5698
Reforma constitucional
Artículo único.- Refórmase el artículo 98 de la Constitución Política, para que se lea así:
"Artículo 98.- Todos los ciudadanos tienen derecho de agruparse en partidos, para intervenir en la política nacional, siempre que éstos se comprometan en sus programas a respetar el orden constitucional de la República".