitucionales. Quiero que quede abierta la posibilidad para que, en el momento preciso, y sobre la base de la propia Constitución, se haga frente a los enemigos de la democracia. Fue eso, más o menos, lo que la fracción Social-Demócrata trató de dejar incorporado en la Constitución cuando hace unos pocos días hizo moción para que al hablar del sufragio quedase dicho que éste se ejercía “para la defensa y el fortalecimiento de la democracia y de la soberanía nacionales”. La moción fue objetada por falta de claridad y por falta de adecuación en el artículo para el cual se proponía, y nosotros optamos por retirarla, no sin advertir que lo hacíamos en el entendido de que a su hora, y en el lugar que pareciese mejor, la Asamblea introduciría una sentencia por ese estilo, que pudiera servir de base para una ley especial de defensa de la democracia contra los totalitarismos. Quiero una fórmula prohibitiva parecida a la presentada por el señor Volio Sancho y yo, en general, estuve de acuerdo con ella. Hoy analizando más a fondo el sentido y las probables consecuencias suyas, la encuentro inadecuada e inconveniente. En esto, como en todo, cuanto más vueltas se le da en la cabeza a una idea, va llegando uno a posiciones más racionales y adecuadas. Sin embargo, en el propio seno de la Comisión Redactora, yo me pronuncié, y así consta en las actas respectivas, contra que fuese el Tribunal Supremo de Elecciones el llamado a declarar la descalificación de partidos inconstitucionales porque, dije, y ahora lo repito, así lo que lograríamos sería poner en entredicho la imparcialidad de un organismo llamado exclusivamente a fallar, dentro del campo jurídico, el aspecto aritmético de los votos emitidos por los partidos, al ponerlo a fallar sobre cuestiones de fondo, como lo son los programas, la ideología o los medios de acción de esos partidos. Ese reparo lo mantengo en pie. Yo preferiría que la descalificación, si ha de venir, fuese hecha por la Asamblea Legislativa, que es un cuerpo político fundamentalmente. ¿Que ello puede prestarse a abusos? Es claro. Pero ya cuando se trate de prohibir el funcionamiento de un partido en Costa Rica, se estará dando un paso tan serio y trascendental, que no habrá modo de evitar la tacha de abuso y de parcialidad, y siendo ello así, yo creo preferible que tal tacha recaiga sobre la Asamblea antes de que sobre un tribunal, ya sea el de Elecciones, ya la corte Suprema de Justicia. La Asamblea podría en ese caso hacer la descalificación sobre la base de ese precepto positivo que yo me permito sugerirle a la Asamblea como una alternativa frente a la moción del señor Volio Sancho, precepto al que le daré mi voto con toda convicción y sin ningún escrúpulo, porque lo creería saludable para la defensa de la democracia y adecuado para ese objetivo, en tanto que no se lo podré dar a la fórmula que ahora está en discusión, por todas las razones apuntadas.

El Representante MONGE ALVAREZ expresó que no votaría la moción en debate. Dijo que el problema del comunismo lo había apasionado, no tanto como filosofía política, sino como fenómeno social. Añadió que estaba convencido que significaba una amenaza para la Democracia, ya que constantemente está conspirando contra la misma. Además, representa un peligro para la soberanía nacional, pues es sabido que los partidos comunistas obedecen órdenes de Moscú. Sin embargo, establecer una norma prohibitiva como la suscrita en la moción del señor Volio Sancho, es peligroso e improcedente. Lo más propio es poner una norma que en el futuro dé a los gobiernos un asidero legal para declarar fuera de ley a los partidos que pongan en peligro a la Democracia, en la forma como lo ha hecho, por ejemplo, Chile. Es bien sabido que en la Constitución de este país no existe una prohibición como la propuesta por el Diputado Volio Sancho y sin embargo el gobierno del señor González Videla, pudo parar la conspiración del partido comunista chileno, declarándolo al margen de la ley. Añadió que la moción en debate era negativa y contraproducente. Al comunismo debe ponérsele al margen de la vida política, pero esa actitud debe compaginarse con una actitud nueva de los gobiernos frente a los problemas sobre los cuales se funda la propaganda comunista. Es necesario hacer una más justa distribución de la riqueza. Las grandes mayorías requieren una mayor justicia social que las ampare. De lo contrario, se sentirán atraídas por la propaganda demagógica del comunismo, que todo se lo ofrece. Deben resolverse las necesidades de nuestro pueblo, así como el gran problema de su cultura. Un pueblo pobre e inculto es fácil presa de la propaganda comunista. Precisamente uno de los motivos que han hecho posible la existencia del comunismo en Costa Rica es la incultura, la falta de preparación de las grandes mayorías. No es mediante una prohibición que se puede acabar con esta teoría peligrosa para la Democracia. La prohibición es un arma de dos filos, pues hoy se esgrime contra el comunismo y mañana no sabemos contra cuál otro partido se puede esgrimir. Mañana un gobierno antidemocrático e inescrupuloso puede echar mano de esta disposición constitucional para poner al margen de la vida política a un partido que no es de sus simpatías, como ha ocurrido en el Perú, con el partido Aprista, fundado por Haya de la Torre.

El Diputado ROJAS VARGAS justificó los motivos que tiene para no votar la moción del señor Volio Sancho. Hizo un breve análisis de lo que es democracia y comunismo. Luego enfocó el problema desde un ángulo especial que llamó los peligros del martirologio. De proscribir al comunismo, se estará creando en sus dirigentes y partidarios una mística que los fortalecerá. El peligro de tal medida es evidente; a través de la historia los movimientos que han sido declarados ilegales, han creado en sus prosélitos el sentido del heroísmo Estos movimientos se han fortalecido en la clandestinidad. Luego han advenido a la vida política o social con fuerzas renovadas. Citó el caso del cristianismo, por largos años recluidos en las catacumbas. Fue la persecución la que creó a los cristianos esa mística que los llevó a todos los sacrificios. Cuando cesó la persecución del cristianismo se había llegado a convertir en un movimiento arrollador, incontenible. Se refirió también al caso moderno del Aprismo en Perú, el partido de la mayoría del pueblo peruano. Lo que hizo posible el gran desarrollo del Aprismo fue que durante muchos años estuvo al margen de la ley, perseguido. De ahí que de adoptarse la prohibición del señor Volio Sancho, al final de cuentas el comunismo saldría favorecido. La medida -dijo- es contraproducente. Lo más correcto es dejar abierta la posibilidad para que en el futuro los gobiernos -si las circunstancias lo ameritan- declaren fuera de ley al partido comunista. Terminó afirmando que las ideas, en una democracia, se combaten con ideas y no con simples prohibiciones, que a la postre no dan ningún resultado. (El discurso completo del Diputado Rojas Vargas, va al pie del acta publicada en “La Gaceta”.)

El Representante JIMENEZ QUESADA dijo que no votaría la moción en debate, no porque obedeciera a una actitud circunstancial, sino porque esa era su manera de pensar, expuesta en diversas ocasiones en la Cámara. Se refirió luego a que el problema se podía analizar desde dos puntos de vista: el filosófico y el práctico o estratégico. Señaló que para defender la democracia desde el segundo punto de vista, no se hacía con prohibiciones. Comparó a los militares con los legisladores. Son dos oficios similares porque ambos han compartido, a través de la historia, las funciones de gobierno. A los militares -dijo- no les gustan las fortalezas que construyen los pueblos para defenderse de sus enemigos, porque eso significa que han perdido su coraje, su decisión, ya que a un espíritu de ofensiva lo han sustituido por uno de defensiva. De ahí que Napoleón mandara a destruir todas las fortalezas de Francia que no servían de nada, mientras el pueblo francés mantenía aquella decisión inquebrantable de lucha. Pero al espíritu de Napoleón sucedió luego el de Maginot, y ya todos sabemos las consecuencias funestas para Francia. A los legisladores les pasa lo mismo: cuando renuncian a la ofensiva, adquieren el espíritu defensivo. Se dan a la tarea de construir fortalezas de papel, que de nada sirven. Las fortalezas constitucionales son aún más débiles que las otras. En el caso concreto que se discute, la prohibición de la moción del señor Volio Sancho de nada va a servir, pues no acabará con el comunismo. La única forma es luchar. Que los partidos se desenvuelvan normalmente. No hay que tenerle miedo al comunismo. Precisamente la gran virtud de liberalismo es que permite el libre juego de las ideas. En este sentido el gran maestro fue don Ricardo Jiménez que no le tuvo miedo al comunismo, dejándolo actuar. Luego se refirió a los motivos por los cuales el comunismo había prosperado en Costa Rica, gracias a su dirigente, don Manuel Mora Valverde. Este predicó una especie de puritanismo. Se revistió de una blanca túnica de armiño. Combatió lo malo de nuestra política, con lo que logró que muchas personas, anticomunistas por naturaleza, votaran por él en las elecciones. Pero al llegar a palacio, Mora Valverde se desprestigió con sus actuaciones. Añadió que en esto estribaba la gran virtud de la democracia: al permitir la llegada a palacio del líder comunista, ayudó a su desprestigio. La situación hubiera sido muy distinta si a Manuel Mora no se le brinda la oportunidad para que pusiera en práctica sus ideas. Posiblemente hoy continuaría siendo admirado como antes. Indicó que el concepto de la libertad no debe limitarse en forma alguna. En una democracia todos tienen el derecho de hacer oír sus propias opiniones. (El discurso completo del Diputado Jiménez Quesada se incluye al pie del acta publicada en “La Gaceta”.)

DISCURSO DEL DIPUTADO EDGAR ROJAS VARGAS

Señores Diputados: En primer término quiero manifestar que yo estoy ampliamente de acuerdo con todas y cada una de las observaciones hechas por los distinguidos compañeros que me precedieron en el uso de la palabra en cuanto a que hoy día, las democracias se encuentran enfrentadas, en lucha decisiva, al sistema ruso de gobierno o al nacional-socialismo. Considero que, conforme al ideal de la vida política contemporánea, es deber ineludible de todos los hombres que estamos integrando la zona de cultura occidental fortalecer o rescatar -si ese es el caso-, en todas las formas en que ello sea posible, el sistema democrático... Todos, absolutamente todos, debemos luchar contra los sistemas que, por su naturaleza totalitaria, tienden a subordinar todas las formas de expresión de la dignidad humana, a la comunidad por antonomasia que, en esos regímenes, viene a ser el Estado... Esas formas de organización política que son una constante amenaza contra las democracias, han sumido a la humanidad en los episodios más negros y dramáticos de la historia contemporánea; episodios en los que ha sucumbido la iglesia, la cultura, la familia, y, lo que es peor, la esencialidad misma de la vida... Para describir en esta ocasión la naturaleza de estos métodos políticos, me parece es conveniente ampliar, un poco más, el concepto gráfico del Leviathan que hace breves minutos apenas mencionó el talentoso compañero Acosta Jiménez; efectivamente, conforme a la célebre concepción del gran filósofo materialista inglés, es tan absorbente la figura política del Estado, que todo lo abarca en su seno: en él, la libertad es una palabra vana y sin sentido; la personalidad y demás atributos de la humanidad, han de doblegarse a su impulso constructor[¿destructor?]; Leviathan, o lo que es igual, el Estado es el primer principio y el fin final. Decía Hobbes, refiriéndose a éste, que había que imaginárselo como un enorme monstruo constituido con células vivientes que semejan los individuos de los diversos pueblos a él sometidos, con enormes y férreas manos, en los que con soberbia inaudita tendría, por un lado, la espada para sojuzgar a las comunidades por la violencia y, por el otro, un puño con dominio universal de las conciencias y del espíritu.

En beneficio de la celeridad que las circunstancias le han impuesto a esta Asamblea en sus indispensables deliberaciones, me abstendré de hacer un análisis teórico de los regímenes que, como el ruso-soviético, fascista-italiano, y nazista-alemán, se caracterizan por su naturaleza negadora de la dignidad humana y de la libertad; considera que tal intento demandará muchas horas, muchísimas...

Señores Diputados: Yo creo que de lo que en realidad se trata, ahora, no es, como pudiera creerse, de realizar una labor de combate refutando a los regímenes que vengo mencionando; pues debemos partir de la base o, para ser más exacto, de la absoluta seguridad de que en esta honorable Asamblea no hay un solo simpatizante de la aplicación, en nuestro medio, de formulaciones políticas de tal jaez. De lo que en esta oportunidad se trata, es de determinar, con toda precisión crítica y conforme a la mejor táctica de estrategia democrática, si la moción del compañero señor Volio Sancho tiene en primer término carácter defensivo o de preservación para la democracia y, luego, si con tal carácter sea lo más prudente que elevemos tal medida al rango de precepto constitucional...

Así las cosas, quiero manifestar resueltamente que mi criterio está totalmente divorciado de la tesis que le da, a la moción del Diputado Volio, tal carácter. No creo yo, señores Diputados, que la muy bien inspirada moción que se debate tenga, siquiera en grado mínimo, la virtud de preservar en alguna forma la salud de las democracias. Muy al contrario, considero que vulnera altamente las esencialidades del sistema que pretende proteger. Por otra parte, aún accediendo a considerar como justificado tal proceder en contra de la libertad de pensamiento contenida en la pretensión que ahora combato, refuto que tal proceder es el menos aconsejable ya que, dada la naturaleza de los fenómenos humanos, no se hará esperar el efecto estimulante que para tales idearios producen todas las actitudes persecutorias, como la que se está pretendiendo constitucionalizar.

De la anterior afirmación tenemos clarísimos ejemplos en la historia. Por ejemplo, no fue sino cuando mostráronse reacios los adeptos del cristianismo al paganismo divinizado en el Estado que, surgió vitalizada la nueva fe cuyos representantes y seguidores fueron perseguidos como anarquistas, en forma ceñuda, como causas contrariantes a aquella comunidad pagana de Roma... Claro está que en el caso que he citado, ese gran estímulo que recibió al ser perseguido el cristianismo fue para la mejor gloria de la humanidad, pero, visto como fenómeno social, presenta la misma fisonomía. Con aquella persecución no se había logrado otra cosa que eclipsar, momentáneamente, uno de los derechos imprescindibles de la esencia misma de la personalidad humana para que, en el curso de los siglos, renaciera más radiante y más infinita aquella fe demostrándole al mundo que la libertad de conciencia jamás se puede ofuscar ni negar...

Ese curioso fenómeno, según el cual el mejor abono para las ideas convenientes o inconvenientes según nuestro modo de pensar, es la persecución; siempre se ha manifestado claramente en todos los eclipses que ha sufrido la humanidad en el curso de los siglos... Recordemos en nuestro tiempo, el elocuente caso del Partido Aprista del Perú... Gran parte de su indiscutible éxito se debió a la falta de libertad en que se desenvolvió y, también, su fortaleza popular fue posible gracias al sinnúmero de vejámenes y persecuciones de que fue objeto por la famosa dictadura.

Señores Diputados: aceptar como bueno el procedimiento sugerido equivale, a mi modo de ver las cosas, a tener como legítimas e intachables todas las persecuciones y usurpaciones, todos los abusos de poder y todas las violencias que han constreñido y sofocado a las colectividades en el devenir histórico en cuanto al supremo sentido de la libertad se refiere. Equivale, también, a concederles alguna eficacia a los procedimientos que, en nuestro medio, introdujo el estrato social al cual se pretende privar de algunos de sus derechos ahora.

Yo estoy plenamente convencido que las más abyectas osadías las realizó el comunismo tico; que las más vulgares e inferiores de las acciones son obra de ese grupo que por lo general era el medio de que se valían los verdaderos autores de tan inconfesables actos. Pero, ciudadanos constituyentes, yo me pregunto: ¿Será la causa principal de ello la circunstancia -muy discutible por cierto- de que se trataba de comunistas...? ¿Será por la naturaleza misma de tales idearios que hemos tenido tanto que lamentar...? Esto no es posible aceptarlo. No es posible. En el caso concreto de Costa Rica lo que realmente es la causa determinante de aquel estado de cosas, no es, como se ha venido afirmando en esta Asamblea, tal o cual ideario de tal o cual naturaleza. La responsabilidad debemos atribuirla a la dolorosa calidad de nuestra democracia que falló rotundamente. Que era tan pobre su clase, que dió lugar para que, en determinado momento esos mal llamados comunistas ticos, determinaran los destinos del Estado. Que permitió que esos artífices del desastre, que son de dos clases: un puñado de descamisados cansados de reclamar sus derechos más elementales y, por otro lado, una camarilla de traficantes de esta situación de descontento popular, que también trafican con la ignorancia del mayor número en Costa Rica, una democracia, decía, que permitió la presencia de estos ignorantes en un gobierno carcomido para abalanzarse sobre el fisco. Yo soy de los que creen que en Costa Rica el comunismo deja de ser lo que significa en otras latitudes. Aquí ni los jefes, ni los camaradas pueden, siquiera, digerir los más elementales lineamientos o conceptos del sistema político que pretenden respaldar.

Es preciso que lleguemos a la conclusión de que nada vamos a lograr, en beneficio de nuestra democracia tan endeble, prohibiendo constitucionalmente la posibilidad de que quienes luchan ideológicamente, por credo distinto al nuestro, puedan pugnar a la hora de la determinación de la política nacional. Es innegable la necesidad de que reconozcamos la conveniencia de que todos los diferentes grupos de la colectividad, cualesquiera que sean sus orientaciones filosófico-políticas, estén representadas al estructurar un gobierno, ya que, deliberada y permanentemente, vienen a sustituir al pueblo al tomar a su cargo el logro efectivo de la conversión de una necesidad actual o una aspiración política que de ella nazca, en acción virtual que se convierta en realidad efectiva. Ojalá, digo yo, que todas esas fracciones sociales se constituyan en partidos políticos bien determinados porque, sólo así, es posible que se logren efectiva y positivamente las fuerzas que, originadas en necesidades y anhelos primordiales e impostergables de la vida, son capaces de imprimir movimiento y orientación a nuestras sociedades políticas de hoy día. Esos organismos políticos son todo el tiempo la expresión misma de la voluntad social. La Democracia debe, fatal y necesariamente, producir la identificación de la sociedad que es un hecho natural con realidad sustantiva, y el Estado que es, usando la expresión de Ortega y Gasset, un hecho artificial de realidad adjetiva... Señores Constituyentes: Es preciso que admitamos, si no queremos negar la Democracia, la formación irrestricta de los partidos políticos; preciso es que le concedamos singular importancia a este fenómeno en el mecanismo de la dinámica social, porque los Partidos políticos, repito una vez más, significan las organización permanente, sistemática y disciplinada, de la gran ley de gravitación histórica que se llama Opinión Pública... Sólo por medio de esta opinión pública es posible la erección de principios populares, fiel reflejo de la voluntad social, en instituciones que se incorporan y se cristalizan en la estructura orgánica y jurídica de la colectividad.

De enorme importancia considero en esta ocasión analizar, aunque brevemente, la naturaleza de este concepto que hoy día, conforme a la ciencia de la filosofía jurídica, tiene caracteres perfectamente definidos. La opinión pública se ha confundido algunas veces con la voluntad social mayoritaria por la sola razón de que, en ocasiones, la contiene plenamente. Esa errada acepción no soporta el más leve examen ya que, si esa fuera en efecto la opinión pública, tanto el régimen ruso, el fascista o el nazista alemán, no significarían atentados a la democracia pues, en realidad, en todos estos sistemas estaba presente el fenómeno de voluntad social mayoritaria pues que eran típicas revoluciones de masas, grandes movimientos populares. La opinión pública ha empezado a constituir, a ser, una nueva energía en el mundo que sólo es posible apreciarla en su más auténtica fisonomía, en aquellas democracias verdaderas en las que viene a ser, la opinión popular, su principal y supremo poder. Este fenómeno de progreso político, lo debemos entender como un producto de la civilización material, intelectual y, principalmente, espiritual que, gracias a la instrucción común, a la libertad de palabra y de pensamiento, a la libertad de reunión, etc., es que se ha hecho posible.

La opinión pública es en su aspecto más serio, más formal, una armónica conjugación de intereses individuales que procuran representar intereses y que interpretan los más vivos y más variados sentimientos colectivos; de donde tenemos que llegar a la conclusión de que, siempre que este gran requisito de las verdaderas democracias se manifiesta, parece reflejar, conteniéndolo, el pensar-sentir de un todo que lucha por manifestarse en forma efectiva; actualmente y, principalmente en este caso concreto, tenemos los responsables del futuro democrático de nuestra República que aceptar que la opinión pública no es la opinión de todos, tampoco la de una mayoría triunfante y, mucho menos, la opinión intermedia que equidiste de las extremas; ella es el resultado de la vida común, el resultado de la ínter-acción de las psiques individuales en un determinado espacio-tiempo histórico; es posibilidad de que se oigan los elementos de opinión que consideramos contrarios al sistema del mayor número, es finalmente, ocasión para que cualquier minoría se convierta en mayoría en cuanto aumente su caudal... ¿Y cómo hacer posible y efectiva esta medular esencialidad de la democracia? Ese sagrado medio es el mecanismo de la representación popular de cuya perfección depende, constantemente, la superación de la dignidad humana y la libertad en su más amplia consideración. Cualquier ataque a este maravilloso fenómeno o mecanismo de la democracia es capaz de significar, conforme a la concepción democrática de la zona de cultura occidental, un oscurecimiento, una negación, y, yo diría, una regresión de lo que hoy día es patrimonio del género humano... No se haga responsable esta Asamblea Constituyente, plena de soberanía, del lamentable error de negar la Democracia misma a pretexto de preservarla al constitucionalizar, en forma de consciente opresión, un ataque a los derechos tenidos como indispensables para el hombre en las sociedades modernas. No neguemos el valor espiritual de la vida ni neguemos tampoco la indiscutible garantía de representación tan indispensable en las naciones civilizadas... Creo que si seguimos el procedimiento sugerido para la defensa de la democracia no lograremos obtener los encomiables propósitos que, estoy seguro, inspiraron al connotado proponente. Insisto en que ello a lo que conduce es a darle al comunismo tico más importancia de la que en realidad merece, por otra parte y como consecuencia inevitable, les haríamos el beneficio de convertirlos en mártires con los consiguientes buenos efectos para sus procedimientos.

Es necesario que tomemos en cuenta las lamentables consecuencias que la subterraneidad u ocultamiento del comunismo, en el supuesto de que prospere la tesis persecutoria que la moción que se debate contiene, traería para la actividad cívica y social del país. Tenemos que reconocer que, precisamente, lo que ha caracterizado a las más diáfanas democracias de los tiempos modernos ha sido su capacidad de resistencia para sus más fervientes impugnadores; su comprensión y su tolerancia para demostrarnos, sólo en esa forma, su fuerza, su valor y, en último término, su aconsejabilidad como sistema de organización política.

Cuidémonos también, por el más elemental aspecto de estrategia liberal, de que se pueda malinterpretar la disposición que se pretende elevar al rango de precepto constitucional, como un síntoma de debilidad, pues que ya sabemos que las ideas sólo se pueden combatir con ideas y no, como se propone, con preceptos de carácter constitucional.

Finalmente, quiero dejar claramente sintetizado mi criterio en este asunto que considero de vital trascendencia para el prestigio de nuestras instituciones, declarando, de la manera más vehemente, que a mi juicio por entre las ideas, que por entre las nuevas formulaciones de ordenación política, cualquiera que sea su naturaleza o sus tendencias, no es posible que los hombres civilizados, que los hombres que queremos vivir y sentir los postulados de la democracia, pretendamos abrirnos paso con la espada, con el cetro o con la ley... Ello es imposible, absolutamente imposible señores Diputados, sólo hay una forma de abrirse paso por entre las ideas; ese paso deber ser la superación de tales formulaciones con más y mejores ideas.

DISCURSO DEL DIPUTADO JIMENEZ QUESADA

Señores Diputados: Como yo no estoy cansado, como no tengo miedo de luchar, como sí tengo fe en los mecanismos de la democracia, no le daré mi voto a la moción en debate que vendrá a agregar otro aspecto negativo, restrictivo, a los muchos que ya se han incorporado a esta Constitución que elaboramos.

Los señores Constituyentes que me han escuchado con benevolencia en otras ocasiones, no mirarán en mi actitud de hoy nada circunstancial y seguramente me concederán que ella corresponde a un modo de pensar en todo orgánico.

Tal vez sea esta la tercera batalla que pierdo: la primera cuando combatí la indignidad de los tribunales especiales; la segunda cuando abogué para que no se les prohibiese a los sacerdotes católicos el acceso a esta cámara.

Todo este problema que nos ocupa se puede mirar desde dos planos absolutamente distintos: uno el plano abstracto, filosófico, en el cual no entraré puesto que cada uno de vosotros conoce mejor que yo la doctrina del comunismo y el problema que él representa para las democracias; también conocéis mejor que yo lo que esta última palabra significa. Tampoco intentaré un examen lírico de la libertad y del derecho para que cada cual piense políticamente como le venga en gana y milite sin restricciones de ninguna especie en el partido que mejor le convenga. Entendidos de que todos los aquí reunidos somos demócratas y que todos coincidimos en la misma preocupación, podemos sin mucha pérdida de tiempo, situarnos en el otro plano, en el práctico, en el que yo me permitiría llamar el estratégico, porque es el único en el cual esta discusión puede cobrar un valor efectivo, tratando de determinar la buena táctica para afrontar el problema comunista. He usado la palabra estrategia porque sin duda alguna hay dos misiones muy semejantes: la del militar y la del jurista que legisla; prueba de esta similitud es que ambos han compartido siempre las responsabilidades del Estado. Pues bien, recuerdo, hablando de estrategia, que Bonaparte despreciaba las fortalezas. Veía en ellas un peligro más que una seguridad. Creía que las fortalezas volvían a los pueblos confiados y que los hacía perder el espíritu ofensivo, único que podía engrandecerlos, y que cuando un pueblo lo sustituye por un espíritu defensivo, este pueblo está más cerca de la hecatombe; y en realidad, él tenía razón; todos sabemos lo que sucedió cuando a la idea de Bonaparte la sustituyó el espíritu Maginot. Algo muy parecido sucede en política: cuando un régimen, cuando una casta, cuando una doctrina, renuncia al espíritu ofensivo, cuando se siente acobardado, y sólo atina a ponerse a la defensiva, es que ese régimen, esa casta, o esa idea se presienten derrotados. Creo que si ahora nos damos a la tarea de construir fortalezas constitucionales para defender la democracia, estamos simplemente en presencia de un fenómeno de decadencia. Respeto muchísimo el criterio de quienes piensen distinto, y en especial el vigoroso espíritu del proponente, pero insisto en creer que estas fortalezas de papel servirán para muy poco bien y sí para mucho mal.

No soy en absoluto un lírico de la libertad, ni tampoco de la democracia, palabra de la que he abusado menos que otros, pero tenemos que ser consecuentes, y no sé cómo se puede asociar la idea de democracia a la de intolerancia, y cómo se puede alardear de una libertad con limitaciones, esto es para mí de tan difícil comprensión como sería la noción de un infinito con murallas.

El admirable don Ricardo Jiménez, fue sin duda un gran estratega de la libertad y él nunca le tuvo miedo a nuestro comunismo criollo, y vengo hablando del comunismo, puesto que la moción en debate contra quien va dirigida en definitiva es contra este colectivismo, único al cual le parecemos temer los costarricenses, pues por otro lado vamos, en medio de la indiferencia o inconveniencia de todos, marchando con gran rapidez hacia una especie de fachismo.

Pues bien, decía que a nuestro gran don Ricardo no le preocupó tanto el comunismo y que si le preocupó, juzgó mucho más conveniente que éste se presentara y demostrara con absoluta franqueza. ¿Hubo en esto alguna ventaja? Soy de los que creen que sí. Esta franqueza de los comunistas fue beneficiosa, porque ella nos proporcionó los medios de defensa; soy por eso de los que prefieren al diablo vestido de diablo y no con túnica de arcángel. En los líderes del comunismo criollo, es necesario reconocer una absoluta franqueza en todas sus actuaciones. Ellos nunca llamaron a engaño a nadie, de manera que en Costa Rica el que quiso ser comunista lo fue a plena conciencia, ya que simpatizantes y adversarios de esta doctrina supieron siempre con absoluta certeza a qué atenerse. ¿No es esto, señores Constituyentes, una inmensa ventaja? Temo en cambio que con medidas como la discutida lo que vamos a lograr, no es exactamente detener el avance del comunismo, sino estimular la hipocresía de sus militantes y a obligarlos a la técnica del camuflaje. No podemos olvidar por lo demás, que el comunismo antes que un fenómeno local es un fenómeno mundial, cuya suerte tendrá que decidirse en otras líneas de resistencia que no están dentro de nuestras fronteras. Pero de cualquier manera que sea, hay que tener muy presente que el comunismo, con muchísima razón, ha sido definido como algo más que un simple movimiento político, y algunos advierten en él la fuerza de una verdadera religión. Esta sagaz observación es por una gran parte una realidad. ¿Debemos nosotros imprudentemente olvidar cuáles son las formas psicológicas por las cuales el prosélito se transforma en fanático y el error en mística? Muy acertado ha estado el señor Diputado Rojas al enfocar tal aspecto, y seguramente no es el propósito de esta Asamblea el inaugurar una nueva era de catacumbas, ni tampoco el de llevar a nadie a abjurar al pie de una hoguera, porque esos prosélitos que ya tiene en Costa Rica el comunismo no se van a quedar tampoco como moro sin señor. Por todo eso es que me he permitido hablar de la libertad, no como de una filosofía, ni tampoco líricamente, sino de la libertad como una estrategia.

En cuanto al comunismo como problema puramente costarricense no debemos perder de vista ciertas consideraciones, como la de que su fuerza numérica fue siempre endeble; ellos llegaron a ajustar el número de prosélitos mínimum a que puede aspirar cualquier movimiento religioso o filosófico en nuestro medio. Porque es necesario saber distinguir entre los verdaderos prosélitos que tuvo el comunismo costarricense y los votos puramente ocasionales de no prosélitos que en muchas ocasiones favorecieron a ese partido. Todos conocemos ese fenómeno típicamente costarricense, de las gentes de ideologías más radicalmente opuestas al comunismo que sin embargo, en las elecciones de medio período, votaban por sus papeletas para Diputados, lo cual es explicable si tomamos en cuenta que en nuestro país las ideas en realidad importan poco en política, la cual es en definitiva de un carácter emotivo personalista; y en cuanto al comunismo se refiere, es indudable que la calidad de su líder, el señor Mora, llegó a impresionar, y tanto como eso no nos guste ahora, todos tenemos que reconocer que por sus condiciones puramente personales, los líderes comunistas fueron los únicos que se encargaron de una labor de crítica, que tanto le gusta al ciudadano costarricense. Conozco el caso concreto, por ejemplo, de un amigo mío, hombre de edad ya muy respetable, católico, pero de esos de tomo y lomo, que sin embargo le daba siempre a medio período el concurso de su voto a don Manuel Mora; y como un día le expresara yo todo lo paradójico que me parecía su proceder, me replicó que lo hacía porque juzgaba que de cualquier modo, la voz de ese “muchacho Mora”, era la única franca e independiente que se escuchaba en esta cámara y que nada se perdía con ayudar a una minoría comunista, si sólo ella podía encargarse de cantar las verdades. Esta actitud de constante crítica, el espíritu de combate, la túnica de armiño impoluto, le dieron al líder de extrema izquierda una personalidad sin competidores, y seguramente hasta se le sobreestimó, pero el liberalismo político vuelve a demostrarnos en esta oportunidad las excelencias de su mecánica, cuando, en vez de haber proscrito al fustigante líder, con pretexto de sus doctrinas extremistas, le brindó las más amplias oportunidades no sólo de predicar, sino también de actuar, y con su actuación demostrar que es más fácil predicar que realizar; y en consecuencia la sobreestimación que se le concedió a este líder ha tenido que ser reducida hoy a sus verdaderas proporciones. En cambio, si se hubiese perseguido al comunismo, si se le hubiese conservado a la fuerza en un plano puramente teórico, sus prosélitos serían a estas horas muchos; sus líderes serían una incógnita en el campo de las realizaciones prácticas, y todos estarían fortalecidos por el prestigio que tienen las ideas y los hombres que nunca han sufrido la prueba de la experimentación y la demostración.

Creo que el pueblo en su gran mayoría es refractario a las ideas extremistas. Ahora mismo lo acabamos de experimentar. El más humilde pueblo no ha sido campo fértil para ciertas prédicas. Es lástima que toda la emergencia pasada sólo nos haya servido para sacar las conclusiones más negativas, y no sepamos ver las positivas. Siempre recordaré por lo mucho que me llamó la atención, en aquella famosa manifestación de fuerza que hizo don León Cortés, y en la cual, a la par de las clases más pudientes, desfilaron también la más humildes, una viejecita campesina, toda desdentada, casi harapienta, que con todo el vigor de la poca vida que le quedaba, animaba con sorna a un gran sector de desvalidos al grito de “abajo el pescado a peseta”, grito de guerra con que los humildes patentizaban que para ellos existían otros valores superiores a las simples materialidades esgrimidas por los demagogos. A más de todas estas razones de índole puramente práctica, cero que si alardeamos de ser una democracia tenemos que ser orgánicamente consecuentes con todos sus principios. La característica de una democracia que no está en decadencia es sin duda la tolerancia. Faltar a esa virtud es desquiciar todo el sistema. Yo al menos entiendo que la democracia no está, no puede estarlo, en competencia con nada que no sea con la intolerancia al libre pensamiento [¡!], porque la democracia es por sí un campo de competencia de todas las ideas, de todas las doctrinas, de todas las utopías.

Si nuestro país quiere mantener su fisonomía tradicional de sano liberalismo político, y si no queremos marchar a colectivismos fatales, cualquiera que fuese su nombre, la defensa sólo puede estribar en la calidad de nuestros hombres y en su capacidad efectiva para resolver nuestros problemas nacionales; pero si otros nos superan en calidad humana y nos aventajan en capacidad efectiva para entender y resolver nuestros problemas, y por los procedimientos democráticos del libre arbitrio de los ciudadanos, el pueblo, como sería su derecho, se decide por ellos, tendríamos al menos la satisfacción de que el liberalismo habría cumplido gloriosamente su última misión; pero como sé que esto está lejano, en cuanto a de mí dependa, me esforzaré desde mi muy humilde posición de simple ciudadano para contribuir en la medida de todas mis pobres capacidades a que la democracia conserve su prestigio y a que sus ventajas funcionen con todo éxito, porque en definitiva los regímenes no sobreviven por la calidad abstracta de sus doctrinas, sino solamente por las calidades reales de sus defensores.

Dije antes que procedíamos bajo el recelo de sucesos recién acaecidos, los cuales miramos en forma muy estrecha, muy unilateralmente, y no en su totalidad, de manera que sólo se llega a conclusiones muy parciales. Yo, al revés, miro en el desarrollo de esos sucesos, y en la forma en que culminaron, una confirmación de las ventajas que se le señalan al método liberal. Es verdad lo que algunos alegan de que hubo vidrios rotos y pérdidas de vidas; pero señores, una sociedad que está en marcha tampoco puede vivir en la más absoluta economía de contratiempos; todo sistema suele tener sus precios. Lo acaba de decir el Conde Sforza en Italia: los métodos de la democracia son lentos, pero los únicos efectivos; y yo me permitiría agregar: tampoco son los menos dispendiosos.

Señores Constituyentes: para terminar, con frase que le voy a tomar prestada al arsenal de excelente humor del ilustre compañero señor Licenciado Baudrit González, diré que no es que yo pretenda en este asunto “sonar la trompeta del juicio final”, sino simplemente dejar constancia de por qué no daré mi voto a la medida en estudio. No me abonan dotes de político militante, ni tampoco de especial saber y cordura que os puedan impresionar, pero en la conciencia de esta mi insuficiencia me conforta el recuerdo de la opinión de un distinguido hombre público colombiano, el cual al ser interrogado frente al desolador espectáculo de las ruinas humeantes de Bogotá, reafirmó su fe liberal diciendo, y les ruego a los señores de la Cámara meditar en toda la esencia de esta frase: “Sólo la libertad tiene la virtud de curar las heridas que hace la libertad”.

El Representante GAMBOA expresó que no votaría la moción en debate, por considerarla antidemocrática. Indicó que la democracia supone una libre competencia de ideas y la existencia de toda clase de partidos: fascistas, comunistas, anarquistas, liberales, etc. Cuando en una Democracia se proscribe un partido determinado, se habrá perdido su esencia, lo que la diferencia de los otros regímenes. Añadió que la moción era también impolítica, porque perseguir es hacer mártires. La consideró, además, peligrosa, fatal para el futuro, ya que no se sabe quiénes integrarán mañana el Tribunal Supremo de Elecciones. Muy bien por cuestiones políticas se podría llegar a descalificar a un partido, para impedirle su acceso a las urnas electorales. Por otra parte, la moción es innecesaria, ya que el Código Penal contiene preceptos que castigan la traición a la patria. Si mañana los comunistas traicionan a su patria, se les castigará en la forma señalada por nuestra legislación. Terminó diciendo que la moción estaba inspirada en el odio hacia los comunistas. Los legisladores deben despojarse de toda clase de pasiones. Las ideas deben combatirse con ideas. Si la democracia es superior a los regímenes totalitarios, saldrá victoriosa. Si no es así, en buena hora que sucumba, ya que no ha logrado triunfar sobre sus enemigos.

El Diputado TREJOS pidió a la Mesa que diera lectura a una moción suscrita por varios Diputados, que dice así: “ninguna disposición de la presente sección de las Garantías Individuales podrá interpretarse en el sentido de permitir a un individuo, a un grupo, o a un partido político, entregarse a actividades o realizar acto alguno que tienda a rebajar o a destruir uno o más de los derechos que están garantizados”.

El Diputado ZELEDON BRENES se pronunció en desacuerdo con la moción en debate. Dijo que se había pasado la vida predicando el respeto hacia la libertad humana, por lo que no podría estar con una moción violatoria del principio de irrestricta libertad que debe existir en una verdadera democracia. Añadió que ante los desastres cometidos por los comunistas en Costa Rica en épocas pasadas, como el asalto al Hospital San Juan de Dios, se debería idear un procedimiento para impedir que estos desmanes se vuelvan a cometer, pero no mediante una disposición que va contra el concepto liberal de la vida, así como contra uno de los principios democráticos más puros. Debe adoptarse otra fórmula que no lesione principios tan sagrados. Añadió que se había estado hablando tan sólo del comunismo, como si éste fuera el único peligro que tiene enfrente el mundo. Se ignora que así como existe un comunismo rojo, hay otro negro. El orador habló brevemente sobre el origen y desarrollo del partido comunista, en Costa Rica, que se mantuvo en el plano ideológico durante mucho tiempo, pero que luego asumió el poder gracias a la actitud de Monseñor Sanabria, que no tuvo escrúpulos en bautizarlo. Añadió que los partidos ideológicos combatiendo en la llanura sobre todo ahora que se pretende poner toda clase de obstáculos para que se cometan fraudes contra la voluntad popular, vienen a aumentar el acervo cultural de nuestro pueblo. No hay por qué temerlos. El Estado bien puede erigir defensas contra esos partidos, con ideas, ya que sólo así se pueden combatir las ideas. Además, la prohibición de ninguna manera vendrá a impedir el desarrollo del partido comunista. En campo abierto, el comunismo volvería a sus guarismos anteriores. En la otra forma existe el peligro de que aumente. Terminó diciendo que el Estado puede muy bien organizar su defensa, pero no con una prohibición como la propuesta, sino impidiendo ocupar cargos de elección popular a todos aquellos que estuvieran supeditados a una potestad extraña, o bien pertenecieran a organizaciones sociales, filosóficas o religiosas, que exijan juramento de fidelidad.

Quedando en uso de la palabra el Diputado Volio Sancho, a las siete de la noche terminó la sesión.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

ACTA No. 83

No. 83.- Octogésima tercera acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente a las catorce horas y media del día 6 de junio de 1949, bajo la Presidencia del Dr. Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz Martín, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Arroyo, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Mata, Esquivel, Gamboa, Gómez, González Flores, González Luján, Guido, Herrero, Jiménez Núñez, Madrigal, Monge Álvarez, Monge Ramírez, Montealegre, Montiel, Pinto, Solórzano, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón y los suplentes, Castaing, Morúa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja, Rojas Vargas, Jiménez Quesada, Lobo, Monge Alfaro y Carrillo.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Se dió lectura a dos telegramas en relación con la noción del señor Volio Sancho.

Artículo 3º.- El Representante VOLIO SANCHO usó de la palabra para referirse a los reparos hechos a su moción por varios señores Diputados. Todos los que han combatido mi moción, dijo -excepto el señor Arroyo- reconocen la inminencia del peligro totalitario y, concretamente, la amenaza comunista que se cierne sobre las democracias occidentales. El comunismo no puede ser un fantasma, como lo calificara el señor Arroyo, pues se trata de una dolorosa realidad. No puede ser un fantasma el partido que ha sumido al país en los más grandes desastres, así como a los otros países de América. Recientes están los sucesos acaecidos en Colombia, Chile, Brasil, Bolivia, Cuba, etc. El comunismo ha actuado a lo largo de América con los mismos procedimientos y propósitos, cuales son los de desquiciar el régimen democrático, causando los más graves trastornos sociales, políticos y económicos. Añadió que el señor Arroyo había subestimado este peligro real y evidente que constituye el comunismo en América y en el mundo. Luego se refirió brevemente a la actuación del comunismo desde el triunfo de la revolución bolchevique en Rusia. Desde entonces, Rusia ha tratado de implantar en todo el mundo la dictadura del proletariado, recurriendo a toda clase de medios ilícitos. Ha desarrollado un verdadero plan de dominación mundial. La Tercera Internacional ha vuelto a surgir con el nombre de Cominform, auspiciada, alentada y pagada por Rusia. De ahí que no puede afirmarse que el peligro comunista es transitorio, como lo piensa el compañero Facio. Es necesario, ante circunstancias difíciles, tomar una decisión enérgica, antes de que sea tarde. Indicó luego que su proyecto realmente significaba una limitación de la libertad. Pero es que la libertad no es absoluta, sino relativa, máxime en los actuales momentos en que el mundo está sumido en una lucha a muerte entre democracia y totalitarismo. El hecho de que uno disfrute de amplia libertad, no significa que también deba existir libertad para atentar contra la libertad misma. No se puede concebir la libertad para luego destruirla. Necesariamente tenemos que limitar la acción de una libertad de esta naturaleza, pues de otro modo tendríamos que renunciar a un derecho inalienable, cual es el de la conservación y propia defensa, de nuestras instituciones democráticas. En este sentido -explicó- no puede calificarse a mi moción como atentatoria de la libertad. Sólo tiende a impedir la acción violenta de los partidos totalitarios. Trata de parar la conspiración comunista contra la majestad de nuestras instituciones democráticas. Luego el orador se refirió a varios artículos de Constituciones de América, que se refieren a prohibiciones o limitaciones como las apuntadas en su moción. A continuación pasó a referirse a otro aspecto del problema. Dijo que después de los desmanes del comunismo, desde que asumió el poder, había motivado que nuestro país perdiera el buen nombre que antes disfrutaba en el concierto de naciones del mundo y especialmente en América. Se llegó a considerar a nuestra patria como un foco peligroso de comunismo. Se nos censuró de haber tolerado un movimiento como el comunista. En ese respecto leyó párrafos de un artículo publicado por don Rafael Larco Herrera, ex-Vicepresidente del Perú. Agregó que si deseábamos reivindicar el prestigio del país, y enaltecer la dignidad del hombre, propósito esencial de la democracia, era necesario proscribir al comunismo de nuestra vida política. Ante la situación actual, no es posible titubear. Es urgente tomar una medida enérgica, que ya se hace inaplazable. Es cierto que las ideas se combaten con ideas, pero en determinado momento las ideas son impotentes para luchar contra una conspiración internacional como la comunista. En los mismos Estados Unidos, país apegado firmemente a sus prácticas democráticas, se han tomado en los últimos tiempos medidas enérgicas para purgar la administración pública y demás organismos oficiales de elementos comunistas. Una medida como la que propone mi iniciativa, se impone perentoriamente en Costa Rica. La lucha contra el comunismo constituye todavía uno de los postulados de lo que fue la Oposición. De ahí que estamos satisfaciendo un anhelo popular si proscribimos de nuestra vida política al partido Comunista. Se trata apenas, como se ve, de un acto de legítima defensa del país contra los enemigos arteros y poderosos, que atenten gravemente contra nuestras instituciones democráticas. El señor Volio Sancho, antes de terminar su discurso, presentó a la consideración de la Asamblea, una nueva fórmula para que su moción se lea así:

“Todos los ciudadanos tienen derecho de agruparse en Partidos para intervenir en la política nacional.

Si embargo, se prohíbe la formación o el funcionamiento de Partidos que, por sus programas ideológicos, medios de acción o vinculaciones internacionales tiendan a destruir los fundamentos de la organización democrática de Costa Rica, o que atenten contra la soberanía del país, todo a juicio de la Asamblea Legislativa, por votación no menor de las dos terceras partes de sus miembros y previo informe del Tribunal Supremo de Elecciones”.

Transitorio: Para los efectos de las elecciones que se celebrarán el año en curso, la aplicación de la regla contenida en el presente artículo estará a cargo exclusivo del Tribunal Supremo de Elecciones. [98]

El Diputado ARROYO intervino en el debate para ampliar varias de sus ideas expuestas anteriormente. Repitió que no podía votar la moción del señor Volio Sancho por considerarla lesiva del principio de irrestricta libertad que debe imperar en toda democracia verdadera. Añadió que no ignoraba la actuación del partido comunista en Costa Rica, así como los atropellos cometidos por éste en los otros países de América y el mundo, pero que eso no era razón suficiente para tomar un acuerdo contrario a las prácticas democráticas. Por otra parte, en Costa Rica el comunismo ha sido un fantasma, ya que no pudo siquiera mantenerse en el poder, debido a la decisión y coraje de nuestro pueblo. Si cuando tenían en sus manos todos los elementos de la fuerza pública, no pudieron mantenerse en el poder, el peligro de que en el futuro se adueñen del mismo, no ocurrirá, pues para eso está nuestro pueblo atento y vigilante. Añadió que le parecía muy bien que la Democracia se defendiera contra sus enemigos, pero ¿es que si no existe una prohibición como la suscrita en la moción del señor Volio Sancho, los gobiernos estarán impotentes para tomar medidas enérgicas contra sus enemigos? ¿Cómo es posible pensar que un partido que no tuvo el valor suficientes para quedarse en el poder, del cual fue expulsado por la revolución victoriosa, vuelva a asumirlo? Eso sería dudar del coraje y decisión de nuestro pueblo. Dijo luego que el comunismo es un movimiento que debe estudiarse más en el campo social que en el político ya que, en gran parte, debe su vitalidad a una serie de injusticias e inconformidades sociales de nuestra época. A mi juicio -declaró- el régimen democrático es el mejor, ya que es el único que garantiza la dignidad y personalidad humanas, pero no puede afirmarse que es el único dueño absoluto de la verdad. De ahí que no se pueda establecer en una Constitución la regla de que el régimen democrático es el más perfecto, pues mañana muy bien pueden advenir nuevas ideas, nuevas concepciones de la vida, y la sociedad. Indicó que en una democracia las ideas deben combatirse con ideas, pero no mediante una disposición constitucional, que a la postre ningún resultado práctico irá a dar. Debemos por el contrario, dar la mayor amplitud para el libre juego de las ideas. Tal vez así los descarriados puedan mañana volver sobre sus pasos. Concluyó diciendo que aspiraba a que Costa Rica fuera una verdadera Democracia, en donde tengan oportunidad todos de externar sus propias ideas. En nombre de la Democracia no debemos vulnerar los mismos principios sagrados que consagra para todos los hombres sin distingos de raza, religión o política.

El Representante Monge Alfaro dijo que en la actitud básica de defender los postulados de la Democracia, se daban la mano junto con el señor Volio Sancho, con el que libraron la dura campaña de más de ocho años contra un régimen corrompido. Repitió que no creía que la Democracia se dejara inerme ante el ataque y la furia de sus enemigos, pero que no era del caso defenderla mediante una prohibición absoluta, como la propuesta por don Fernando Volio. El camino no es establecer un precepto asaz restrictivo en la Carta Constitucional, sino dejar abierta la posibilidad para que futuras Asambleas Legislativas, frente a determinadas circunstancias, puedan declarar al margen de la vida política a un partido que atente contra los principios democráticos o contra nuestra soberanía. Luego se refirió brevemente a los motivos por los cuales el comunismo no ha prosperado en Costa Rica, ni existe el temor de que lo haga en el futuro. El comunismo en Costa Rica es un problema de dimensiones reducidas, debido a nuestra peculiar estructura económico-social. Si alcanzó aparentemente un gran desarrollo en los últimos años se debió a que su funcionamiento se llevó a cabo en una situación anormal. Pero vueltos a la normalidad, el comunismo no pasa de ser un movimiento sin grandes proyecciones. Son varias las causas que motivan esto. En primer término nuestro país en su gran mayoría, está formado por una clase media, en la cual el comunismo no puede echar raíces. En segundo término existe otro grupo humano muy numeroso; el campesinado. De todos es sabido que el comunismo no ha tenido ningún arraigo en nuestras masas campesinas.

Luego no debe olvidarse que Costa Rica no es un país industrial. Sólo en una pequeña parte de nuestros obreros ha prendido el comunismo. Si se toman en consideración los anteriores puntos de vista, podemos preguntarnos: ¿Cuándo en Costa Rica el comunismo llegó a constituir un peligro, una amenaza? Precisamente cuando pasó a convertirse en el partido del gobierno, cuando Calderón Guardia lo metió en el palacio. De tal modo que se está justipreciando el comunismo por lo que fue en una época anormal. Si se establece un precepto restrictivo de los alcances de la moción en debate, corremos el peligro de que el comunismo, lejos de disminuir, aumente peligrosamente. No debemos temerle al comunismo. Después de los sucesos ocurridos en nuestra patria, sabemos muy bien que la Democracia puede enfrentarse con decisión a sus enemigos. Sabemos muy bien que la Democracia está en capacidad de defenderse. Citó luego el caso de Chile, país que por su estructura económico-social, muy diferente a la nuestra, sí es propicio a un mayor desarrollo del comunismo. Terminó afirmando que lo que debíamos hacer era dejar en nuestra Constitución principios que defiendan la Democracia, pero no adoptar medidas que otros países, de acuerdo con sus características económicas y sociales, han adoptado. Además no es suprimiendo al comunismo como se resuelven los problemas humanos y económicos de los pueblos del mundo. El comunismo es un peligro transitorio, pero no podemos dudar que a la postre vencerán las democracias en la lucha a muerte que hoy está planteada en el mundo.

El Diputado ACOSTA JIMENEZ presentó moción de orden para que se publique la nueva fórmula del Licenciado Volio Sancho. El señor VARGAS CASTRO no estuvo de acuerdo con la moción anterior, por cuanto su publicación iba a ocasionar una prolongación de un debate que ya se ha alargado demasiado. El Diputado VOLIO SANCHO expresó que no tenía ningún inconveniente en que el debate se pospusiera, a efecto de publicar la moción. Sometida a votación la moción de orden, fue aprobada.

Artículo 4º.- Los Diputados Esquivel y Monge Álvarez presentaron moción de orden para que se dispense el trámite de espera a la moción referente a un futuro Distrito Nacional, aparecida en “La Gaceta” del cinco de los corrientes, la que fue aprobada. En consecuencia se discutió la moción de los Representantes Monge Alfaro, Monge Álvarez, Esquivel, Ortiz, Brenes Mata y Valverde que dice así: “Exceptúase de las disposiciones contenidas en este Título la ciudad de San José y zonas adyacentes que determine la Asamblea Legislativa, para constituir el Distrito Nacional en la forma que la ley indique”. Transitorio: Lo dispuesto en el artículo precedente entrará en vigencia en la fecha que disponga la Asamblea Legislativa”.

El Diputado CARRILLO explicó brevemente los alcances y propósitos de la moción anterior. Observó que ya en el proyecto del cuarenta y nueve se tuvo un sistema especial de gobierno para la ciudad de San José y zonas adyacentes, en vista de los serios problemas que se le presentan a la Municipalidad capitalina, debido a las limitaciones de su actual jurisdicción. Lo que se pretende en la moción no es crear un régimen especial para la ciudad de San José, sino dejar abierta la posibilidad para que en el futuro, si la Asamblea Legislativa lo estima conveniente, llegue a crearse el Distrito Nacional, sin necesidad de ir a una reforma constitucional. No se ha entrado en detalles, porque no se sabe concretamente qué es y cómo va a ser el Distrito Nacional. Las capitales de América están regidas en formas muy distintas. En México, por ejemplo, existe el Distrito Federal y un Consejo Administrativo, de nombramiento funcional. Añadió que lo que sí parecía una necesidad en nuestro país, es que la ciudad capital se administre con un criterio más técnico. Es necesario un nuevo planeamiento de la ciudad de San José. En ese sentido existe un estudio de un técnico norteamericano de la Unión Panamericana. San José tiene problemas de carácter nacional que no han sido resueltos con el sistema actual de gobierno, pues las rentas municipales no alcanzan para sufragar una serie de gastos indispensables. Citó concretamente los problemas de la cañería y del sistema de cloacas, que exigen grandes sumas de dinero para que lleguen a alcanzar la eficiencia debida. La Municipalidad, con sus rentas actuales, no puede sufragar esos gastos enormes. Tal y como entiendo la nacionalización -dijo- significa que una parte de las rentas nacionales servirán para resolver los graves problemas de la ciudad capital, como los apuntados anteriormente respecto a la cañería y las cloacas. Todo ello indica la necesidad de establecer en el futuro un sistema de gobierno especial para la ciudad de San José, alejado de la política y con un criterio técnico bien definido. Además, parte de las rentas nacionales deben servir para la satisfacción de las más urgentes necesidades de la capital.

El Diputado HERRERO se pronunció en desacuerdo con la moción en debate. Es indudable que las necesidades de San José son inaplazables, pero también es cierto que la mayoría de nuestras poblaciones pequeñas no cuentan siquiera con un regular sistema de cañería. Lo que se está haciendo es constitucionalizar una ayuda obligatoria del gobierno respecto a la Municipalidad de San José, lo que no es justo, pues ello va en detrimento del resto del país, por cuanto apenas una parte de la población del país, va a recibir la mayor inversión de las rentas nacionales. El Diputado Esquivel defendió la moción en debate, que sólo tiende a dejar abierta la posibilidad constitucional de que en un futuro -cercano o lejano- se erija la ciudad de San José en Distrito Nacional, cuando la Asamblea Legislativa, después de maduro examen, lo llegue a estimar conveniente. El Representante ZELEDON también se pronunció favorablemente con la moción en debate. Lo único que se trata es de hacer constar en la Constitución la posibilidad de que en el futuro llegue a erigirse la ciudad de San José en Distrito Nacional. El Representante VARGAS CASTRO atacó la tesis de la creación del Distrito Nacional, por considerarlo perjudicial para los intereses de las otras provincias. Indicó que la ciudad de San José ha venido creciendo desmesuradamente. Cada día es mayor la afluencia de elementos campesinos a la capital, ya que en ésta encuentran medios más fáciles de vida. De adoptarse la creación del Distrito Nacional ese grave problema se agudizará en el futuro, en perjuicio de la verdadera riqueza del país: la agricultura.

El Representante ORTIZ explicó brevemente los motivos que tenía para votar la moción en debate. La realidad es que la Municipalidad de San José maneja un presupuesto muy elevado, de varios millones de colones. Se ha creído entonces, en atención a lo que han resuelto otras metrópolis de América, que no es el sistema municipal el más adecuado para desarrollar una buena labor. Tampoco se trata de quitarle nada a nadie. La moción tan sólo tiende a que se cambie el modus operandi de la Municipalidad josefina, vigorizar sus departamentos técnicos para que cumplan una más acertada labor en beneficio de la comunidad. Se refirió a los problemas que se le presentan a la Municipalidad de San José respecto a las otras corporaciones municipales de los cantones vecinos a la capital, como Guadalupe, San Pedro de Montes de Oca, Tibás, etc., que prácticamente han venido a convertirse en barriadas de la capital. Explicó que no se trata de un problema de nacionalización, sino fundamentalmente de la creación de un área metropolitana, para que la Municipalidad pueda coordinar mejor sus actividades y planear en una forma más eficiente la ciudad capital.

El Diputado MORUA aclaró que no se había dicho qué se pretendía: si se nacionaliza la Municipalidad o es que se va a extender su área metropolitana. Dijo que el asunto era de gran importancia, por lo que no debía festinarse. Sugirió que el asunto se dejara para una futura reforma constitucional, cuando se haya palpado una necesidad de crear el Distrito Nacional. El Diputado CHACON también se pronunció en contra de la moción en debate. Observó que la creación del Distrito Nacional sí nacionaliza la satisfacción de las necesidades del distrito. Se van a emplear los fondos nacionales para llenar las necesidades de San José, lo que es injusto. Agregó que no existía ninguna razón para crear el Distrito Nacional, que vendrá a perjudicar a las otras provincias. Por otra parte, Costa Rica es un país pequeño que no necesita de un Distrito Nacional. Eso se queda para ciudades grandes y pobladas. No debe establecerse la obligación constitucional que el Estado ayudará a sufragar los gastos que demanden las necesidades de la Municipalidad josefina, pues, una Constitución se redacta para resolver problemas de carácter nacional y no local. El señor MONTEALEGRE indicó que la Asamblea acaba de aprobar la autonomía del régimen municipal, en la creencia de que vendrá a resolver los problemas que confrontan las municipalidades, pero ya se pretende establecer una excepción para la ciudad de San José, lo que resulta ilógico. Es mejor dejar que el nuevo sistema empiece a surtir efectos sin excepciones de ninguna clase. El Diputado VOLIO JIMENEZ expresó que no votaría la moción en debate, por considerarla prematura. Además, traerá como consecuencia una revisión total de las ordenanzas municipales. De aprobarse, se impondrá una nueva legislación sobre organización municipal. Agregó que no encontraba la razón para que se cambiara radicalmente el sistema de gobierno municipal de la ciudad de San José. Si justamente la Municipalidad capitalina ha de ser el modelo, ¿por qué sustraer a la ciudad de San José del régimen municipal? Si hemos dictado un nuevo estatuto municipal, ¿por qué motivo empezar desde ahora con las excepciones? Lo que cabe es que una legislación municipal bien estudiada, contemple estos problemas. El Representante BAUDRIT GONZALEZ manifestó que consignar en la Constitución una excepción con respecto a la ciudad de San José y sus alrededores no está lo suficientemente explicada. La Asamblea Legislativa va a tener la virtud de decir cuándo comenzará a regir esta excepción, pero no sabemos qué es lo que se propone al hacerse el Distrito Nacional.

Los Diputados ARROYO y GAMBOA manifestaron que no votarían la moción en debate. El primero observó que en San José se habían ido centralizando todas las actividades. Lo principal -como decía don José Ortega y Gasset- es el fortalecimiento del régimen municipal y de la vida provincial. En ciudades grandes se ha creado el Distrito Nacional, pero en una ciudad pequeña como San José, no se ve la necesidad de erigirlo. Por otra parte, el éxito futuro de nuestro país está en el desplazamiento, no hacia la capital, sino a los campos, hacia el desarrollo de la agricultura, la verdadera fuente de riqueza de la nación. El segundo indicó que se trataba de embellecer a la capital a base de una contribución de las otras municipalidades, lo que no es justo. Además, de un tiempo a esta parte -dijo- en el país ha habido una verdadera fiebre de innovación. Se pretende innovarlo todo. Ahora se trata de erigir el Distrito Nacional. Es mejor quedarnos con el sistema viejo, perfeccionando la ley municipal. El Diputado ARIAS BONILLA declaró que no votaría la moción en debate. Dijo que la administración de la capital estaba mejor en manos de una municipalidad de elección popular, que en un organismo de nombramiento del Ejecutivo. Desde el momento que se erija el Distrito Nacional, desaparecerá la Municipalidad de San José. Agregó que la riqueza del país está en la agricultura; que la nación estaba perdiendo mucho con la centralización exagerada de todas las actividades en la capital. De crearse el Distrito Nacional, la centralización aumentará en perjuicio de los intereses de las otras provincias.

Sometida a votación la moción en debate, fue desechada.

Por avanzada la hora, a las siete de la noche el señor Presidente suspendió la sesión.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

DISCURSO pronunciado por el señor Diputado, Licenciado don Fernando Volio Sancho.

Señores Diputados: Me complace de veras haber provocado el presente debate, por la oportunidad que nos da de escuchar sugestivas tesis doctrinarias y filosóficas, como son las ya expuestas, con profundidad de pensamiento, por los compañeros que participan en la discusión; y todavía más grato para mí es anotar el hecho de que ésta se ha mantenido en el elevado plano de las ideas, en donde yo precisamente quise colocarla. Cualquiera que fuese el resultado, y aunque no se llegara a una definición positiva, el intercambio de opiniones servirá, al menos para vigorizar los ideales democráticos del pueblo costarricense.

Haciendo un balance general de los argumentos aducidos para combatir mi proyecto, se obtiene la conclusión de que todos sus impugnadores -con la sola excepción del señor Arroyo- reconocen, cuál más, cuál menos, la realidad y gravedad del peligro comunista o totalitario, pero sin embargo disienten en cuanto a la adopción de las medidas que haya que tomar, para conjurarlo, en el mundo regido por el sistema democrático, y concretamente en Costa Rica.

Para el escéptico y confiado señor Arroyo, el comunismo es un fantasma. Craso error, a mi juicio, según lo demuestra la realidad. Por lo que se refiere a nuestro país, no era ciertamente un fantasma el Partido que, bajo el nombre de Vanguardia Popular, atropelló las libertades públicas y los derechos de la ciudadanía costarricense; no era un fantasma el Partido de las brigadas de choque que fue tan conspicuo aliado de Calderones y Picados y coautor de la máxima tragedia nacional. Y no sólo en Costa Rica, entre los países de América, ha tenido el comunismo una actuación tan reprobable, y nociva, sino también en muchos otros. No ha sido un fantasma el Partido que realiza a todo lo largo de nuestro Continente una acción tenaz, vigorosa, para desquiciar el régimen democrático. No puede ser un fantasma el Partido que ha provocado recientemente tan hondas agitaciones obreras y sociales en Chile, hasta quedar fuera de la ley, gracias a una enérgica y saludable disposición del gobierno de González Videla, por su peligrosa campaña subversiva y terrorista, medida que tuvo como una de sus consecuencias más trascendentales, la eliminación del Partido comunista organizado electoralmente y la expulsión de los Diputados de ese color que formaban parte de la Cámara Legislativa. No cabe, en fin, poner en tela de duda la existencia de una agrupación que viene actuando notoriamente en daño de los intereses democráticos, en Colombia, Cuba, México, Venezuela, y también en Bolivia, donde hace poco promovió una huelga revolucionaria en la principal zona minera del país, que llegó a paralizar casi toda la vida económica nacional.

A raíz de los deplorables sucesos de Bogotá, a los cuales tuve oportunidad de referirme en mi pasada intervención, un reputado periodista parisiense manifestaba, a propósito de los mismos y de las dudas planteada acerca de si los comunistas habían sido o no los promotores de dichos sucesos, que lo acontecido en la capital colombiana tenía todas las características de la obra diabólica de la quinta-columna rusa, al estilo de la que preparó la dominación soviética en varios desventurados países europeos, y que la propaganda de los rojos, hábilmente dirigida por agentes especiales se proponía desacreditar a los Estados Unidos y establecer un clima en América favorable a la penetración de los rojos. Y agregaba dicho periodista: “La humanidad democrática será terriblemente vulnerable mientras no comprenda estas verdades elementales y no pueda oponerse a sus manifestaciones con la seguridad y la prontitud de un reflejo”. Un destacado hombre público colombiano le atribuyó al victimario Gaitán convivencia con los grupos pro-soviéticos que operaban en Colombia, y hasta llegó a afirmar que Gaitán se dió cuenta -desgraciadamente muy tarde- de que en Colombia se alentaba el movimiento tumultuario que culminó en la masacre a que me he referido, con el objeto de asestar un golpe mortal a la independencia de su patria, y cuando desistió de toda inteligencia con los que tramaban el complot, sus partidarios, fanatizados por los agentes revolucionarios, se lo impidieron, y al negarse el líder liberal a seguir adelante en una empresa de la cual sabía que era antipatriótica, fue asesinado por sus propios amigos.

He ahí, pues, señores Diputados, el fantasma de que nos hablaba el señor Arroyo. Un agudo observador decía que, por un conocido complejo psicológico muy explicable, solemos situarnos en un plano de incomprensión e inacción cuando más mella hace en nuestros espíritus el temor de un peligro evidente, lo que a veces nos lleva a subestimar ese peligro, tal como ocurre con el compañero Arroyo en relación con el peligro comunista en Costa Rica y en América.

Es preciso tomar en cuenta que el comunismo recluta a los elementos más fanáticos e insensibles a las consecuencias de sus actos, cualesquiera que ellas sean, con tal de poder realizar lo que para ellos constituye un objetivo supremo digno de todos los sacrificios: la revolución mundial del proletariado.

Nos decía, en ocasión pasada, el compañero Licenciado Facio que, a juicio suyo, el peligro rojo iba desapareciendo entre nosotros y que, en todo caso, nunca había pasado de ser un fenómeno social y político de carácter puramente transitorio, de tal manera que, también en opinión suya, no se justificaban las medidas que sugiere mi proyecto. Pero yo le recuerdo al ilustrado compañero Facio -quien además de sus otros merecimientos, posee un espíritu muy perspicaz- que los movimientos comunistas entre nosotros y en general en América, son iguales, en sus varios aspectos, a los que hemos podido observar en otras partes, especialmente en Europa, pues todos ellos son concebidos por las mismas mentes y con arreglo a las mismas tácticas, y si aquí, por fortuna, el movimiento rojo no ha tomado cuerpo, esto sólo obedece al hecho de que aún se encuentra en su período de gestación.

De otro lado la acción comunista, aquí como en cualquiera otra región del globo, obedece a la dirección central que le imprime Rusia con indudables objetivos de conquista, cuyos alcances ese Estado totalitario no limita a la Europa Oriental -Checoslovaquia, Rumania, Bulgaria, Polonia etc.- , sino que los prolonga hasta el Medio Oriente -Turquía, parte de la India e inclusive el Asia y el Japón-, es decir, más de la mitad del mundo civilizado.

No hay razón, por consiguiente, para negar la existencia del peligro comunista en América, ni tampoco para afirmar que ese peligro es transitorio. De ahí que, pienso yo, sea necesario tomar providencias de inmediato para la preservación de nuestra estabilidad orgánica e institucional.

Invocando la libertad, no cabe combatir mi proyecto, ya que la libertad, según la aceptada definición de Laski, no es sino “la protección y defensa vigilante del medio en donde encuentran los hombres la oportunidad de perfeccionar su destino”, y a esa protección y a esa defensa tiende esencialmente el proyecto en debate. Las restricciones a la libertad sólo son odiosas -expresa el mismo autor- cuando “frustran el enriquecimiento de la vida espiritual” o cuando “se imponen en la práctica sin que actué el refrendo del escrutinio o la crítica de los hombres” o bien cuando están en pugna con la voluntad dominante en una nación. En el presente caso, las restricciones a la libertad que apareja mi iniciativa, obedecen a un propósito superior de conservar y acrecentar los valores espirituales en que se funda nuestro sistema de vida, y es indudable que ellos gozan de la general aceptación de un pueblo para cuya felicidad y supervivencia han sido aconsejadas. Yo, señores Diputados, le he rendido siempre homenaje a la diosa Libertad. Prosternado ante ella, bajo el hechizo de su admirable belleza, he podido ver, sin embargo, que, pronto, sus ojos de dulce mirada acariciadora, parecieran encendidas ascuas, y que las manos de la diosa, de natural blancas y suaves, se asemejan a brutales garras, sujetando la bomba o el puñal. Esa mirada y esas garras amenazantes le hemos visto aquí a la diosa Libertad, cuando los comunistas la tenían en un trono...

Mi moción, señores Diputados, sólo imposibilita la acción de Partidos que tratan de destruir los fundamentos mismos de nuestra organización democrática, o que atenten contra la soberanía del país. Nada se pierde con erradicar del campo electoral agrupaciones políticas que persiguen semejantes objetivos y sí se gana mucho: la conservación de un sistema de vida que no deseamos enajenar a ningún precio.

Uno de los impugnadores del proyecto, el Profesor Monge Alfaro, exponía su parecer desfavorable a la proscripción constitucional de los Partidos totalitarios, manifestando que una medida de esa clase sólo tendría por finalidad acallar los reparos que podrían formularse al sistema democrático, cuando ha sido incapaz de resolver los grandes problemas sociales. La presunción del señor Monge Alfaro carece de toda razón de ser, ya que el proyecto no limita la libertad de crítica ni la expresión o divulgación de las ideas, cualesquiera que ellas sean. Lo que el proyecto limita es solamente la constitución y el funcionamiento de partidos que se caractericen como enemigos mortales de la Democracia. Esos partidos podrán luchar en el terreno puramente ideológico, más no en el electoral, supuesto que no parece admisible que concurran a las urnas en paridad de condiciones con los Partidos de conformación democrática y que se proponen fortalecer el orden social y político costarricense, no destruirlo.

Nos hacía presente, además, el señor Monge, su temor de que las reglas que yo propongo llegaran a constituirse en peligrosos instrumentos de persecución de Partidos no totalitarios, pero a los que podría tacharse de tales, en circunstancias políticas parecidas a las que existieron durante los años del régimen caldero-comunista. Lo ocurrido con el gran patricio don León Cortés, cuando los gobernantes de aquel régimen trataron de macularlo y hundirlo bajo la pérfida acusación de ser pro-nazista, nos demuestra que una imputación que carece de todo fundamento, del peso abrumador de los cargos y las probanzas, nunca puede prosperar, como no prosperó, ni aun en las adversas circunstancias de aquellos fatídicos ocho años, la imputación que quiso poner en entredicho la fe democrática de Cortés.

Atacando mi iniciativa desde otro ángulo, aseveró el señor Facio que la prohibición en ella contemplada no tiene precedentes en el derecho internacional americano, en tanto que sí vemos medidas similares en países donde imperan gobiernos antidemocráticos. Son infundados estos argumentos, ya que, como habré de probarlo, sí hay prohibiciones de esa clase -e incluso más severas que la que yo recomiendo- en países de genuina filiación democrática. Voy a enumerar sucintamente esas prohibiciones, en lo que se refiere a varias de las repúblicas americanas y con base en sus respectivas Cartas políticas: Bolivia, Artículo sexto: “Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio... d) de reunirse y asociarse para los distintos fines de la actividad, que no sean contrarios a la seguridad del Estado”. Brasil: Artículo ciento cuarenta y uno, inciso tercero: “Son prohibidas la organización, el registro o el funcionamiento de cualquier Partido político o asociación cuyo programa o acción fueren contrarios al régimen democrático, basado en la pluralidad de los Partidos y en la garantía de los derechos fundamentales del hombre”, Ecuador, artículo ciento ochenta y ocho: “Respecto de las ecuatorianos se establecen las siguientes garantías especiales... 4) el derecho de actuar en Partidos y demás asociaciones políticas, que no fueren contrarias a la Constitución, con el objeto de intervenir en la política nacional”. Colombia, artículo cuarenta y cuatro: “Es permitido formar compañías, asociaciones y fundaciones, que no sean contrarias a la moral o al orden legal”. Paraguay; artículo treinta y dos: “El Estado fiscalizará y reglamentará la organización, el funcionamiento y las actividades de las agrupaciones o entidades de carácter público”, artículo treinta y cinco: “No está permitido predicar el odio entre los paraguayos ni la lucha de clases”. Perú; artículo cincuenta y tres: “El Estado no reconoce la existencia legal de los Partidos políticos de organización internacional. Los que pertenecen a ellos no pueden desempeñar ningún función pública”. Uruguay; artículo treinta y ocho: “Todas las personas tienen derecho de asociarse, cualquiera que sea el objeto que persigan, siempre que no constituya una asociación ilícita, declarada por la ley”, artículo setenta, inciso sétimo: “La ciudadanía se suspende:... Por formar parte de organizaciones sociales o políticas que, por medio de la violencia, tiendan a destruir las bases fundamentales de la nacionalidad. Se consideran tales, a los efectos de esta disposición, las contenidas en las secciones Primera y Segunda de esta Constitución (las que tratan “De la Nación y su soberanía” y de los “Derechos, deberes y garantías”.) Venezuela; artículo cuarenta y dos: “Se garantizan los derechos de asociación y sindicalización, con fines lícitos: estos derechos se ejercerán conforme a las leyes”. Cuba; artículo treinta y siete: “Es ilícita la formación y existencia de organizaciones políticas contrarias al régimen de gobierno representativo democrático de la República, o que atenten contra la plenitud de la soberanía nacional”. Artículo ciento dos: “Es libre la organización de Partidos y asociaciones políticas. No podrán, sin embargo, formarse agrupaciones políticas de raza, sexo o clase”. Guatemala; artículo treinta y dos: “Se garantiza el derecho de asociación para los distintos fines de la vida humana, conforme a la ley... Se prohíbe la formación y el funcionamiento de organizaciones políticas de carácter internacional o extranjero. No quedan incluidas en esta prohibición, las organizaciones que propugnen la unión Centro-americana, o las doctrinas panamericanas o de solidaridad continental”. Nicaragua; artículo cien: “El Estado no reconoce la existencia legal de los Partidos políticos de organización internacional, ni las de los Partidos comunistas y fascistas, o con tendencias semejantes, aun cuando adoptaren otras designaciones. Los individuos que a éstos pertenezcan, no pueden desempeñar ningún cargo público y caerán bajo la sanción que la ley establezca. Se exceptúan únicamente los Partidos internacionales que, no siendo comunistas o totalitarios, tiendan a la unión de Centro América”. Panamá; artículo ciento tres: “La ley regulará la manera de constituirse los Partidos políticos. No es lícita la formación de ninguno que tenga por base el sexo, la raza o la religión, o que tienda a destruir la forma democrática de gobierno”.

Sería prolijo, señores Diputados, hacer una enumeración completa de las reglas en virtud de las cuales se pone fuera de la ley a los Partidos totalitarios en la mayoría de las Constituciones de América.

Hay otro aspecto muy interesante del asunto que discutimos, y es la necesidad evidente de volver por los fueros del prestigio de Costa Rica en el concierto de las naciones. Desde que el Partido comunista obtuvo el control de la Administración Pública entre nosotros, la República perdió, además de su prestigio, su crédito en el exterior. Bueno es que dé lectura a un comentario que sobre el particular hizo recientemente el periodista y hombre de Estado don Rafael Larco Herrera, editor de uno de los más importantes diarios de Lima y ex-Vicepresidente de su patria. Dice así: “Hemos citado el golpe comunista de Checoslovaquia, nuevo toque de atención respecto de la inminencia de la guerra. Pero conviene también citar el caso de Costa Rica que alguien ha llamado similar al de la nación centro-europea. Jamás imaginamos que este culto y pequeño país de América Central, que conocíamos desde el año mil novecientos veintinueve, habría de llegar a ser teatro de acontecimientos que pueden influir decisivamente en el destino de la democracia en nuestro continente. En el viaje que hicimos en mil novecientos cuarenta y tres alrededor de América, presenciamos el desarrollo de elecciones políticas en Costa Rica... Esta joven nación que se distinguió siempre por su interés en la educación pública... a tal punto que el Presupuesto nacional concedía una partida mayor a la enseñanza que al mantenimiento de un ejército, ha trocado en tal forma su orientación política, que constituye ahora (esto se escribió en el año mil novecientos cuarenta y siete) un foco comunista de primer orden. Ejemplos como éste nos advierten de todas las sorpresas que nos puede deparar lo imprevisto, en estos momentos de renovada inquietud universal y de peligro bélico...”.

Valgan las manifestaciones anteriores, de un observador imparcial, como ejemplo del predicado en que quedamos ante la conciencia internacional, a consecuencia de la intervención que tomara el comunismo en el gobierno nacional durante las Administraciones Calderón y Picado. Si queremos reivindicar nuestro tradicional prestigio democrático, es indispensable, por lo tanto, vedarles al comunismo y a otros Partidos extremistas, toda injerencia en la política nacional.

Para hacerlo, no podemos, señores Diputados esperar a que se aclaren los nublados del día, siguiendo el prudente, pero en estas circunstancias muy peligroso, consejo de nuestros abuelos, ya que el problema, por su actualidad y trascendencia, reclama una solución inmediata.

No siempre las ideas pueden combatirse con ideas, según el pensamiento de uno de los distinguidos compañeros que han terciado en este debate, pues en determinadas condiciones, las ideas por sí solas son impotentes para afrontar y resolver una situación tan delicada como aquella a que nos aboca la actuación del comunismo en Costa Rica, con detrimento de nuestra soberanía e instituciones, y como una de las proyecciones del poderoso movimiento comunista internacional dirigido por Rusia. En los Estados Unidos, que tradicionalmente han mantenido y vigorizado un sistema de organización política basado en las libertades, se comienza ya a combatir el comunismo con algo más que con simples ideas, y en fecha reciente se dictó una ley destinada a purgar de elementos comunistas la Administración pública, cuyos efectos se han hecho sentir en centenares de casos. El programa anti-comunista del Presidente Truman, basado en “una mayor y mejor democracia”, no puede llevarse a cabo con buen éxito, en opinión de muchos comentaristas, porque mientras el Estado, de acuerdo con ese programa, trabaja afanosamente por mejorar las condiciones de vida de los norteamericanos, los enemigos de la democracia frustran tan generosos empeños del Poder Público al crear artificialmente motivos de conflicto, en las distintas capas sociales, todo con el objeto de que la desconfianza, el descontento y el caos desarticulen y paralicen la acción del Estado y faciliten un clima propicio al desarrollo de la ideología comunista. Es así como los nobles esfuerzos del Presidente Truman y sus colaboradores por labrar la felicidad del “hombre pequeño”, del hombre de la calle, encarece la vida con huelgas y otros procedimientos. Ese estado de cosas se presenta tan serio en los Estados Unidos, que uno de los más destacados líderes políticos, el senador Vandemberg, expresaba hace poco que era inadmisible que su país permaneciera pasivo ante la creciente influencia comunista en los Estados Unidos, por lo cual precisaba ir tomando ya disposiciones enérgicas para conjurar lo que el señor Vandenberg llama uno de los grandes problemas nacionales.

Así las cosas, en Costa Rica es también inadmisible lo que nos aconsejaba, para preservarnos del comunismo, uno de nuestros compañeros, o sea que, prescindiendo de restricciones a la libertad nos esforcemos por estructurar convenientemente nuestra democracia en sus aspectos social y económico, pues sólo así -a juicio del estimable compañero- podríamos evitar las consecuencias de los problemas de esa índole. Semejante medio de acción quizás resulte bueno a la postre, al cabo de muchos años, pero mientras tanto, sin duda alguna, pereceríamos si no buscáramos un remedio para la situación, de efectos perentorios. Para vencer a un enemigo fuerte y artero, es preciso a veces acudir a todas las armas que tengamos disponibles.

Con el deseo de que el precepto constitucional que yo sugiero, sea aplicado con justicia en cada caso por la máxima representación popular, y como garantía para las agrupaciones que sí son democráticas y atendiendo sugestiones que privadamente se me han hecho, he modificado la regla original contenida en mi proyecto, en el sentido de que debe ser la Asamblea Legislativa y por el voto de una mayoría no inferior de los dos tercios de los miembros, el cuerpo llamado a aplicar la prohibición constitucional, previo informe del Tribunal Supremo de Elecciones, pues de ese modo el Partido o Partidos cuya proscripción se solicitare, tendrán la más amplia oportunidad para defenderse en el seno de una representación como la Legislativa, cuyos debates son públicos y hasta donde pueden llegar más fácilmente las saludables corrientes de la opinión del país, para determinar, junto con el parecer ilustrado y sereno del Tribunal Supremo de Elecciones, la resolución más acorde con las circunstancias de cada caso en particular y con las necesidades y aspiraciones nacionales. Modificado así el proyecto, no dudo que será acogido fácilmente, siendo de advertir que al propio tiempo propongo un artículo Transitorio en cuya virtud será sólo el Tribunal Supremo de Elecciones el llamado a aplicar la prohibición en lo referente a las elecciones que habrán de celebrarse en el año en curso, ya que la primera Asamblea Legislativa no se instalará sino después de estas elecciones.

Termino aquí, señores Diputados, no sin manifestar que me siento muy satisfecho por el apoyo que le han prestado a mi proyecto diferentes sectores de la opinión nacional, lo que demuestra que la prohibición que prohíja mi iniciativa responde al sentir mayoritario de nuestros conciudadanos, para quienes será siempre un amargo recuerdo el de la trágica y deplorable injerencia del comunismo en la política y en los grandes eventos de la vida del país, y para quienes será, asimismo, motivo de justa y profunda inquietud la posibilidad de que, al correr de los años y por culpa de la apatía de los costarricenses, puedan repetirse hechos ignominiosos de un pasado oscuro y aciago. Si queremos que la ideología democrática florezca entre nosotros, como razón y fundamento de nuestras instituciones; si queremos cimentar nuestro sistema de vida sobre las mejores bases morales y políticas; si queremos, en suma, conservar en toda su pureza la esencia democrática que la ha dado fisonomía a Costa Rica al través de los tiempos, démosles a nuestro gobernantes de hoy y de mañana, armas eficaces para alcanzar todo eso que queremos. Una de esas armas es la que podrá preservarnos de tendencias tan fatales como son las que constituyen el objetivo de los partidos totalitarios: destruir las bases de esa organización democrática en cuya supervivencia ciframos los costarricenses nuestro progreso y bienestar. Proscribiendo esa clase de Partidos, en vez de perder, saldremos ganando. Si cortamos una de sus ramas al frondoso árbol de nuestras libertades, lejos de debilitarlo, lo habremos fortalecido, para que a la sombra bienhechora de su ramaje podamos guarecernos algún día, cuando sople con furia a nuestro lado el vendaval de las pasiones.

ACTA No. 84

No. 84.- Octogésima cuarta Acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente a las catorce horas y media del día 7 de junio de 1949, bajo la presidencia del Dr. Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz Martín, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Arroyo, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Mata, Desanti, Dobles, Esquivel, Gamboa, Gómez, González Flores, González Herrán, González Luján, Guido, Herrero, Jiménez Núñez, Leiva, Madrigal, Monge Álvarez, Monge Ramírez, Montealegre, Montiel, Pinto, Ruiz, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón y los suplentes, Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja, Jiménez Quesada, Lobo, Monge Alfaro y Carrillo.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Se dió lectura a dos memoriales suscritos por varios ciudadanos en relación con la moción del señor Volio Sancho. (1)

Artículo 3º.- Se dió lectura al Contrato Bananero enviado a la Asamblea por el Ministro de Agricultura e Industrias. El Diputado ACOSTA JIMENEZ presentó moción de orden para que se prescindiera de la lectura del mencionado contrato, a fin de que se publicara en el Diario Oficial. Se aprobó la moción anterior. (2) El señor Presidente integró la Comisión Dictaminadora sobre el Contrato Bananero con los señores Diputados, don Vicente Desanti, don Juan José Herrero y don Fernando Fournier.

Artículo 4º.- Se discutió luego la moción del señor Leiva, cuya discusión se había pospuesto hasta tanto no fuera publicada en el Diario Oficial. La moción, aparecida en “La Gaceta” del 4 de junio, dice así:

“Sus acuerdos y resoluciones, cuando se estimen contrarios a la Constitución o a la ley, podrán:

a) Ser vetados por el Intendente en los cantones que exista tal funcionario y por quien señale la ley en los demás, teniéndose por firmes en caso de ser resellados.

b) Recurridos por los particulares a quienes causen perjuicio y conocidos en grado por el Tribunal respectivo dependiente del Poder Judicial que indique la ley.

Para contratar empréstitos y dar en garantía sus bienes o rentas, crear impuestos o enajenar bienes muebles o inmuebles que valgan más de cinco mil colones, las Municipalidades necesitarán autorización legislativa”. [173-174]

Se acordó votarla por párrafos.

La moción anterior provocó un largo debate en el que participaron varios señores Representantes. El Diputado ESQUIVEL dijo que no votaría los dos párrafos primeros, por considerarlos impropios de ir a la Constitución, ya que se trata de asuntos de una legislación municipal. En cuanto al párrafo último, sí lo votaría. El autor de la moción aclaró que lo que se pretendía era precisamente establecer como canon constitucional que los acuerdos municipales no podrán ser conocidos, por ejemplo, por el Ministerio de Gobernación, lo que terminaría con la autonomía otorgada al régimen municipal. El Diputado ARROYO sugirió al proponente de la moción adicionarla con una frase que diga: “Sin embargo, cuando el motivo del veto fuere el de inconstitucionalidad, el acuerdo en cuestión pasará a la Corte Suprema de Justicia, para que emita pronunciamiento definitivo sobre el caso”. El señor Leiva aceptó adicionar su moción con el concepto anterior.

El Diputado BAUDRIT GONZALEZ explicó que muchas veces el veto a un acuerdo municipal no se basaba por ser contrario a la Constitución o a las leyes, sino por razones de conveniencia o inconveniencia para determinada comunidad. Sugirió que la moción se aclarara en ese aspecto. El proponente de la moción aceptó la anterior sugerencia, suprimiendo de la misma la frase “cuando se estimen contrarios a la Constitución o a la ley”. El Diputado ARIAS BONILLA indicó la conveniencia de que el Tribunal nombrado para conocer las apelaciones de los particulares en cuanto se refiere a acuerdos y resoluciones municipales, pueda conocer también los resellos, a fin de que no prevalezca absolutamente el criterio de la Municipalidad. Lo natural es que venga un tercero a decir quién tiene la razón. El Representante VARGAS FERNANDEZ expresó que no votaría la moción en la forma propuesta, pues se va a poner a los legisladores del futuro en un grave aprieto, ya que se dice que en los cantones menores el funcionario llamado a vetar los acuerdos municipales es el que determine la ley. Posiblemente ese funcionario lo vaya a ser el Jefe Político, con lo que se vendría a falsear la autonomía municipal. Debería aclararse que el funcionario no será de nombramiento del Ejecutivo. Agregó que aceptaba que los acuerdos fueran resellados por la Municipalidad, acabando ahí el asunto. El Diputado CHACON explicó que, los Jefes Políticos no tienen la facultad de vetar los acuerdos municipales, sino que esta facultad corresponde a los Gobernadores. Las probabilidades de que se llegue a coartar la autonomía municipal, son muy remotas, porque posiblemente la ley dejará en manos del Gobernador el derecho de vetar los acuerdos municipales de los cantones menores, que carezcan de intendentes. El Diputado VARGAS FERNANDEZ amplió su criterio manifestando que, de crearse las intendencias, muy probablemente desaparecerían los gobernadores y es sabido que los intendentes no van a tener jurisdicción provincial que los faculte para vetar acuerdos municipales de otras municipalidades que escapan a su jurisdicción. Se sometió a votación la primera parte de la moción del señor Leiva, con las variaciones acordadas que dicen así:

“Sus acuerdos y resoluciones podrán ser:

a) Ser vetados por el intendente en los cantones en que exista tal funcionario y por quien señale la ley en los demás, teniéndose por firmes en caso de ser resellados. Sin embargo, cuando el motivo del veto fuere el de inconstitucionalidad, el acuerdo en cuestión pasará a la Corte Suprema de Justicia para que emita pronunciamiento definitivo sobre el caso”.

Puesta a votación, fue desechada.

El Representante GONZALEZ HERRAN observó que, tal y como han quedado las cosas, las municipalidades gozarán de una autonomía absoluta. Dijo que el asunto debía meditarse más, por lo que anunciaba una revisión sobre lo acordado para la sesión siguiente. El Diputado TREJOS expresó que no veía dificultad en que la ley viniera a reglamentar el procedimiento que se ha de seguir respecto a los acuerdos y vetos municipales.

Fue aprobado el párrafo final de la moción del señor Leiva, quien decidió retirar el segundo, ya que para la sesión siguiente se va a plantear una moción de revisión. El párrafo último dice así:

“Para contratar empréstitos y dar en garantía sus bienes o rentas, crear impuestos o enajenar bienes muebles o inmuebles, que valgan más de cinco mil colones, las Municipalidades necesitarán autorización legislativa”. [174]

Artículo 5º.- Se acordó discutir luego la siguiente moción de los señores TREJOS y ESQUIVEL, para que el artículo 107 se lea así:

“Habrá dos Vicepresidentes de la República, quienes reemplazarán en sus faltas absolutas al Presidente, por el orden de su nominación. En sus ausencias temporales el Presidente podrá llamar a cualquiera de los Vicepresidentes para que lo sustituya”. [135]

Sometida a votación, fue aprobada.

Los mismos proponentes de la moción anterior, presentaron moción para que se suprima el artículo 109 de la Constitución del 71, cuyos conceptos se reproducen más adelante bajo otro número y en su lugar se lea el siguiente artículo, bajo el número 109:

“El Presidente y los Vicepresidentes prestarán juramento ante la Asamblea Legislativa; pero si por cualquier motivo no pudieran hacerlo ante ella, lo harán ante la Corte Suprema de Justicia”. [137]

Puesta a votación se aprobó, así como la supresión del artículo 109. Los mismos proponentes presentaron moción para suprimir el artículo 110, cuyos conceptos se reproducen más adelante bajo otro número y en su lugar insertar el siguiente artículo 110:

“El Presidente y los Vicepresidentes serán elegidos simultáneamente, y por la mayoría de votos que exceda del cuarenta por ciento del número total de sufragios válidamente emitidos.

Los candidatos a Presidente y Vicepresidente de un mismo partido deben figurar para su elección en una misma papeleta.

Si en las primeras elecciones ninguna de las papeletas alcanzare la indicada mayoría de sufragios, se practicará una segunda elección popular en el primer domingo de abril del mismo año entre las dos papeletas que hubieren recibido más votos, quedando electos los que figuren en la que obtenga el mayor número de sufragios.

Si en cualquiera de las elecciones, dos papeletas resultaren con igual número de sufragios suficientes, se tendrá por electo para Presidente al candidato de mayor edad, y para Vicepresidentes a los respectivos candidatos de la misma papeleta.

No pueden renunciar a la candidatura para la Presidencia o la Vicepresidencia, los ciudadanos incluidos en una papeleta ya inscrita conforme a la ley, ni tampoco podrán abstenerse de figurar en la segunda elección los candidatos de las dos papeletas que hubieren obtenido mayor número de votos en la primera”. [138]

Se acordó votar la moción anterior por partes.

Se aprobó la supresión del artículo 110.

Fue aprobada la parte primera que dice: “El Presidente y los Vicepresidentes serán elegidos simultáneamente, y por mayoría de votos que exceda del cuarenta por ciento del número total de sufragios válidamente emitidos”.

En cuanto a la parte segunda, el Diputado VARGAS FERNANDEZ pidió que se aclarara que los Diputados se elegirán en papeletas separadas de la de Presidente y Vicepresidentes, criterio que también mantuvieron los Diputados Esquivel y Arroyo. El señor Vargas Fernández sugirió que esa segunda parte de la moción se leyera así: “Sólo los candidatos a Presidente y Vicepresidentes de un mismo partido figurarán para su elección en una misma papeleta”. Se aprobó la moción anterior.

Se discutió luego la parte tercera. El Representante HERRERO manifestó que debería aclararse que ningún candidato a Presidente o a Vicepresidente podrá figurar en dos o más papeletas simultáneamente. El Diputado VOLIO SANCHO dijo que lo razonable era que tanto el Presidente como el Vicepresidente pertenecieran al mismo partido. El Representante ORTIZ combatió la tesis anterior. Indicó que no podía aceptar de ninguna manera que no se tomen en consideración votos legalmente emitidos. No se puede lesionar la soberanía popular. Si el pueblo decide postular a una misma persona de grandes méritos como candidato a Vicepresidente en dos o más papeletas, lo democrático es que se cuenten todos los votos emitidos. Si el candidato ha sobrepasado el cociente reglamentario sumando todos los votos obtenidos en las distintas papeletas, debe declararse su elección, pues de otro modo se estaría restringiendo el concepto de la soberanía popular. De ninguna manera puede limitarse la soberanía del pueblo.

El señor HERRERO insistió en su punto de vista. Dijo que pretendía evitar en el futuro que, mediante maniobras políticas, partidos minoritarios le impongan al Presidente un determinado Vicepresidente, que no pertenece a su partido. El Representante GAMBOA dijo que lo verdaderamente democrático era que tanto los candidatos a Presidentes como a Vicepresidentes figuraran en papeletas por aparte. El Diputado ESQUIVEL sostuvo la tesis de la elección por papeletas. El Representante CHACON manifestó que la Cámara estaba enfrascada en una discusión que es de mecánica electoral, que debe dejarse en manos del Tribunal Supremo de Elecciones, el que dispondrá la forma de efectuar las elecciones. El Diputado ARIAS BONILLA indicó que el asunto era muy delicado. Deberá procederse a la elección por candidatos y no por papeletas. Además, no existe razón alguna para impedirle a un partido determinado -que no sea el mayoritario- inscribir como candidato a Vicepresidente al mismo del partido de la mayoría. En este caso, si el candidato a Presidente no obtuvo el cociente necesario y el candidato a Vicepresidente sí lo obtuvo, reuniendo los votos que le valió su postulación en otro partido, pues debe declararse su elección. Observó que no se explicaba por qué razón el Vicepresidente ha de pertenecer forzosamente al mismo partido del Presidente, cuando en muchos países está ocurriendo que el Vicepresidente no es del partido del Presidente. Agregó que el asunto no debería dejarse en manos del Tribunal Supremo de Elecciones, sino ser resuelto por la Asamblea, para que mañana no se vengan con maniobras o subterfugios para anular votos que van a completar, por ejemplo, la elección de un Vicepresidente.

El Diputado ORTIZ de nuevo intervino en el debate para decir que resultaba antidemocrática la tesis de la elección por papeletas, y no por candidatos. No sólo es antidemocrático sino que se trata de un absurdo electoral, pues un candidato a Vicepresidente, por ejemplo en una papeleta obtuvo el 30 por ciento de los votos emitidos y en otra alcanzó la diferencia para llenar el cociente necesario, no va a declarársele electo. ¿Con qué criterio se van a anular votos legalmente emitidos? Es a hombres a quienes se elige, no a papeletas abstractas. El Representante HERRERO declaró que la Asamblea debía definirse al respecto. Con ese propósito presentó moción para que el artículo 110 se le agregue el siguiente concepto: “Ningún candidato a la Presidencia y a la Vicepresidencia podrá figurar simultáneamente en dos o más papeletas”. El Diputado BAUDRIT SOLERA manifestó que la tesis de elección por papeletas había sido incluida en el Proyecto del 49. Añadió que no veía ningún peligro de los apuntados por el señor Ortiz, pues un Vicepresidente, por ejemplo, que figure en más de una papeleta si en la primera elección ha alcanzado el cociente necesario reuniendo los votos logrados en todas las papeletas, de seguro que en la segunda elección recogerá el cociente indispensable para ser electo en la papeleta en que cuente con la simpatía del Presidente. El Diputado VOLIO SANCHO explicó que en la Constitución del 71 existía el sistema de los Designados, elegidos por el Congreso. Siempre los Designados electos eran personas vinculadas estrechamente con el Presidente. Ahora el sistema se ha variado fundamentalmente, pues habrá dos Vicepresidentes de elección popular. Con el objeto de que los Vicepresidentes sean de la misma filiación que el Presidente, partícipes de su política, se estimó necesario establecer la restricción a la que se refirió el señor Ortiz. Desde un punto de vista práctico, fue necesario establecer la elección por papeletas, para evitar el absurdo de que un Vicepresidente electo, por haber figurado en varias papeletas, pertenezca a otro partido distinto al del Presidente. De no aceptarse la tesis de elección por papeletas, tendríamos que volver al anterior sistema de los Designados. Concluyó diciendo que la restricción a la libre determinación del elector era una consecuencia del sistema acordado por la Asamblea en cuanto a los Vicepresidente.

El Diputado GONZALEZ HERRAN manifestó que no podía aceptar la tesis anterior, pues significaba una restricción a la voluntad popular que, además, se puede prestar para maniobras peligrosas por parte de un partido determinado con el propósito de incapacitar a los candidatos a Presidente o Vicepresidente del partido mayoritario, incluyéndolos en su papeleta. El Diputado ARIAS nuevamente intervino en el debate para reafirmar su criterio anterior. Dijo que el pueblo tiene derecho a votar conforme a su criterio. La libertad irrestricta del sufragio debe subsistir. El Representante VARGAS FERNANDEZ declaró que no votaría la moción del señor Herrero, pues muy bien puede ocurrir el caso de que un individuo, de gran popularidad y arraigo en nuestro pueblo, sea postulado para Vicepresidente en dos o más papeletas y no existe razón alguna para que luego se le cercenen votos. Añadió que no se explicaba la preocupación para que una misma persona alcance el cociente necesario para su elección en varias papeletas. Tampoco perjudica al país, que el Vicepresidente electo no hubiere pertenecido a la misma papeleta del Presidente. El Diputado CHACON también se manifestó en desacuerdo con la moción del señor Herrero, que viene a violentar un principio democrático. El Diputado HERRERO aclaró que no se opondría a que el Presidente y los Vicepresidentes fueran electos en papeletas separadas, pero que no aceptaba que un mismo candidato sea postulado en varias papeletas. Lo que pretende con su moción es que tanto el Presidente como los Vicepresidentes estén vinculados estrechamente en sus ideas y propósitos. Sometida a votación la moción del señor Herrero, fue desechada.

Por avanzada la hora, el señor Presidente suspendió la sesión a las siete de la noche.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

ANEXOS AL ACTA Nº 84

San José, 5 de junio de 1949.

Señor Presidente de la Asamblea Constituyente.

Casa Presidencial.

Distinguido señor:

Por la prensa nos hemos enterado de que esa Honorable Asamblea está discutiendo una moción para declarar fuera de los derechos constitucionales a los Partidos de “ideologías extremistas, que atenten contra el régimen democrático de gobierno o contra la soberanía nacional”.

Los suscritos pensamos que dicha proposición encierra los fines más turbios y anti-democráticos, que no sólo van contra los partidos izquierdistas, sino contra la libertad y la democracia que han sido tradicionales en Costa Rica. Es indudable que un artículo como el que los agentes del movimiento pro-fascista dirigidos por ciertos extranjeros europeos bien conocidos y colocados estratégicamente en nuestro país quieren enclavar en nuestra Carta Magna, además de su aparente sentido anticomunista, persigue que se coloque fuera de ley a todos los movimientos verdaderamente democráticos que constituyen en el presente, y posiblemente constituirán en el futuro, los baluartes más vigorosos en contra de las fuerzas que quieren establecer una tiranía en nuestro país.

La historia de América trae para nosotros una importante experiencia, la cual consiste en que para deshacerse de todos los movimientos opositores varios déspotas han incluido en sus constituciones artículos parecidos o iguales.

Por eso creemos que la moción que ahora se presenta ante la Constituyente firmada por el Licenciado Fernando Volio Sancho, únicamente nos enseña, a pesar de su fementida defensa de la Democracia, la maniobra de algún tirano en ciernes interesado en terminar con todos los movimientos progresistas y patrióticos y en dejar la puerta constitucional abierta para imponer definitivamente la tiranía en nuestra Patria.

Nosotros queremos, por este medio, pedir a la Asamblea Constituyente que tenga mucho cuidado al votar la moción en referencia, no vaya a ser que mañana todos los miembros de la misma se arrepientan de haber dado con su voto muerte a nuestro régimen democrático.

Esperamos que la Asamblea Constituyente, en quien la ciudadanía tiene puestas sus esperanzas de restauración democrática, votará en contra de lo más anti-democrático y anti-popular que se haya presentado en nuestra vida republicana.

Atentamente nos suscribimos,

(Siguen 53 firmas).

San José, 5 de junio de 1949.

Señor Presidente de la Asamblea Constituyente.

Palacio Nacional.

Estimado señor Presidente:

Los abajo suscritos hemos recibido con verdadera alarma la noticia de haberse presentado a la consideración de la Asamblea Nacional Constituyente una moción firmada por el Licenciado Fernando Volio Sancho, el contenido de la cual pretende eliminar de la vida de Costa Rica a todos los Partidos llamados de “Tendencias extremistas”.

Consideramos que esta tesis presentada por el Licenciado Volio Sancho encierra muy graves peligros para la estabilidad y desarrollo de nuestra democracia. Es cierto que la moción en referencia contiene el propósito de eliminar de la vida costarricense al Partido Vanguardia Popular; pero también es cierto que esa tesis es el trampolín sobre el cual quiere saltar la organización o partido fascista existente en Costa Rica, no sólo perseguir a los vanguardistas y el movimiento obrero, sino para liquidar de una vez por todas el movimiento democrático y para anular a todos los partidos, inclusive a los partidos burgueses, que en una época determinada resulten incómodos para cualquier Gobierno por sus determinaciones políticas. Por esas razones, creemos que si la Asamblea Constituyente diera su aprobación a la moción del Licenciado Volio Sancho con ello no haría otra cosa que propiciar la entronización en Costa Rica de Gobiernos tiránicos y la liquidación de toda perspectiva democrática para el país.

Esperamos que los miembros de la Asamblea Constituyente, que son verdaderamente anti-fascistas y los que quieren para nuestra amada Costa Rica un porvenir realmente democrático, van a votar en contra de la moción del Licenciado Volio Sancho, por lo que la ciudadanía en general grabará sus nombres en los mejores anales de la democracia costarricense.

Nos firmamos con un atento saludo para todos los miembros de la Asamblea Constituyente y esperamos que ellos nos darán una Constitución Democrática, muy alejada de toda intención nazi-fascista.

(Siguen 58 firmas).

Asamblea Nacional Constituyente:

P. N.

Es del conocimiento de los señores Diputados que la Compañía Bananera de Costa Rica, la Chiriquí Land Company y la United Fruit Company, en virtud de contratos que tienen celebrados con el Gobierno de Costa Rica, han venido desarrollando actividades de siembra y exportación de bananos, abacá y otros cultivos en diversas zonas del territorio nacional.

Deseosas dichas Compañías de ampliar su radio de actividades en el país, por medio de su apoderado generalísimo el señor Walter Moseley Hamer Turnbull, iniciaron conversaciones con la Junta Fundadora de la Segunda República, a fin de suscribir un contrato que contemplara todos aquellos puntos a que paso a referirme, entre ellos la siembre de cacao y palma africana oleaginosa.

Comprendiendo la enorme importancia que para el desarrollo de la agricultura y de la industria nacionales podría tener una contratación de esa naturaleza, la Junta se interesó vivamente en el asunto, y puso todo su empeño en obtener las mayores ventajas para el país.

Es así, señores Diputados, como después de una serie de estudios, se llegó a suscribir por parte de la Junta de Gobierno y del representante de las Compañías el contrato que, con instrucciones del señor Presidente de la Junta Fundadora de la Segunda República, me permito someter a vuestra consideración.

En realidad, no se trata de un nuevo contrato sino de reformas a los anteriores. Si bien es cierto que la Junta Fundadora pudo por medio de un Decreto-Ley darle su aprobación definitiva, tanto dicha Junta como las Compañías representadas por el señor Hamer quisieron que dada la naturaleza de la misma, quedara sujeto a la ratificación de la Asamblea Constituyente, esto es, que los representantes del pueblo conocieran de los méritos de una contratación tan importante como ésta y tuvieran oportunidad de emitir su opinión sobre la misma.

Con la simple lectura del texto del contrato de que me ocupo, se darán cuenta los señores Diputados de las considerables ventajas que de él derivará el país. Naturalmente a las Compañías se les otorgan ciertas garantías, pero eso tiene que ser así toda vez que se trata de empresas que para el desarrollo de sus negocios se ven obligadas a invertir enormes sumas de dinero.

Con el objeto de estimular la siembra de banano en Costa Rica, se dictó el decreto Legislativo Nº 2 de 4 de setiembre de 1930, según el cual a la industria bananera no se le gravaría con ningún impuesto nacional o municipal, excepción hecha del impuesto territorial y del impuesto de dos centavos de dólar, moneda de los Estados Unidos de América, sobre cada racimo de bananos que se exportare.

Por decreto Legislativo Nº 3, de esa misma fecha, se aprobó un contrato celebrado entre el Estado y la United Fruit Company, en el cual se garantizaba a ésta y demás empresas afiliadas, que la exención de impuestos a que se refiere el citado decreto Nº 2, se mantendría a su favor por un período de veinte años.

Este plazo de veinte años que habría de concluir en octubre de 1950, fue ampliado hasta agosto de 1988, al ser aprobado por decreto Nº 133 de 23 de julio de 1938, un nuevo contrato bananero, que dió origen a la plantación de ese fruto en la zona del Pacífico, y según el cual las Compañías seguirían pagando el impuesto fijo de exportación de $ 0.02 antes dicho, y gozando de todos los derechos, exenciones y privilegios consignados en el contrato y decreto del año 1930, antes aludido.

En una y otra ocasión el Legislador consideró que era necesario hacer ese sacrificio fiscal a fin de estimular una industria que constituye uno de los más importantes renglones de la riqueza nacional.

No obstante que esas exenciones contractuales estaban definitivamente consolidadas, en un afán de colaborar a la solución de los difíciles problemas fiscales que afronta el país, las Compañías ofrecieron a la Junta de Gobierno hacer renuncia de esa ventaja en lo que al Impuesto sobre la Renta se refiere, otorgándole a su vez una participación en sus utilidades, en el tanto y forma que adelante se dirá.

Este ofrecimiento, claro está, fue recibido con entusiasmo. En todas las conversaciones sostenidas alrededor de ese tema, encontramos de parte de los personeros de las Compañías, el más amplio espíritu de colaboración.

Dentro de ese espíritu, pues, no fue difícil llegar a concertar la cláusula quinta del contrato, que ahora someto a vuestro conocimiento, sin lugar a dudas, la más importante del mismo, cláusula en virtud de la cual las Compañías pagarán al Estado el quince por ciento de las utilidades netas de todos sus negocios en el país inclusive el de banano, con base en las declaraciones juradas que las Compañías presentan a las autoridades del impuesto de la renta en los Estados Unidos de América, que, como sabemos, son las más estrictas y eficientes en lo que al control de utilidades se refiere.

En este contrato, pues, las Compañías hacen renuncia de la exención que tienen de pagar el Impuesto de la Renta en la forma dicha y si es cierto que el Estado hace algunos otorgamientos, éstos si bien se examinan, no son más que garantías justas y necesarias para que tenga estímulo el capital extranjero; nadie puede oponerse a la declaración que se hace de que el Estado no podrá menoscabar el derecho que tienen esas empresas de continuar en el dominio de sus bienes y de que la expropiación, en caso de que se haga, debe ser mediante la justa y previa compensación; nadie puede oponerse a que a las empresas agrícolas extranjeras se les dé igual tratamiento que a la mayoría de las empresas nacionales que se dedican a la agricultura.

Estos son principios universales que aunque no se consignen deben siempre respetarse. Nadie puede oponerse tampoco a que esas empresas tengan libertad para nombrar sus apoderados, gerentes, subgerentes y demás empleados técnicos que deben administrar sus negocios, sin discriminación de nacionalidad, porque es lógico que el dueño del capital, tenga el derecho de designar las personas que hayan de manejarlo.

Estos postulados los ha aceptado ya el Gobierno de Costa Rica al aprobar el Pacto Económico suscrito por las conferencias de Bogotá, y no puede entonces haber discusión sobre ellos por el hecho de que se incorporan ahora en un contrato.

El Gobierno da además seguridad de que los impuestos actualmente existentes en lo que se refiere al cultivo del cacao y de la palma africana oleaginosa, se mantendrán en el tanto ahora establecido durante el plazo del contrato.

No se ocasiona ningún gravamen al Estado, y dentro de una sana política proteccionista, y en un país eminentemente agrícola como es el nuestro, esa actividad debe protegerse como un estímulo para las inversiones de capital extranjero. Estas seguridades son correlativas de la obligación que asumen las Compañías de incrementar ambos cultivos.

Si este contrato es ratificado por la Asamblea Constituyente, el país recibirá cada año, además de lo que recibe actualmente por impuestos que pagan dichas Compañías, una suma muy considerable. Por lo correspondiente al año de 1948 que acaba de terminar, las Compañías le adeudan al Fisco $ 1.000,000.00, por lo menos en concepto de ese 15% de sus ganancias, que como queda dicho, será pagado en divisas dólares americanos. Naturalmente, esa suma podrá ser mayor o menor en los años sucesivos, según las circunstancias de los mercados de consumo y otras causas económicas determinantes.

Es importante notar que no obstante que este contrato se firmó el 27 de diciembre pasado, es decir, cuando apenas faltaban cuatro días para la terminación del año de 1948, se le ha dado una vigencia retroactiva para todo ese año en lo que se refiere al pago del 15%, de modo que, sin ninguna contraprestación de parte del Estado, éste va a recibir por ese año el $1.000,000.00 de que se ha hecho referencia.

Con esto se muestra la buena posición de las Compañías de ayudar a las finanzas del país en un momento de dificultades.

Las Compañías convienen también en pagar por concepto de impuesto de beneficencia el medio por ciento sobre la suma representativa del mencionado 15% de las utilidades netas, una vez hecha la liquidación. Esa suma es muy digna de consideración por el efectivo aporte que prestará a los fines que persigue la ley Nº 32 de 27 de junio de 1932.

No quiero dejar de referirme a otra cláusula de la contratación que tiene señalada importancia en materia de cambios: la sétima. La redacción de esta cláusula fue sugerida, después de amplias discusiones, por el Consejo Emisor del Banco Nacional de Costa Rica.

Las Compañías como inversionistas de capital extranjero, tienen derecho, de acuerdo con el artículo 5º del Decreto-Ley Nº 215 de 13 de octubre de 1948, de obtener divisas para el retiro de su capital y para el pago de sus dividendos e intereses.

Esa medida tan acertada se mantiene en espíritu en el contrato que ahora someto a la ratificación de esta Asamblea, con la sola diferencia de otorgar algunas facilidades en su ejecución, pero sin perjudicar en nada al aporte de divisas. Esas facilidades se justifican en consideración a las importantes obligaciones que las Compañías contraen en beneficio del Estado, y además, por cuanto que las Compañías en la citada cláusula VII, hacen renuncia expresa del derecho que conforme al artículo 5º del Decreto-Ley Nº 215, pudieran tener para el retiro de divisas por el monto de sus inversiones efectuadas en el país, hasta la fecha del contrato, el cual asciende a muchos millones de dólares.

Aparte de lo expuesto, por ocupar millares de trabajadores, las Compañías aludidas contribuyen poderosamente a una mayor estabilidad social y por ser inversionistas de capital extranjero y dedicarse al cultivo de productos de exportación, fortalecen el fondo de cambios, ayudan a mantener el valor de la moneda nacional y contribuyen al equilibrio de la balanza comercial y de la balanza de pagos.

De las razones expuestas se desprende que el Estado no otorga grandes concesiones. Lo que la Nación da no es otra cosa que ciertas garantías y seguridades que no pueden ser más justas y equitativas; que las Compañías tienen derecho de continuar en el dominio, administración y goce de sus bienes; que las estipulaciones de sus contratos no pueden revisarse ni modificarse unilateralmente; que no se podrá expropiar sin una justa y previa indemnización; que debe darse a las empresas el mismo tratamiento que se les da a las empresas nacionales de la misma índole y que las Compañías tienen derecho de nombrar los principales empleados que deben manejar o administrar sus negocios. Se les garantizará además que determinados impuestos que ahora pagan no les serán aumentados durante el término de este contrato.

En cambio, el Estado estimula por medio de este contrato, la explotación de nuevas regiones aptas para el cultivo del cacao y de la palma africana oleaginosa, abriendo nuevas fuentes de producción y de trabajo, y logra además la importante renta fiscal que le proporciona la participación en las ganancias netas, producidas en el país, que le ofrecen las Compañías, además de la ventaja que ofrece el hecho de que los terrenos que han sido cultivados de banano y abandonados sean de nuevo sembrados de palma y cacaoteros, ayudando éstos a la rehabilitación de los suelos.

Las inversiones de capital extranjero que la República necesita son aquéllas que ofrezcan esas fuentes permanentes de producción y de trabajo a que me he referido, y que no impliquen una explotación irracional de nuestras riquezas.

Ese es el criterio que ha animado a la Junta de Gobierno a firmar esta contratación. Las actividades que las Compañías se proponen realizar mediante la siembra de cacao y palma africana oleaginosa, son de permanente provecho para la colectividad.

Las garantías que se les otorgan, ya lo hemos dicho, no van más allá de lo que es indispensable a las Compañías para sus nuevas inversiones. En consecuencia, el resultado no puede ser otro que el de un aporte más de capital extranjero que habrá de estimular convenientemente el desarrollo de la economía nacional.

Hechos los anteriores comentarios, vengo, pues, con instrucciones del señor Presidente de la Junta Fundadora de la Segunda República a solicitar de esa Asamblea Constituyente la ratificación del contrato firmado entre el apoderado generalísimo de la Compañía Bananera de Costa Rica, de la Chiriquí Land Company y la United Fruit Company y el suscrito, el día 27 de diciembre de 1948 y que fue aprobado por la Junta Fundadora de la Segunda República por Decreto-Ley número 323 de la misma fecha y el cual se publicó en “La Gaceta” número 297 del 31 de diciembre de 1948.

De los Honorables miembros de la Asamblea Constituyente, muy Atto. y S. S.

Bruce Masís D., Ministro de Agricultura e Industrias.

_______

NOTA.- Esta Comunicación del Ministro de Agricultura la tomamos de “La Gaceta” del 19 de junio de 1949. Tal como en ella se advierte, el Contrato Bananero había sido publicado en “La Gaceta” del 31 de diciembre de 1948, por lo que resultaba innecesaria la nueva publicación acordada por la Asamblea, y que según parece no se hizo porque no la hemos encontrado. Por nuestra parte omitimos incluir en este anexo el texto del dicho contrato porque es un documento extenso y que aunque de la Constituyente, no tiene gran interés dentro de sus actividades porque el tiempo no alcanzó y el contrato no fue debatido. Nos parece suficiente con remitir a quien le interese a la citada “Gaceta” de 1948.- N. de la C.

ACTA No. 85

No. 85.- Octogésima quinta acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente a las catorce horas y media del día ocho de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la presidencia del Doctor Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández, y Ortiz Martín, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Arroyo, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Gutiérrez, Brenes Mata, Desanti, Dobles, Esquivel, Gómez, González Flores, González Luján, Guido, Guzmán, Herrero, Jiménez Núñez, Leiva, Madrigal, Montealegre, Montiel, Oreamuno, Pinto, Ruiz, Solórzano, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Sancho, Zeledón y los suplentes Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja, Rojas Vargas, Lee Cruz, Jiménez Quesada, Lobo, Monge Alfaro y Carrillo.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- El Diputado González Herrán presentó revisión de una parte del artículo 135, que fue rechazada en la sesión anterior.

El Representante ARROYO defendió la revisión planteada, ya que el artículo 135 quedó trunco al desechar la Asamblea la forma de actuar en cuanto al veto y al resello. Luego se refirió a varias Constituciones de América las que, en caso de un conflicto entre la Municipalidad y la autoridad encargada del ejecutivo municipal, el asunto pasa a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia para su resolución, en la forma como lo establece la moción del señor González Herrán.

Fue aprobada la revisión. El autor de la misma presentó moción, para que la parte desechada del artículo 135, se lea así:

“Sus acuerdos y resoluciones podrán sin embargo ser recurridos:

a) Por el Intendente o en su defecto por el funcionario que indique la ley;

b) Por el particular que se sienta perjudicado.

En ambos casos, los antecedentes pasarán al Tribunal dependiente del Poder Judicial que indique la ley, para resolver en grado, salvo que la Municipalidad acoja las observaciones y revoque el acuerdo o resolución”.

El Diputado CARRILLO manifestó que en muchas ocasiones el veto a los acuerdos municipales se basaba en razones de conveniencia o inconveniencia para determinados intereses comunales. Si esto es así -dijo- no veo razón alguna para que pase a conocimiento de un tribunal técnico. Si el veto se basara en cuestiones legales -por ser contrario a la Constitución o a las leyes- entonces sí es conveniente que pase a conocimiento de un tribunal de derecho. El Representante ARROYO indicó las razones que existían para que el veto pasara a conocimiento de un tribunal, aunque no se fundara en razones de orden legal. Es sabido que en ciertas ocasiones las Municipalidades actúan movidas por intereses políticos. Además, se necesita un control sobre las mismas. El Diputado VALVERDE observó que existían casos prácticos que se les presentan a los municipios y que no justifican la intervención de un tribunal de derecho. Lo natural sería dejar eso en manos del intendente provincial o de una autoridad relacionada con el medio.

Sometida a votación la moción del señor González Herrán, fue aprobada.

Artículo 3º.- Los Diputados TREJOS y ESQUIVEL, presentaron moción para que se revea el párrafo 3º del artículo 110 y se adopte la siguiente redacción, que es más clara y comprensiva:

“Los candidatos a Presidente y Vicepresidente de un mismo Partido, deben figurar para su elección en una misma papeleta, con exclusión de cualquier otro funcionario a elegir”. [138 p2]

Se aprobaron la revisión y la moción de fondo anteriores.

Se discutió luego el párrafo 3º de la moción de los señores Trejos y Esquivel, que dice así:

“Si en las primeras elecciones ninguna de las papeletas alcanzare la indicada mayoría de sufragios, se practicará una segunda elección popular el primer domingo de abril del mismo año entre las dos papeletas que hubieren recibido más votos, quedando electos los que figuren en la que obtenga mayor número de sufragios”. [138 p3]

La moción anterior provocó un largo debate en el que participaron varios señores Representantes. El Diputado ORTIZ declaró que no votaría la moción tal y como estaba por las razones expuestas en la sesión anterior. Insistió en su punto de vista de que la elección debe hacerse por candidatos, y no por papeletas. El segundo sistema es antidemocrático, pues es está restringiendo la soberanía popular, lo que es inadmisible. El Diputado GUIDO indicó los peligros que traería al país la elección por candidato y no por papeletas. El desorden vendría al país cuando, por ejemplo, participen en un torneo electoral tres partidos. Sucederá que los dos más pequeños se unirán para distribuirse las Vicepresidencias, al menos, en perjuicio del mayoritario, postulando los mismos candidatos a Vicepresidentes en sus papeletas. El Poder Ejecutivo lo van a ejercer miembros de distintos partidos, lo que sería grave, por los desórdenes y trastornos políticos. En caso de ausencia del Presidente titular, ejercerá el poder una persona de distinta filiación política a la suya. La situación política del país cambiará radicalmente. El Diputado ARROYO explicó que tanto el Presidente como los Vicepresidentes ejercen el Poder Ejecutivo, por lo que no se violentaba ningún principio democrático impidiendo que un mismo candidato a Vicepresidente figure en varias papeletas, para que no llegue a presentarse el caso expuesto por el señor Guido. La realidad es que los Vicepresidentes son los suplentes del Presidente y deben estar identificados con éste. Si no voté la moción ayer del señor HERRERO -dijo- fue porque me pareció que en una Constitución no deben establecerse prohibiciones expresas. Indicó el peligro de adoptar el sistema contrario, pues mañana un partido bien puede deshacerse del Presidente, para que el Vicepresidente ejerza el poder, con lo que el partido asumirá los destinos del país. El Representante BAUDRIT SOLERA se refirió brevemente a la conveniencia de que la elección se hiciera por papeletas, en la forma como lo establece el proyecto del 49. Dijo que en las convenciones populares los partidos, no sólo elegirán al candidato a la Presidencia, sino a los candidatos a las dos Vicepresidencias, para que los tres se inscriban en una sola papeleta. Puede presentarse el caso de que un mismo candidato a Vicepresidente figure en dos o más papeletas, pero esto no ocurrirá por la libre determinación del pueblo, sino debido a maniobras políticas. Añadió que de ninguna manera resultaba antidemocrática la elección por papeletas. Por otra parte, con este sistema se evitarán las posibilidades apuntadas por el doctor Pinto, del peligro que representa para el país el hecho de que uno de los Vicepresidentes pertenezca a un partido que no sea el del Presidente, es posible, entonces, que el partido del Vicepresidente, con tal de asumir el poder, ponga en práctica todos los medios, aun el asesinato. El Diputado ORTIZ de nuevo intervino en el debate para combatir el sistema de elección por papeletas. Indicó que la institución de los Vicepresidentes no se había discutido lo suficiente. Ahora se están presentando problemas que deberían haberse debatido en su oportunidad, aunque la corriente en su favor era muy grande. Entiendo que los Designados que señalaba la Carta del 71 -dijo- se quitaron para pasar a manos del pueblo el derecho de elección de los que sustituirán al Presidente en sus faltas temporales o definitivas, que anteriormente estaban en manos del Presidente quien en su antojo indicaba el nombre de los Designados. Es sabido el relajamiento a que había llegado entre nosotros la elección de los Designados, que siempre recaía en amigos íntimos o familiares del Presidente. En los últimos años fueron electos Designados los hermanos del Presidente, con los resultados bochornosos que conoce el país. Al cambiar radicalmente la institución, ya no va a ser el Presidente el que escoja a sus sustitutos, sino el pueblo, mediante elección. Si los Vicepresidentes son de elección popular, es antidemocrático poner restricciones a la soberanía popular. El pueblo es soberano y no podemos ponerle cortapisas de ninguna clase, aunque lleguen a ocurrir los peligros señalados por el Doctor Pinto. Es cierto que esos riesgos existen, pero en los mismos debiera haberse pensado en el momento de aceptar la institución de los Vicepresidentes. Si vamos a dejar de nuevo en manos del Presidente la escogencia de sus sustitutos, es mejor que se vuelva al sistema antiguo de los Designados. Si los Vicepresidentes son de elección popular, no existe criterio democrático alguno para prohibir que los candidatos figuren en una o más papeletas, pues lo contrario sería restringir la soberanía del pueblo. El Diputado HERRERO manifestó que la elección por papeletas propende a impedir las componendas políticas. Si mi moción se desechó ayer -dijo- fue porque se consideró impropio de una Constitución establecer prohibiciones. El Diputado CHACON manifestó que la fórmula más democrática era la de elección por candidatos y no por papeletas. No se puede impedir que el pueblo vote por un mismo candidato a Vicepresidente en dos o más papeletas. ¿Con qué criterio, además, no se van a considerar votos válidamente emitidos? El señor LEIVA expresó que el mal vendría si se hace la elección por candidatos y no por papeletas, pues así el Presidente y sus dos Vicepresidentes podrían no pertenecer al mismo partido. El Representante BAUDRIT SOLERA intervino nuevamente en el debate para reafirmar sus puntos de vista anteriores. Dijo que no era cierto que con el sistema de papeletas el candidato a Presidente iba a imponer a sus sustitutos, pues es bien sabido que los tres saldrán de una convención popular efectuada por el partido. Esta medida está ayudando al fortalecimiento de los partidos ideológicos. En Costa Rica poco a poco tendrá que ir desapareciendo el personalismo en política, para dar paso a los partidos permanentes, ideológicos. Añadió que sería absurdo que, gobernando el país, por ejemplo, un liberal, lo viniera a reemplazar, en sus faltas temporales o absolutas, un Vicepresidente de ideología conservadora. Lo razonable es que el poder lo ejerza un partido determinado, con un programa y un ideario bien definido. Por otra parte, el sistema de papeletas evita las componendas de los políticos. Si un candidato a Vicepresidente va a figurar en varias papeletas lo será por una conveniencia de los políticos, y no por el deseo del pueblo. El Representante ARIAS dijo que la fórmula en debate, de aprobarse, iba a traer malos resultados al país. La situación de los Vicepresidentes -dijo- traerá como consecuencia que partidos minoritarios se junten para ganar, siquiera, las Vicepresidencias, en perjuicio del mayoritario. Esto, se evita con el sistema de papeletas, pero este sistema viene a coartar, en cierta forma, la libertad del individuo para votar por quien quiera. Se refirió luego a los trastornos que significan unas segundas elecciones. La posibilidad de segundas elecciones [no] va a ser remota, pues suprimidas las elecciones de medio período y debido a otras circunstancias, la multiplicación de partidos va a ser un hecho en el futuro. Si a la lucha política van tres o más partidos, es difícil que en las primeras elecciones los candidatos obtenga el cociente necesario. De ahí que a su hora, manifesté la necesidad de bajar ese cociente, cuando menos a un 35 por ciento. Además, si existen varios partidos, los minoritarios se unirán casi seguro, para repartirse las Vicepresidencias, con los perjuicios consiguientes para el país. El Diputado ARROYO sugirió a los proponentes de la moción cambiar el término “papeletas”, por el de “nómina”, que es más adecuado, lo que aceptaron aquéllos.

Sometido a votación el párrafo 3º, que dice: “Si en las primeras elecciones ninguna de las nóminas alcanzare la indicada mayoría de sufragios, se practicará una segunda elección popular el primer domingo de abril del mismo año, entre las dos nóminas que hubieren recibido más votos, quedando electos los que figuren en la que obtenga el mayor número de sufragios”, fue aprobado. Los Diputados ARIAS BONILLA y CHACON pidieron que sus votos negativos constaran en el acta respectiva.

Se aprobaron los párrafos 4º y 5º y el transitorio de la moción de los señores Esquivel y Trejos, que dicen así respectivamente:

“Si en cualquiera de las elecciones, dos nóminas resultaren con igual número de sufragios suficientes, se tendrá por electo para Presidente al candidato de mayor edad, y para Vicepresidente a los respectivos candidatos de la misma nómina.

No pueden renunciar la candidatura para la Presidencia o Vicepresidencia, los ciudadanos incluidos en una nómina ya inscrita conforme a la ley, ni tampoco podrán abstenerse de figurar en la segunda elección los candidatos de las dos nóminas que hubieren obtenido mayor número de votos en la primera.

Transitorio.- Los Vicepresidentes que han de desempeñar sus cargos en el cuatrienio comprendido entre el ocho de noviembre de 1949 y el ocho de noviembre de 1953, serán elegidos simultáneamente con los Diputados a la Asamblea Legislativa, en las elecciones que habrán de verificarse en octubre de 1949”. [138 p4-5]

Artículo 4º.- Se discutió luego la moción del señor Volio Sancho, cuya discusión se había pospuesto, hasta tanto no fuera publicada en el diario oficial, la moción dice así:

“Todos los ciudadanos tienen el derecho de agruparse en partidos para intervenir en la política nacional.

Sin embargo, se prohíbe la formación o el funcionamiento de partidos que, por sus programas ideológicos, medios de acción o vinculaciones internacionales, tiendan a destruir los fundamentos de la organización democrática de Costa Rica, o que atenten contra la soberanía del país, todo a juicio de la Asamblea legislativa, por votación no menor de las dos terceras partes de sus miembros y previo informe del Tribunal Supremo de Elecciones.

Transitorio.- Para los efectos de las elecciones que se celebrarán el año en curso, la aplicación de la regla contenida en el presente artículo estará a cargo exclusivo del Tribunal Supremo de Elecciones”. [98]

El Representante CHACON JINESTA manifestó que no votaría la moción anterior por considerarla antidemocrática. Para mí -declaró- el concepto de Democracia significa la libertad del individuo para pensar como quiera y escoger las ideas que desee, aunque sean contrarias a la misma libertad. Si un pueblo, por libre determinación, sustenta ideas antidemocráticas, allá él. La democracia no puede obligar a nadie a creer en determinadas ideas. La libertad de pensamiento debe ser irrestricta. Agregó que la moción no tenía ninguna finalidad práctica pues no va a desaparecer el comunismo en Costa Rica tan sólo con su aprobación. Al contrario, lejos de desaparecer el comunismo, se va a incrementar, pues se van a crear mártires y héroes de la libertad. Por otra parte, la Democracia no va a saber cuál es la verdadera fuerza de sus enemigos, que trabajan subterráneamente. La Democracia no puede coaccionar ni imponer sus ideas a nadie. Debe propender, fundamentalmente, a su perfección, organizarse sobre nuevas bases. En esta forma repelerá en una forma más eficaz a sus enemigos. El totalitarismo se combate con principios democráticos. La moción del señor Volio Sancho tiende a defender la democracia con principios totalitarios. La Democracia debe defenderse en el libre juego de las ideas. Terminó diciendo que la moción en debate, aunque la estimaba bien inspirada, tenía el defecto de no encajar en una Constitución democrática como la que se está promulgando.

El Diputado VALVERDE VEGA explicó que se veía en la circunstancia de razonar su voto favorable a la moción del señor Volio Sancho, por el hecho de que se apartaba del criterio de varios de sus compañeros de partido. Dijo que desde que en el seno de su partido se había discutido el Proyecto de Constitución del 49 había manifestado su adhesión al principio consagrado en el artículo 121, para proscribir el funcionamiento de partidos de tendencias antidemocráticas, como forma de oponer un valladar constitucional a las doctrinas totalitarias y en el caso concreto, al comunismo internacional. Para reafirmar su criterio, leyó la resolución 32 de la Conferencia de Bogotá, llamada “Preservación y defensa de la Democracia en América”, donde se establece la obligación que tiene la democracia de defenderse de las asechanzas de sus enemigos que, como el partido comunista, tienden a su destrucción. Añadió que esa declaración había sido ratificada por nuestro gobierno.

El Representante TREJOS también se manifestó de acuerdo con la moción del señor Volio Sancho, pues viene a significar una derivación lógica de la moción que un grupo de Diputados ha presentado respecto a las garantías individuales. Indicó que los fundamentos democráticos de los que habla la moción en debate, son las garantías individuales.

El Diputado BAUDRIT SOLERA explicó que el proyecto de Constitución del 49 contiene una norma similar a la propuesta y él la aprobó; pero meditando en el asunto, la considera inconveniente. Razona así su voto negativo: “Si lo propuesto, de aprobarse, erradicara o contribuyera siquiera a destruir el comunismo, mi voto sería afirmativo. Como doctrina filosófica-política, el marxismo no desaparecerá mientras el hombre tenga libertad de pensar. De otro lado, la norma que se pretende no lograría impedir que el comunismo se constituyese en partido político, bajo otras denominaciones y mentidos programas democráticos, y la prohibición propuesta sería la razón de que celosamente se oculte su verdadero fin: esto impediría o dificultaría enormemente descubrirlo y por allí la prohibición de que se trata resultaría inocua. Además, si ha de haber comunismo, como lo habrá, mejor es que exista a la luz del día, para vigilar públicamente su marcha, vigilancia esa que es tan necesaria para detener la propagación de todo mal”.

El Representante ORTIZ MARTIN dijo: Señores Diputados: en tan pocas palabras como pueda, voy a justificar la razón de mi voto afirmativo a la moción del señor Volio Sancho. Se me dijo que, cómo era que hablaba de democracia y estaba a favor de esa moción. La democracia, a mi entender, debe defenderse. Verdaderas autoridades de Derecho Político de los Estados Unidos, emitieron un condensado estudio que en su oportunidad trataré de traer aquí a la Cámara, fueron llamados por el gobierno para que revisaran el concepto de democracia. En una parte dice: la democracia es el enemigo eterno e implacable contra toda forma de totalitarismo. Entiendo que estriba en un organismo vivo, actuante, que tiene derecho a defenderse, y que no puede rendir tributo a su propia muerte, sin acudir a medidas legítimas de defensa. Escuché con mucha atención el argumento que el señor Jiménez Quesada nos dió aquí, de que el último acto del liberalismo puro, fue rendirse ante la evidencia de que una mayoría escoge otro sistema de gobierno. También se me vino a la mente, de que entre tantas sectas religiosas que hay en los Estados Unidos, hay una que se llama la Ciencia Cristiana, que no cree en las enfermedades ni en la medicina, en ningún aspecto, y dicen que las enfermedades que han inventado los hombres, el espíritu las vence. Yo no creo que si un mal se alienta dentro de un organismo político democrático, debe dejar que sea rendido por la enfermedad, creo que se necesita del escalpelo del cirujano, para que luche, para que trate de arrancar el mal. Hay que exterminar el cáncer que está carcomiendo la democracia, como organismo vivo, y en los momentos actuales, la humanidad tiene que decidirse por vivir en una u otra forma, y no puede aceptar que se le nieguen sus medios de defensa. Decía el señor Chacón Jinesta, que nosotros como democráticos, debíamos dejar abiertas las puestas a partidos que proclamen la esclavitud. Yo creo que si alguno quiere destruirnos, por medio del comunismo, fascismo o nazismo no le impediremos que así lo piense. Lo único que le pudiéramos decir, es que ojalá se vaya para Rusia a ejercer su comunismo, pero no permitir que lo practique aquí. También creo que para los principios democráticos de este organismo político, deben existir los medios de defensa, y no admito que para combatirlos usemos únicamente de palabras, dejando un sistema que destruya su propia organización. Por eso creo que es la oportunidad de hacer sentir en la lucha a muerte en que está planteada, entre el oriente y el occidente, que la democracia costarricense está en pie de defensa. En este sentido es que le daré mi voto afirmativo a la moción del señor Volio Sancho.

El Representante BAUDRIT GONZALEZ razonó su voto negativo en los términos siguientes: El voto nominal que se me pide me fuerza a dar razones. La tesis del señor Volio Sancho exige un doble examen, pues despierta dos puntos de vista igualmente importantes. Uno de carácter doctrinario, por no decir de convicciones; el otro reviste una apreciación externa o de conveniencia. Hablo de la conveniencia pública o nacional y en ninguna manera de la propia personalísima. En cuanto al primer punto de vista, mantengo una prenda dada; no es muy valiosa, pero sí rotunda o absoluta en cuanto al parecer que abrigo sobre el Comunismo criollo en concreto. Cuando desempeñaba la Cartera de Gobernación en 1931, sobrevinieron las elecciones para reponer al Presidente González Víquez y a la mitad de los Diputados. La agitación se hizo grande porque la libertad era muy amplia: se reputaba a aquel Mandatario, como persona débil porque era sereno y conciliador; y el comunismo de entonces bastante envalentonado, pidió su sitio electoral. Era necesario defender al país de lo que constituía un manifiesto peligro, no por lo avanzado de las ideas, sino por los métodos violentos y violatorios de principios. El Ministro tenía respaldo. Pero era él quien tenía que enfrentarse con toda entereza a los dirigentes máximos, los cuales hablaban con énfasis, exaltando su causa, y gritaban como es de uso, creyendo intimidar. La Secretaría prohibió rotundamente la inscripción del Partido y de papeletas de votación; y sumiso el Gobierno a la invariable práctica republicana de dar razones y no simplemente de acudir a su autoridad, les fue explicado el por qué. Este por qué fue nítido como ha de ser toda verdad; tanto que sosegó a los entusiastas capitanes del partido, el cual se sometió airado, pero obediente. Mejor dicho, se replegó. Se les dijo que Costa Rica es un pueblo soberano, o sea independiente y dueño de sus destinos en el territorio que le pertenece; que el Gobierno de tal pueblo no tolera otra voluntad que la de los suyos y como deber primordial consiguiente, se opone e impide que otros gobiernos y otros pueblos tengan voz y voto dentro de sus límites territoriales y en sus asuntos domésticos. Todo lo cual emana de su Constitución y tradiciones políticas. Sabido es que el Congreso de la época era adverso por sistema a la política de aquella Administración; sin embargo, enviada allí la respuesta a que fuese bastanteada por la Cámara, no sólo fue aprobada, sino que el Jefe más destacado de la oposición, Licenciado Carlos M. Jiménez O., acogió el problema y obtuvo el visto bueno para la solución ya despachada. Por manera que sin aspavientos ni más diligencia que una buena y decidida explicación de lógica política, dos Poderes Supremos ganaron aquella que parecía en el principio batalla campal. Debo agregar que dentro del terreno de las convicciones, mi criterio no ha variado de 1931 a la fecha, por más lamentable que me parezca la pérdida posterior de esa ventaja tan trascendental para la República. ¿A qué se debe primero el debilitamiento y luego el desastre posterior de la oposición, no ya del Gobierno, sino del país en general, que ha venido a soportar los males consiguientes que ahora intenta remediar la moción del señor Volio Sancho? Esto tiene que ver con el otro aspecto del asunto que al principio he llamado externo o de conveniencia. Por lo pronto he aquí la resolución del Congreso fechada el ocho de octubre de aquel año 1931.

Página 247 de la Colección de Leyes 1931, (segundo semestre).

1º.- El Congreso Constitucional de la República de Costa Rica.

En vista de la exposición del Poder Ejecutivo en que pide a la Cámara que declare si la interpretación dada al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Elecciones respecto de los comunistas es correcta; y visto el dictamen de la Comisión de Legislación aprobado en la sesión del día siete del mes en curso, Acuerda: Ratificar la resolución contenida en el referido dictamen que niega a los afiliados al comunismo, en calidad de tales, el derecho de acogerse al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Elecciones para inscribir su divisa y colores con fines eleccionarios.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- Dado en el Salón de Sesiones... Ocho de octubre de 1931.- Rafael Calderón Muñoz, Vicepresidente. Asdrúbal Villalobos, Primer Secretario.- A. Baltodano B., Segundo Secretario. Publíquese.- C. G. V.- El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación.- F. B.

Párrafos del Dictamen de la Comisión Legislativa (Carlos Mª Jiménez- Francisco Ross-Manuel Coto Fernández) firmado el 23 de setiembre de 1931 y publicado en “La Gaceta” del 30 de ese mes.

Acogemos y prohijamos las razones aducidas por la Secretaría de Gobernación para negar a los agrupados en la idea comunista el derecho de inscribir su divisa y de acogerse al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Elecciones. Ese movimiento viene a perturbar la vida tranquila de la patria costarricense. Sustenta y practica principios que socavan las bases de la familia, del Estado y de la Religión, y de ahí que todas las naciones del mundo donde ha logrado arraigarse, traten de contrarrestar sus funestas actividades por los medios más radicales. En ciertos países se considera delito de lesa patria el solo hecho de afiliarse al comunismo, ya por sus métodos violentos conculcadores de los derechos humanos, ya porque los comunistas responden a mandatos e instrucciones de un poder extraño. Ahora mismo España, que no es sospechosa de conservatismo, en estos momentos de constituirse en República, ha negado personería al comunismo que como tal no pudo llegar a las urnas en la elección de las Cortes; y MacDonald en Inglaterra y Gandhi en la India no han tolerado para sus patrias la difusión de esta peligrosa doctrina.

No sembremos, pues, con nuestras manos, esa maléfica planta en los viveros de la patria costarricense, reconociéndole existencia y personería legal. Este dictamen fue aprobado por la Asamblea en sesión del 8 de octubre, fecha de la emisión del acuerdo aprobatorio.

Discursos de don Otilio Ulate y el Diputado Loría, adversos, se publicaron en “La Gaceta” del 25 de octubre, 31 págs. 1683-1684.

La cuestión desde el punto de vista de la conveniencia política, es de una gravedad indudable.

1)-¿Qué nos enseña la experiencia? A raíz de aquellos acontecimientos, el partido afectado por las disposiciones ministeriales pareció entrar en un sopor. Le arranco de él la voz, de suyo autorizadísima del Presidente Jiménez Oreamuno, quien dejó oír su opinión en el sentido de que “si mañana ellos fueran los más, no tendría inconveniente en poner el Gobierno de la República en sus manos”. Sin perjuicio de que más tarde, en 1937, con motivo de las huelgas por el Atlántico, el mismo Presidente se sumara a los adversarios del comunismo. Innecesario recorrer los pasos que en definitiva le dieron, no el mando supremo pero sí condiciones de influjo tan marcado y tan efectivo, que henos aquí, a causa de ese encumbramiento, forjándole al país una Constitución en la cual prevalece el propósito de regularizar las funciones públicas de modo que no haya medio de desviar a la República del anhelado camino del Derecho y del Bienestar. Con títulos de Obreros y Campesinos, de Vanguardia Popular más adelante, no ya aislándose para luchar solos, sino en connivencia con los que parecían mejor encarrilados al triunfo, lejos de desanimarse, se enardecieron; y plegándose a la sabia máxima política de que más vale maña que fuerza, lograron realizar una tarea que por fortuna quedó malograda para ellos y para los disfrazados partidos dentro de los cuales se intercalaron.

2)-¿Qué nos sugiere la experiencia? La convicción profunda de que fueron y son inútiles las prohibiciones que se consignen en Códigos, así sean parte de la Ley Fundamental. Y no es esta experiencia tan sólo nuestra, la del país pequeño, cuya grandeza debemos buscar en otros sectores de su vida; es la de todo el globo, en donde se opera por el instante una de las conmociones profundas que han solido anteceder a la marca de nuevas edades en la Historia de la Humanidad. Una de las sorpresas mayúsculas en esta materia fue la de enterarnos que en la República de El Salvador la propaganda más eficaz realizada por ese Partido en 1932, fue a base de enardecer a los indios conglomerados en diversas hermandades católicas, metiéndose entre ellos y fingiendo piedad religiosa, los dirigentes les condujeron en son de reivindicación hacia las Capitales, frente a las cuales por cierto murieron a millares. En Costa Rica la prédica tomó otro púlpito, o sea la desigualdad económica a que somos tan sensibles aquí y han hecho camino. De manera que no basta una prohibición como la que se quiere introducir en nuestras instituciones. Plegándose a ella, los envenenados acabarán por descubrir arbitrios que conduzcan adonde ellos quieren, a mandar en forma terminante, a ser obedecidos por los que en la actualidad reputan ser sus enemigos irreconciliables.

¿Qué remedio? No el de enardecerles; no el de declararles la guerra sin cuartel. Es más eficaz el de armonizarse, lo cual no es difícil, dado que pertenecemos a una sola Patria y por lo mismo tenemos la tradición de fraternidad que nos ha dado el nombre de “ticos”. Lo es asimismo tender a que los Gobiernos se despojen poco a poco siquiera, del totalitarismo que hasta ahora les ha sido característico (aunque no ha abusado de las facultades sino en casos de excepción); abandonar la tendencia de esperarlo todo del Estado y de dejarnos por él manejar, deponiendo las iniciativas que corresponden al particular, al esforzado, al que anhela destacarse en alguna de las múltiples actividades que han de ser de libre ejercicio y nunca controladas por los gobernantes. De esta manera la tentación de coger mando -si ha de servir de poco- será conjurada, y los costarricenses hermanaremos de nuevo y con más eficacia.

La rivalidad que va creciendo es cruel e implacable; si no siembra el patrio suelo de cadáveres, cultiva los odios que a la larga producirán las riñas sangrientas de particular a particular y los atentados; si no tratamos de liquidar de una vez la angustiosa situación, el virus inmisericorde irá dejando a Costa Rica distribuida en dos secciones irreconciliables.

Es a mi juicio la forma adecuada; acudir al malentendimiento y ponerle remedio a fin de que no se convierta en arma política, entrar en el fondo del conflicto y limpiar el campo para ver mejor; entenderse sin gravosas exigencias ni mezquinas concesiones. No estampar prohibiciones que no se acatarán por ser demasiado fácil burlarlas fingiendo, dentro de las normas de la que se aconseja, ahora, programas bellísimos para deslumbrar al Tribunal Supremo de Elecciones, debajo de los cuales palpitarán las intenciones y propósitos más aviesos.

Repito en definitiva, que no se escoge el camino adecuado, sino uno expuesto a ser burlado, como lo han sido las prohibiciones anteriores. Por esto le niego el voto a la moción.

El Diputado LOBO manifestó que la moción es restrictiva a la libertad y anti-democrática, por lo que no la votaría. Observó que la prohibición puede prestarse muy bien mañana, en medio de la efervescencia de una campaña política, a que se le atribuya a un partido determinado ideas totalitarias o disociadoras, para proscribirlo de la vida política.

El Diputado HERRERO declaró que después de haber visto actuar al comunismo en Costa Rica y en el mundo, no le parecía absurdo ni antidemocrático que la Asamblea aprobara la moción del señor Volio Sancho.

El Representante JIMENEZ NUÑEZ razonó su voto afirmativo en los términos siguientes: “Promulgar una Constitución es forjar la estructura de la Patria y aquella obra debe ser justa y estable, la Patria hay que edificarla sobre realidades y debe vivir alentada por todas aquellas fuerzas que la perfeccionen y la engrandezcan y en su código supremo, dentro del equilibrio armónico de la libertad y de la justicia, fijar de modo imperativo la proscripción absoluta de cuanto atenta contra la conservación y la defensa del organismo social que es la suprema ley en los individuos y en las naciones. Doctrinas, entonces, que en vez de unir, vienen a disociar, que al espíritu creador de la doctrina y de la concordia oponen -a pesar de todos los disfraces- la violencia y la fuerza bruta, que tratan de vencer por la algarada y la amenaza y no por el juego racional de las ideas, no pueden tener cabida en el estatuto supremo de una Patria como la nuestra donde lo hemos ido logrando no por las revoluciones sino por las reformas. He pensado siempre y sigo pensando que la democracia es el gobierno de los mejores y entre los mejores de los más virtuosos y esa fórmula puede ser una realidad oyendo las palpitaciones del corazón de la Patria, sin doctrinas exóticas, sin el espejismo de mentidas redenciones, sin agravio alguno a la fe, a la sangre y al idioma”.

El Diputado VARGAS FERNANDEZ razonó su voto negativo a la moción en debate en la forma siguiente: Señores Diputados: Por haber suscrito en otra oportunidad una petición al Presidente Picado para que proscribiera al comunismo, me había impuesto el propósito de no intervenir en el debate. La circunstancia de no estar yo con la moción del Licenciado Volio Sancho, comprendo que puede conducir a que se me señale en actitudes contradictorias. Sin embargo, hago uso de la palabra, para oponerme al proyecto ya que siempre deseo dejar claramente definidas mis posiciones en asuntos de trascendencia. Me apresuro a declarar que en la ocasión a que antes me referí, mi adhesión, como diputado oposicionista, a la petición dirigida al entonces Presidente de la República Licenciado Picado, siempre la estimé como un esfuerzo de propaganda, como un golpe de efecto: era indudable que en aquellas circunstancias la solicitud le creaba al Presidente Picado y al partido en el Poder una situación embarazosa. No pequé por iluso, creyendo o esperando que el señor Picado convocara al Congreso a sesiones extraordinarias con el objeto de someterle un proyecto de ley que proscribiera al comunismo criollo. Todos sabíamos y lo sabemos los nexos tan sólidos que lo ataban a esa agrupación política. Hecha esa explicación, paso a analizar las razones que me llevan a no votar el asunto en discusión. Siempre le he rendido culto a la democracia y he sido su ardoroso partidario, entre otras cosas, por la gran virtud de que la democracia permite la reacción contra ella misma. La diferencia entre la democracia y totalitarismo está ahí: este último no permite nada que se le oponga. Si aprobamos lo propuesto, “totalizamos” a la democracia. La democracia protege a sus propios enemigos. El totalitarismo los expulsa. Aprobar la moción equivaldría también a una confesión prematura de que el sistema ha fracasado, como régimen de libertades. La democracia, históricamente hablando, es reciente. Confío plenamente, que aunque con lentitud, sus postulados se irán imponiendo y, lógicamente, contrarrestando a los sistemas adversos. No debemos ofuscarnos ante las primeras embestidas serias contra el régimen de nuestras simpatías. Mantengámonos serenos frente al recuerdo de los atropellos que el comunismo criollo hiciera en época recién pasada, y frente al cuadro mundial. Que todo eso no nos impulse a desvirtuar las bondades de la democracia, acogiendo el proyecto en debate. Temo, señores Diputados, que puedan invocarse en un porvenir malhadado los mismos argumentos que hoy se aducen, para cercenar otras libertades: la de reunión, la de prensa, la de pensamiento. Quedando vivas ellas, podría alegarse mañana, que hay que restringirlas porque pueden servirle a los enemigos de la democracia para conmoverla, nadie puede dudar de la potencia de una prensa libre. No quiero que ninguna de las libertades que garantiza la democracia sufra eclipse por leve que sea. Dejemos viva la que permite a los ciudadanos organizarse en partidos políticos, cualquiera que sea su ideología. No prohijemos la degeneración de la democracia, eliminándole los enemigos, haciéndole fácil el desarrollo. La lucha es fundamental para el perfeccionamiento en todo organismo. Sólo luchando es posible la superación. He aquí por qué soy tan optimista con el futuro para la democracia: si ella garantiza la reacción contra ella misma, sobrevendrá su vitalización y nunca su degeneración. He estado, estoy y estaré frente al comunismo, pero quiero combatirlo en igualdad de circunstancias. Como demócrata, quiero para los comunistas, lo que ellos piden en la llanura y niegan en el Poder: libertad. La medida en debate, de aprobarse, nos traerá más desventajas que ventajas. Servirá para tomarnos en renuncio en cuanto a convicciones democráticas y será inoperante, porque el comunismo buscará y las encontrará, otras formas para proseguir en Costa Rica. En otra ocasión se llamó Bloque de Obreros y Campesinos. Luego se denominó Vanguardia Popular y todos sabemos hasta a qué talentosos personajes sorprendió. Por las razones expuestas niego mi voto a la moción”.

El Diputado DOBLES SEGREDA declaró que su voto sería afirmativo para la moción del señor Volio Sancho. Indicó que si el partido comunista fuera de extracción costarricense, si hubiese nacido aquí, si sustentara ideas nacionales, no tendría ningún inconveniente en que se le permitiera participar en nuestra vida política. Pero es sabido que el partido comunista no es costarricense. Por el contrario, sigue órdenes que vienen de Moscú. Sus doctrinas son exóticas, además, los comunistas no pueden considerarse como costarricenses, porque han jurado fidelidad a una potencia extraña. Por el solo hecho de su condición de comunistas han perdido su nacionalidad. No son costarricenses, quienes propugnan la destrucción de todo aquello que es sagrado, que desfiguran el concepto que tenemos acerca de lo que es la patria. No pueden ser costarricenses quienes han abrazado doctrinas totalitarias que vienen de Rusia, país que vive en el más lamentable estado de postración económica, esclavizado, bárbaro en muchos aspectos. Quienes se han adherido al comunismo internacional, han hecho renuncia expresa de su ciudadanía de costarricenses.

El Diputado ACOSTA JIMENEZ, expresó que se había mistificado la moción del señor Volio Sancho. Es claro que el comunismo, -dijo- como doctrina filosófica, no desaparecerá con la simple aprobación de la moción en debate. Lo que se pretende es proscribirlo como partido político. La tesis tiene un carácter fundamentalmente emergente, dadas las circunstancias graves por las que atraviesa el mundo, enfrentado al peligro del comunismo internacional, contrario a todos los principios que consideramos sagrados. Añadió que la libertad no es absoluta. ¿Cómo es posible permitir que, al amparo de la libertad se asesine a la misma libertad? Si no nos enfrentamos a la realidad actual, nuestra democracia corre riesgo de sucumbir. Para reafirmar su criterio, se refirió al caso de Francia, que sucumbió ante la acometida nazi, por encontrarse minada por los agentes del nazismo que se habían distribuido en todo el país, ocupando las posiciones claves. La tesis del señor Volio -repitió- es emergente y protectora de la democracia. En estos momentos todos los partidos comunistas del mundo, sincronizados, dirigidos desde el Kremlin, están atentando contra la estabilidad de la democracia.

El Diputado VARGAS FERNANDEZ dijo que tenía fe, confianza absoluta en el pueblo costarricense que, sin necesidad de prohibiciones constitucionales, repudiará siempre las ideas abominables del comunismo. Ya nuestro pueblo ha dado muestras de su apego a los ideales democráticos. Cuando fue necesario ir a la lucha por su defensa, lo hizo heroicamente, a pesar de que el comunismo tenía toda la fuerza del gobierno de Teodoro Picado. Añadió que el partido comunista en más de veinte años de actuación en Costa Rica, muy pocos resultados prácticos había logrado alcanzar. Precisamente cuando ha estado en la llanura, perseguido, es cuando más simpatizantes ha tenido. Pero cuando los comunistas ejercieron el poder, cuando la democracia les abrió las puertas permitiéndoles poner en práctica sus ideas, el comunismo fracasó rotundamente. El resultado fue el más absoluto desprestigio de sus dirigentes. Añadió que era necesario dejar que la democracia ejerciera su papel de tamiz, de purificación. El comunismo luchando al aire libre es menos peligroso que si lo hace clandestinamente. Que se deje a los comunistas exponer sus ideas. Si mañana cometen hechos delictuosos, para eso está el Código Penal, que los sancionará. Concluyó afirmando que prohibiciones del tipo de la suscrita en la moción del señor Volio Sancho son muy peligrosas, pues en el futuro pueden volverse contra un determinado partido, al que se desee proscribir de la vida política de nuestro país, por simples maniobras o componendas politiqueras.

El Representante MONGE ALFARO repitió que la única forma de defender acertadamente la democracia, es mediante su mejor organización y perfeccionamiento, que la capaciten para hacer frente a sus enemigos, pero no con restricciones constitucionales. Observó que cuando fue necesario en Costa Rica ir al terreno de los hechos, para defender nuestras instituciones democráticas, el pueblo respondió y fue a la revolución. Si en el futuro vuelve a ser necesario ir a la lucha para combatir el comunismo, seguros estamos de que nuestro pueblo sabrá afrontar sus propias responsabilidades, como lo ha demostrado.

El Representante ARROYO dijo que no estaba propiciando que la democracia se asesinara por la espalda, lo que era mistificar los motivos que tienen los que no están con la moción del señor Volio Sancho. Lo que no queremos -dijo- es que venga una Constitución a prohibir a un grupo de ciudadanos que se organice como partido político. La medida es muy peligrosa. Mañana se le puede aplicar a un partido que proclame, por ejemplo, principios de justicia social, acusándolo de comunista por los timoratos para quienes es comunismo todo movimiento que exija un poco más de justicia y equidad sociales. Queremos que la democracia sea lo suficientemente fuerte para que se defienda de sus enemigos en el campo de las ideas y en el campo de la acción si fuese necesario.

El Representante ACOSTA JIMENEZ de nuevo intervino en el debate. Aclaró que él también tenía profunda fe en el pueblo costarricense, que ha adversado siempre las ideas disociadoras del comunismo, pero que al propiciar la beligerancia política del partido comunista, le estaríamos introduciendo a la democracia el lobo que la destruirá, pues es bien sabido que el comunismo está preparando pérfidamente, dolosamente, el advenimiento de una tiranía roja que es vejatoria del fuero interno del hombre.

El Diputado MONTEALEGRE declaró que votaría la moción del señor Volio Sancho, por considerarla conveniente para los intereses generales del país. Observó que en los actuales momentos la guerra puede estallar un día u otro. No sólo será una guerra entre democracia y comunismo, sino que será, fundamentalmente, una guerra de ideas. Añadió que el comunismo era una doctrina fácil de propagar en pueblos de escasa cultura, como el nuestro. Si la guerra viene, seremos invadidos también por las ideas, traídas por emisarios comunistas. Creo que es el momento propicio para estipular un precepto constitucional que le permita a nuestro gobierno -en un caso dado- prohibir esas ideas perniciosas.

El Representante VOLIO SANCHO explicó que la moción no estaba despojando a nadie de sus derechos. Tan sólo pretende que, al amparo de una libertad irrestricta, no se comentan delitos y crímenes contra la democracia. Los mismos comunistas podrán seguir sustentando sus propias ideas. Tan sólo se les prohíbe que por medios violentos o ilícitos se dediquen a destruir los fundamentos del régimen democrático, que ahora estamos estructurando. Agregó que no concebía que un Estado pudiera cruzarse de brazos ante actos que tiendan a destruirlo, a subvertir el orden social y político sobre el que ese régimen está asentado. Para corroborar su criterio, leyó las consideraciones y la parte resolutiva de la declaración internacional de los Derechos del Hombre, promulgada por las Naciones Unidas, en la que se proscriben las ideas y prácticas totalitarias que vayan directamente contra los derechos esenciales e inalienables del hombre. Lo que se pretende -continúo diciendo- es que al amparo de nuestras instituciones republicanas no puedan actuar partidos que precisamente tiendan a la destrucción de las mismas. No defenderse uno de las asechanzas y agresiones de sus enemigos, sería renunciar a un acto de legítima defensa. Concluyó diciendo que los costarricenses estaban actuando a base de una dolorosa experiencia de lo que es el comunismo. La misma razón que tuvo la Junta de Gobierno para proscribirlo como organización política, la tiene ahora la Asamblea para incluir en la nueva Constitución un precepto encaminado a proscribir el funcionamiento de todos aquellos partidos que se propongan remover las bases de nuestra organización democrática. Terminó exhortando a los señores Diputados de los Partidos Unión Nacional y Social Demócrata para que no se arriaran la bandera de lucha contra el comunismo. El discurso completo del Licenciado Volio Sancho se consignará al pie del acta.

El Diputado GOMEZ ROJAS razonó su voto negativo a la moción en debate en los términos siguientes: “Estoy enteramente de acuerdo con la condenatoria de las ideologías que predican el odio de clases, fomentan el desconcierto social y atentan contra las instituciones fundamentales de la República. Reconozco la noble intención y el alto espíritu de patriotismo que lleva a los promotores de la moción, a sugerir medios para oponerse a esa labor disocializadora. Pero creo que la medida que se propone prohibiendo la organización de partidos políticos que sustentan esas ideologías extremas, sólo conseguirá que los que profesan tales doctrinas se oculten y desde la sombra preparen con éxito sus ataques a la democracia. Ignoraremos así su organización, sus medios de acción, el número de sus adeptos, y el efectivo peligro que ellos significan. Cultivaremos una nueva mística que ya tiene raíces en su proselitismo fanático, convirtiendo en héroes de la libertad a los enemigos jurados de ella. La experiencia nos dice que allí donde el comunismo tiene su válvula de escape en las lides políticas, es menos peligroso y aun pierde terreno, que allí donde se le persigue con saña. Es por ello que quiero verlos a la luz meridiana como partido extremista para combatirlos con ardor y defender las instituciones que tratan de destruir. Sólo por estas razones no voto la moción que se discute.

El Representante GONZALEZ FLORES, razonó su voto afirmativo en los términos siguientes: “Para defender la libertad y los principios de la democracia ha habido necesidad en determinados momentos de restringir la libertad misma. Así pensaron nuestros liberales y demócratas en julio de 1884 cuando entrevieron un peligro para las libertades públicas. Muy conocida ha sido la actitud del comunismo en los últimos tiempos y es lo que constituye su acción política. El comunismo mientras está abajo pedirá la libertad y cuando está arriba ejerce el despotismo. Por estas razones votaré la moción del señor Diputado Volio Sancho.

Agotado el debate en torno a la moción del Diputado don Fernando Volio, se procedió a la votación. Dijeron Sí los siguientes señores Diputados: Rojas Espinosa, Montiel, Jiménez Núñez, Lee, Carrillo, Valverde, Esquivel, Acosta Jiménez, Brenes Mata, Oreamuno, González Flores, Guido, Solórzano, Dobles, Castaing, González Luján, Trejos, Montealegre, Pinto, Herrero, Guzmán, Volio Sancho, Leiva, Ruiz, Desanti, Rodríguez y Ortiz. Dijeron No los siguientes señores Diputados: Vargas Vargas, Vargas Castro, Chacón Jinesta, Arroyo, Zeledón, Lobo, Baudrit González, Brenes Gutiérrez, Arias, Jiménez Quesada, Castro, Baudrit Solera, Monge Alfaro, Rojas Vargas, Madrigal, Gómez y Vargas Fernández. Totales: 27 afirmativos y 17 negativos. En consecuencia, fue aprobada la moción del señor Volio Sancho.

Por avanzada la hora el señor Presidente suspendió la sesión a las siete y quince de la noche.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

DISCURSO del Diputado Licenciado don Fernando Volio Sancho.

Señores Diputados: En mis dos últimas intervenciones tuve ocasión de exponer de modo cabal, mi pensamiento respecto del asunto que se discute. Ciertamente, no habría necesitado volver sobre los pasos, si no fuera que algunos de los impugnadores de mi proyecto han aducido, para combatirlo, argumentos que debo refutar.

Se dice, entre otras cosas, que mi iniciativa tiende a despojar a los ciudadanos de derechos inalienables. Quien conspira contra el orden legal establecido, y más aún, quien falsea las bases mismas de nuestra organización institucional, no ejerce un derecho verdadero, sino que por el contrario, se hace reo de un atentado de lesa patria o en perjuicio de los intereses colectivos, que son los de todos. No es lógico que, al amparo de la libertad, se cometan los más graves crímenes contra la democracia.

Libertad irrestricta sí debe haberla para que los hombres expresen sus ideas y las divulguen, cualesquiera que ellas sean, o para que los ciudadanos voten en las urnas y sean electos, siempre que lo hagan al través de agrupaciones políticas que funcionen de acuerdo con la ley, pero esa misma libertad no puede haberla para la formación y el funcionamiento de los partidos, si bien el único factor limitativo de dicha libertad ha de consistir en la naturaleza anti-democrática de alguno o algunos de los partidos que deseen intervenir en las contiendas electorales, por las razones ya explicadas y que espero tengan toda la fuerza de convicción que me propuse darles.

En el caso concreto, si se adoptara la regla prohibitiva contenida en mi proyecto, el comunismo o cualquiera otra tendencia extremista, no encontrarían cortapisa alguna para comunicar sus ideas por todos los medios de expresión del pensamiento. Lo único que les estaría vedado sería organizarse en partidos y actuar como tales, porque no se concibe un Estado que haya de cruzarse de brazos ante hechos abiertamente dirigidos a socavar la estructura fundamental del mismo Estado.

Se alega, por otra parte, que mi moción contra el totalitarismo es precisa [aparentemente se omitió una frase en el texto oficial] tarse, por exigirlo así superiores necesidades de defensa del orden social, el de mente de corte totalitario o anti-democrático. El cargo es antojadizo y deleznable.

Si en realidad pudiesen resultar lesionados los principios democráticos al limitarse el derecho de asociación, en la Declaración de los Derechos del Hombre, aprobada por la Asamblea Plena de las Naciones Unidas el diez de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho, por recomendación de eminentes juristas de renombre internacional, no se habría estatuido la regla del artículo treinta, conforme a la cual se niega derecho a cualquiera persona o grupo, inclusive al Estado, para emprender o desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esa Declaración y supuesto que la ideología totalitaria constituye la negación absoluta de derechos y libertades esenciales del hombre, es evidente que tal ideología está virtualmente proscrita por la citada Declaración.

Abstenerse, señores Diputados, de impedir el funcionamiento de los partidos totalitarios, sería, para el Estado, lo mismo que renunciar al ejercicio de un acto primo de propia conservación o legítima defensa.

Las razones que movieron a la Junta de Gobierno a declarar ilegales las actividades del partido comunista Vanguardia Popular, existen ahora -y seguramente con mayor fuerza-, para que la Asamblea Nacional Constituyente dicte un precepto para salvaguardar la integridad de las instituciones que nos legaran nuestros abuelos, en armonía con los que han debido adoptar los demás países amenazados por la penetración totalitaria, como desesperado recurso ante la posibilidad de su ruina inminente.

La hora actual, señores Diputados, es de realizaciones positivas. La vacilación y la duda serían fatales. Don Rafael Larco Herrera, con visión exacta del problema, dice elocuentemente en una de sus últimas publicaciones: “No basta con afirmar moralmente la democracia, sino que hay que eliminar y destruir los brotes antiamericanos que atenten contra nuestros pueblos bajo el falso señuelo de ideologías totalitarias. Somos espectadores de una guerra entre el mundo oriental y el mundo occidental, o sea entre las ambiciones stalinianas de predominio universal, y el propósito de las naciones democráticas, de mantener incólumes sus instituciones y las libertades humanas. En consecuencia, debemos emplear los medios para conjurar peligros que puedan adquirir más tarde carácter de violencia. En tal situación, sólo queda una alternativa: permitir la invasión de las ideas corrosivas del comunismo, o defender heroicamente la heredad común y los principios fundamentales de la América soberana y libre. No hay líneas medias: o comunismo o democracia... Europa, bajo la hoz y el martillo, no representa una amenaza ni un peligro secundarios para América”...

El Jefe de la Delegación de Chile a la novena Conferencia Panamericana reunida en Bogotá hace apenas algo más de un año, comentaba así el problema a cuya solución parcial propende la iniciativa que ha dado lugar a este debate: “El mundo parece estar dividido en dos frentes, y las Repúblicas Americanas deben decidir del lado en que se hallan. Es decir, la democracia y el comunismo se encuentran abocados a una situación definitiva: ser o no ser. América, demócrata en los principios y en la tradición, constitucional e ideológicamente, hará de su régimen unitario el instrumento para rechazar y vencer al totalitarismo rojo, cuyas intenciones son evidentes: destruir a la democracia, pues la Unión Soviética se basa en la concepción materialista de la vida, que busca implantar el totalitarismo político y anular la libertad individual; y nuestro sistema busca defender la básica cultura occidental, a la que dan expresión definitiva los conceptos democráticos”.

Corroborando la impresión de que estamos en el punto de decisiones, el “Diario Ilustrado” de Santiago de Chile escribía a raíz de aquella Conferencia de Bogotá: “Cuando sucumben los pueblos más importantes de la democracia universal, cuando las naciones ven sus derechos usurpados, cada minuto que transcurre es de retroceso para nosotros y puede ser un avance para el enemigo. Si ahora mismo no hacemos frente a éste, la próxima hora, que sonará ineludiblemente, será la hora del derrumbe y de la derrota”.

No se trata, señores Diputados, de oponerle ingenuamente una muralla de papel al avance rojo en América, como afirmaba con fina ironía el Diputado Jiménez Quesada. La proscripción constitucional del comunismo es más que eso, es un arma a la vez defensiva y ofensiva, de positivo valor. Las democracias, en circunstancias normales, sólo deben echar mano a las armas de la legalidad para su defensa. Con ellas les basta, mientras los hechos no impongan determinaciones extraordinarias. Pues bien, con tales armas es que queremos combatir a nuestros enemigos totalitarios.

No cerremos nuestros oídos a las voces de la realidad que nos gritan estentóreamente advirtiéndonos el peligro mortal que marca el paso de la bestia roja apocalíptica. No menospreciemos ese peligro. Tengamos presentes las palabras del General Mc Arthur, uno de los más esclarecidos espíritus de los nuevos tiempos: “El comunismo, en su estado actual... no se basa ni en una filosofía política ni en una doctrina económica, ni en ninguna simulación de las mismas. Ha surgido como un instrumento de fuerza e intimidación para permitir a elementos de minoría, gracias a una sigilosa infiltración y engaño, adueñarse del poder político de la mayoría que gobierna sometida a un proceso constitucional. Ateo en su concepción, repudia la existencia de una Providencia Omnipotente y rechaza los preceptos morales y las enseñanzas teológicas que apoyan las más elevadas sensibilidades de la raza humana. Y reflejando el carácter de sus directores, su único motivo básico es servir la ambición de poder personal. A ese fin se ha convertido en el medio de congregar al malhechor, al corruptible y al necio, y funde estos elementos subnormales de la sociedad en una fuerza organizada, disciplinada y efectiva, para desorganizar, por medio de la propagación de la confusión, la agitación y la violencia, la cohesión y la fuerza en una sociedad ordenada. De este modo el comunismo ha surgido como un movimiento de ilegalidad nacional e internacional sin una verdadera base filosófica y que no ofrece más que la esclavitud a aquellos segmentos de la raza humana que se convierten en su presa. Que continúe llevando adelante sus traidores propósitos tras el escudo de aquellas mismas libertades que para triunfar tiene que destruir, es una de las paradojas de esta época y hace que uno se pregunte hasta qué punto ese movimiento debe seguir disfrutando de la validez, la sanción y la protección de la ley”...

Los Partidos Unión Nacional y Social Demócrata, que forman la mayoría de la representación popular encarnada en esta Asamblea, han mantenido irreductible su actitud anti-comunista en todas las diversas etapas de la lucha de liberación, y esa voluntad la han afirmado en el terreno de los hechos y con el calor de una sincera convicción democrática, las veces que ha sido necesario y allí donde ha sido necesario. Yo invito a los compañeros que han compartido conmigo convicción tan profunda, para que no arriemos el estandarte que alzamos contra el comunismo al iniciar nuestros empeños libertarios, que aun buscan afanosas la meta del triunfo definitivo.

Por los ideales democráticos y por una patria libre y feliz, que esa bandera siga enhiesta en nuestros puños, hoy y siempre, cualesquiera que sean los sacrificios.

ACTA No. 86

No. 86.- Octogésima sexta acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las catorce horas y media del día nueve de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Doctor Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández, y Ortiz Martín, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Arroyo, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Gutiérrez, Desanti, Esquivel, Gómez, González Flores, González Herrán, González Luján, Guido, Herrero, Jiménez Núñez, Leiva, Madrigal, Monge Ramírez, Montealegre, Montiel, Pinto, Ruiz, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón y los suplentes Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja, Rojas Vargas, Lee Cruz, Jiménez Quesada, Lobo, Monge Alfaro y Carrillo.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Se dió lectura a un telegrama enviado por varios ciudadanos de Puerto Limón en relación con el Contrato Petrolero, cuyo estudio ha pasado a conocimiento de la Cámara.

Artículo 3º.- El Diputado MORUA pidió que constara en el acta su voto negativo a la moción del señor Volio Sancho, que dice así: “He visto extrañado que hasta algunos de los señores Representantes que sustentan los más puros principios democráticos apoyaran la moción para prohibir los partidos de tendencias antidemocráticas. La moción en sí y la actitud de sus defensores se explica, a mi manera de ver, como un desahogo o por un exceso de temor o celo por el futuro de nuestras instituciones democráticas, originado todo en la participación activa y por vía de hechos (en forma violenta) del Partido Comunista o Vanguardia Popular en las anteriores campañas políticas como fuerza de choque del nefasto régimen de los ocho años. Creía y sigo creyendo que la diferencia básica entre los regímenes totalitarios y nuestro sistema democrático, es precisamente que en estos últimos puede haber comunistas y manifestarse como tales con absoluta libertad, mientras que en Rusia no se tolera un solo demócrata en iguales condiciones. No, no es con un artículo de carácter totalitario incorporado en la Constitución de un país esencialmente demócrata que se combate el comunismo o cualquier otra doctrina totalitaria. Ya se aprobó una restricción de corte totalitario, referente a los sacerdotes, si aprobamos esta otra, que lo es también y si seguimos por ese camino dejaremos de ser una democracia para convertirnos en una dictadura, creando así un clima propicio a las mismas ideas o doctrinas que queremos extirpar.

Si nuestro país tiene un gobierno honrado y de orden, las prácticas comunistas en la vía de hecho, violencia, etc., son problemas de simple policía: si por el contrario el gobierno quiere salirse de los cauces constitucionales y de orden y hace su aliado al comunismo convirtiéndolo otra vez en fuerza de choque, ya sabemos de lo que es capaz esa misma chusma, se presente o no con el nombre de Partido Comunista, hasta dónde pelea y cómo combatirlo en ese terreno. Pero también el día que la mitad más uno de los costarricenses quieran, por los medios democráticos de los comicios, que nuestro régimen de gobierno sea el comunista o cualquier otro sistema totalitario, si en realidad somos una democracia no tendríamos más que inclinarnos frente a la realidad.

Por las anteriores razones hago constar que de haber estado presente en la votación de ayer mi voto habría sido negativo.

San José, 9 de junio de 1949.- Alberto Morúa.

Artículo 4º.- Los Representantes TREJOS y ESQUIVEL presentaron la siguiente moción: “Para que se termine de discutir todo el capítulo referente al Presidente y Vicepresidentes de la República, a efecto que la Constitución Redactora y de Coordinación pueda presentar en los próximos días a la Asamblea ese capítulo completo, ya corregido y listo para aprobar definitivamente”. La moción anterior fue aprobada. En consecuencia, la Mesa continuó en la discusión del capítulo referente al Presidente y a los Vicepresidentes.

El Diputado ESQUIVEL expuso que había llegado el momento que la Asamblea se decidiera por la tesis de los Secretarios de Estado o Ministros de Gobierno y se declare que son responsables de su gestión.

El Representante BAUDRIT SOLERA, presentó al respecto la siguiente moción:

“Que se llame a los que han venido siendo Secretarios de Estado, Ministros de Gobierno y se declare que son responsables de su gestión”.

El señor TREJOS expresó que si los Ministros eran responsables, probablemente los nombramientos de su Ministerio estarían a su cargo. El Representante ZELEDON observó que, en su opinión, el asunto ya estaba decidido, cuando la Asamblea aprobó el voto de censura a los Ministros por parte de la Cámara Legislativa. El Diputado VARGAS VARGAS declaró que votaría la moción del señor Baudrit, por cuanto el término Ministro es el que más entiende el lenguaje popular. El Diputado TREJOS indicó que, de aprobarse la moción, se iba hacia un parlamentarismo que no cabe en Costa Rica. Si fuera sólo cuestión de nombres, estaría con la moción presentada, pero no estoy con la esencia de la misma.

La Secretaría dió lectura a la moción presentada por el señor BAUDRIT GONZALEZ respecto al Poder Ejecutivo, que dice así:

“Ha sido creada esta Asamblea para restaurar de inmediato la atropellada vida jurídica nacional, como justa reacción contra públicos y notorios atentados. La elección fue nutrida y espontánea y se llevó a cabo sin restricción a las libertades. He ahí la demostración palmaria de que Costa Rica dispuso reasumir el supremo deber de la soberanía, que es exigir un gobierno acoplado a sus anhelos y a la voluntad general. El Comando provisional le ha sido propicio, dándole la oportunidad que hace tiempos buscaba. Las conclusiones son axiomáticas. Lo es igualmente que el empuje que recibió la liberación bautizada como nacional, según se repite y agradece al hacer merecidas y oportunas loas en pro de sus dignos agentes, está condensado en esa expresión, al alcance de las más vulgares mentes, por apartadas que se hallen de todo centro de propaganda o sugestión. Esa consagración y buena inteligencia obedece a dos lamentables antecedentes bien netos: de un lado las despreocupadas inversiones y abusiva disposición de los fondos públicos, llevadas a tan funesto extremo, que dejaron al país en bancarrota y a los habitantes sin alientos para trabajar; de otro lado resalta, como no menos trascendental para el ansia de tranquilidad y renacimiento del ánimo ciudadano, el desdén y la atrevida despreocupación de los gobernantes para elegir por su cuenta, para mandar a imponérsele al pueblo, tanto adormeciéndole con banales concesiones, que tan caras hemos pagado y seguiremos soportando, cuanto por violencia desnuda. Al despertar del aparente sopor, confiaba paciente en que tendrían límite los abusos, como lo tienen todos los males, y en que alejarían los perturbadores, satisfechos a la postre, dejándole festejar a su agrado la genuina elección de protesta recaída en don Otilio Ulate Blanco. Al interponérsele con nuevas e insoportables maniobras, brotó la chispa restauradora e hizo incendio. De modo que la seguridad que ahora reclama esa masa sufrida, aunque a ratos tempestuosa y alborotada, para que renazca su paz tradicional se encierra en dos propósitos que suenan muy bien al oído costarricense: uno es que vuelva el orden económico; otro, disfrutar de libertad política. Dueña como es de la soberanía, tiene el indiscutible derecho no sólo de exigirlos, sino de imponerlos. Nadie osará discrepar de estas verdades. Costa Rica no está dando ahora los primeros pasos en su vida de nación independiente, ni los últimos tampoco. Sus mentores en la época de Independencia, lo mismo que los principales componentes de la reducida sociedad de entonces, no se hallaban tan dejados de la mano de Dios que ignoraran lo que es un Estado ni el papel que a los gobernantes incumbe; operaron con los ojos abiertos, tanto que consignaron en sus declaratorias que veían nublados en cuyo cercano despejo pusieron fe y seguridad. Nos orientaron con tal acierto que, al cabo de más de un siglo, nadie se arriesgará a afirmar que erraron al preferir el republicanismo y la democracia, a que no estaban acostumbrados dentro del coloniaje, pero que sin duda comprendían muy bien, cuando repudiaron las otras usuales normas y la abominaron. Todavía aquellos cimientos son los postulados insustituibles de nuestro derecho. Con altos y bajos Costa Rica ha vivido sumisa a esa inspiración que había cundido en toda América cual una luz divina; y ha sido con tanto amor y dedicación, que en determinadas épocas mereció con justicia ser distinguida como República ejemplar. Ha reinado la unidad orgánica, sin que la Nación haya dado motivo para destruirla, aunque se imponen ciertos retoques más bien de solidez. El diagnóstico de sólo abatimiento es claro: el país es de naturaleza y contextura eminente: es demócrata ciento por ciento; está cansado de que se le suplante y requiere sustraerse a toda sujeción, descansar primero y luego reasumir el ejercicio efectivo de su voluntad. Desligarle, pues de trabas, es lo que incumbe a sus delegados a fin de que recobre el uso de su cabal independencia. Pensar de otro modo es engañarse. Proponerse otra finalidad sería defraudarlo. La tendencia moderna, de funestos ensayos, de sumar en el Estado, toda especie de actividades, tanto de carácter público como de corte civil, ya la hemos padecido como polvo lanzado a los ojos. Ese método daña al Gobierno en varios sentidos con perjuicio directo para gobernantes y gobernados, de éstos en especial: primero, porque le sustrae a sus verdaderas y específicas funciones, cuales son de conservar el orden público, resguardar la seguridad de los habitantes y mantener adecuadas relaciones internacionales, con el correspondiente apéndice de decoro y de defensa; el segundo daño consiste en que al acometer el Estado -o mejor dicho sus personeros- tareas de riguroso corte privado, tiene que valerse de empleados cuya idoneidad y preparación derivan a menudo no de la capacidad sino del partidarismo, de simpatías o recomendaciones; por eso las deficiencias lamentables tienen ejemplos e ilustraciones que no se agotan. Supuesto el mejor de los aciertos en la selección de esos empleados, su ingreso como dependientes de jefaturas, no siempre eficientes, agrega todavía dos males a la vista, o sea que esta obediencia o reglamento implican disminución de la iniciativa individual madre como es notorio, del progreso, en guerra, con la rutina; y de ahí que el verdadero bien del país se consiga mejor dejando a los peritos en libertad de trabajo y de organización particular, sin almacenarlas, en la burocracia. Sin hablar del valor que eso infunde a los aprendices, ni del costo excesivo anexo a toda empresa oficial, ni de la desatención de crecido número de actividades que sí son propias del Estado. El tercero de los males más visibles, si no el primero de ellos, consiste en desfigurar -como ha sucedido- la institución del Estado, convirtiéndolo en una especie de providencia a la mano, de la cual cada uno se habitúa a esperarlo todo, sin otro mérito que proponerlo o tener necesidades. Consecuencia, el compadrazgo político y trenzas de aprovechados. Además de la multiplicación interminable. Basta ya, pues, de Jefes de Nación munificentes en que reúnen por equivocación constitutiva los atributos estupendos de dueños o depositores sin rienda de la Hacienda Pública, de árbitros de las elecciones, de supremos capitanes de la milicia, de protectores y consiguientes amos de la extensa red de la burocracia.... Pero huyendo de la providencia estatal, mansa, acogedora y sumamente cara tampoco viremos hacia el extremo de crear y dotarnos de un Estado tirano, empresario y propulsor de toda actividad, sin cuyo resorte de fuerza desconfiemos en lo sucesivo de obtener toda clase de servicios, ni progreso, ni brillo, ni dignidad en el concierto -no del todo armonioso- de las naciones precursoras que hemos tomado por maestras. Que seamos independientes, esforzados en el trabajo y de ese modo libres y bien gobernados, pero por nosotros mismos.

Estamos en condición de evadir el primero de los dos abismos, y a prevención de que los hombres públicos vayan adquiriendo el convencimiento y disponiéndose a sometérsele, de que son servidores del pueblo que les paga, de quien recibirán órdenes, sin derecho alguno a impartírselas y menos a imponerlas. Juzgo a gran fortuna hallar elaborado en laudable perfección en el proyecto sometido, el sector correspondiente al Poder Ejecutivo y al ejercicio restricto y responsabilizado de sus atribuciones y las de su colaborador el Consejo de Gobierno; -Por eso, sin perjuicio de algún detalle a enmendar, suprimir o contemplar a su debido tiempo, me permito recomendar a la Cámara -y hago formal moción en ese sentido -la sustitución del Título IX de la Carta del año 71, artículos 102 a 120, inclusive, por los artículos 215 a 246 del proyecto de la Comisión Redactora.

Desde luego no será este el único contingente plausible que haya de traerse de allí para endilgar las reformas constitucionales puestas bajo nuestra atención. Como se trata de textos debidamente conocidos, juzgo innecesario reproducirlos en esta exposición: me remito a los antecedentes depositados en la Secretaría.- Fabio Baudrit G”.

El Diputado ARIAS BONILLA, manifestó que votaría la moción del señor Baudrit Solera, pues la Cámara prácticamente había aceptado la tesis de los Ministros responsables al aprobar el voto de censura a los mismos. El asunto -dijo- debe meditarse bien, pues existe una gran diferencia entre un Secretario de Estado y un Ministro de Estado. El primero es irresponsable de las disposiciones de su cartera, mientras que el segundo comparte junto con el Presidente toda la responsabilidad por sus actuaciones. En Costa Rica ha habido en los últimos tiempos tan sólo el sistema de Secretarios de Estado irresponsables. Sin embargo, en épocas pasadas en algunas administraciones los Secretarios de Estado lo fueron Ministros de hecho, pero no de derecho. Citó el caso de la administración de don Bernardo Soto, cuyos Ministros gobernaron por cuenta propia, lo que trajo como consecuencia un gobierno lucido y próspero. Posteriormente hubo Presidentes que dieron la mayor independencia a sus colaboradores. Por desgracia, en los últimos años el sistema cambió. Los Presidentes centralizaron todas las funciones, interviniendo hasta en el nombramiento de un Agente de Policía. Agregó que el sistema de los Ministros de Estado responsables era el más conveniente para los intereses del país, ya que traerá más confianza a la nación, pues el manejo de la Administración Pública marchará mejor. Además, el sistema beneficiará directamente al Presidente, ya que contará con colaboradores más eficientes y responsables.

El Diputado BAUDRIT GONZALEZ se pronunció de acuerdo con la moción en debate. Empezó diciendo que el artículo 102 de la Constitución del 71, que declara que en Costa Rica el Presidente tiene el carácter de Jefe de la Nación, siempre le había chocado. No es posible aceptar más ese concepto, que tantos perjuicios ha traído al país. Es necesario que en la nueva Constitución el Presidente no continúe gozando de ese calificativo, que le dé atribuciones exageradas. El Presidente es apenas una porción de la soberanía y debe estar sometido a reglas más estrechas. Añadió que en Costa Rica esa disposición constitucional ha permitido que los Presidentes se hayan adueñado cada vez más de la voluntad nacional, sobreponiendo su propia voluntad. Es fundamental revisar esa práctica viciosa, ahora que se está redactando una nueva Constitución, sustituirla por disposiciones más adecuadas. En el proyecto de Constitución del 49 -continuó diciendo- existen principios pertinentes que nos orientan de un modo más definitivo hacia la democracia y hacia el respeto de la voluntad de todos, por encima de la voluntad de un funcionario que ejerce transitoriamente el Poder Ejecutivo. Vamos hacia una República menos dispuesta a estar sometida a voluntades ajenas. Añadió que la responsabilidad de los Ministros de Gobierno beneficiará mucho al país. Ya es hora de acabar con los Secretarios de Estado, irresponsables. La responsabilidad ministerial hará que las tareas de gobierno se distribuyan en todos los que integran el Ejecutivo y no estén tan sólo en manos del Presidente, como ha ocurrido en Costa Rica. Luego se refirió a otras disposiciones contenidas en el capítulo sobre el Poder Ejecutivo del Proyecto del 49, que le han parecido muy convenientes y adecuadas. Lo que anhelo -expresó a continuación- es que haya menos fuerza y arbitrariedad en el Ejecutivo, lo que se podrá lograr mediante la responsabilidad ministerial. Si los Ministros tienen responsabilidades, cumplirán más satisfactoriamente las órdenes del Presidente. Es indispensable que se admita la responsabilidad, no solamente la del grupo que ejerce el Poder Ejecutivo, sino la personal, la propia de cada Ministro. Esa disposición -que es una de las más plausibles del Proyecto del 49- debe consignarse en la nueva Constitución Política.

Sometida a votación la moción del señor Baudrit Solera, fue aprobada.

Se aprobó la moción de los Diputados TREJOS y ESQUIVEL para que el artículo 102 se lea así:

“El Poder Ejecutivo se ejerce, en nombre del pueblo, por el Presidente de la República con la colaboración responsable de los Ministros de Gobierno”. [130]

Sobre el artículo 105 se presentaron mociones de la fracción Social Demócrata y de los señores Trejos y Esquivel, que dicen así, respectivamente:

“Artículo 105.- Las elecciones presidenciales, parlamentarias y municipales se efectuarán el tercer domingo de enero del año en que termine el período de los funcionarios que han de elegirse, debiendo los electos entrar en posesión de sus cargos el día primero de mayo del mismo año, con excepción del Presidente y Vicepresidentes que tomarán posesión el día ocho de mayo del mismo mes y año.

Cuando ninguno de los candidatos para Presidente o Vicepresidente obtuviere en los comicios de enero el cuarenta por ciento del número total de los ciudadanos que han sufragado, deberá repetirse la votación el tercer domingo del año citado, en la forma que allí se establece”.

“La elección de Presidente y Vicepresidentes se hará el segundo domingo de febrero del año en que deba efectuarse la renovación de estos funcionarios. Los Vicepresidentes no podrán ser reelectos en sus cargos para el período siguiente”.- Ricardo Esquivel.- Juan Trejos.

Los proponentes de la primera moción acordaron retirarla, para que se discutiera la de los señores Trejos y Esquivel.

El Diputado VOLIO SANCHO explicó que la fecha de las elecciones para Presidente y Vicepresidente debería señalarse para el tercer domingo de enero o, a más tardar, para el primer domingo de febrero. Es necesario dejar un mayor plazo al Tribunal Supremo de Elecciones, en el supuesto caso que haya necesidad de ir a unas segundas elecciones, si es que en la primera ningún candidato obtuvo el cociente necesario. Sugirió a los proponentes de la moción en debate, que la variaran en este sentido. Los señores Trejos y Esquivel modificaron su moción en el sentido de que las elecciones se llevarán a cabo durante el primer domingo de febrero; además suprimieron el párrafo final de la misma, por encontrarse incluido en un artículo ya aprobado respecto a las prohibiciones para ser Presidente o Vicepresidente. En consecuencia, la moción en debate se leerá así:

“La elección de Presidente y Vicepresidentes se hará el primer domingo de febrero del año en que debe efectuarse la renovación de estos funcionarios”. [133]

Puesta a votación, fue aprobada, así como la supresión del artículo 105 de la Constitución del 71, cuyos conceptos se introducen en otro texto más adelante.

De los mismos proponentes de la moción anterior, se presentó moción para que se suprima el artículo 106 de la Constitución del 71, cuyos conceptos se reproducen en otro artículo más adelante, en su lugar, y con el mismo número 106, se les el siguiente:

“El período presidencial será de cuatro años. Los actos de los funcionarios públicos y de los particulares, que tiendan en cualquier forma a violar los principios de alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia, o de la libre sucesión presidencial, consagrados por esta Constitución, implicarán traición a la República. La responsabilidad derivada de tales actos será imprescriptible”. [134]

Se aprobó la supresión del artículo 106, así como la moción anterior.

Sobre el artículo 108 se presentó moción de la fracción Social Demócrata que dice así: “Para que el artículo 108 sea nuevamente redactado como sigue, mediante dos artículos, a fin de legislar mejor sobre esa materia y terminar con la absurda reforma introducida por Calderón, al viejo texto constitucional:

“El Presidente de la República y los Ministros de Gobierno, no podrán salir del territorio nacional durante el año siguiente al de su separación de los respectivos cargos, salvo que para ello lo autorice la Asamblea Legislativa”.

“Sólo con licencia de la Asamblea Legislativa podrá el Presidente separarse temporalmente de su destino, o salir del territorio de Costa Rica. La licencia no podrá exceder de seis meses”.

El Diputado ESQUIVEL manifestó que esa disposición calzaba mejor entre las responsabilidades del que ejerce el Poder Ejecutivo. Los proponentes de la misma decidieron posponer su discusión.

Los Diputados TREJOS y ESQUIVEL presentaron moción para que el artículo 108 se lea así, previa supresión del texto actual, que se traslada, para efectos de un mejor ordenamiento, a otro lugar:

“El Presidente y los Vicepresidentes de la República tomarán posesión de sus destinos el día ocho de mayo; y terminado el período constitucional cesarán por el mismo hecho en el ejercicio de sus cargos”. [136]

Se acordó la supresión del texto actual del artículo 108 de la Carta del 71, así como la moción anterior.

Los mismos proponentes de la moción anterior presentaron moción para suprimir el artículo 111, cuyos conceptos se reproducen más adelante bajo otro número, y en su lugar y con el mismo número 111, insertar el siguiente artículo:

“Si alguno de los candidatos a Presidente o Vicepresidente muriere, o se imposibilitare para ejercer el cargo, su lugar será ocupado por el candidato que le siga, según el orden de colocación en la misma nómina. En tales casos, el partido respectivo podrá dentro del término que la ley señale, llenar los puestos que resulten vacantes por el ascenso efectuado”.

La moción anterior provocó un largo debate en el que participaron varios señores Representantes. El Diputado ORTIZ la combatió, diciendo que no existía razón alguna para imponerle a un partido la forma cómo ha de cubrir las vacantes, en el caso de que uno de sus candidatos a Presidente o Vicepresidente muera o se imposibilite. El ascenso automático no se justifica. Si los candidatos fueron electos en una convección popular, pues del mismo modo tendrán que ser llenadas las vacantes. Reclamo la atención de la Cámara -siguió diciendo el Licenciado Ortiz- sobre lo inusitado de la moción. En su última parte ordena que el Partido, cuyo candidato se haya imposibilitado, dentro del plazo que la ley da, debe sustituirlo. Si el Partido interviene no debe limitársele un derecho a designar la persona que ha de llenar la vacante, sin necesidad del ascenso automático.

El Representante Esquivel explicó que la moción presentada era la misma del artículo 221 del proyecto del 49. Pienso que la mecánica de esta sustitución -dijo- se ha ideado así para seguir cierta semejanza con la mecánica de la sustitución del Presidente durante sus ausencias temporales o definitivas.

El Diputado HERRERO manifestó que no era razonable imponerle a los partidos la forma cómo han de llenar las vacantes de sus candidatos. El señor ARROYO sugirió que la sustitución debería hacerse en la misma forma que la elección del desaparecido. El Representante VOLIO SANCHO, explicó las razones que había tenido la Comisión Redactora del Proyecto del 49 para incluir ese artículo 221, fueron las dadas por el compañero Esquivel y para evitar que en el futuro los partidos sean remisos a llenar las vacantes que se presentaren en sus papeletas. El Diputado ZELEDON indicó que, en su opinión, el fondo del asunto en debate significaba una defensa contra los posibles atentados políticos por parte de los partidos extremistas. Es necesario que se tomen las medidas necesarias.

Los Diputados GONZALEZ HERRAN y VARGAS FERNANDEZ manifestaron que la moción era impropia de ir a una Constitución. Es más propia de la ley electoral, lo que preverá todas las situaciones. El Representante PINTO también se manifestó en desacuerdo con la moción en debate. No se puede fijar ese automatismo para llenar las vacantes, pues muy bien puede ocurrir que una de las Vicepresidencias se haya dado a otro partido minoritario en razón de maniobras políticas. En caso de una vacante, ascendería otro partido, con los perjuicios consiguientes. El Diputado ESQUIVEL indicó que tanto el Presidente como los Vicepresidentes son elegidos en convenciones populares. Es lógico que los candidatos a Vicepresidentes sean hombres bien conocidos y de la confianza del Presidente. De ahí que la objeción del señor Pinto no tiene razón de ser. Añadió que el punto era serio y debería ser resuelto. El Doctor PINTO de nuevo intervino en el debate para reafirmar su criterio anterior. Dijo que la situación política de un partido puede variar muy fácilmente. Puede ocurrir muy bien que un candidato a Vicepresidente electo en una convención popular, no lo sea días después, si hay necesidad de llenar una vacante. Agregó que por esas razones y otras, estaba contra la institución de los Vicepresidentes, que vendrán a fomentar en Costa Rica el asesinato político. Anunció luego una revisión sobre esta materia en la ocasión reglamentaria. El Representante ORTIZ, insistió en su punto de vista anterior, dijo que el partido debería dejarse en libertad absoluta de llenar las vacantes en su papeleta. El automatismo implica un serio peligro. El Diputado MONTEALEGRE expresó que no votaría la moción por considerarla impropia de una Constitución. El señor BAUDRIT SOLERA manifestó que votaría en contra y que si la moción se improbaba, presentaría otra, recogiendo el pensamiento de mis compañeros. Sometida a votación la moción de los señores Trejos y Esquivel, fue desechada.

El Diputado BAUDRIT SOLERA, presentó moción para que el artículo en discusión se lea así:

“Si alguno de los candidatos a Presidente o Vicepresidentes se incapacitare para ejercer la Presidencia por los motivos que invoca esta Constitución, o si falleciere, deberá sustituírsele en la forma que determine la ley”.

El Diputado ZELEDON dijo que no votaría la moción anterior, pues las razones dadas en el seno de la Cámara en contra de una disposición de esta naturaleza, lo habían convencido. La Constitución no debe ocuparse de candidatos que aún no han sido electos. El proponente de la moción explicó que era conveniente la norma que un partido no fuera a elecciones si faltare uno de sus candidatos. Los Diputados PINTO y CHACON combatieron la moción en debate, por estimarla materia no de una Constitución, sino de las leyes electorales.

Sometida a votación, fue desechada.

El Representante VARGAS FERNANDEZ, presentó la siguiente moción: “Para que una vez publicado, se agoten los recursos reglamentarios en lo hasta la fecha aprobado de la Constitución Política”. El autor de la moción explicó brevemente los alcances de la misma. Lo que se trata es de poder comunicar al Tribunal Supremo de Elecciones lo ya aprobado, a efecto de que proceda a la convocatoria de las próximas elecciones. Mientras no se agoten los recursos reglamentarios sobre lo aprobado, no se le podrá comunicar al Tribunal nada firme.

Puesta a votación, se aprobó la moción anterior.

Por avanzada la hora, el señor Presidente suspendió la sesión a las seis y cuarenta y cinco minutos de la noche.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

ACTA No. 87

No. 87.- Octogésima sétima acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente a las catorce y media horas del día diez de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Dr. Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández, y Ortiz Martín, Secretarios; Arias Bonilla, Acosta Jiménez, Arroyo, Baudrit González, Brenes Gutiérrez, Desanti, Dobles, Esquivel, Gómez, González Flores, González Herrán, González Luján, Guido, Herrero, Jiménez Núñez, Leiva, Madrigal, Monge Ramírez, Montealegre, Montiel, Pinto, Ruiz, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón; y los Suplentes Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja, Rojas Vargas, Lee Cruz, Jiménez Quesada, Lobo García, Monge Alfaro y Carrillo.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Se aprobó la erogación para la compra de una máquina de escribir para uso de la Secretaría.

Artículo 3º.- De acuerdo con la moción aprobada del señor Baudrit Solera, se procedió a la discusión ordenada de la Constitución.

Se discutió el Título Primero, De la República, de la Constitución del setenta y uno.

Los Diputados de la fracción Social Demócrata acordaron posponer la discusión del Preámbulo del Proyecto del cuarenta y nueve.

El Diputado MONGE ALFARO expresó que, sea cual fuere la Carta emitida, requiere un preámbulo que explique los principios fundamentales sobre los que está inspirada, así como las razones históricas que motivaron la promulgación del nuevo estatuto constitucional.

Sobre el artículo primero de la Constitución del setenta y uno se presentaron mociones de la fracción Social Demócrata y de los señores Trejos y Esquivel, que dicen así, respectivamente:

“Título Primero.- Principios Generales.- Capítulo único.- Costa Rica es una República Democrática, organizada con el propósito fundamental de garantizar la libertad, la dignidad, la cultura y el bienestar de sus habitantes”.

“Costa Rica es una República libre, democrática e independiente”. [1]

El Diputado MONGE ALFARO manifestó que les había parecido muy conveniente en este artículo, no sólo determinar la estructura democrática del país, sino también los fines y principios fundamentales de su organización: la libertad, la dignidad, la cultura y el bienestar de sus habitantes, principios todos que conforman el concepto moderno de lo que se entiende por Democracia.

El Diputado ESQUIVEL dijo que no votaría la moción en debate, por considerar innecesaria la enumeración de los principios anteriores, ya que el concepto República Democrática envuelve una serie de conceptos. Además, al enumerarlos se corre el peligro de limitarlos y dejar por fuera a otros más. Añadió que los artículos de la Constitución deben ser lo más severos y concisos posible.

El Representante ORTIZ se pronunció también en desacuerdo con la moción del Social Demócrata, pues al enumerar unos principios y no señalarlos todos, se corre un grave peligro. La Democracia contempla una serie de facetas, de propósitos, que no pueden encuadrarse en cuatro principios, como los enumerados en la moción en debate. Para aclarar el concepto contemporáneo de lo que es Democracia, leyó una declaración de un grupo eminente de profesores de distintas Universidades de los Estados Unidos, convocados especialmente para revisar los alcances y significado de la Democracia. La declaración de principios dice así: “Democracia significa valoración personal: cada ser humano tiene el tesoro de su propio derecho, que debe considerar como su propia finalidad, nunca como un simple fin... El Estado es hecho para el hombre, no el hombre para el Estado. He aquí el fundamento de la concepción humana y la más genuina fuente de los demás artículos de nuestra fe. Democracia significa libertad: todos los hombres deben participar activamente en la selección de sus líderes, en darle forma a las leyes y en delegar las responsabilidades del gobierno. Cada hombre debe ser libre de pensar y de hablar, de escribir y de crear, de aprobar y de criticar, de asociarse y de organizarse, de escoger una profesión u oficio, de ir de un lugar a otro, de mejorar sus condiciones, de ejercer el culto al Dios que escoja, de seguir los dictados de la conciencia, de conseguir por su propio modo, el camino de su verdad y felicidad... La libertad es el antiguo, eterno e implacable enemigo del totalitarismo y de cualquier forma de tiranía sobre los cuerpos y mentes de los hombres. Democracia significa igualdad... No reconoce razas, castas o clases, ordenadas por Dios o calificadas por sus propios atributos, para explotar, gobernar o esclavizar a sus semejantes. Democracia significa el gobierno de la ley. La estructura y funciones del gobierno deben ser claramente definidos en los principios constitucionales; el completo proceso político de las elecciones, legislación, de las decisiones administrativas y judiciales deben ser conducidas de acuerdo con las leyes y principios libremente establecidos por el pueblo. Todas las individualidades y minorías deben ser protegidas en sus derechos y en sus libertades contra las pasiones de las turbas, las venganzas de partido, el poder de los privilegiados, la tiranía de los militares, el capricho de los gobernantes, las ambiciones de los demagogos y de las arbitrariedades del gobierno. Democracia significa moralidad pública: son los principios elementales de la decencia en la dirección de los asuntos públicos... Sin mutua confianza y sin sentido social caritativo se precipitan en el derrumbe y la disolución. Democracia significa oportunidad para el individuo: es una sociedad activa y progresiva, en la cual cada hombre puede hacer su carrera de acuerdo con su propia intelectualidad, credo e inclinaciones. Una sociedad que pone al alcance de todos una abundante oportunidad para trabajar, para la salud, para la educación, para las relaciones humanas, para la luz de la sabiduría humana en todas las artes y las ciencias. Democracia significa responsabilidad individual: todos los hombres deben ser regidos por un sentimiento de fraternidad, por una devoción al bienestar general y con amor a la verdad y a la justicia. Si los hombres emplean sus libertades con vista a sus egoístas intereses, si son insensibles a las equivocaciones y desigualdades, si son indiferentes al bien público, ellos seguramente se hundirán en la servidumbre. La democracia supera todos los sistemas sociales, en sus demandas sobre el tiempo y la energía, tanto en la virtud como en el entendimiento del ciudadano”.

El Diputado MONGE ALFARO de nuevo intervino en el debate para defender la tesis de su moción. Indicó que los principios leídos por el señor Ortiz calzaban dentro de la moción por ellos presentada.

El Representante BAUDRIT GONZALEZ declaró que no votaría la moción presentada, por cuanto los preceptos constitucionales deben ser lo más claros y precisos que se pueda. Cuanto más se agreguen a un artículo palabras o atributos, más oscuro y confuso se hace. Agregó que no estábamos organizando la República, lo que era desconocer nuestra vida independiente desde el año 1821. Desde hace años hemos estado viviendo los principios de la República. Por otra parte, si se enumeran tan sólo unos cuantos principios, se corre el riesgo de omitir otros para llegar a completar lo que se entiende por una República Democrática. Concluyó afirmando que le parecía más adecuada la moción presentada por los señores Trejos y Esquivel.

Sometida a votación la moción de la fracción Social Demócrata, fue desechada.

El Diputado LEIVA manifestó que los términos “libre e independiente” significaban lo mismo, por lo que sugería que el artículo tan sólo dijera: “Costa Rica es una República Democrática”.

Los Representantes CHACON y VARGAS FERNANDEZ dijeron que ambos términos significaban una redundancia, tesis que combatieron los Diputados TREJOS, ESQUIVEL, ORTIZ y VOLIO JIMENEZ, quienes explicaron que “libre” se refiere a la libertad de los hombres que constituyen la República, e “independiente” a no depender de ningún Estado. Este último expresó que ambos términos deberían conservarse, como homenaje a nuestra tradición, pues no se debe olvidar que durante siglos fuimos colonia, y luego parte de la Federación Centroamericana.

Puesta a votación la moción de los señores Trejos y Esquivel, fue aprobada.

Sobre el artículo segundo de la Constitución del setenta y uno se presentaron mociones de la fracción Social Demócrata y de los Diputados Trejos y Esquivel, que dicen así, respectivamente:

“La soberanía reside en la voluntad del pueblo, quien la ejerce en forma directa o por medio de los poderes públicos, de acuerdo con lo prescrito en esta Constitución”.

“La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, el cual la ejerce de manera directa o por medio de los poderes públicos”.

Las dos mociones anteriores provocaron un largo debate, en el que participaron varios señores Representantes. El Diputado VARGAS VARGAS declaró que el artículo quedaba mejor en la forma como lo dice la Carta del setenta y uno, pues el concepto de que la soberanía reside en la Nación, es más amplio, ya que en el término “nación” se incluyen a niños, ancianos, mujeres, sufragantes, etc. El Diputado MONGE ALFARO indicó que el concepto “voluntad del pueblo” era más dinámico, más vivo. El Diputado ARROYO expuso que era más apropiado consagrar la forma del artículo segundo de la Constitución del setenta y uno, por ser el concepto “nación” más amplio, ya que comprende, no sólo al pueblo, sino a nuestras tradiciones, territorio, etc. El Dr. VARGAS insistió en su punto de vista anterior. Dijo que para él la soberanía reside siempre en la parte consciente y de conciencia de los individuos, sean sufragantes o no. El Representante ROJAS VARGAS observó que se hacía indispensable una distinción entre los conceptos “nación” y “pueblo”. Citó a varios autores que han censurado la afirmación que la soberanía reside en la nación y no en el pueblo. El concepto exacto, preciso, es que la soberanía reside en el pueblo. El Representante DOBLES SEGREDA aclaró que el término “nación” es más amplio. El pueblo se refiere tan sólo a los hombres, a los que pueblan determinado territorio, es temporal, variable. El concepto “nación”, en cambio, es eterno, más general. Nación comprende a todo lo que nace en un territorio, a lo que rodea el hombre: los bosques, los minerales, las tradiciones, etc. No es un concepto abstracto, sino concreto. La soberanía no sólo reside en el pueblo, sino en todo lo que configura la nacionalidad: la bandera, el himno, las tradiciones, el territorio, etc.

El Profesor MONGE ALFARO, a nombre de la fracción Social Demócrata, retiró la moción por ellos presentada, a fin de dar curso a la suscrita por los señores Trejos y Esquivel.

El Diputado TREJOS explicó que, de acuerdo con la definición del concepto “nación” dada por el señor Dobles Segreda, la soberanía no la puede ejercer ésta, sino que la ejerce exclusivamente el pueblo. Añadió que ese concepto debe ir en la Constitución, para que nuestro pueblo, cada vez que lea su Carta Fundamental, se entre de sus derechos y atribuciones. El Diputado BAUDRIT GONZALEZ expresó que la soberanía es un atributo, en cierto modo abstracto, como la libertad, pero que se califica de sí misma de un modo admirable. Indicó que no encontraba razón alguna para decir en qué forma se ejerce. En ese sentido -dijo-, el principio de la Constitución del setenta y uno es más amplio, ya que la soberanía palpita, no sólo en los hombres que integran lo que llamamos pueblo, sino hasta en las cosas inanimadas. El Diputado LEIVA usó de la palabra para defender la moción en debate. Expresó que siendo estudiante en la Escuela de Derecho oyó decir a sus profesores que el concepto del artículo segundo de la Carta del setenta y uno era equivocado, por cuanto la soberanía reside exclusivamente en el pueblo. Añadió que la Asamblea había aprobado que la facultad de legislar reside en el pueblo, quien, por medio del sufragio, la delega en la Asamblea Legislativa. De ahí que ahora debe seguirse igual procedimiento, apoyando la moción de los señores Trejos y Esquivel. El Diputado VARGAS VARGAS de nuevo intervino en el debate para reafirmar su criterio de que la soberanía reside en la parte consciente y de conciencia de los individuos. La soberanía, además, reside en la Nación, en las mujeres, en los ancianos, en los niños, etc. El Representante ORTIZ se pronunció por que se mantuviera el artículo segundo de la Constitución del setenta y uno, tal y como está. Dijo que la Nación es un concepto eminentemente sociológico que identifica a un conjunto de hombres. De ahí que es exacto hablar de la nacionalidad judía, antes de la creación del moderno Estado de Israel. Bajo un mismo Estado pueden existir varias nacionalidades. Pueblo, en cambio, tiene un sentido de población. Añadió que el concepto pueblo era muy vago, pues en una misma nación pueden existir pueblos diferentes. Para evitar confusiones, la moción en debate debería decir que la soberanía reside en el pueblo costarricense. Natio, es un grupo sociológico constituido y popular, eran los grupos unificados por el Derecho, tal como Rani estableció. En el pueblo pueden existir grados concentrados de extranjeros que son pueblos y no ejercen soberanía. El Representante ESQUIVEL manifestó que la teoría moderna habla claramente que la soberanía reside en el pueblo. Este concepto es el más aceptable desde un punto de vista democrático. El Diputado ZELEDON sugirió que en el artículo se involucraran ambos conceptos, del modo siguiente: “La soberanía reside en la nación y la ejerce el pueblo directa e indirectamente”.

El Representante ROJAS ESPINOSA defendió la tesis del artículo segundo de la Carta del setenta y uno, es decir, que la soberanía reside en la nación. Dijo: el estudio reconocido como clásico en la materia, es el ensayo de Renán intitulado: “¿Qué es una Nación?” [Ernst Renan, conferencia dictada en La Sorbona en 1882]. Con la conclusión subjetiva de ser una concepción espiritual apoyada en la tradición y cultura comunes de una agrupación humana. Ningún factor por separado la caracteriza; ni el étnico, ni el idiomático, ni el geográfico, sino que lo comprende todo amalgamado por los vínculos espirituales que le dan conciencia de su unidad espiritual. La Nación es, en frase paradójica, un plebiscito de todos los días, así como la existencia es una afirmación constante de vida. Por eso parece más correcto decir que la soberanía reside en la Nación, y no en el pueblo, que es un componente de aquélla.

El Representante DOBLES de nuevo intervino en el debate. Expresó que el término “pueblo” es pasajero, ya que un pueblo puede degradarse y corromperse. La Nación, en cambio, permanece inalterable, imposible de corromperse.

El Diputado ESQUIVEL expuso que, de acuerdo con la definición de Democracia -el gobierno del pueblo-, la soberanía no puede residir en la Nación. ¿Por qué, dijo, se va a cambiar un concepto claro -como el de “pueblo”-, por uno nebuloso? Después de aprobar el artículo primero, que dice que Costa Rica es una República Democrática, no hay posibilidad de mantener un criterio opuesto en el artículo segundo.

Agotado el debate en torno a la moción de los señores Trejos y Esquivel, fue sometida a votación, habiéndose desechado.

El Diputado VARGAS VARGAS presentó moción para que el artículo segundo de la nueva Constitución se lea en la misma forma de la Carta del setenta y uno:

“La soberanía reside exclusivamente en la Nación”. [2]

Puesta a votación la moción anterior, fue aprobada.

Sobre el artículo tercero se presentó la siguiente moción, suscrita por los Diputados Esquivel y Trejos:

“El territorio continental de la República comprendido entre los Océanos Atlántico y Pacífico, confina al Noroeste con Nicaragua, país del cual los separa la línea divisoria que marca el Tratado Cañas-Jerez, de quince de abril de mil ochocientos cincuenta y ocho, y el Laudo del Presidente de los Estados Unidos de América, Grover Cleveland, de veintidós de marzo de mil ochocientos ochenta y ocho; y por el Sudeste con Panamá, del cual lo separa la línea divisoria que marca el Tratado Echandi Montero-Fernández Jaén, de primero de mayo de mil novecientos cuarenta y uno”.

El Representante VARGAS VARGAS preguntó las razones por las cuales no se incluyó en la moción anterior la Isla del Coco. El Representante ESQUIVEL explicó brevemente la importancia que en la nueva Constitución se estipulan los límites de Costa Rica, que han venido figurando en todas las Constituciones promulgadas, desde el Pacto Social Interino. El Diputado VARGAS FERNANDEZ manifestó que no le parecía correcto que en la Constitución figurara una exposición de carácter histórico-geográfico, como son los tratados de límites. También adolece la moción del defecto de que no se incluya la Isla del Coco, ni tampoco la del Caño. Es de gran importancia que la Isla del Coco quede en alguna forma incorporada. Aclaró, además, que nuestro país no limita con el Océano Atlántico, sino con el Mar Caribe.

El señor GUIDO indicó que era necesario incluir la Isla del Coco, que en ciertas ocasiones la ha pretendido el Gobierno Colombiano. Respecto de la isla del Caño, no hay necesidad de incluirla, porque está dentro de nuestras aguas territoriales.

Sometida a votación la moción de los señores Trejos y Esquivel, fue desechada.

El Representante VARGAS FERNANDEZ presentó moción para que el artículo tercero se lea así:

“El territorio nacional está comprendido entre el Mar Caribe, el Océano Pacífico y las Repúblicas de Nicaragua y Panamá. Comprende la Isla del Coco, situada en el Océano Pacífico”. [5]

El Diputado Dobles Segreda manifestó que le parecía necesario señalar los tratados de límites en el artículo en debate, para que quede una constancia de un asunto que tantas dificultades nos trajo en el pasado. Puesta a votación la moción del señor Vargas Fernández, fue aprobada.

El Diputado DOBLES SEGREDA presentó moción para que el artículo tercero se incorporaran los Tratados de Límites. El Diputado ESQUIVEL indicó que le parecía un error no incluir los mencionados Tratados con las Repúblicas de Panamá y Nicaragua. El Representante CASTRO SIBAJA expresó que no votaría la moción del señor Dobles, ya que, como principio general, no creía prudente que en la Constitución fueran nombres propios. Añadió que al no incluir los Tratados de Límites en la Constitución, éstos no iban a perder su fuerza legal. El texto constitucional debe ser lo más conciso y claro posible. El Representante VARGAS FERNANDEZ declaró que no era necesario ni indispensable que en el estatuto fundamental se incluyeran los Tratados de Límites.

Sometida a votación la moción del señor Dobles Segreda, fue aprobada.

En consecuencia, el artículo tercero se leerá:

“El territorio nacional está comprendido entre el Mar Caribe y el Océano Pacífico y las Repúblicas de Nicaragua y Panamá. Comprende la Isla del Coco situada en el Océano Pacífico.

Conforme al Tratado Cañas-Jerez de quince de abril de mil ochocientos cincuenta y ocho, ratificado por el Laudo Cleveland de veintidós de marzo de mil ochocientos ochenta y ocho, para con Nicaragua; y el Tratado Echandi Montero-Fernández Jaén de primero de mayo de mil novecientos cuarenta y uno, en cuanto concierne a Panamá”. [5]

La fracción Social Demócrata presentó moción para que el artículo aprobado se agregara un párrafo que diga:

“Sólo el pueblo, mediante un plebiscito, podrá dar validez a tratados que modifiquen la integridad del territorio actual o la independencia política del país”.

Sobre este asunto, los señores Trejos y Esquivel presentaron moción, para que un artículo quinto diga así:

“Todo tratado o convención que modifique la integridad del territorio actual de la República, o la independencia política del país, deberá ser sometido a la Asamblea Legislativa y obtener la aprobación de las tres cuartas partes del total de sus miembros y, además, la de una Asamblea Nacional Constituyente convocada para este solo efecto por el Tribunal Supremo de Elecciones, e integrada por igual número de miembros que compongan en ese momento a la Asamblea Legislativa”. [7 p2]

Al Diputado ARROYO le pareció muy grave que una Asamblea Legislativa pueda tener la facultad de comprometer la soberanía nacional. El Representante ESQUIVEL explicó que, desde el seis de julio de mil ochocientos ochenta y ocho, se estableció que todo tratado que modifique el territorio nacional deberá ser sometido a la aprobación del Congreso y de una Asamblea Constituyente convocada para ese efecto. En nuestra moción -dijo-, hemos seguido el mismo sistema. Agregó que al discutirse las atribuciones del Tribunal Supremo de Elecciones, se le había quitado a ésta la facultad de convocar a plebiscitos. De ahí que la moción del Social Demócrata resulta improcedente, pues no habrá cuerpo que conozca de estos plebiscitos.

El Diputado MONGE ALFARO, a nombre de sus compañeros, retiró la moción por ellos suscrita. En consecuencia, se pospuso la discusión de la moción de los señores Trejos y Esquivel, para cuando se discutiera el artículo quinto.

La fracción Social Demócrata presentó moción para que el artículo cuarto se lea así:

“La República acatará los postulados del Derecho Internacional Americano que contribuyan a fortalecer la solidaridad continental, así como las normas universales del Derecho de Gentes. Su convivencia con las otras naciones se ajustará, además, a una política de amplia colaboración, para afirmar en el mundo el régimen democrático y los principios de libertad, paz y justicia”.

El Diputado VOLIO SANCHO expresó que la moción anterior constituía una declaración de principios de carácter americanista, que es necesario incluir en nuestra Constitución, pues esos principios vienen observándose en América desde hace algunos años, y constituyen normas positivas del Derecho Internacional Americano. La política de solidaridad continental ha sido el resultado de una serie de conferencias y tratados interamericanos. Agregó que el párrafo final de la moción resume lo que debe ser una aspiración nacional, para reafirmar en el mundo los principios democráticos, ideal que están persiguiendo todos los pueblos de la tierra.

El Representante ORTIZ declaró que votaría afirmativamente la moción planteada. Es necesario introducir ese principio -dijo-, pues de acuerdo, por ejemplo, con la carta de Chapultepec, firmada por todos los países de América, nuestra soberanía no es irrestricta, pues puede muy bien ser cercenada, en caso de una agresión de una potencia extraña a cualquier país de América. En determinados casos nuestra soberanía puede ser restringida, de acuerdo con los postulados de la política de solidaridad continental. Indicó la conveniencia de constitucionalizar la validez de todos esos tratados, que tienden a fortalecer la solidaridad continental.

El Representante JIMENEZ QUESADA expresó que no votaría la moción en debate, por considerarla peligrosa, ya que encierra conceptos de una vaguedad muy grande. Declaró que la obligación de la Asamblea era la de legislar para nuestra Democracia, pero no podemos, en principio, comprometernos en posibles conflictos que atañen a la soberanía de otros países. El artículo mañana bien puede convertirse en un semillero de intrigas internacionales. Concluyó afirmando que era muy celoso de nuestra Democracia, pero Costa Rica no está en capacidad de meterse en los asuntos internos de otros pueblos.

El Diputado MONGE ALFARO defendió la moción planteada. Dijo que la política de solidaridad continental no es transitoria, como lo estima el señor Jiménez Quesada. Es una aspiración del Continente. Se trata de un movimiento de acercamiento de nuestros pueblos. Por otra parte -agregó-, la solidaridad continental viene a ser un imperativo histórico de América, ya que nuestros pueblos, por siglos estuvieron unidos, y posteriormente se hermanaron para obtener la independencia. ¿Por qué no se van ahora a hermanar nuevamente en un afán por consolidar la Democracia Americana y los principios de justicia y libertad? Indicó luego que la Democracia en América ha sufrido grandes recaídas, precisamente por esta falta de apoyo y solidaridad entre los distintos pueblos de América. La solidaridad de los pueblos del Continente surgió desde el momento en que España nos conquistó y colonizó. Terminó diciendo que la moción en debate tan sólo tendía a fortalecer la Democracia en América.

El Diputado BAUDRIT GONZALEZ expuso una serie de reparos a la moción. Expresó que, dentro de la solidaridad americana y mundial, le parecía lo más correcto que cada nación siga sus propios derroteros. Añadió que la moción hablaba de los postulados del Derecho Internacional Americano, pero que no se decía qué organismo iba a hacer la discriminación o calificación de los mismos, para que nuestro país los acatara. Además, la moción no es lo suficientemente clara. ¿Es que se pretende obligarnos a inmiscuirnos en los asuntos internos de otros países? De aprobarse la moción tal y como está, se nos obliga, en cierta manera, a participar en los problemas de otras naciones, no sólo de América, sino del mundo.

El Diputado VOLIO JIMENEZ también combatió la tesis de la moción en debate. Indicó que era cierto que contenía principios que son verdaderos anhelos dentro de nuestras relaciones con los otros pueblos, pero no debe olvidarse que la política de solidaridad continental está apenas en gestación. El Derecho Internacional Americano ha ido evolucionando paulatinamente y se ha ido cristalizando en una serie de Tratados. Todavía no se ha llegado a la codificación del mismo. Existen principios que son contradictorios. Citó el caso del Uruguay, que hace poco tiempo sometió una regla contraria al principio de no intervención en los asuntos internos de cada país. ¿Qué necesidad hay -continuó diciendo-, que en la Constitución pongamos reglas terminantes, cuando sabemos que el Derecho Internacional Americano está variando de acuerdo con las circunstancias?

El Diputado ORTIZ de nuevo intervino en el debate para reafirmar su criterio, expuesto anteriormente, en defensa de la moción planteada. Indicó que Costa Rica había firmado un Tratado por medio del cual nos comprometemos a declarar la guerra a cualquier potencia extraña que ataque a uno de los países del Continente. ¿En virtud de qué firmamos ese Tratado, cuando es contrario al principio de la soberanía irrestricta de nuestra nación? Los tratados que ha firmado Costa Rica respecto a la política de solidaridad continental, no tienen asidero constitucional. Es necesario que en la nueva Constitución se establezca el principio suscrito en la tesis en debate.

Por avanzada la hora y habiendo quedado en el uso de la palabra el Diputado Jiménez Quesada, el señor Presidente suspendió la sesión a las siete de la noche.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

ACTA No. 88

No. 88.- Octogésima octava acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las catorce horas y media del día trece de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia de don Edmundo Montealegre. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández, y Ortiz Martín, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Arroyo, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Mata, Desanti, Dobles, Esquivel, Gómez, González Flores, González Luján, Herrero, Jiménez Núñez, Leiva, Madrigal, Monge, Álvarez, Monge Ramírez, Montiel, Pinto, Trejos, Solórzano, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Zeledón, y los suplentes, Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Elizondo, Rojas Vargas, Jiménez Quesada, Lobo, Monge Alfaro y Carrillo.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- El Representante ESQUIVEL presentó moción de orden para que se autorice a la Comisión Coordinadora a efecto de que adopte una numeración provisional para los artículos de la Constitución ya aprobados, con el fin de evitar repeticiones en los números de esos artículos. La moción anterior fue aprobada.

Artículo 3º.- Se continuó en la discusión de la moción del Social Demócrata, presentada en la sesión anterior.

El Diputado JIMENEZ QUESADA, que había quedado en el uso de la palabra, renunció a la misma.

El Profesor MONGE ALFARO, a nombre de sus compañeros, presentó a la consideración de la Cámara una nueva fórmula, sugerida por el señor Volio Sancho, que dice así: “Costa Rica proclama su respeto a los principios universales reconocidos del Derecho de Gentes, así como su adhesión a la política de solidaridad continental y demás normas del Derecho Internacional Americano”. Advirtió el Diputado Monge que el Licenciado Volio Sancho le había sugerido esa fórmula en mensaje telegráfico, en el cual le manifestaba, además, su imposibilidad de asistir a la sesión de hoy, por razones de salud.

El Representante ARROYO expresó que no votaría la moción anterior, pues no hay necesidad de que en la Constitución se establezca cuál ha de ser la política internacional a seguir por nuestro país. Añadió que por un lado se hablaba de solidaridad continental y por el otro de democracia, cuando la realidad es que la política de acercamiento entre los pueblos americanos tiene que aceptarse con regímenes totalitarios, que constituyen la negación más rotunda de la libertad. La solidaridad continental tiene que aceptarse, pero para aquellos regímenes democráticos, como el nuestro. No es extraño que con el transcurso del tiempo y las nuevas ideas, esa política internacional tenga que orientarse por nuevos rumbos. Concluyó diciendo que ese era un asunto que compete al Ministerio de Relaciones Exteriores y no a una Constitución.

Puesta a votación la moción de la fracción Social Demócrata, fue desechada.

Los mismos proponentes de la moción anterior presentaron la siguiente:

Para que el artículo 4º se lea así: “Costa Rica cultivará relaciones especialmente fraternales con los demás Estados que formaron la República Federal de Centro América y promoverá con ellos el establecimiento de lazos culturales y económicos”.

El Diputado LEIVA manifestó que consideraba un error el hecho de que la Asamblea se pusiera a discutir problemas relacionados con la Unión de Centro América y hablar ahora de la extinta República Federal de Centro América, por lo que no iba a votar la moción planteada.

El Representante MONGE ALFARO aclaró que la moción no prohijaba una futura unión centroamericana, sino que tan sólo se refiere a lazos culturales y económicos que deben existir entre los distintos países, que formaron la antigua Federación Centroamericana. Lo que se trata es de dejar la posibilidad constitucional para que Gobiernos del futuro estrechen más aún esos lazos culturales y económicos. Nadie puede dejar de desconocer la importancia que para nuestros países constituye una política de mayor acercamiento, a través de la cultura y de la economía. Citó el ejemplo del reciente Congreso de Universidades llevado a cabo en El Salvador, donde se aprobaron una serie de ponencias tendientes todas a ese propósito saludable.

El Diputado VARGAS VARGAS manifestó que para él -tal y como lo ha venido afirmando en varias intervenciones anteriores-, todo país es un pedazo de humanidad, sujeto a dos realidades: la nacional y la internacional. Los hombres en todas las latitudes -dijo-, tienen los mismos problemas y las mismas inquietudes y es justo que se tiendan las manos por encima de las fronteras. Pero no votaré la moción planteada, con todo y tener estas ideas, por cuanto en ella se habla de los Estados y no de los pueblos. Existe una gran diferencia entre ambos conceptos. Puede ocurrir que el Estado no represente los verdaderos anhelos populares, como sucede en Nicaragua, cuyo Gobierno en ninguna forma es representativo de la voluntad popular, ya que lo integran señores de horca y cuchillo. Debemos fraternizar con los pueblos, tenderles nuestras manos, pero no con los Gobiernos, que muchas veces los explotan y sojuzgan. Terminó diciendo que en el estado actual de cosas que impera en Centro América, no podía hablarse de acercamiento entre los Estados.

El Diputado BAUDRIT SOLERA expuso los motivos que tiene para votar la moción en debate. Sin entrar en el problema de la Unión Centroamericana -dijo-, recordemos la frase que se dijera cuando abandonamos la República Federal: “Es preciso salir de la Unión para volver a la unión con experiencia, prudencia y tino”. Agregó que la moción no propendía a lograr la Unión de Centro América, que tan sólo será un ideal mientras subsistan los valladares de la política, que separan a nuestros pueblos. Se refirió luego al reciente Congreso de Universidades Centroamericanas, llevado a cabo en El Salvador, en el que se trató ampliamente del problema de la unificación de los programas universitarios, así como de la revisión de los Tratados de reconocimiento de estudios, suscritos en Washington en 1923. Estas resoluciones contribuirán, a no dudarlo, al mayor fortalecimiento y a la mayor comprensión entre los pueblos de Centro América. Indicó que la moción, además no representaba ningún peligro; tan sólo pretende tratar de vincularnos más, en el aspecto económico y cultural, con los otros países de la América Central.

El Doctor PINTO declaró que no votaría la moción planteada, pues lo peor que podemos hacer es tender lazos hacia la Unión Centroamericana, lo que traería grandes desventajas para el país. Si se quiere establecer una disposición similar no existe razón para que no se extienda a todos los países de América y no circunscribirla a las cinco Repúblicas de América Central.

El Diputado ESQUIVEL también se manifestó en desacuerdo con la moción planteada, por cuanto estima que el manejo de las Relaciones Exteriores -según la Constitución del 71 y muy posiblemente de acuerdo con el estatuto que ha de promulgarse-, es de resorte exclusivo del Poder Ejecutivo. De aprobarse esta moción -dijo-, estamos coartando el radio de acción que en esta materia debe tener el Ejecutivo.

El Diputado MONGE ALFARO, a nombre de sus compañeros, accedió a retirar la moción a fin de evitar discusiones contraproducentes con respecto a los países de Centro América. Explicó, sin embargo, que deseaba dejar constancia de lo siguiente. Se cree que podemos desarrollar nuestra vida económica, social y política metidos en la Meseta Central. No queremos darnos cuenta de las grandes corrientes históricas del mundo actual, que va hacia una mayor interdependencia, en todos los aspectos, entre los distintos países. Constantemente se están llevando a cabo Conferencias, Congresos, etc., para alcanzar este propósito fundamental de nuestra época.

Sobre el artículo quinto, la fracción Social Demócrata presentó la siguiente moción:

“Los Estados Extranjeros sólo podrán adquirir en el territorio de la República los inmuebles necesarios para sede de sus representaciones diplomáticas sobre bases de reciprocidad, sin perjuicio de lo que establezcan convenios internacionales”. [8]

El Diputado ORTIZ se pronunció de acuerdo con la moción anterior.

El señor TREJOS expuso que no veía la necesidad de que un artículo como el propuesto, se incluyera en la Constitución, cuando no se han presentado dificultades hasta ahora.

El Diputado CARRILLO dijo que, la moción tendía tan sólo a restringir el derecho de extraterritorialidad que corresponde a los Gobiernos extranjeros para las sedes de sus Legaciones. Es un principio acorde para que la soberanía del territorio tico corresponda más a Costa Rica.

El Diputado JIMENEZ QUESADA manifestó que un Estado, por medio de sus colonias, puede adquirir bienes inmuebles. Si la realidad es ésta, de aprobarse la moción en debate, en el futuro se burlará fácilmente.

El Representante BAUDRIT SOLERA aclaró que los bienes de cualquier naturaleza que adquieran las colonias extranjeras en Costa Rica, están sujetos a las leyes nacionales, lo que no ocurre con los bienes inmuebles de los Gobiernos extranjeros, para sede de sus Legaciones los podían adquirir a base de reciprocidad; de no haber ésta, no podrían adquirirlos ni con tal objeto, todo sin perjuicio de convenios internacionales.

Sometida a votación la moción anterior, fue aprobada.

La fracción Social Demócrata presentó moción para que el artículo 6º se lea así:

“El Gobierno de la República es popular, representativo, alternativo, responsable, institucional y sujeto a la supremacía de la ley. Lo ejercen tres Poderes distintos que se denominan Judicial, Legislativo y Ejecutivo, entre los cuales no existe subordinación. Ninguno de los Poderes puede delegar en otro el ejercicio de funciones que le son propias”. [9]

Los señores Trejos y Esquivel presentaron moción sobre el mismo artículo que dice así:

“El Gobierno de la República es popular, representativo, alternativo y responsable. Lo ejercen tres Poderes distintos e independientes entre sí, que se denominan Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias”.

El Representante BAUDRIT SOLERA explicó las diferencias entre una moción y otra, así como los alcances de la suscrita por los señores del Social Demócrata, que es la misma que aparece en el artículo sétimo del proyecto del 49. Empezó diciendo que los Poderes no son independientes entre sí, como lo proclama la moción de los compañeros Trejos y Esquivel. No son independientes, como lo afirma la Constitución del 71, por cuanto entre ellos existe una interrelación constante. Lo exacto es decir, no que son independientes -lo que constituye un error-, sino que entre ellos no existe subordinación, tal y como lo dice la moción del Social Demócrata. ¿Se puede hablar de independencia entre los Poderes -preguntó-, cuando por ejemplo, el Ejecutivo tiene la facultad de vetar un proyecto de ley aprobado por la Asamblea Legislativa? Luego explicó los dos nuevos conceptos de la moción de los señores del Social Demócrata, que se refieren a la institucionalidad del Gobierno y a que los Poderes están sujetos a la supremacía de la ley. El Gobierno debe ser institucional -dijo-, porque no puede seguir el país soportando que las funciones técnicas de la Administración Pública a menudo se confíen a personas inexpertas o incapacitadas. Al contrario, es necesario que esas funciones las ejerzan instituciones técnicas, con cierta autonomía. Citó el caso de la política educacional, que en Costa Rica ha estado al arbitrio del titular del Ministerio de Educación, sujeta, la mayoría de las veces, a los vaivenes de la política. No es posible que esto continúe así. Lo propio digo en materia de Fomento. Es fundamental que la Administración Pública se organice más eficientemente. En cuanto al concepto de la supremacía de la ley fue tomado de la doctrina norteamericana. Afirman tratadistas que los Estados Unidos de América han alcanzado su gran poderío y progreso, debido a que la vida gubernamental norteamericana está estrechamente sujeta a la supremacía de la ley. Fácil es darse cuenta de que, cuando un país se hunde en el caos y en la desorganización, es casi siempre a causa de que este principio fundamental se ha falseado, como ocurrió en Costa Rica en los últimos años.

El Diputado ARROYO declaró que no votaría la moción en debate, por cuanto en ella se incluía el concepto de la institucionalidad del Gobierno, cuyos alcances explicó el señor Baudrit Solera. Indicó que no aceptaba que en la nueva Constitución se consignaran las Instituciones Autónomas para ejercer las distintas actividades de la Administración Pública, instituciones que se han venido multiplicando durante el actual régimen, hasta llegar a constituirse en pesadas cargas para el Fisco, aumentando exageradamente la burocracia. Agregó que anhelaba en Costa Rica la orientación técnica, pero que no creía que se alcanzara por ese camino de las Instituciones Autónomas. El problema, fundamentalmente es de hombres y no de instituciones. No podemos sobrecargar a un país pequeño y pobre como el nuestro con el burocratismo que significan las Instituciones Autónomas, que resultan, las más de las veces, nocivas para el país. Sólo una de ellas se justifica realmente: el Banco Nacional.

El Diputado BAUDRIT SOLERA de nuevo intervino en el debate para referirse a las apreciaciones del señor Arroyo. Dijo que al hablarse del Gobierno institucional, se está marcando una tendencia, no la creación sólo de Instituciones Autónomas. Se refirió luego a la diferenciación que hacía el proyecto del cuarenta y nueve en cuanto a los Departamentos Técnicos, que funcionarían dentro de los Ministerios, de creación de la ley, y las Instituciones Autónomas, propiamente dichas. En cuanto a los primeros, se hace indispensable su creación para que actividades eminentemente técnicas de los Ministerios -como el de Fomento y el de Educación-, no continúen encarándose y resolviéndose con criterio político, de conveniencia para determinados intereses, como ha ocurrido por desgracia en nuestro país. En cuanto a las Instituciones Autónomas, éstas existen y seguirán existiendo. Los campos entre los Departamentos Técnicos y las Instituciones Autónomas están claramente deslindados en el proyecto del cuarenta y nueve. Añadió que se pretendía tan sólo acabar con esa omnipotencia del Poder Ejecutivo, que ha venido actuando en Costa Rica con el calificativo de Jefe de la Nación y en manos exclusivas del Presidente.

El Diputado ESQUIVEL dijo que la independencia absoluta entre los distintos Poderes no existe en realidad. Sin embargo, teóricamente, doctrinariamente, tiene que existir. El concepto de la independencia de los Poderes, tal y como lo dice la Carta del 71, debe incluirse en la nueva Constitución. Observó luego que la prohibición para que un Poder delegue no sólo en otro, sino en cualquier organismo el ejercicio de sus funciones deber ser radical, terminante.

El Diputado ARROYO de nuevo intervino en el debate para reafirmar su criterio expuesto anteriormente. Insistió que en la Constitución de ninguna manera debe establecerse la obligatoriedad de la creación de Instituciones Autónomas, lo que puede traernos males graves en el futuro. Indicó el burocratismo exagerado de la actual Administración, debido al gran número de Juntas y Organismos técnicos creados. Si el gobernante es responsable -y no tenemos por qué pensar que los gobernantes del futuro serán tan irresponsables como los últimos-, tendrá el anhelo de encauzar la administración pública por los mejores senderos.

El Diputado BAUDRIT GONZALEZ manifestó que su admiración por el proyecto del 49 lo llevaba a aceptar varias de sus disposiciones, que ha creído muy saludables, tal y como lo ha dicho en otras ocasiones. Luego planteó varias observaciones a la moción en debate. Se han agregado -dijo-, los conceptos que el Gobierno es institucional y sujeto a la supremacía de la ley. Sin embargo, para el señor Baudrit Solera institucional es una cosa, y para el señor Arroyo, otra. Es decir, existe confusión. De ahí que es necesaria una definición precisa de lo que se entiende por este concepto. En cuanto a la supremacía de la ley -concepto que calificó de demasiado vago-, que abarca a los tres Poderes, significará que el Poder Ejecutivo, el que hace las leyes, se impondrá a la postre a los otros Poderes, de aceptarse aquel concepto primero, que en el futuro puede perjudicar la estabilidad misma del Gobierno. Luego apuntó varias críticas contra el concepto que no existe subordinación de un Poder a otro, cuando la realidad es que constantemente un Poder tiene que valerse de otro, o de funcionarios o delegados de otro Poder, como ocurre, por ejemplo, en la ejecución de las sentencias del Poder Judicial. Además, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de convocar a sesiones extraordinarias al Congreso y señalarle a éste los asuntos a tratar. Sugirió que, en lugar del concepto anterior, se dijera que el Gobierno lo ejercen tres Poderes distintos, de la misma categoría.

El Diputado MONGE ALFARO declaró que estimaba de fundamental importancia la inclusión del concepto acerca de la supremacía de la ley. En cuanto al Gobierno institucional, explicó que en los últimos años se han ido presentando una serie de problemas nuevos, que tiene que resolverse con un criterio técnico y no político. Añadió que no se debían observar los ensayos llevados a cabo por el Gobierno actual -que han sido precisamente ensayos-, sino indicar cuál es la orientación más adecuada para el Gobierno tenga una mayor eficiencia en el futuro.

El Diputado VARGAS CASTRO expuso los motivos por los cuales no votaría la moción planteada. Indicó que uno de los organismos por el cual había sentido mayor simpatía, era el Consejo de Producción, cuyo propio sitio fundamental es el de incrementar la agricultura nacional, nuestra verdadera fuente de riqueza, así como proteger a los agricultores de todo el país. Mientras el Consejo de Producción estuvo supeditado al Banco Nacional, operó con eficiencia. Pero ahora que precisamente se le ha dado plena autonomía e independencia, no cumple satisfactoriamente su cometido, pues a veces hasta carece de dinero para pagar las cosechas de los agricultores. El fracaso se ha debido a la falta de técnicos. Observó que si en este aspecto fundamental de la agricultura habíamos fracasado, ¿qué no se puede esperar de los otros aspectos de la Administración? Agregó que Costa Rica era un país pequeño, pobre, que no podía soportar la burocracia actual, debido en gran parte, a la multiplicación de organismos técnicos e Instituciones Autónomas. Costa Rica bien se puede gobernar con un grupo pequeño de hombres responsables y laboriosos.

Los proponentes de la moción en debate acordaron variarla en los términos siguientes:

“El Gobierno de la República es popular, representativo, alternativo, responsable, institucional y sujeto a la supremacía de la ley. Lo ejercen tres Poderes distintos, de la misma categoría, que se denominan: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias”. [9]

El Diputado CARRILLO explicó brevemente la moción anterior, que ha recogido varias de las insinuaciones y observaciones planteadas por algunos señores Representantes.

El Diputado ROJAS ESPINOSA se refirió a la tendencia moderna que se ha concretado en el Derecho Constitucional de Colombia en cuanto al concepto actual sobre lo que es un Poder. En la Constitución de Colombia, ya no se habla de Poderes, sino de ramas legislativa, ejecutiva y judicial. Luego sugirió que se dijera, no que los Poderes son independientes entre sí, sino que son separados, pero que colaboran armónicamente para la realización de los fines del Estado.

El Diputado VARGAS FERNANDEZ sugirió que la moción se votará en dos partes, lo que aceptaron los proponentes de la misma.

La primera parte que dice: “El Gobierno de la República es popular, representativo, alternativo, responsable, institucional y sujeto a la supremacía de la ley”. Fue desechada. Los proponentes de la moción acordaron retirar la segunda parte. En consecuencia, se procedió a votar la moción presentada por los señores Trejos y Esquivel.

El Representante BAUDRIT SOLERA pidió a la Mesa que en el acta respectiva constara su voto negativo a la moción planteada, por cuanto no desea que con su voto se repita el error de consignar en nuestra Constitución, que los Poderes son independientes entre sí. La regla más adecuada es que entre ellos no existe subordinación, como expresa, entre otras, la Constitución de Guatemala. También podría acogerse el concepto de la colaboración armónica como dice la de Colombia; pero no el falso de independencia, que poco a poco va abandonándose. (El señor Baudrit Solera dió lectura a las disposiciones de Guatemala y de Colombia a que hizo alusión.)

El Diputado ESQUIVEL expresó que el concepto clásico de la independencia de los Poderes constituye un equilibrio entre los distintos organismos del Estado. Además viene a ser una garantía para los ciudadanos. Añadió que no se atrevería con su voto a cambiar un concepto clásico, que ha vivido el país, sin que jamás ese precepto constitucional haya causado dificultad alguna.

Sometida a votación la moción de los señores Trejos y Esquivel, fue aprobada.

Los señores del Social Demócrata accedieron a posponer la discusión de las otras mociones presentadas por ellos para agregar varios artículos al Título 1, mociones que se refieren a los artículos 8º, 9º, 10 y 11 del proyecto del 49.

Los señores TREJOS y ESQUIVEL presentaron moción para que el artículo 4º, se lea así:

“El Estado tiene para todos los fines la soberanía completa y exclusiva sobre el espacio aéreo correspondiente a su territorio y a sus aguas territoriales. También compete al Estado ejercer la soberanía exclusiva, de acuerdo con los principios de Derecho Internacional y con los tratados internacionales vigentes, en las zonas de mar que corresponden al territorio de la República, tanto respecto de las aguas e islas como de la plataforma continental”. [6]

Puesta a votación la moción anterior, fue aprobada.

Los mismos proponentes de la anterior presentaron moción para que el artículo 5º se lea así:

“Todo tratado o convención que modifique la integridad del territorio actual de la República, o de la independencia política del país, deberá ser sometido a la Asamblea Legislativa y obtener la aprobación de las tres cuartas partes del total de sus miembros y, además, la de las dos terceras partes del total de votos de una Asamblea Nacional Constituyente convocada para este solo efecto por el Tribunal Supremo de Elecciones, e integrado por igual número de miembros que compongan en ese momento la Asamblea Legislativa”. [7 p2]

La moción anterior provocó un largo debate en el que participaron varios señores Representantes.

El Diputado ESQUIVEL explicó que la moción no es otra cosa que un compendio de la ley de seis de julio de 1888 y el artículo 15 de la Constitución del 71, por lo que no se estaba introduciendo ninguna idea que no constara en la Carta del 71.

El Representante ARROYO expresó que nunca podría votar una moción en la que se establece la posibilidad de enajenar nuestra soberanía y comprometer la independencia política del país.

El Diputado ZELEDON manifestó que se oponía tenazmente, decididamente, a que en la Constitución, que acaba de afirmar que Costa Rica es una nación democrática, libre e independiente, se deje abierta la posibilidad para que mañana se destruya su independencia. Tal y como está el artículo -dijo-, no lo votaría jamás y consideraría un baldón de mi vida poner mi firma en una disposición semejante.

El Diputado ESQUIVEL indicó que, como legisladores, se estaba en la obligación de legislar para el futuro, lo que no significa que la moción en debate tienda hacia la Unión Centro Americana, idea que siempre combatirá.

El Representante TREJOS aclaró que la moción tan sólo pretendía dejar abierta una posibilidad para el futuro.

El Diputado VARGAS FERNANDEZ observó que a la moción no le encontraba peligro alguno, por cuanto los requisitos que se necesitan para variar nuestra independencia política o la integridad de nuestro territorio actual, son muy rigurosos. Si llegaran a cumplirse, sería por cuanto un gran movimiento de opinión pública tuviera la fuerza suficiente para decidir una votación de las tres cuartas partes de una Asamblea Legislativa, así como la de otra gran mayoría de una Asamblea Constituyente convocada especialmente. Agregó que no debíamos del todo dejar las puertas cerradas a una posible Unión Centroamericana en el futuro, aunque personalmente sostuviera la misma tesis del señor Esquivel. Tenemos que pensar que si mañana el pueblo de Costa Rica quiere la Unión Centroamericana, ¿por qué decirle desde ahora que no puede operarse esa unión?

El Representante ZELEDON de nuevo intervino en la discusión. Dijo que el asunto de la Unión Centroamericana había sido traído al debate inoportunamente. Se habla sólo de unión, como si no fuese posible una Federación de los países del Istmo, incluyendo Panamá. Es bien sabido que bajo una Federación, los Estados que la integran no pierden su independencia política, como ocurre en los Estados Unidos.

El Diputado VOLIO JIMENEZ manifestó que las dificultades se podrían obviar tan sólo estableciendo la regla general del artículo 15 de la Constitución del 71, con sus dos excepciones.

El Diputado LEIVA expuso las razones por las cuales dará su voto a la moción en debate. Indicó que el pueblo en su calidad de soberano, tiene la facultad de crear y destruir Estados. No se sabe si en el transcurso del tiempo las cosas cambien y nuestro pueblo llegue a querer la Unión Centroamericana.

De ahí que se hace necesario un precepto constitucional que venga a regular el procedimiento a seguir, pues de lo contrario, tendría que romperse el orden constitucional, para solucionar el problema de presentarse.

Sin haberse votado la moción de los señores Trejos y Esquivel, por lo avanzado de la hora, el señor Presidente suspendió la sesión a las seis y cuarenta y cinco de la noche.- Edmundo Montealegre, Segundo Viceresidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

ACTA No. 89

No. 89.- Octogésima novena acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente a las catorce horas y media del día catorce de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Dr. Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández, y Ortiz Martín, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Arroyo, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Mata, Desanti, Dobles, Esquivel, Fournier, Gómez, González Flores, González Herrán, González Luján, Guido, Guzmán, Jiménez Núñez, Leiva, Monge Álvarez, Monge Ramírez, Montealegre, Montiel, Pinto, Ruiz, Solórzano, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón y los suplentes, Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja, Elizondo, Jiménez Quesada, Lobo y Monge Alfaro.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Se dió lectura a una comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores en la que se adjunta un Mensaje de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos a la Asamblea de Costa Rica, con motivo de la celebración del Día Panamericano.

Artículo 3º.- Se continuó en la discusión de la moción de los señores Trejos y Esquivel respecto a los tratados que modifiquen la independencia política de Costa Rica o la integridad territorial de nuestro país.

El Diputado ARROYO expuso los motivos por los cuales no votaría la moción planteada. Se ha mal interpretado nuestra posición -dijo- al decir que no apoyamos la moción presentada, por cuanto somos enemigos de la Unión Centroamericana. Esto no es cierto. Lo que adversamos es la consagración en nuestro estatuto fundamental de una tesis general que mañana podrá servir para que se enajene nuestra soberanía, o bien para que un Congreso servil firme un tratado que modifique la integridad territorial de Costa Rica. No estamos adversando la Unión Centroamericana en principio, ni cerrándole las puertas, sino que deseamos que no se consigne una regla como la propuesta, que consideramos muy peligrosa. Además, la moción en debate se aparta completamente del artículo 15 de la Carta del 71, que establece una regla general prohibitiva, para luego hacer dos excepciones. Si las cosas se dejaran tal y como están en la Constitución del 71, no tendría ningún inconveniente en aceptarlas.

El Diputado ESQUIVEL manifestó que los requisitos establecidos en la moción para modificar nuestra independencia política o integridad territorial, son tan estrictos, que sólo se llegará a esa posibilidad si es que un gran movimiento de opinión pública tiene la fuerza suficiente para decidir las tres cuartas partes de los votos de la Asamblea Legislativa, así como el de una mayoría de la Asamblea Constituyente convocada especialmente para este sólo efecto. La regla es tan estrecha, que bien puede considerarse como una excepción. Por otra parte, puede ocurrir que los hombres de mañana piensen distinto de nosotros en lo que se refiere a la Unión Centroamericana. De ahí que no debemos ahora cerrarles constitucionalmente las puertas.

El Representante BAUDRIT SOLERA expresó que había aprobado que la soberanía reside en la nación, dándole a este concepto una idea de pueblo. Siendo esto así parece lógico que sea el soberano -el pueblo- el único que pueda aprobar tratados que modifiquen el territorio de la República o su independencia política. Por eso más apropiado es la regla que contiene el artículo 3º del Proyecto del 49, que se refiere a que sólo el pueblo, mediante un plebiscito, puede dar validez a tratados o convenios que modifiquen la integridad territorial del país o su independencia política. La Constitución de Guatemala contiene esta regla: “Guatemala se reconoce parte de la Federación de Centro América, actualmente disgregada; y mantendrá y cultivará fraternales relaciones con los demás Estados que la integraban y se esforzará por que se restablezca, parcial o totalmente, y en forma popular y democrática la Unión Centroamericana”. No hay razón alguna para que sólo la hermana mayor consigne un principio como éste. El plebiscito es la forma popular y democrática que allí se indica. Por estas razones -concluyó- no votaré la moción propuesta.

El Diputado GONZALEZ HERRAN indicó que el texto de la Constitución del 71 no se acomoda a las necesidades del momento, ya que es anacrónico en muchos aspectos. Si se deja la regla inflexible del artículo 15 de la Carta del 71, ¿qué ocurrirá, por ejemplo, si mañana, caso de estallar una guerra mundial, el país, por convenios internacionales, se vea obligado a ceder a una potencia determinada bases marítimas y terrestres costarricenses? Debemos dejar una puerta abierta a esta posibilidad, para que la Constitución no sea un dique para que el país se encuentre imposibilitado de hacer algo conveniente al hemisferio.

El Diputado ZELEDON intervino en el debate para decir que se partía de un error al creer que la unión o federación del istmo centroamericano traería como consecuencia la pérdida de la independencia política para nuestro país, cuando esto no es así, como lo demuestra, por ejemplo, el caso de la Federación Americana. Agregó que no estaba de acuerdo en que se dejara la puerta cerrada a esta posibilidad. Si no votaba la moción planteada, era por cuanto en ninguna forma podía aceptar que en la Constitución se establezca la posibilidad de que la libertad de la República se menoscabe.

El Diputado ARIAS BONILLA se pronunció en desacuerdo con la moción de los señores Trejos y Esquivel.

Agotado el debate en torno a la moción anterior, sometida a votación, fue desechada.

Artículo 4º.- Se discutió luego el título XI de la Carta del 71, que se refiere a los costarricenses. Sobre este punto presentaron mociones los miembros de la fracción Social Demócrata y el señor Ortiz Martín. Los primeros acordaron retirar sus mociones, para dar curso a las del segundo, que dicen así:

MOCIONES que presenta el Diputado Gonzalo Ortiz Martín, para que los siguientes artículos se lean así:

“Artículo 4º.- Los costarricenses son de dos clases: por nacimiento y naturalizados.

Artículo 5º.- Son costarricenses por nacimiento:

1) Los nacidos en el territorio de la República, hijo de padre o madre, legítima o natural, costarricense.

2) Los hijos de padre o madre, legítima o natural, costarricense, nacidos en el extranjero, que se inscriban como tales en el Registro Civil, por la voluntad del progenitor costarricense cuando sea menor de dieciocho años, o por la propia hasta ajustar la edad de veintiún años.

3) Los hijos de padres extranjeros nacidos en Costa Rica y sean inscritos como costarricenses, por voluntad de cualquiera de sus progenitores mientras sea menor de dieciocho años, o por la propia dentro del plazo siguiente hasta ajustar la edad de veintiún años.

4) El infante nacido o encontrado en Costa Rica, de padres ignorados.

Artículo 6º.- Son naturalizados:

1) Los centroamericanos por nacimiento, que por los medios legales expresen ante el Registro Civil su voluntad de ser costarricenses, sin que esta manifestación les prive de su nacionalidad de origen, que únicamente quedará suspendida mientras permanezcan en territorio de Costa Rica.

2) Los españoles e hispanoamericanos por nacimiento, en las mismas condiciones y privilegios en que sus respectivos países conceden la naturalización a los costarricenses.

3) Los extranjeros, y los centroamericanos, españoles e hispanoamericanos que no sean de nacimiento, que tengan una residencia continua en Costa Rica de cinco años por lo menos, anteriores a la solicitud de naturalización, de comprobada buena conducta, que aseguren la lealtad del postulante, mediante declaración jurada de renuncia a la fidelidad hacia cualquier otro Estado y de sometimiento al régimen integral de Costa Rica. El concepto residencia lo reglamentará la ley.

4) La mujer extranjera que por casarse con costarricense pierda su nacionalidad, o que por su voluntad, en acuerdo con sus propias leyes, en el acto de casar, manifieste su deseo de ser costarricense.

5) Los que reciban la nacionalidad honorífica de la Asamblea Legislativa por servicios notables prestados a la República, quien al aceptarla indicará si mantiene su nacionalidad anterior, salvo en los casos de los incisos 1) y 2) de este artículo.

Artículo 7º.- La calidad de costarricense se pierde únicamente:

1) Por la naturalización voluntaria a una nacionalidad extranjera, salvo en los casos de centroamericanos, españoles e hispanoamericanos a que se refieren los incisos 1) y 2) de este artículo.

2) Por la ausencia voluntaria de los naturalizados de Costa Rica por un período de seis años consecutivos, haciendo abandono de sus vinculaciones sociales, económicas y morales, o que se haya reintegrado a su antigua nacionalidad.

Artículo 8º.- La pérdida de la calidad de costarricense o de ciudadano no trascienden al cónyuge ni a los hijos de quien la hubiere perdido. La adquisición de la nacionalidad puede trascender a los hijos menores en casos especialmente designados por la ley.

Ni con el matrimonio ni su disolución modifican la nacionalidad de los cónyuges o de sus hijos.

Artículo 9º.- La nacionalidad costarricense implica la identificación sociológica y material con las tradiciones y los fines de la República, observando y cumpliendo fielmente las leyes. Servir a la patria, contribuir para los gastos públicos y trabajar para el mejoramiento del Estado, corresponde por igual a todos los costarricenses.

TITULO III

De los ciudadanos

Artículo 10.- La ciudadanía es el conjunto de derechos y deberes políticos que corresponden exclusivamente a los costarricenses, de ambos sexos, que hayan cumplido dieciocho años de edad.

Artículo 11.- El ejercicio de la ciudadanía implica la facultad de elegir y ser electo, desempeñando obligatoriamente aquellos cargos que la Constitución y las leyes hayan revestido de ese carácter.

Artículo 12.- La ciudadanía se suspende en los casos en que las leyes penales, civiles y electorales así lo dispongan.

Artículo 13.- La calidad de ciudadano costarricense se pierde:

1) Por la declaratoria judicial de traición a la patria.

2) Por las causas y medios que determine la ley de nacionalidad y naturalización, la que además indicará el modo y los casos en que se puede recobrar.

De los extranjeros

Artículo 14.- Los extranjeros -con las limitaciones que las leyes impongan-, gozan de las mismas obligaciones y derechos civiles que los costarricenses, y de las garantías constitucionales, excepto las de orden político. Su ingreso al país es potestativo de las leyes de la República.

Artículo 15.- Los extranjeros no pueden inmiscuirse en los asuntos políticos de Costa Rica, ni hacer manifestaciones hacia causas políticas de orden internacional contrarias a los principios democráticos de esta Constitución. Tampoco pueden desempeñar funciones públicas, salvo las de orden Técnico que la ley señale.

Artículo 16.- Los extranjeros y sociedades extranjeras están sometidos a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia y de las autoridades del país, sin que puedan ocurrir a la vía diplomática, excepto en lo que dispongan las convenciones internacionales”.

El Representante ORTIZ explicó los alcances y propósitos de sus mociones, en discurso que se consigna íntegro al pie del acta.

Se discutió luego el artículo 4º de la moción del señor Ortiz, que dice así:

“Los costarricenses son de dos clases, por nacimiento y naturalizados”.

El Diputado ESQUIVEL sugirió al proponente que suprimiera eso de que son dos clases. El artículo quedaría mejor si se leyera así: “Los costarricenses son por nacimiento y por naturalización”, lo que aceptó el señor Ortiz. Puesto a votación, fue aprobado.

Luego se discutió el artículo 5º, el que se acordó votarlo por partes.

La parte primera dice: “Artículo 5º.- Son costarricenses por nacimiento:1) Los nacidos en el territorio de la República, hijos de padre o madre, legítima o natural, costarricense. Provocó un debate en el que participaron varios señores Representantes. El Diputado ESQUIVEL sugirió que se suprimieran los conceptos de legítima o natural de la moción anterior.

El Diputado GONZALEZ HERRAN indicó que tal y como estaba la moción, parecía referirse a la madre nacida dentro o fuera del matrimonio, cuando la idea del proponente fue otra, pues los términos legítima y natural se refieren a la madre casada o soltera. El Diputado Lobo preguntó qué ocurría si la mujer al casarse seguía la nacionalidad de su marido. El autor de la moción le contestó que si eso ocurría, lógicamente, dejaba de ser costarricense. El Representante BAUDRIT GONZALEZ manifestó que si la madre no seguía la condición del marido, sigue siendo costarricense, que es un principio novedoso que se debe aceptar.

El Diputado BAUDRIT SOLERA explicó que el inciso 1) del artículo 13 del Proyecto del 49 hablaba del hijo de padre o madre costarricense nacido en el territorio de la República, sin hacer discriminación alguna. No entra a calificar si es natural o legítimo. Aclaró, sin embargo, que en el mismo Proyecto se establecía que todos los hijos son iguales ante la ley, por lo que esa calificación no cabía. De otro lado el propio Proyecto prohíbe esa calificación. Tal como está, él no votaría la moción.

El Diputado ARROYO manifestó que votaría el inciso, siempre y cuando se le suprimieran del mismo los términos “legítima y natural”. Añadió que existía la tendencia moderna consagrada en el Proyecto del 49 -de suprimir esos conceptos de hijos naturales y legítimos, por ser deprimentes e impropios de nuestra época. Por otra parte -dijo- hay un concepto en Derecho que afirma que la madre siempre es legítima. El Diputado ESQUIVEL se pronunció en términos semejantes. Indicó que no votaría la moción si tiene referencia a hijos legítimos o naturales. No existe, además, razón alguna para poner en el inciso en discusión esos calificativos, que vienen tan sólo a enredar las cosas. La moción queda clara sin esos términos, ya que viene a decir lo mismo que el inciso 1) del artículo 13 del Proyecto del 49. El proponente de la moción aclaró que no estaba de ninguna manera con calificaciones groseras, pues si alguien anhelaba una Constitución nueva y justa, será precisamente él. Sin embargo, aunque se supriman los calificativos de hijos naturales o legítimos, los primeros siempre continuarán existiendo. Aceptó suprimir de su moción esos calificativos, siempre y cuando se entendiera que los hijos de mujer costarricense, ya sea ésta natural o legítima, serán costarricenses.

Sometido a votación el inciso con las modificaciones aceptadas por el proponente, fue aprobado. En consecuencia, el inciso 1) del artículo 7º de la nueva Constitución se leerá así:

“Son costarricenses por nacimiento:

1) Los nacidos en el territorio de la República, hijos de padre o madre, costarricenses”. [13.1]

Se discutió el inciso 2), que provocó un largo debate en el que participaron varios señores Representantes. El Diputado ORTIZ explicó brevemente las diferencias entre este inciso y el correspondiente de la Constitución del 71. Explicó los conflictos presentados en cuanto la Carta del 71 no señalaba un límite para optar por la ciudadanía costarricense. Al amparo de esta disposición, elementos nazistas durante la guerra pasada, para librarse de su condición como tales, corrieron a inscribirse como costarricenses, lo que no habían hecho antes. Para evitar que esos hechos se repitan, es necesario señalar un plazo determinado.

El Diputado JIMENEZ QUESADA expresó que el plazo debería ampliarse de los 21 a los 25 años, pues resulta ilógico que cuando la persona adquiere su plena capacidad jurídica, se le cierra el camino para poder ser costarricense, si es que así lo desea.

El Representante ESQUIVEL combatió la tesis de la moción en debate. Dijo que no debían señalarse plazos o límites que vienen a ser contraproducentes. Nuestro país es tan pequeño y escasamente poblado. Necesita una mayor población. De ahí que en esta materia se debe ser lo más amplio posible. A los hijos de costarricenses nacidos en el exterior no se les debe poner un límite preciso para que se inscriban como costarricenses, si es que así lo quieren, lo que además, resulta más democrático y conveniente para los intereses generales del país. El Diputado CHACON sostuvo el mismo criterio anterior expuesto por el compañero Esquivel. No deben ponerse cortapisas de ninguna naturaleza, ni límites por cuestión de edad. Al hijo de costarricense nacido en el exterior, se le deben dar toda clase de oportunidades para que adquiera la nacionalidad costarricense. En ese sentido, la regla de la Constitución del setenta y uno es la más adecuada. El Diputado ARROYO sugirió que antes de votar la moción, la Asamblea debería decidirse en qué edad se adquiere la ciudadanía. De aprobarse la moción del señor Ortiz, se estará aceptando tácitamente que se adquiere a los dieciocho años, tal y como lo establece el Proyecto del cuarenta y nueve.

El Diputado BAUDRIT SOLERA indicó que, partiendo de la definición que trae el Proyecto del cuarenta y nueve sobre lo que es la nacionalidad -la nacionalidad implica la identificación espiritual y material con las tradiciones, los intereses y los fines de la República- debe mantenerse la idea de señalar en la Constitución, o en las leyes, un plazo determinado para llegar a adquirir la nacionalidad costarricense, con el objeto de que no vuelvan a ocurrir los hechos citados por el compañero Ortiz, de alemanes que, cuando fueron perseguidos y a fin de burlar las disposiciones de las listas negras, se acordaron que eran costarricenses y corrieron a inscribirse como tales.

El Representante GONZALEZ HERRAN declaró que no se deben poner cortapisas de ninguna clase a los hijos de padre o madre costarricenses nacidos en el extranjero, que quieran ser costarricenses, ni dejar el plazo al arbitrio de la ley.

El Diputado ESQUIVEL de nuevo intervino en el debate para volver sobre varios de sus puntos de vista anteriores. Dijo que no era posible poner obstáculos a los hijos de costarricenses nacidos en el extranjero, que la mayoría de las veces se han criado al calor de las tradiciones patrias. Citó el caso de nuestro escritor, Manuel González Zeledón -Magón- que durante años vivió en el extranjero. Sus hijos, a pesar de ello, fueron tan costarricenses y tan amantes de la patria, como cualquier otro. Este ejemplo no es único. Lo mismo se podría afirmar de todos los hogares de costarricenses fundados en el exterior. Lo más razonable es mantener la regla del inciso segundo del artículo cuarto de la Constitución del setenta y uno.

El Diputado ORTIZ mantuvo su criterio de que no era conveniente dejar un campo tan amplio, sin limitación alguna para todos los hijos de costarricenses nacidos en el exterior. De mantenerse la regla de la Constitución del setenta y uno, individuos con dos nacionalidades podrán ampararse a su condición, para cometer una serie de actos indebidos. Ha ocurrido que ciertos elementos, a fin de burlar la conscripción militar en otro país en el que han nacido, se inscriben como costarricenses con este único propósito, pero no porque sientan cariño alguno por nuestro país. Por razones de simple conveniencia personal, se han acordado de su calidad de costarricenses. Por eso creo -expresó luego- que la Constitución debe fijar una fecha, para que se eviten, en lo más posible, los casos de individuos que juegan con dos nacionalidades. Sin embargo, aceptó variar su moción ampliando el plazo a los veinticinco años.

El Diputado BAUDRIT GONZALEZ se pronunció por la tesis de la Constitución del setenta y uno, es decir, que no deben ponerse limitaciones de ninguna clase a los hijos de costarricenses nacidos en el extranjero, aunque se presenten los abusos apuntados por varios señores Representantes. Aclaró que la excepción donde cabe es en el inciso siguiente.

El Diputado JIMENEZ QUESADA declaró que la confusión venía -como lo hizo notar don Fabio- de la supresión del término “natural” de la Constitución del setenta y uno, que califica al costarricense que ahora se llama por “nacimiento”, natural obedece siempre al jus-sanguinis. Debe hacerse el distingo entre los hijos de costarricenses naturalizados, nacidos en el exterior y los hijos de padres naturales.

El Diputado CHACON insistió en su punto de vista de que no se deben poner restricciones de ninguna clase. Se refirió a la circunstancia que en los últimos años han emigrado una gran cantidad de costarricenses hacia otros países, como Venezuela, en busca de medios más seguros de ganarse la vida. De aprobarse la moción del señor Ortiz en la forma propuesta, se comete una gran injusticia con todos los hijos de estos costarricenses nacidos en el extranjero.

El Representante FOURNIER defendió la tesis en debate del compañero Ortiz. Indicó que consideraba un error que la nacionalidad se base exclusivamente en la sangre. La nacionalidad es algo más que el simple vínculo de la sangre. Es la identificación material y espiritual con todo aquello que conforma lo que llamamos Patria. Añadió que se debía cerrar la puerta a aquellos individuos que juegan con dos nacionalidades. Nada se pierde con cerrarle la puerta al individuo que a los cincuenta años, por ejemplo, decide hacerse costarricense, pues si lo hace es por interés, con un propósito bien definido. Señaló que en el reciente Congreso de Abogados celebrado en los Estados Unidos, al cual asistió, se había llegado a conclusiones idénticas, habiéndose aprobado una recomendación a los gobiernos para que en alguna forma se obligue a esos individuos a escoger su nacionalidad cuanto antes. El problema no sólo es de Costa Rica, sino de todos los países, que lo han tratado de resolver precisamente con las restricciones apuntadas en la moción que está en debate.

Sin haberse llegado a ninguna fórmula conciliatoria respecto a la redacción del inciso en debate, el señor Presidente suspendió la sesión a las seis y treinta minutos de la noche.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.

ACTA No. 90

No. 90.- Nonagésima acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las catorce horas y media del día quince de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del doctor Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández, y Ortiz Martín, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Arroyo, Baudrit Solera, Brenes Gutiérrez, Brenes Mata, Desanti, Dobles, Esquivel, Fournier, González Flores, González Herrán, González Luján, Guido, Herrero, Jiménez Núñez, Leiva, Madrigal, Monge Álvarez, Monge Ramírez, Montealegre, Montiel, Pinto, Ruiz, Solórzano, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón, y los suplentes Castaing, Morúa, Rojas Espinosa, Chacón Jinesta, Castro Sibaja, Rojas Vargas, Jiménez Quesada, Lobo y Monge Alfaro.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- El Diputado ORTIZ propuso una nueva fórmula para que el inciso segundo del artículo sétimo se lea así: “Los hijos de padre o madre costarricenses por nacimiento, nacidos en el extranjero, que se inscriban como tales en el Registro Civil, por voluntad del progenitor costarricense cuando sea menor de edad, o por la propia hasta la edad de veinticinco años”.

El Diputado BAUDRIT SOLERA se refirió a un problema que aparentemente queda sin solución de aprobarse la fórmula anterior, y es el que se refiere a los hijos de costarricenses naturalizados nacidos en el exterior. La Carta del setenta y uno -dijo-, no hace distingo entre costarricenses por nacimiento y naturalizados en este caso particular; no hace distingo alguno en cuanto a la condición de los padres, es decir, si su nacionalidad les viene por naturaleza o por adopción. Agregó que su tesis era que el hijo de costarricenses -sea cual sea la condición de estos últimos-, nacido en el extranjero, es costarricense. El que haya adquirido la carta de naturaleza costarricense, es porque está vinculado al país, a nuestras costumbres, identificado con nuestras tradiciones. De ahí que se comete una injusticia al negarle al hijo de estos costarricenses nacidos en el exterior, su condición como tales.

El Diputado LEIVA observó que el mismo problema se había presentado en México, siendo resuelto en la forma propuesta por el señor Ortiz. Se tomaron en cuenta una serie de circunstancias, porque realmente el hijo de un naturalizado nacido en el extranjero, no tiene el vínculo de la nacionalidad costarricense, pero sí la del país donde nace. De ahí que no se puede alegar que carece de nacionalidad. En este aspecto -expresó-, estoy con la moción en debate, y con el plazo de los veinticinco años, a fin de evitar, lo más posible, los casos de individuos con dos nacionalidades, que tantos perjuicios y dificultades nos traen.

El Diputado ORTIZ brevemente defendió la tesis de su moción. Explicó que todas las convenciones últimas se han pronunciado de acuerdo con la fijación de un plazo determinado para que aquellos individuos, con dos nacionalidades, elijan una de ellas. Agregó que no se podía legislar sobre un individuo que no tiene nuestra sangre, ni es nacido en el territorio de la República.

El Representante ARIAS BONILLA dió las razones por las cuales votaría la moción del señor Ortiz. Declaró que era imposible otorgar la ciudadanía costarricense a un individuo nacido en el exterior, de padres naturalizados costarricenses, que la mayoría de las veces no tienen ninguna relación o cariño por nuestra Patria, ya que se naturalizan por interés o porque les conviene. Además, de acuerdo con la ley, el costarricense naturalizado que abandona el territorio costarricense pierde su condición como tal. ¿Cómo es posible, entonces, pensar que el hijo suyo se le considere como costarricense?

El Diputado SOLORZANO manifestó que estaba en un todo de acuerdo con la tesis del señor Baudrit Solera, por cuanto los extranjeros, para poder adquirir su carta de naturaleza, necesitan radicar varios años en Costa Rica, ser de buenas costumbres y estar plenamente identificados con nuestra nacionalidad. Lo natural es que a los extranjeros que se hacen costarricenses, los mueve un sentimiento de cariño y amistad hacia nuestro país. De ahí que debemos ser más amplios en esta materia.

Sometida a votación la moción del señor Ortiz, fue aprobada.

Se discutió luego el inciso tercero, que dice así: “Los hijos de padres extranjeros nacidos en Costa Rica y sean inscritos como costarricenses, por voluntad de cualquiera de sus progenitores mientras sean menores de edad, o por la propia dentro del plazo siguiente hasta la edad de veinticinco años.

El Diputado ARROYO se refirió a varias experiencias que tuvo que confrontar, mientras fue Director del Registro Electoral, de hijos de extranjeros nacidos en Costa Rica, costarricenses en todo sentido, que, por ignorancia de la ley o por haber vivido siempre fuera de la capital, habían dejado pasar el plazo legal para inscribirse como costarricenses. Añadió que estos casos deberían ser contemplados, ya sea haciendo una excepción, o bien suprimiendo el plazo fijado. Si América -como se ha dicho-, es la tierra del Jus-Solis, lo adecuado es no imponer restricciones a los nacidos en nuestro territorio.

El Diputado ESQUIVEL declaró que no votaría la moción en debate, por no estar de acuerdo con la restricción de la misma, en cuanto a fijar un plazo determinado para que los hijos de extranjeros, nacidos en Costa Rica, se inscriban como costarricenses. Por regla general -dijo-, estos últimos piensan y sienten como costarricenses. Si por un motivo u otro no se inscriben en el Registro Civil, dejan de ser costarricenses, lo que es absurdo. Vamos a propiciar la formación de una casta de hombres sin patria, cuando en realidad se trata de costarricenses auténticos. Terminó diciendo que la mejor política era la señalada en la Constitución del setenta y uno, que no ponía restricciones de ninguna clase.

El Diputado FOURNIER indicó que estaba con la moción del señor Ortiz, en el sentido de que era necesario terminar con los casos de individuos que juegan con dos nacionalidades, poniéndoles un plazo. Sin embargo, difiere de la misma en otro aspecto. Por estos motivos, presentó a la Cámara una nueva fórmula para que se discutiera, caso de ser desechada la que está en debate. Su fórmula dice así: “El hijo de padres extranjeros domiciliados en el país, que nazca en el territorio nacional, a menos que antes de cumplir veintiún años manifiesten ante el Registro Civil su voluntad de no ser costarricenses”.

El Diputado ORTIZ explicó que por no existir una restricción, se habían presentado en la guerra pasada los casos de los alemanes, que a última hora se acordaron de su condición de costarricenses, inscribiéndose como tales, a fin de burlar una serie de disposiciones. Esa situación de individuos con dos nacionalidades debe terminar, para evitar los abusos, ya que en determinadas ocasiones les conviene ser costarricenses y en otras, extranjeros.

El Diputado ORTIZ aclaró que la moción presentada por el señor Fournier, era el Jus-Solis absoluto, ya que todo nacido en el territorio de Costa Rica es costarricense, a menos que renuncie a nuestra nacionalidad antes de cumplir los veintiún años. Insistió en que debía ponerse un límite, para acabar con aquellos individuos que especulan con dos nacionalidades.

El Representante ESQUIVEL de nuevo intervino en el debate para insistir sobre sus puntos de vista anteriores. Señaló que esas restricciones, además, riñen con nuestra tradición. Por otra parte, el país necesita incrementar su población y en este sentido la tesis más saludable es la del Jus-Solis.

El Diputado CHACON usó de la palabra para hace varios reparos a la moción en debate, así como a la aprobada anteriormente. Indicó que el problema de la nacionalidad se había estado tratando en una forma superficial, ya que se tomaban en cuenta excepciones para establecer reglas constitucionales que son de carácter general. Apuntó que existía una contradicción cuando se dice que el nacido en el territorio nacional es costarricense, pero a renglón seguido, se dice que si no se inscribe dentro de un plazo determinado en el Registro Civil, pierde su condición de costarricense. Si es el nacimiento el que viene a determinar la nacionalidad, la inscripción en el Registro Civil no puede venir a limitarla.

El Diputado MONGE RAMIREZ se refirió a que en esta materia debemos ser los más amplios posible. Si se ha afirmado que América es la tierra del Jus-Solis, no deben ponerse restricciones. Por estas razones -dijo-, estoy con la moción del señor Fournier.

El Diputado LOBO se pronunció de acuerdo con la moción del señor Ortiz. Aclaró que todo individuo, al adquirir su mayoría de edad tiene que inscribirse en el Registro Electoral. En este momento podrá definirse en cuanto a su nacionalidad, si sus padres son extranjeros.

El Representante ARROYO de nuevo intervino en el debate. Observó que América necesita incrementar su población. De ahí que la mayoría de los países americanos hayan adoptado la tesis de Jus-Solis, la más adecuada para sus intereses. Costa Rica, como país escasamente poblado, necesita también aumentar su población, así como desarrollar una adecuada política de inmigración. En este sentido, lo más conveniente para el país es adoptar la tesis propuesta por el señor Fournier.

El Diputado BAUDRIT SOLERA manifestó que no se explicaba el empeño para imponerle a un individuo una nacionalidad, cuando bien es sabido que ésta implica una doble vinculación -material y espiritual-, con el país, así como con sus costumbres y tradiciones. Lo lógico -consideradas las cosas desde este punto de vista-, es que exista en el individuo la libre determinación para escoger su nacionalidad, si es que por su sangre es extranjero, pero nacido en territorio costarricense. Por estas razones -concluyó-, estoy con la moción del compañero Ortiz.

El Diputado LEIVA aclaró que, entre los veintiuno y los veinticinco años, toda persona forzosamente le tocará, al menos, una elección. Para proveerse de su cédula, tendrá que definirse por su nacionalidad.

Puesta a votación la moción del señor Ortiz, fue aprobada.

El Representante LEIVA presentó moción para que se suprimiera el inciso cuarto del artículo cuatro de la Constitución del setenta y uno, que se refiere a los habitantes de la provincia de Guanacaste. El Diputado VARGAS CASTRO expresó que ese inciso era denigrante para una gran porción de costarricenses. Se aprobó por unanimidad la supresión del mismo.

Se discutió luego el inciso cuarto, que dice: “El infante nacido o encontrado en Costa Rica, de padres ignorados”. El proponente de la moción anterior, explicó brevemente la misma. Observó que el inciso se refería a los expósitos encontrados en el país, que no pueden explicar su procedencia. De ahí que eligiera el término “infante “y no “hijo”, como dice el proyecto del cuarenta y nueve.

El Diputado ESQUIVEL sugirió que el inciso se redactara en los términos siguientes: “El infante encontrado en Costa Rica, de padres ignorados”, lo que aceptó el señor Ortiz.

El Diputado VOLIO JIMENEZ sugirió que lo más simple era conservar la nomenclatura de la actual ley de extranjería.

Sometido a votación el inciso cuarto, de la forma propuesta por el señor Esquivel, fue aprobado.

Se discutió luego el artículo siguiente de la moción del Diputado Ortiz, que se refiere a los costarricenses naturalizados, que se acordó votarlo por incisos.

El inciso primero que dice: “Los centroamericanos por nacimiento, que por los medios legales expresen ante el Registro Civil su voluntad de ser costarricenses, sin que esta manifestación les prive de su nacionalidad de origen, que únicamente quedará suspendida mientras permanezcan en territorio de Costa Rica”, provocó un largo debate en el que participaron varios señores Representantes.

El Diputado ORTIZ explicó brevemente los sistemas que rigen en cuanto a naturalización. Esos sistemas reúnen características propias. Así existen sistemas restrictivos, que conceden apenas unos derechos a la persona que se integra a la nacionalidad. Otros países han adoptado el sistema de equiparación absoluta, que otorga a los naturalizados todos los derechos de los naturales. En Costa Rica -dijo-, hemos seguido el sistema restrictivo, que se ha prestado a abusos por parte del Poder Público, pues en determinadas ocasiones se ha privado de su nacionalidad a un individuo arbitrariamente. Al extranjero hay que darle cierta seguridad. Luego se refirió al inciso primero, que trae una tesis novedosa: la de la doble nacionalidad, que está en contradicción con los postulados del Congreso de Cambridge de mil ochocientos noventa y cinco, que declaró que nadie podía tener una doble nacionalidad. Añadió que el caso de Centro América era un caso especial y sus nacionales deben verse con ciertos privilegios, tal y como lo establece el Tratado de mil ochocientos ochenta y ocho, incorporado a nuestra Constitución, según el cual un centroamericano por el sólo hecho de estar en Costa Rica y previa presentación ante una autoridad, podía adquirir condición de costarricense natural, pero sin conservar la de origen. La tesis novedosa es que el centroamericano por el hecho de ser costarricense naturalizado, no pierde su nacionalidad de origen. Citó la Constitución de Guatemala que también ha adoptado esta tesis de la doble nacionalidad, aunque en otros aspectos es todavía más avanzada que el inciso en debate.

El Diputado BAUDRIT SOLERA manifestó que parecía raro la suspensión temporal de la ciudadanía, tal y como se establece en la moción del señor Ortiz. Sugirió luego a éste que redactara su moción en la misma forma como lo dice el inciso primero del artículo catorce del proyecto del cuarenta y nueve: “Los nacionales de los otros países de Centro América, de buena conducta, que manifiesten ante el Registro Civil su decisión de ser costarricenses. Esta naturalización no implicará la pérdida de la nacionalidad del adoptante, sin que por ello varíen en absoluto sus derechos y obligaciones de costarricense”.

El Diputado ORTIZ aceptó variar su moción en los términos anteriores.

El Diputado VARGAS CASTRO citó el caso de las poblaciones fronterizas, como Los Chiles y Upala, zonas muy ricas, pobladas casi en su totalidad, por elementos nicaragüenses. ¿Hasta dónde conviene al país otorgarles a estas gentes la nacionalidad costarricense, en la forma rápida como lo propone la moción en debate?

Los Representantes PINTO y MONTEALEGRE expresaron que el inciso primero en debate, realmente estaba de más, por cuanto el segundo lo incluía, de ahí que bien podría suprimirse.

El Diputado ACOSTA JIMENEZ declaró que no le daría su voto a la moción en debate, no porque sintiera fobia alguna contra los centroamericanos, sino porque presupone la posibilidad de un peligro para la soberanía del país en el aspecto político-electoral, ya que el resultado de unas elecciones se puede decidir por ciudadanos que no son genuinamente costarricenses, quienes incidirán en la marcha del Gobierno.

El Diputado FOURNIER aclaró que la moción no significaba ningún peligro, como lo había apuntado el señor Acosta. Al contrario, la ley constitucional anterior era más amplia que la moción en debate, pues daba a los centroamericanos la calidad de costarricenses naturales, inscribiéndose como tales ante cualquier autoridad del país. La moción de Ortiz -dijo-, viene a ser más conservadora en este aspecto. Sólo es más avanzada en el sentido de que el centroamericano que adopte la nacionalidad costarricense no pierde la de su país de origen.

El Representante BAUDRIT SOLERA indicó que desde el año de mil ochocientos ochenta y ocho, vivimos un régimen legal de fraternidad con los demás países de Centro América. Inexplicable es que en mil novecientos cuarenta y nueve, eso quiera hacerse desaparecer. ¿Qué peligros encierra la moción en debate? Ninguno. Es cierto que en años anteriores, funcionarios inescrupulosos inscribieron a centroamericanos como costarricenses para hacerlos votar en masa. Pero ese peligro no existe si se aprueba la moción en debate. Por cuanto ya la Cámara aprobó -en el artículo setenta-, que el ciudadano costarricense por naturalización sólo podrá sufragar un año después de haber obtenido su carta de naturaleza. Agregó que la norma era más bien restrictiva con respecto a las reglas de mil ochocientos ochenta y ocho, que establecen que los naturales de Centro América se tienen como costarricenses de origen. Además, la legislación de mil ochocientos ochenta y ocho, establece que la manifestación se puede hacer ante cualquier autoridad del país. Ahora la moción exige que esa manifestación se haga en San José, ante el Registro Civil. Estamos dando un trato fraternal, pero más restrictivo que el consagrado desde mil ochocientos ochenta y ocho. Terminó diciendo que no era lógico que la Asamblea diera una muestra más de aislamiento, que considera injustificado y perjudicial.

El Diputado ACOSTA PIEPPER expuso los motivos por los cuales no votará la moción propuesta. Indicó que estaba votando por instinto, por cuanto se trataba de materias propias del Derecho. Sin embargo, el instinto de defensa de la nacionalidad costarricense, de la familia costarricense y de nuestras tradiciones lo movía a no darle el voto a la moción propuesta, que estima va contra estos principios, ya que permite que toda clase de elementos, sin mayores dificultades puedan llegar a formar parte de nuestra nacionalidad y familia costarricense. Agregó que los dos elementos que nos ligan a la Patria, son la sangre y el terruño, elementos que también configuran lo que entendemos por nacionalidad costarricense. Ambos elementos se adquieren después de muchos años de convivir en la Nación. Aclaró que no estaba contra los extranjeros, pero sí con ciertas restricciones. Si el extranjero quiere ser costarricense, debemos exigirle que esté vinculado a nuestro suelo y a nuestra familia. Si esto es así, en buena hora que adquiera nuestra nacionalidad.

El Representante MONGE RAMIREZ también se pronunció en desacuerdo con la moción en debate. Dijo que en estos asuntos había que proceder con un criterio realista. Solo se nos ha citado -indicó-, una Constitución de Centro América que procede con liberalidad. No es que seamos enemigos de los centroamericanos, pero la realidad es que algunos de los países del istmo viven en una forma irregular. Añadió que estábamos siendo muy amplios con los centroamericanos e injustos con otros países de América, que en todo momento han estado con nosotros, como Colombia y Chile. Lo justo es equiparar a los centroamericanos con los otros hispanoamericanos.

El Diputado ACOSTA JIMENEZ insistió en sus puntos de vista anteriores. Manifestó que la tesis en debate puede permitir que la rectoría de los destinos políticos del país se desplace a personas que no son genuinamente costarricenses, resolviendo una elección. Se refirió a que en Costa Rica existen alrededor de treinta mil centroamericanos. Aclaró que no era un enemigo abierto de la Unión Centroamericana, al no votar la moción del señor Ortiz, pero considera como única forma de alcanzar ese ideal, la democratización de los regímenes dictatoriales de América Central. Mientras no existan Gobiernos democráticos y representativos de la voluntad popular en cada uno de los países del istmo, no se puede pensar en la Unión.

El Diputado MONTEALEGRE indicó que debíamos seguir el ejemplo de las naciones adelantadas, como los Estados Unidos, que dan toda clase de facilidades a los extranjeros, pero a los de buena conducta. Añadió que era partidario de la inmigración, pero de aquellos elementos sanos y trabajadores, que en realidad le vengan a reportar beneficios al país, y no problemas.

El Diputado BAUDRIT SOLERA observó que el peligro apuntado por el señor Acosta Jiménez de ser tal, siempre subsistiría, mientras existieran costarricenses naturalizados. No creo, dijo, que la Asamblea prohíba la naturalización.

El Representante ZELEDON expresó que no votaría la moción en debate, por más que por sus venas corría sangre centroamericana, así como varios de sus parientes habían derramado su sangre en aras de la libertad de Centro América. Añadió que no podía comprender el argumento sentimental de los que están por dar una situación de privilegio a los centroamericanos, en detrimento de los otros americanos. El anhelo perseguido se logrará, votando el inciso segundo.

El Diputado JIMENEZ QUESADA declaró que no votaría ni el inciso primero ni el segundo, pues generalmente ocurre que con la reciprocidad salimos perdiendo. El proponente de la moción explicó que éste se refería a un caso de naturalización privilegiada y no a un caso de excepción.

Agotado el debate en torno a la moción del señor Ortiz, se sometió a votación, siendo desechada.

Fue aprobado el inciso primero del artículo seis de la Constitución del setenta y uno, que dice:

“Artículo 6º.- Son naturalizados: 1) los que han adquirido esta calidad en virtud de las leyes anteriores”. [14.1]

Luego, se discutió el inciso segundo de la moción del señor Ortiz, que dice:

“Los españoles e hispanoamericanos por nacimiento, en las mismas condiciones y privilegios en que sus respectivos países conceden la naturalización a los costarricenses”.

El proponente de la moción, explicó que algunos países de América -como Argentina, Brasil y otros-, nos conceden una serie de privilegios. ¿Por qué si estos países nos abren las puertas, vamos nosotros a actuar de otro modo?

Sometida a votación la moción anterior, también fue desechada.

Por avanzada la hora, el señor Presidente suspendió la sesión a las seis y cuarenta y cinco minutos de la noche.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.


* Nota: En “La Gaceta” Diario Oficial dice Baudrit Solera.

1 Ver anexos 1º y 2º de esta acta.

2 Ver el tercer anexo a esta acta.

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